Title: REMESAS FAMILIARES ASPECTO TICO Y REGULATORIO Csar A' Saggeth San Salvador, 29 de noviembre de 2005
1REMESAS FAMILIARESASPECTO ÉTICO Y
REGULATORIOCésar A. SaggethSan Salvador, 29
de noviembre de 2005
2- MONTO E IMPORTANCIA DE LAS REMESAS FAMILIARES EN
EL SALVADOR - EL SALVADOR RECIBE APROXIMADAMENTE 2,200.00
MILLONES ANUALES EN REMESAS. - EL MONTO PROMEDIO QUE RECIBE UN RECEPTOR ES DE
170.00 MENSUALES - EL RECEPTOR PROMEDIO RECIBE 10 VECES AL AÑO
- 1.3 MILLONES DE SALVADOREÑOS RECIBEN REMESAS.
3- MONTO E IMPORTANCIA DE LAS REMESAS FAMILIARES EN
EL SALVADOR - APROXIMADAMENTE LA QUINTA PARTE DE LA POBLACIÓN
SALVADOREÑA RECIBE DINERO DE PARIENTES EN LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. - EN ESE SENTIDO UN PORCENTAJE ELEVADO DE LA
POBLACIÓN MITIGA EL EFECTO DE LA POBREZA,
PRINCIPALMENTE FAMILIAS DE INGRESOS MENORES DE
400.00 MENSUALES.
4MONTO E IMPORTANCIA DE LAS REMESAS FAMILIARES EN
EL SALVADOR
- LAS REMESAS REPRESENTAN UNA PARTE IMPORTANTE EN
LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL PAÍS, PARA EL 2002 EL
15.1 DEL PIB,
5(No Transcript)
6- MONTO E IMPORTANCIA DE LAS REMESAS FAMILIARES EN
EL SALVADOR -
- EN SU MAYORÍA LAS REMESAS SON EMPLEADAS EN
GASTOS DE PRIMERA NECESIDAD COMO LA VIVIENDA, LA
COMIDA Y LAS MEDICINAS. POR LO GENERAL, LAS
REMESAS SON PARA LOS HOGARES POBRES UN FACTOR DE
SUPERVIVENCIA MÁS QUE DE COMODIDAD.
7MONTO E IMPORTANCIA DE LAS REMESAS FAMILIARES EN
EL SALVADOR
-
- Durante 2003, El Salvador recibió 2,105.3
millones en remesas, y éste se ha convertido en
el segundo rubro más importante para la economía,
después de las exportaciones. Sin embargo, el 84
de esos fondos se destina a necesidades básicas y
sólo un 16 en lo que se considera inversión,
como negocios, ahorro y educación.
8Fuente
Estudio del BID y del Pew Hispanic Center/ año
2003
9- COSTOS DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
-
- GENERALMENTE LAS INSTITUCIONES COBRAN UNA
COMISIÓN POR EL ENVÍO DE REMESAS ASÍ - - POR MONTO DE HASTA 1,000.00 ENTRE 7.00 Y
10.00 MÁS EL IVA. - - POR MONTO DE MAS DE 1,000.00, MÁS DEL 1 , MÁS
EL IVA
10- COSTOS DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
-
- ESTE COSTO PODRÍA REDUCIRSE EN BENEFICIO DE LOS
RECEPTORES, MEDIANTE EL USO DE LAS NUEVAS
TECNOLOGÍAS Y MEDIANTE ALIANZAS INSTITUCIONALES,
PARA LO CUAL ES BÁSICO QUE LOS RECEPTORES POSEAN
CUENTAS BANCARIAS (SÓLO UNA QUINTA PARTE DE LOS
RECEPTORES POSEEN CUENTAS EN EL SISTEMA BANCARIO)
11- COSTO DE ENVÍO DE LAS REMESAS
- Los dirigentes de los ocho países más ricos del
mundo (G8), reunidos en Sea Island, al sureste de
Georgia se comprometieron a destrabar el envío de
las remesas de los emigrantes y abaratar su
costo, como medida para luchar contra la pobreza.
12- COSTO DE ENVÍO DE LAS REMESAS
- Para lograrlo, acordaron tratar de "reducir el
costo de los servicios para el envío de remesas
mediante la promoción de la competencia, la
utilización de instrumentos innovadores de
transacción y facilitando el acceso a los
sistemas financieros".
13- COSTO DE ENVÍO DE LAS REMESAS
- El costo promedio de envío para América Latina
en general es ligeramente mayor que para México,
7.6. El costo más alto de envío de dinero era
para Cuba con el 12, y el menor para Ecuador con
el 5.4.
14- COSTO DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
- Lima, Perú. El Salvador destaca en Latinoamérica
como uno de los países latinoamericanos con la
tasa más baja para el costo de envío de remesas.
Así lo establece el nuevo informe Enviando
dinero a casa remesas a América Latina y el
Caribe, presentado durante un evento previo al
inicio de la Asamblea Anual de Gobernadores del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
15COSTO DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
- En el documento, elaborado por el Fondo
Multilateral de Inversiones (FOMIN), se detalla
que los salvadoreños pagaban un promedio de 11.5
por cada 200 enviados al país, mientras la
mayoría de países latinoamericanos, por esa misma
cantidad, han tenido que pagar alrededor de 26
por envío.
16COSTO DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
- Una de las razones es la dolarización, porque
no hay diferencias en el tipo de cambio, y la
otra es que la banca salvadoreña abrió sus
propias agencias de remesas en Estados Unidos y
eso les permitió competir.
17COSTO DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
- En Estados Unidos los bancos salvadoreños tienen
25 sucursales que captan remesas, y según el
Banco Central de Reserva (BCR), más del 30 de
los compatriotas ha optado por enviar su dinero a
través del sistema financiero, cuando en el resto
de Latinoamérica sólo un 8 de los inmigrantes lo
hace por esa vía.
18COSTO DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
- La meta del organismo es cumplir el acuerdo
presidencial de la Cumbre de Monterrey que
establece la búsqueda de una reducción de hasta
un 50 de los costos de envío a más tardar para
2008. Para El Salvador eso significará que la
tasa se reduzca hasta un 3.5 o un 4.
19COSTO DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
- Una mayor rebaja será difícil, a menos que las
transferencias se hagan de forma directa, de
banco a banco, lo que reduciría el costo hasta
los 0.50 ó 1 por cada envío. Sin embargo, bajo
el sistema actual, dicen los expertos, la banca
nacional obtiene como ganancia promedio 7
dólares por envío, porque a diferencia de las
empresas remesadoras, no paga intermediarios y
sus costos de operación son mucho más bajos.
20COSTO DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
- Precisamente el BID lo que pretende es abaratar
el costo de envío de estos recursos, incentivando
la participación de la banca formal, que no sólo
incluye grandes bancos, sino financieras de micro
crédito y ahorro.
21- COSTO DEL ENVÍO DE LAS REMESAS
- RECIENTEMENTE EMPRESAS COMO BANCO PROCREDIT,
S.A. (PARA NICARAGUA), BANCO DE AMERICA (PARA
MEXICO) Y LA EMPRESA ORLANDI VALUTA (PARA
GUATEMALA), HAN ANUNCIADO LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE TRANSFERENCIA DE REMESAS EN FORMA
GRATUITA.
22No. De Sucursales Extranjeras por Entidad
23Tipos de Servicios ofrecidos por Entidad
24Tarifas cobradas en el Estado de California
25Tarifas cobradas en el Estado de California
26- REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
-
- SEGÚN ENCUESTAS REALIZADAS
-
- EXISTE UN FUERTE DESEO DE LOS RECEPTORES DE
REMESAS DE QUE LOS GOBIERNOS REGULEN EL PROCESO
DE TRANSFERENCIA, PERO SIN INVOLUCRARSE EN CÓMO
SE GASTA EL DINERO
27- REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
-
- LA PREFERENCIA ES QUE EL SECTOR PÚBLICO FOMENTE
UNA INDUSTRIA DE TRANSFERENCIA CONFIABLE,
EFICIENTE Y COMPETITIVA, MANTENIENDO EL USO DE
LOS FONDOS ESENCIALMENTE EN MANOS PRIVADAS
28- REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- LOS ENTREVISTADOS MANIFESTARON QUE APOYARÍAN
REGULACIÓN QUE REDUZCA EL COSTO DE LAS
TRANSFERENCIAS Y QUE ASEGURE LA HONESTIDAD Y
TRANSPARENCIA DE LAS EMPRESAS QUE LAS TRAMITAN.
29- REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- LOS RECEPTORES DE REMESAS SE OPONEN A CUALQUIER
ACCIÓN GUBERNAMENTAL TENDIENTE AL COBRO DE
IMPUESTOS U OTRO TIPO DE DESVÍO DE REMESAS. NO
OBSTANTE, SE MOSTRARON RECEPTIVOS A INVERTIR UNA
PARTE EN PROYECTOS DE DESARROLLO PARA SUS
COMUNIDADES O QUE IMPULSEN EL DESARROLLO NACIONAL.
30- REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- LOS PARTICIPANTES DECLARARON QUE LOS ESFUERZOS
TENDRÍAN QUE PRODUCIR RESULTADOS PALPABLES Y
DEBÍAN EXISTIR GARANTÍAS CONTRA LA CORRUPCIÓN,
PARA LO CUAL, LOS FONDOS DEBÍAN SER ADMINISTRADOS
POR ALGÚN ORGANISMO INTERNACIONAL.
31- REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- Washington D.C. Un congresista estadounidense,
que rechaza una apertura a la inmigración en el
país, propuso que las remesas sean gravadas con
un impuesto del 5 por ciento, y que ese ingreso
sea utilizado para reforzar la seguridad
fronteriza.
32- REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- Tom Tancredo, legislador republicano por el
estado de Colorado, propuso en un comunicado a
los medios que las remesas tengan una carga
fiscal, tras una publicación de un estudio del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que
estima que los hispanos enviarán a sus países de
origen unos 30 mil millones de dólares.
33REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- Hay que ser muy cuidadoso con respecto a la
tentación de gravar, advirtió el presidente del
BID, Enrique Iglesias. Desde luego controles
siempre habrá, porque de alguna manera los flujos
de capital, con la idea de tener cuidado en el
origen de los fondos, es un tema legítimo de las
autoridades monetarias, pero creo que se debe ser
prudente al pensar en gravar este tipo de cosas
34REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- Normas de Remisión de información del Banco
Central de Reserva de El Salvador (BCR). - El BCR, por medio del Departamento de Balanza de
Pagos, lleva el registro del movimiento diario de
moneda extranjera originado por operaciones con
no residentes de la economía nacional.
35REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- Las instituciones intermediarias autorizadas para
realizar operaciones con el exterior, reportan el
detalle de dichas operaciones al BCR, de
conformidad al Art. 59 de su Ley Orgánica. - Dichas instituciones deben reportar operaciones
de ingresos y egresos iguales o mayores de
5,000.00., con la información completa
detallando el origen o destino de los fondos.
36REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- Funcionamiento de encomenderos.
- La transferencia de remesas por estas personas
no está regulada, sino únicamente, el Ministerio
de Hacienda, a través de la Dirección General de
Aduanas, les otorga un carné para poder dedicarse
a tal actividad, teniendo que llenar los
formularios que la Ley requiere a todas las
personas que transportan dinero en más de
11,428.57
37REGULACIÓN SOBRE TRANSFERENCIA DE REMESAS
- Los encomenderos pueden formar parte de las
asociaciones de encomenderos, cuyas funciones
únicamente son las de velar por el bienestar de
sus agremiados sin intervenir en las actividades
que cada uno de ellos desarrolla para lo cual,
les requieren que les presenten el carné que les
emite la Dirección General de Aduanas, el NIT de
importador y una declaración jurada de que no
tienen vínculos con el Estado.
38- PREVENCIÓN Y COMBATE DEL LAVADO DE DINERO A
TRAVÉS DE LAS REMESAS - LAS ENTIDADES QUE SE DEDICAN A LA TRANSFERENCIA
DE REMESAS DEBEN CUMPLIR LEYES TENDIENTES A
PREVENIR Y COMBATIR EL LAVADO DE DINERO
39- LEYES PARA LA PREVENCIÓN Y COMBATE DEL LAVADO DE
DINERO - LEY DE PRESENTACIÓN DE INFORMES SOBRE
TRANSACCIONES EXTRANJERAS EN EFECTIVO (LEY DE
SECRETO BANCARIO, BSA). - LEYES FEDERALES DEL LAVADO DE DINERO
40- LEYES PARA LA PREVENCIÓN Y COMBATE DEL LAVADO DE
DINERO - LA LEY PATRIOTA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
(USA PATRIOT ACT.) - LOS REGLAMENTOS DE LA OFICINA DE REGULADORES DEL
CONTROL DE BIENES EXTRANJEROS (OFAC) - EN EL SALVADOR, LA LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO
Y DE ACTIVOS
41- ALGUNAS OBLIGACIONES DE LAS REMESADORAS EN USA.
- REGISTRARSE CON LA AGENCIA FEDERAL FINANCIAL
CRIMES ENFORCEMENT NETWORK (FinCEN). - MANTENER UNA LISTA DE AGENTES, QUE SE ENCUENTRE
DISPONIBLE PARA LAS AUTORIDADES GUBERNAMENTALES.
42- ALGUNAS OBLIGACIONES DE LAS REMESADORAS EN USA.
- REPORTE DE TRANSACCIONES MAYORES DE 10,000.00 A
LA OFICINA DEL GOBIERNO FEDERAL INTERNAL REVENUE
SERVICE(IRS). - ARCHIVAR POR PERÍODO DE 5 AÑOS REPORTES DE
TRANSACCIONES DE MÁS DE 3,000.00 HASTA 10,000.00
43- LEYES FEDERALES DEL LAVADO DE DINERO
-
- ESTABLECEN SANCIONES POR LAS SIGUIENTES
CONDUCTAS - QUE UN INDIVIDUO INTENTE OCULTAR EL ORIGEN DE
FONDOS PROVENIENTES DE ACTOS ILÍCITOS O EVADIR
LOS REQUISITOS DE REPORTE A LAS AUTORIDADES.
44- LEYES FEDERALES DEL LAVADO DE DINERO
- TRANSFERIR FONDOS DE USA HACIA OTROS PAÍSES O DE
ÉSTOS HACIA USA, SABIENDO QUE DICHOS FONDOS
PROVIENEN DE ACTIVIDADES ILÍCITAS. - ACEPTAR UNA TRANSACCIÓN SABIENDO QUE EL DINERO
PROVIENE DE ACTIVIDADES ILÍCTAS (INVESTIGACIÓN
FEDERAL) - COMETER UNA VIOLACIÓN DE LA LEY DE SECRETO
BANCARIO.
45LEY PATRIOTA
- REQUIERE QUE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS
- DESARROLLEN POLÍTICAS, PROCEDIMIENTOS Y CONTROLES
INTERNOS. - EL NOMBRAMIENTO DE UN OFICIAL DE CUMPLIMIENTO.
- PROGRAMA CONTINUO DE ENTRENAMIENTO DE EMPLEADOS.
- UNA FUNCIÓN DE AUDITOR INDEPENDIENTE PARA
EXAMINAR EL PROGRAMA.
46- LA OFAC
- PROHIBICIÓN A LAS ENTIDADES FINANCIERAS
INVOLUCRARSE EN TRANSACICIONES QUE INCLUYAN
PAÍSES CON EMBARGO O BAJO ALGUNA SANCIÓN. - PERSONAS O ENTIDADES DESIGNADA COMO TERRORISTAS,
NARCOTRAFICANTES O HOSTILES A LOS INTERESES
NACIONALES DE USA.
47- LA OFAC
- PUBLICA LISTA DE PERSONAS BLOQUEADAS.
- LAS ENTIDADES DEBEN BLOQUEAR LAS TRANSACCCIONES
QUE ACEPTEN. - DEBEN REPORTAR A LA OFAC Y BLOQUEAR LOS FONDOS.
48- LAS ENTIDADES FINANCIERAS DEBEN TENER POLÍTICAS
DE ACATAMIENTO DE LA LEY - DIRIGIR LOS NEGOCIOS CON ALTO NIVEL ÉTICO.
- ESTABLECER UN PROGRAMA CONOZCA A SU CLIENTE.
- ESTAR ALERTA A LAS TRANSACCIONES O ACTIVIDADES DE
SUS CLIENTES QUE PUDIERAN SER ILÍCTIAS. - COOPERAR CON LAS ENTIDADES QUE HACEN CUMPLIR LA
LEY.
49POLITICAS DE ACATAMIENTO DE LA LEY
- CUMPLIR LOS REQUISITOS SOBRE REGISTROS E INFORMES
DE LA LEY DE SECRETO BANCARIO Y SUS REGLAMENTOS. - MANTENER LOS EXPEDIENTES REQUERIDOS POR CINCO
AÑOS. - CUMPLIR CON TODAS LAS LEYES ESTATALES.
- NEGARSE A EFECTUAR TRANSACCIONES CON CLIENTES QUE
NO PRESENTEN LA DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN.
50Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Objeto de la Ley. Art. 1 Tiene como objeto
prevenir, detectar, sancionar y erradicar el
delito de lavado de dinero y de activos, así como
su encubrimiento. - Sujetos de Aplicación. Art. 2 Será aplicable a
cualquier persona natural o jurídica aún cuando
esta última no se encuentre constituida
legalmente.
51Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Lavado de dinero y activosArt. 4.- El que
depositare, retirare, convirtiere o transfiriere
fondos, bienes o derechos relacionados que
procedan directa o indirectamente de actividades
delictivas, para ocultar o encubrir su origen
ilícito, o ayudar a eludir las consecuencias
jurídicas de sus actos a quien hayan participado
en la Comisión de dichas actividades delictivas,
será sancionado con prisión de cinco a quince
años y multa de cincuenta a dos mil quinientos
salarios mínimos mensuales vigentes para el
comercio, industria y servicios al momento que se
dicta la sentencia correspondiente. -
52Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Se entenderá también por lavado de dinero y de
activos, cualquier operación, transacción, acción
u omisión encaminada a ocultar el origen ilícito
y a legalizar bienes y valores provenientes de
actividades delictivas cometidas dentro o fuera
del país. -
- En el caso de las personas jurídicas, las
sanciones serán aplicadas a las personas
naturales mayores de 18 años, que acordaron o
ejecutaron el hecho constitutivo del lavado de
dinero y de activos.
53Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Las personas naturales que por sí o como
representantes legales, informen oportunamente
sobre las actividades y delitos regulados en la
presente Ley, no incurrirán en ningún tipo de
responsabilidad. -
54Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Estarán sometidos a la presente Ley toda
actividad delictiva generadora de lavado de
dinero y de activos, y de manera especial en lo
que fuere aplicable a los siguientes delitos -
-
55Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Art. 9.- Las instituciones están obligadas a
informar por escrito o cualquier medio
electrónico en el plazo de tres días hábiles a la
UIF, de cualquier operación o transacción
múltiple realizada por cada usuario que en un
mismo día o en el plazo de un mes, exceda de
quinientos mil colones o su equivalente en moneda
extranjera, de acuerdo a las fluctuaciones de la
moneda nacional, siempre y cuando hubiere los
suficientes elementos de juicio, para
considerarlas irregulares o cuando lo requiera la
UIF.
56Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Art. 10.- Las Instituciones, además de las
obligaciones señaladas en el artículo anterior,
tendrán las siguientes - a) Identificar fehacientemente y con la
diligencia necesaria a todos los usuarios que
requieran sus servicios, así como la identidad de
cualquier otra persona natural o jurídica, en
cuyo nombre están ellos actuando. - b Archivar y conservar la documentación de las
operaciones por un plazo de cinco años, contados
a partir de la fecha de la finalización de cada
operación - c) Capacitar al personal sobre los procesos o
técnicas del lavado de dinero y de activos, a fin
de que puedan identificar situaciones anómalas o
sospechosas -
57Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- d) Establecer mecanismos de auditoria interna
para verificar el cumplimiento de lo establecido
en esta Ley - e) Bajo los términos previstos en el Artículo 4
inciso cuarto de la presente Ley, los Bancos e
Instituciones Financieras, Casas de Cambio y
Bursátiles, adoptarán políticas, reglas y
mecanismos de conducta que observará sus
administradores, funcionarios y empleados.
58Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Art. 12.- Las instituciones deben mantener por
un período no menor de cinco años los registros
necesarios sobre transacciones realizadas, tanto
nacionales como internacionales, que permitan
responder con prontitud a las solicitudes de
información de los Organismos de fiscalización o
supervisión correspondientes, de la Fiscalía
General de la República y de los Tribunales
competentes, en relación con el delito de lavado
de dinero y de activos. Tales registros servirán
para reconstruir cada transacción, a fin de
proporcionar, de ser necesario, pruebas de
conducta delictiva.
59Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos
- Art. 13.- Las Instituciones, deben controlar las
transacciones que realicen sus usuarios que
sobrepase las cantidades establecidas y las
condiciones indicadas en el Art. 9 inciso 1º. de
esta Ley. - Para llevar el control indicado, las
instituciones dispondrán de un formulario en el
cual consignarán los datos pertinentes para
identificar a sus usuarios y que deberá contener
60Declaración de Actividad Sospechosa (SAR)
61GRACIAS POR LA ATENCIÓN PRESTADA