CATEDRA MEDICINA LEGAL DERECHO CIVIL - PowerPoint PPT Presentation

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CATEDRA MEDICINA LEGAL DERECHO CIVIL

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ES LA APTITUD DE LAS PERSONAS PARA ADQUIRIR DERECHOS Y ... QUE NO HAYA SIDO ANTERIORMENTE RECHAZADO EL PEDIDO,SALVO HECHO SOBREVINIENTE. MEDIDAS PROCESALES: ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: CATEDRA MEDICINA LEGAL DERECHO CIVIL


1
CATEDRA MEDICINA LEGALDERECHO CIVIL
UNIDADES III Y IV DOCENTE DRA. BEATRIZ A. DE
LOSADA
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UNIDAD III.- CAPACIDAD
  • ES LA APTITUD DE LAS PERSONAS PARA ADQUIRIR
    DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES
  • CAPACIDAD DE DERECHO (TITULARIDAD)
  • CAPACIDAD DE HECHO (EJERCICIO)
  • CARACTERES ATRIBUTO DE LA PERSONALIDAD LA
    CAPACIDAD ES LA REGLA ES GRADUABLE ES DE ORDEN
    PUBLICOTUTELAR DE LOS INTERESES DEL MENOR

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INCAPACIDADES DE DERECHOEXCEPCIONALES Y GRAVES
  • PROHIBICION DE CONTRATAR
  • ENTRE CONYUGES Y ENTRE PADRES E HIJOS
  • ENTRE EL TUTOR Y EL PUPILO
  • ALBACEAS SOBRE BIENES DE LA TESTAMENTERIA
  • JUECES, ABOGADOS,NOTARIOS, PERITOS,TASADORES S/
    BIENES EN LITIGIO

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INCAPACIDADES DE DERECHO
  • PROHIBICION DE CONTRATAR
  • LOS MANDATARIOS S/ BIENES DE SU MANDANTE
  • LOS EMPLEADOS PUBLICOS S/BIENES DEL ESTADO
  • EL CONFESOR, NI SU IGLESIA, NI SUS PARIENTES
    PUEDEN RECIBIR LEGADOS
  • LOS RELIGIOSOS PROFESOS
  • LOS QUEBRADOS S/BIENES DE LA MASA

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INCAPACES DE HECHO
  • PERSONAS POR NACER
  • DEMENTES DECLARADOS
  • SORDOMUDOS QUE NO SABEN DARSE A ENTENDER POR
    ESCRITO
  • MENORES IMPUBERES Y ADULTOS
  • LOS INHABILITADOS (ART. 152 BIS CC)

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EFECTOS DE LA DECLARACION DE INCAPACIDAD
  • INCAPACIDAD DE DERECHO LOS ACTOS SON NULOS DE
    NULIDAD ABSOLUTA (COMPROMETEN EL ORDEN PUBLICO)
  • INCAPACIDAD DE HECHO LOS ACTOS SON NULOS DE
    NULIDAD RELATIVA, CONFIRMABLES SI NO PERJUDICAN
    LOS INTERESES DEL INCAPAZ

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INCAPACIDAD DE HECHOLOS MENORES DE 21 AÑOS
  • LA CAPACIDAD ES GRADUABLE
  • ADQUIEREN LA MAYORIA A LA CERO HORA DEL DIA DEL
    CUMPLEAÑOS
  • LOS MENORES SON IMPUBERES HASTA LOS 14 AÑOS
  • MENORES ADULTOS, DESDE LOS 14 AÑOS HASTA LA
    MAYORIA DE EDAD

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GRADUACION DE LA CAPACIDAD DE LOS MENORES
  • LOS IMPUBERES HASTA LOS 14 AÑOS
  • A PARTIR DE LOS 10 AÑOS RESPONDEN POR LOS HECHOS
    ILICITOS
  • PUEDEN REALIZAR PEQUEÑOS CONTRATOS (TRANSPORTE,
    COMPRAS MENORES-LIBRERIAS-KIOSCOS)
  • MENORES ADULTOS DE 14 AÑOS A 18 AÑOS
  • SER DEMANDADOS EN JUICIO PENAL
  • CONTRAER DEUDAS PARA SUBSISTIR FUERA DEL HOGAR

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MENORES ADULTOS DE 14 A 18 AÑOS
  • TRABAJAR CON AUTORIZACION PATERNA
  • DISPONER DE SU SALARIO
  • ESTAR EN JUICIO LABORAL
  • AGREMIARSE EN ASOCIAC.PROFESIONAL.
  • SER TESTIGOS EN JUICIO
  • SER MANDATARIOS
  • CONTRAER MATRIMONIO (16M/18V) CON AUTORIZACION
    PATERNA O JUDIC.

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MENORES ADULTOS DE 14 A 18 AÑOS
  • RECONOCER HIJOS , MUJERES SIN LIMITE DE EDAD,
    VARONES MAYOR DE 16 AÑOS POR SI MISMOS Y MENORES
    DE ESA EDAD CON AUTORIZACION
  • DEMANDAR A LOS PADRES POR ALIMENTOS
  • DEJAR LA CASA FAMILIAR CON AUTORIZACION PATERNA

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MENORES ADULTOS DE 18 AÑOS HASTA LA MAYORIA
  • PLENA CAPACIDAD LABORAL
  • PLENA CAPACIDAD CIVICA
  • MAYORIA PENAL
  • PUEDEN TESTAR
  • PEDIR AGREGACION DEL APELLIDO MATERNO AL PATERNO
  • SER DONANTES DE ORGANOS
  • EJERCER UNA PROFESION
  • SER EMANCIPADOS

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EMANCIPACION CIVIL POR MATRIMONIO
  • ES LEGAL E IRREVOCABLE
  • ADQUIEREN PLENA CAPACIDAD CIVIL CON ALGUNAS
    RESTRICCIONES
  • SI EL MATRIMONIO SE ANULA SON VALIDOS LOS ACTOS
    ANTERIORES Y ES IRREVOCABLE PARA EL CONYUGE DE
    BUENA FE

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EMANCIPACION DATIVA
  • ES VOLUNTARIA Y REVOCABLE
  • AUTORIZAN SOLO AMBOS PADRES O TUTOR
  • CONSENTIDA POR EL MENOR
  • POR ESCRITURA PUBLICA O JUDICIAL
  • SE INSCRIBE EN EL REG. NAC. DE LAS PERSONAS
  • LA REVOCACION ES SOLO JUDICIAL, CAUSAS

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EMANCIPACION COMERCIAL
  • CON AUTORIZACION DE LOS PADRES Y CONSENTIMIENTO
    DEL MENOR
  • PARA EJERCER EL COMERCIO
  • ESCRITURA PUBLICA O DOCUMENTO PRIVADO
  • INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO
  • REVOCABLE JUDICIALMENTE

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EFECTOS DE LA EMANCIPACION PARA LOS MENORES
  • NO PUEDEN APROBAR LAS CUENTAS DE SUS TUTORES,NI
    FINALIZARLAS
  • NO PUEDEN DONAR BIENES RECIBIDOS A TITULO
    GRATUITO
  • NO PUEDEN SER FIADORES
  • PUEDEN ADMINISTRAR Y DISPONER DE SUS BIENES
    RECIBIDOS A TITULO ONEROSO
  • PUEDEN DAR EL CONSENTIMIENTO CONYUGAL PARA
    ENAJENAR BIENES

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LA DEMENCIA COMO ENFERMEDAD BIOLOGICA
  • ART.141CC (REDACCION ANTIGUA) SE DECLARAN
    DEMENTES LOS INDIVIDUOS DE UNO U OTRO SEXO QUE SE
    HALLEN EN ESTADO HABITUAL DE MANIA, DEMENCIA O
    IMBECILIDAD, TENGAN O NO INTERVALOS LUCIDOS
  • CRITERIO MEDICO PURO
  • ANACRONICO ( 1868)
  • AJENO AL CONCEPTO JURIDICO

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LA DEMENCIA EN LA LEGISLACION ACTUAL
  • ART.141CC (REFORMADO POR LA LEY 17711)
  • SE DECLARAN INCAPACES POR DEMENCIA A LAS
    PERSONAS QUE POR CAUSA DE ENFERMEDADES NO TENGAN
    APTITUD PARA DIRIGIR SU PERSONA O ADMINISTRAR SUS
    BIENES
  • CRITERIO MIXTO (BIOLOGICO Y JURIDICO)
  • ADMITE INTERVALOS LUCIDOS
  • ACTOS DEL INSANO EN INTERVALOS LUCIDOS SON
    VALIDOS Y HAY RESPONSABILIDAD CIVIL
  • PUEDE TESTAR Y CONTRAER MATRIMONIO
  • LOS ACTOS DEL INSANO SOLO PUEDEN ANULARSE POR
    SENTENCIA JUDICIAL

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EFECTOS JURIDICOS DE LA DECLARACION DE DEMENCIA
  • EL INSANO QUEDA INTERDICTO
  • EL ENFERMO SE CONVIERTE EN UN INCAPAZ DE HECHO
    ABSOLUTO
  • SE ANULAN LOS ACTOS DE ADMINISTRACION,
    DISPOSICION , LOS EXTRAPATRIMONIALES Y LOS
    REALIZADOS DURANTE EL JUICIO
  • SE DESIGNA CURADOR DE LA PERSONA Y DE LOS BIENES
  • EL INSANO PUEDE REALIZAR PEQUEÑOS CONTRATOS
  • LA NULIDAD ES DE CARÁCTER RELATIVO SI EL ACTO
    FAVORECE AL DEMENTE

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DEMENTE NO DECLARADO
  • LOS ACTOS EN PRINCIPIO SON VALIDOS, EXCEPTO SI LA
    DEMENCIA ERA NOTORIA AL TIEMPO DE CELEBRARSE LOS
    MISMOS
  • LA DEMENCIA NO PUEDE HACERSE VALER PARA ANULAR EL
    ACTO SI ESTA NO ERA NOTORIA, EL ACTO FUE
    REALIZADO A TITULO ONEROSO Y EL CONTRATANTE ERA
    DE BUENA FE (LEY 17711)
  • PARA ANULAR EL ACTO LA CARGA DE LA PRUEBA ES
    DEL CURADOR DEL INSANO

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FALLECIMIENTO DEL DEMENTEEFECTOS JURIDICOS
  • LOS ACTOS REALIZADOS ENTRE VIVOS NO PUEDEN SER
    IMPUGNADOS ALEGANDO INCAPACIDAD DEL DEMENTE
    FALLECIDO
  • EXCEPTO QUE LA INCAPACIDAD RESULTE DEL MISMO ACTO
    O QUE SE HAYA CONSUMADO DESPUES DE INTERPUESTA
    LA DEMANDA DE INCAPACIDAD
  • PUEDEN SER IMPUGNADOS SI HUBO MALA FE DEL
    CONTRATANTE ( LEY 17711)
  • LOS ACTOS CONSUMADOS DESPUES DE LA SENTENCIA QUE
    DECLARA LA DEMENCIA SON NULOS, PERO DE NULIDAD
    RELATIVA SI FAVORECIERON AL DEMENTE

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RESPONSABILIDAD DEL DEMENTE POR ACTOS ILICITOS
  • EN PRINCIPIO CARECEN DE RESPONSABILIDAD (ART
    1076
  • CC) PORQUE SON ACTOS INVOLUNTARIOS
  • SI EL ACCIONAR DEL DEMENTE DECLARADO CAUSA DAÑO
    RESPONDE EL CURADOR, POR SER RESPONSABLE DE SU
    CUSTODIA
  • SI EL CURADOR NO PUDO EVITAR LA ACCION DEL
    INSANO, Y ESTE POSEE BIENES, POR RAZONES DE
    EQUIDAD Y POR EL RIESGO CREADO, EL DEMENTE DEBE
    INDEMNIZAR A LA VICTIMA (LEY 17711)
  • PERO, SI CAUSA DAÑO EN UN INTERVALO LUCIDO, EL
    DEMENTE DEBE INDEMNIZAR A LA VICTIMA PORQUE ACTUO
    CON DISCERNIMIENTO, INTENCION Y LIBERTAD

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INTERNACION DEL DEMENTE CAUSAS TAXATIVAS
  • CUANDO HAYA TEMOR DE QUE SE DAÑE A SI MISMO O A
    UN TERCERO
  • PUEDE SER ANTES DE LA SENTENCIA
  • PREVIO DICTAMEN MEDICO
  • SIEMPRE DEBE SER ORDENADA JUDICIALMENTE
  • MEDIDA EXCEPCIONAL PARA PROTECCION DEL INSANO

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JUICIO DE INSANIAREQUISITOS
  • INICIADO POR PARTE LEGITIMADA (ART. 144 CC)
    CONYUGE NO DIVORCIADO,PARIENTES
    4ºGRADO,MINISTERIO DE MENORES, EL CONSUL EN CASO
    DE EXTRANJEROS,CUALQUIER PERSONA DEL PUEBLO, SI
    ES PELIGROSO)
  • LA DENUNCIA NO ES OBLIGATORIA
  • ACOMPAÑADA DE DOS CERTIFICADOS MEDICOS
  • ANTE JUEZ COMPETENTE (DOMICILIO O UBICACIÓN DE
    LOS BIENES)

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DESARROLLO DEL JUICIO DE INSANIA
  • EXAMENMEDICOFORENSE (DIAGNOSTICO,PRONOSTICO,FECHA
    DE LA ENFERMEDAD,NECESIDAD DE INTERNACION,
    REGIMEN DE ASISTENCIA)
  • SU OMISION ACARREA LA NULIDAD DEL JUICIO, PERO NO
    ES VINCULANTE
  • DESIGNACION DE CURADOR AD LITEM
  • INTERVENCION DEL MINISTERIO DE MENORES

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DESARROLLO DEL JUICIO DE INSANIA
  • REQUISITOS
  • ENFERMEDAD MENTAL HABITUAL,FALTA DE APTITUD PARA
    DIRIGIR SU PERSONA Y ADMINISTRAR SUS
    BIENES,MINIMO14 AÑOS DE EDAD
  • QUE NO HAYA SIDO ANTERIORMENTE RECHAZADO EL
    PEDIDO,SALVO HECHO SOBREVINIENTE
  • MEDIDAS PROCESALES
  • DESIGNACION DE CURADOR PROVISORIO
  • APERTURA A PRUEBA POR 30 DIAS
  • NOTIFICACION DE LA PERICIA MEDICA AL INSANO Y AL
    DENUNCIANTE (5 DIAS)
  • DICTADO DE LA SENTENCIA (15 DIAS)
  • RECURSO DE APELACION ( 5 DIAS)

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EFECTOS DE LA SENTENCIA DE INSANIA
  • INTERDICCION DEL INSANO
  • DESIGNACION DE CURADOR DEFINITIVO
  • DECLARACION DE NULIDAD DE LOS ACTOS DEL INSANO
  • INSCRIPCION DE LA SENTENCIA EN EL REGISTRO CIVIL
    Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
  • INSCRIPCION DE LA INHIBICION GENERAL DE BIENES

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REHABILITACION DEL INSANO POR CESE DE LA
INCAPACIDAD
  • RESTABLECIMIENTO COMPLETO DEL INSANO
  • PUEDE PEDIRLA EL FAMILIAR DENUNCIANTE O EL MISMO
    INSANO
  • ANTE EL JUEZ QUE DECLARO LA INSANIA
  • JUNTA MEDICA FORENSE
  • VISTA AL ASESOR DE MENORES
  • LA SENTENCIA LEVANTA LA INTERDICCION Y LA
    INHIBICION GRAL. DE BIENES

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INHABILITACION JUDICIAL (ART. 152 BIS CC)LEY 17711
  • EMBRIAGUEZ HABITUAL
  • USO DE ESTUPEFACIENTES
  • DISMINUIDOS EN SUS FACULTADES MENTALES SIN SER
    DEMENTES
  • PRODIGOS QUE HUBIESEN DILAPIDADO UNA PARTE
    IMPORTANTE DEL PATRIMONIO
  • LOS CONDENADOS A RECLUSION O PRISION POR MAS DE
    TRES AÑOS(ART.12 C.Penal) PERDIDA PATRIA
    POTESTAD, ADMINISTRACION Y DISPOSICION)

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EFECTOS DE LA INHABILITACION
  • SE DESIGNA UN CURADOR ( CONYUGE, ASCENDIENTE O
    DESCENDIENTE)
  • NECESITAN LA CONFORMIDAD DEL CURADOR PARA
    DISPONER DE LOS BIENES
  • PUEDEN ADMINISTRARLOS EXCEPTO QUE LA SENTENCIA
    DISPONGA LO CONTRARIO
  • LA PETICION DE INHABILITACION NO ES OBLIGATORIA Y
    SOLO PROCEDE POR VIA JUDICIAL IDEM REHABILITACION
  • PUEDEN REALIZAR ACTOS EXTRAPATRIM.
  • PLENA RESPONSABILIDAD POR ILICITOS

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PROTECCION DE INCAPACES
  • TUTOR O CURADOR
  • ACTUA EN NOMBRE Y POR CUENTA DEL INCAPAZ,
    REPRESENTACION LEGAL, NECESARIA Y CONTROLADA
  • MINISTERIO PUBLICO DE MENORES E INCAPACES
  • REPRESENTACION PROMISCUA Y DE ORDEN PUBLICO
  • PATRONATO JUDICIAL
  • SUSTITUYE LA PATRIA POTESTAD ANTE PELIGRO
    MATERIAL O MORAL,AMPLIA DISPOSICION DEL
    INCAPAZFLIA SUSTITUTA,GUARDA,INTERNACION

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UNIDAD IVHECHOS Y ACTOS JURIDICOS
  • HECHOS JURIDICOS SON LOS ACONTECIMIENTOS
    SUCEPTIBLES DE PRODUCIR EFECTOS JURIDICOS(ART
    496)
  • NATURALES,HUMANOS,VOLUNTARIOS, INVOLUNTARIOS,
    LICITOS,ILICITOS, POSITIVOS, NEGATIVOS
  • HECHOS VOLUNTARIOS (DISCERNIMIENTO
  • INTENCION Y LIBERTAD)
  • LOS HECHOS VOLUNTARIOS DEBEN TENER UNA
    MANIFESTACION EXTERIOR (FORMA)

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ELEMENTOS DE LOS HECHOS JURIDICOS
  • DISCERNIMIENTO CAPACIDAD PARA ENTENDER EL
    SIGNIFICADO DEL ACTO
  • LO AFECTA LA INCAPACIDAD
  • INTENCION ES LA VOLUNTAD DE LLEVAR A CABO EL
    ACTO
  • LA AFECTA LA IGNORANCIA, EL ERROR Y EL DOLO
  • LIBERTAD ES LA POSIBILIDAD DE REALIZAR EL ACTO
    SIN PRESIONES INTERNAS O EXTERNAS
  • LA AFECTA LA VIOLENCIA MORAL O FISICA

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HECHOS INVOLUNTARIOSRESPONSABILIDAD DEL AUTOR
  • EN PRINCIPIO NO PRODUCEN OBLIGACION ALGUNA (ART
    900 CC)
  • PERO EL CC LE OTORGA EFECTOS JURIDICOS A VARIOS
    HECHOS INVOLUNTARIOS
  • AL ERROR NO ESENCIAL Y EXCUSABLE
  • A LAS NULIDADES RELATIVAS
  • AL DOLO RECIPROCO
  • TEMOR REVERENCIAL,ESTADO DE NECESIDAD
  • A LOS ACTOS DE MENORES ADULTOS

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DEFINICION DE ACTO JURIDICO
  • SON LOS ACTOS VOLUNTARIOS LICITOS QUE TIENEN POR
    FIN INMEDIATO ESTABLECER ENTRE LAS PERSONAS
    RELACIONES JURIDICAS
  • CON EL FIN DE CREAR, MODIFICAR,TRANSFERIR,CONSERVA
    R O ANIQUILAR DERECHOS
  • REGIDOS POR EL PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE LA
    VOLUNTAD (ART 19 CN)
  • LOS HECHOS JURIDICOS SON EL GENERO Y LOS ACTOS
    JURIDICOS, LA ESPECIE

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CLASIFICACION DE LOS ACTOS JURIDICOS
  • UNILATERALES O BILATERALES
  • POSITIVOS O NEGATIVOS
  • ENTRE VIVOS Y DE ULTIMA VOLUNTAD
  • ONEROSOS O GRATUITOS
  • PRINCIPALES O ACCESORIOS
  • DE ADMINISTRACION O DISPOSICION
  • PATRIMONIALES O EXTRAPATRIMONIALES
  • FORMALES O NO FORMALES

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CONDICIONES EXTERNAS DE LOS ACTOS JURIDICOS
  • EXPRESION POSITIVA DE LA VOLUNTAD VERBAL, ESCRITA
    O SIGNO INEQUIVOCO
  • EXPRESION TACITA DE LA VOLUNTAD
  • EXPRESION FORMAL O NO FORMAL
  • EL SILENCIO NO ES DECLARACION VALIDA DE LA
    VOLUNTAD, SALVO CUANDO HAYA DEBER LEGAL DE DAR
    EXPLICACIONES
  • PRESUNCION LEGAL DE EXPRESION DE VOLUNTAD

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SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LOS ACTOS JURIDICOS
  • PERSONAS FISICAS O JURIDICAS
  • DETERMINADOS O DETERMINABLES
  • SUCESORES A LOS QUE SE LES TRANSMITE EL DERECHO
    DE OTRO PARA QUE LO EJERZAN EN NOMBRE PROPIO
  • UNIVERSALES, LES PASA TODO EL PATRIMONIO O UNA
    PARTE ALICUOTA (HEREDEROS)
  • SINGULARES, LES PASA UNO O MAS BIENES (DONACION,
    LEGADO)
  • TERCERO, PERSONA AJENA AL ACTO PERO QUE PUEDE SER
    AFECTADO POR EL MISMO (DEUDOR,ACREEDOR)
  • REPRESENTANTE LEGAL O CONVENCIONAL

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INTERPRETACION DE LOS ACTOS JURIDICOS
  • DEBEN CELEBRARSE, INTERPRETARSE Y EJECUTARSE DE
    BUENA FE (ART 1198CC)
  • DE ACUERDO A LO QUE LAS PARTES ENTENDIERON O
    PUDIERON ENTENDER OBRANDO CON CUIDADO Y PREVISION
  • LAS CLAUSULAS MANUSCRITAS PREVALECEN SOBRE LAS
    IMPRESAS
  • ESTAR A FAVOR DE LA PARTE MAS DEBIL
  • ANALIZAR LOS ACTOS POSTERIORES
  • TENER PRESENTE LOS USOS Y COSTUMBRES PARA DAR
    SIGNIFICADO A LAS PALABRAS
  • ANALIZAR LA NATURALEZA JURIDICA DEL ACTO
  • INTERPRETAR LA VOLUNTAD DE LAS PARTES
  • APLICAR PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO (IN
    DUBIO PRO REO, IN DUBIO PRO OPERARIO, FAVOR
    DEBITORIS, ETC)

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IMPUTABILIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS
  • LA IMPUTABILIDAD OBJETIVA
  • ES EL NEXO CAUSAL ENTRE EL ACTO Y EL DAÑO, LA
    INTERRUPCION DEL NEXO CAUSAL EXCLUYE LA
    RESPONSABILIDAD DEL AGENTE
  • LAS CONSECUENCIAS SE CONSIDERAN CAUSADAS POR EL
    AGENTE CUANDO SEGÚN EL CURSO NATURAL U ORDINARIO
    DE LAS COSAS ERAN PREVISIBLES (ART 906CC)
  • ESTA PREVISIBILIDAD O PROBABILIDAD SE JUZGA EN
    ABSTRACTO (ART 909CC) A MAYOR IMPREVISION MAYOR
    RESPONSABILIDAD
  • EN PRINCIPIO LA PRUEBA DEL DAÑO Y LA
    RESPONSABILIDAD ESTA A CARGO DE LA VICTIMA,
    EXCEPTO DISPOSICION CONTRARIA DE LA LEY, LA
    DOCTRINA O LA JURISPRUDENCIA CONSAGRADA(INVERSION
    DE LA CARGA DE LA PRUEBA, PRUEBA DINAMICA) MALA
    PRAXIS.

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IMPUTABILIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS
  • RESPONSABILIDAD SUBJETIVA
  • CULPABILIDAD O RESPONSABILIDAD DEL ACTOR (ART
    1109CC)
  • DOLO
  • CULPA
  • CULPA IN VIGILANDO (ART 1113CC)
  • RIESGO CREADO

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CONSECUENCIAS DE LOS ACTOS JURIDICOS
  • CONSECUENCIAS INMEDIATAS LAS DERIVADAS
    DIRECTAMENTE DEL ACTO
  • SON IMPUTABLES JURIDICAMENTE AL AUTOR, POR DOLO O
    CULPA(ART 903CC)
  • CONSECUENCIAS MEDIATAS LAS QUE RESULTAN DE LA
    CONEXIÓN DE UN HECHO CON OTRO CONTINGENTE
  • SON IMPUTABLES AL AUTOR DEL PRIMER HECHO,SI
    FUERON PREVISIBLES(ART 904)
  • CONSECUENCIAS CASUALESSON COMO LAS
    ANTERIORES,PERO NO ERAN PREVISIBLES EN PRINCIPIO,
    SALVO QUE DEBIERAN PREVEERSE , EN ESTE CASO SON
    IMPUTABLES AL AUTOR
  • CONSECUENCIAS REMOTAS NO SON VINCULANTES NI
    IMPUTABLES AL AUTOR, NO SON PREVISIBLES

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DIFERENCIAS ENTRE ILICITO CIVIL Y PENAL
  • EL CIVIL ES UNA CONTRAVENCION GENERICA A LA LEY,
    NO ES TAXATIVO
  • EL PENAL ES ESPECIFICO Y TIPIFICADO
  • EL CIVIL REQUIERE EL DAÑO
  • EL PENAL NO, LA TENTATIVA ES PUNIBLE
  • EL CIVIL PUEDE SER DELITO O CUASIDELITO
  • EL PENAL SOLO ES DELITO, DOLO O CULPA
  • EN CIVIL HAY REPONSABILIDAD INDIRECTA (ART
    1113CC) EN PENAL NO
  • EN CIVIL SE ES IMPUTABLE DESDE LOS 10 AÑOS, EN
    PENAL DESDE LOS 16
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