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ALCANCE DE LA FUNCI

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Blanqueo de capitales Investigaciones Algunas actividades prohibidas en el mercado de valores. Fiscalizaci n en la pr ctica. Hechos concretos. – PowerPoint PPT presentation

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Title: ALCANCE DE LA FUNCI


1
ALCANCE DE LA FUNCIÓN FISCALIZADORA. DERECHOS Y
DEBERES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV)
  • Carlos A. Barsallo P.
  • Comisionado Presidente CNV
  • Colegio de Contadores Públicos Autorizados de
    Panamá
  • 26 de mayo de 2004

2
PLAN
  • I. Por qué se regula y fiscaliza? Objetivos
  • II. Qué es fiscalizar y cómo lo hace la CNV?
  • Conclusiones.

3
I. Por qué se regula y fiscaliza?
  • Principios internacionales.
  • Importancia de la buena regulación y
    fiscalización.
  • Elementos necesarios para una buena regulación y
    fiscalización.
  • La regulación y fiscalización en Panamá
  • Las normas fundamentales en Panamá.
  • La Comisión Nacional de Valores de Panamá (CNV) y
    sus atribuciones en materia de regulación y
    supervisión.
  • Personas sujetas a la regulación y supervisión.

4
II.Qué es fiscalizar y cómo lo hace CNV?
  • Formas. Preventiva vs. Paliativa.
  • Supervisión a distancia. Divulgación de
    información. Educación al inversionista.
  • Inspecciones in situ.
  • Manuales de supervisión.
  • Blanqueo de capitales
  • Investigaciones
  • Algunas actividades prohibidas en el mercado de
    valores.
  • Fiscalización en la práctica. Hechos concretos.
  • Sanciones
  • Estadísticas
  • Importancia del cumplimiento de las sanciones.

5
POR QUÉ SE REGULA Y FISCALIZA? OBJETIVOS.
  • Los objetivos de la regulación del mercado de
    valores de conformidad con IOSCO son
  • La protección a los inversionistas.
  • El asegurar que los mercados de valores sean
    justos, eficientes y transparentes.
  • La reducción del riesgo sistémico.

6
LOS PRINCIPIOS DE IOSCO SOBRE REGULACION DE
VALORES
  • IOSCO ha emitido treinta (30) principios para la
    Regulación del Mercado de Valores. www.iosco.org

7
A. Referentes al Regulador
  • Las responsabilidades del regulador deben ser
    claras y objetivamente estipuladas.
  • El regulador debe contar con autonomía operativa
    y debe ser independiente y responsable en el
    ejercicio de sus funciones y poderes.
  • El regulador debe contar con poderes adecuados,
    recursos apropiados y la capacidad de desempeñar
    sus funciones y ejercitar sus poderes.

8
A. Referentes al Regulador (2)
  • El regulador debe adoptar procesos regulatorios,
    claros y consistentes.
  • Los funcionarios de la entidad reguladora deben
    observar los más altos estándares profesionales
    incluyendo aquellos sobre confidencialidad

9
B. Autorregulación
  •         El régimen regulatorio debe hacer el uso
    más apropiado de las organizaciones de
    autorregulación que ejercen ciertas
    responsabilidades directas en sus respectivas
    áreas, de acuerdo al tamaño y complejidad de sus
    mercados.
  • Los Organismos de Autorregulación deben estar
    sujetos a la tutela del regulador y deben
    observar los estándares de equidad y
    confidencialidad al ejercer los poderes y
    responsabilidades delegadas a ellos.

10
C. Para el Cumplimiento de la regulación de
Valores
  •         El regulador debe contar con poderes
    absolutos de inspección, investigación y
    fiscalización.
  •         El regulador debe contar con poderes
    absolutos para hacer cumplir las normas.
  • El sistema regulatorio debe asegurar el uso
    efectivo y confiable de la inspección,
    investigación, fiscalización y poderes
    coercitivos, así como la implementación de un
    programa efectivo de cumplimiento.

11
IMPORTANCIA PRÁCTICA DE LA BUENA CALIDAD DE LA
REGULACION Y DE LA FISCALIZACIÓN.
  • Jurisdicción reconocida se define como toda
    jurisdicción que la CNV reconozca que cuenta
    con
  • 1.Leyes y reglamentos que, aunque no sean iguales
    a los nacionales, ofrecen en general, a juicio de
    la CNV, un grado de protección a los
    inversionista en su conjunto sustancialmente
    igual al que ofrece la legislación nacional y
  • 2. Que cuenta con un ente regulador que, a
    satisfacción de la CNV, FISCALICE ADECUADAMENTE
    EL CUMPLIMIENTO DE DICHAS LEYES Y REGLAMENTOS.

12
Jurisdicción reconocidaEl Salvador
  • RS-MV.3/2003
  • Fecha de emisión
  • 25 de febrero de 2003
  • Reconocimiento de Panamá como un país en el cual
    funciona un mercado de valores con similares o
    superiores requisitos de supervisión con respecto
    al mercado de valores de El Salvador
  • Fecha de vigencia
  • 25 de febrero de 2003
  •  

13
LA FUNCION REGULADORA Y LA FUNCION SUPERVISORA O
FISCALIZADORA.
  • La función reguladora es la capacidad para
    aprobar y adoptar normas.
  • La función supervisora es la vigilancia del
    cumplimiento de las normas aprobadas.

14
REGULADOR UNICO?
  • Se acumula en un mismo organismo público
    competencias que afecten el mercado de valores y
    otros sectores como la banca y seguros.

15
REGULADOR UNICO?
  • LA PRENSA
  • Torrijos planea reformar Órgano Judicial
  • Urania Cecilia Molina umolina_at_prensa.com
  • Pese a que voceros del Partido Revolucionario
    Democrático (PRD) optaron por no revelar las
    transformaciones y profundas reformas al Estado
    que durante su proclamación anunció el presidente
    electo Martín Torrijos, los cambios planteados
    apuntan a reformar el sistema judicial, a crear
    un ente para regular el sistema financiero en su
    totalidad y a elaborar una ley de
    reestructuración de quiebra, entre otras cosas.

16
Facultades y atribuciones suficientes no son
suficiente
  • Personal suficiente
  • Bien capacitado
  • Con conocimientos
  • Conciencia de su rol y lo que se espera de él.
  • Independiente.

17
Presupuesto CNV2000-2004
  • Año 2000 B/. 830,000.00
  • Año 2001 B/. 1,105,800.00
  • Año 2002 B/. 1,105,800.00
  • Año 2003 B/. 1,304,300.00
  • Año 2004 B/. 1,485,400.00

18
ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA CORRECTA
FISCALIZACIÓN Y SU CUMPLIMIENTO EN LA LEGISLACIÓN
Y PRACTICA PANAMEÑA.
  •         Cooperación entre distintas autoridades
    responsables en materia de regulación y
    supervisión. Las autoridades de banca, valores y
    seguros deben cooperar y coordinar entre si.
    Consejo de Coordinación Financiera CCF.
    Ministerio de Economía y Finanzas MEF.
  •         Que el regulador y sus empleados que
    actúen de nueva fe en el desempeño de sus
    funciones gocen de protección legal adecuada.
    Artículo 75 D.L. 1/99 vs Articulo 2 D.G. 247 de
    1970.
  • Poderes suficientes y recursos adecuados.
  •  

19
ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA CORRECTA
FISCALIZACIÓN Y SU CUMPLIMIENTO EN LA LEGISLACIÓN
Y PRACTICA PANAMEÑA.
  •           Instrumentos jurídicos precisos para
    cumplir su misión.
  • a. Conocer de la autorización para operar u
    otorgamiento de licencias. Ley 66 de 2001
    (record policivo) vs Artículo 50 D.L. 1/99.
  • b. Requerir a las entidades la información
    necesaria para la supervisión. Artículo 393 F
    Código Penal.
  • c. Inspeccionar mediante visita las entidades
    sujetas a fiscalización. Articulo 264 D.L. 1/99.

20
ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA CORRECTA
FISCALIZACIÓN Y SU CUMPLIMIENTO EN LA LEGISLACIÓN
Y PRACTICA PANAMEÑA.
  • d. Requerir el cese de actividades no
    autorizadas. Articulo 266 del D.L. 1/99.
  • e. Desarrollar investigaciones sobre operaciones
    realizadas en el mercado. Artículo 263 del D.L.
    1/99.
  • F. Intervenir la administración de los sujetos
    fiscalizados. Artículo 213 Instituciones
    registradas.
  • G. Sancionar. Artículo 25 y 208 D.L. 1/99.

21
PRESUPUESTO CNV 2000-2004
2000 B/.830,000
2001 B/.1,105,800
2002 B/.1,105,800
2003 B/.1,304,300
2004 B/.1,485,400
22
PAIS FUNCIONARIOS ENTES PRESUPUESTO
Argentina Regulador especializado 120 funcionarios (70 en supervisión). 250 corredores, 2 mercados de futuros y opciones US10 millones (7.5 en fondos federales y 2.5 del sector privado
Bolivia Regulador de pensiones, valores y seguros. 100 30 casas de valores, bolsas, corredores, calificadores de riesgo, administradores de fondo de inversión, firmas de titularización 2 administradores de fondos de pensiones 5 millones
Brasil Regulador especializado 327 217 casa de valores y 231 dealers 993 compañías públicas. US35 millones. Tasa especial
Chile Regulador de valores y seguros 187 funcionarios US5 millones.
Colombia Regulador especializado 40 US47 millones
Ecuador Regulador especializado 55 funcionarios
México Regulador de banca y valores 1,345 funcionarios US92 millones
Paraguay Regulador especializado 24 funcionarios US276,000.00
Perú Regulador especializado 131 funcionarios US14.5 millones
23
ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA CORRECTA
FISCALIZACIÓN Y SU CUMPLIMIENTO EN LA LEGISLACIÓN
Y PRACTICA PANAMEÑA.
  • Recursos
  • A. Económicos
  • Tarifas Artículos 17 y 18 D.L. 1/99.
  • B. Recurso humano y técnicos suficientes
  • B.1. Sistemas de contratación de personal.
  • B.2. Planes de formación
  • B.3. Sistema salarial
  • B.4. Conducta del personal.
  • Código de ética.
  • Código de Conducta Art. 13 D.L. 1/99.

24
ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA CORRECTA
FISCALIZACIÓN Y SU CUMPLIMIENTO EN LA LEGISLACIÓN
Y PRACTICA PANAMEÑA.
  • Código de conducta (Proyecto)
  •         Prevención de conflictos de interés.
  •  
  •         Uso apropiado de información obtenida
    durante el ejercicio de las funciones.
  •  
  •         Observancia de reglas de
    confidencialidad.
  • Observancia de criterios de justicia en los
    procedimientos.
  • Sistemas de información y comunicación adecuados.

25
  • Responsabilidad de la Comisión por información.
  • La Comisión no será responsable por la veracidad
    de la información o de las declaraciones
    contenidas en las solicitudes de registro o en
    los informes, y podrá exigir que los prospectos
    y demás materiales de oferta pública contengan un
    declaración en tal sentido. Art. 75 D.L.1/99
  • La Comisión Nacional de Valores tendrá las
    siguientes atribuciones
  • a. Verificar la veracidad de la información que
    deberán suministrar las sociedades conforme se
    establece en el Decreto de Gabinete y en el
    Decreto de Gabinete sobre fondos mutuos. Art. 2
    D.G. 247-70.

26
SISTEMAS DE INFORMACIÓN
27
Proporcionalidad de la regulación
  • No se pueden evitar las malas inversiones ni la
    toma de riesgos.
  • El regulador no tiene hoy un monopolio efectivo
    de la regulación dentro de su jurisdicción
    territorial.

28
La Autorregulación
  • Atribuciones limitadas para emitir normas y
    supervisar su cumplimiento en determinadas áreas
    del mercado de valores.
  • La autorregulación es el mecanismo mediante el
    cual los agentes económicos afectados por una
    situación conflictiva (por razones de
    ineficiencia o injusticia o más en concreto, por
    tensión entre el afán de lucro y comportamiento
    ético) deciden asumir, por sí mismos, la
    responsabilidad de establecer y exigir la
    observancia de ciertos criterios y reglas
    dirigidos a solventar el conflicto.
  •  

29
AUTORREGULADA
30
La Autorregulación
  •         Tener capacidad para cumplir con la
    finalidad de regulación especial así como tener
    la capacidad para hacerlas cumplir a sus
    miembros.
  •  
  •         Deben fijar normas orientadas a fijar
    normas de conducta de sus miembros y promover la
    protección del inversionista.
  •  
  •         Deben cooperar con el regulador para
    investiga y aplicar la leyes y la regulación del
    mercado de valores.
  •  
  •         Aplicar sus propias normas e imponer
    sanciones correspondientes en caso de
    incumplimiento.

31
La regulación y supervisión del mercado de
valores en Panamá.Normas fundamentales a nivel
legal
  • Decreto ley 1 de 8 de julio de 1999. (Ley de
    valores).
  • Ley 29 de 2001 (calificadoras de riesgo).
  • Ley 11 de 2002 (tarifas de registro y
    supervisión).
  • Ley 45 de 2003 (Ley de delitos financieros).
  • Ley 38 de 2000 (Procedimiento administrativo
    general).
  • Ley 41 de 2000 (blanqueo de capitales).
  • Ley 42 de 2000 (blanqueo de capitales).

32
A nivel reglamentario
  • Acuerdos (56)
  • Opiniones (51)
  • Resoluciones (1,687).
  • Comparativo
  • De 1970 a 1989 (20 años) 337 Resoluciones
    emitidas.
  • Resoluciones
  • Año 2000 400
  • Año 2001 521
  • Año 2002 464
  • Año 2003 302 (28/11/03)

33
La Comisión Nacional de ValoresAtribuciones
  •         Establecer reglas de buena conducta
    comercial y normas éticas que deban seguir las
    casas de valores, los asesores de inversión, los
    ejecutivos principales, los analistas, los
    corredores de valores, las organizaciones
    autorreguladas, los miembros de organizaciones
    autorreguladas, las sociedades de inversión y
    administradores de inversión, cuya violación
    podrá acarrear sanciones disciplinarias.
    (numeral 4)
  •  

34
La Comisión Nacional de ValoresAtribuciones
  •         Examinar, supervisar y fiscalizar las
    actividades de las organizaciones
    autorreguladas, de los miembros de organizaciones
    autorreguladas, de las sociedades de inversión,
    de los administradores de inversión, de las casas
    se valores, de los asesores de inversión, de los
    corredores, analistas, ejecutivos principales y
    de cualquiera otra persona sujeta la
    fiscalización de la CNV de acuerdo con el Decreto
    Ley 1 y sus reglamentos. (numeral 6)
  •  

35
La Comisión Nacional de ValoresAtribuciones
  •         Velar por que las personas sujetas al
    presente Decreto Ley cumplan con éste y con sus
    reglamentos.(numeral 7)
  •  
  •         Realizar las inspecciones, las
    investigaciones y las diligencias contempladas en
    el decreto ley.(numeral 8)
  •  
  •         Imponer las sanciones que establece el
    Decreto ley (numeral 10)
  •  
  •         Adoptar, reformar y revocar acuerdos
    (numeral 12)
  •  

36
La Comisión Nacional de ValoresAtribuciones
  • En adición el D.L.1/99 dispone en su artículo 275
    que los planes o fondos para pagar jubilaciones,
    pensiones y otros beneficios similares a los
    empleados de un contribuyen o en beneficio del
    propio contribuyente y que son voluntarios y
    complementarios a los beneficios del Seguro
    Social serán regulados y fiscalizados por la
    Comisión Nacional de Valores.

37
Emisores o Personas Registradasy sus Auditores
externos
  • 104 emisores o personas registradas.

Auditores Externos

KPMG (25)
Price WaterHouseCoopers (25)
Ernst Young (10)
Deloitte Touche (3)
RSM Bustamante Bustamante (1)
Grant Thornton Cheng y Asociados (1)
Petra Padilla C. (1)
Chambonett Y Asociados (1)
Mgtr. Carlos Changmarin R. (1)
Bósquez, Holness Co.(1)
38
Personas sujetas a la regulación del D.L.
1/99Sujetas con licencia
  • 2 Organizaciones autorreguladas
  • 1 bolsa de valores
  • 1 central de valores
  • 32 casas de valores
  • 4 Asesores de inversión
  • 11 Administradores de inversión
  • 183 licencias de corredores

39
Personas sujetas a la regulación del D.L.
1/99Sujetas con licencia
  • 31 licencias de analistas
  • 91 licencias de ejecutivos principales

40
Otros sujetos
  • 20 Administradoras de fondos de cesantía.
  • 4 calificadoras de riesgos.

41
II.Qué es fiscalizar y cómo lo hace CNV?
  • Formas. Preventiva vs Paliativa.
  • Supervisión a distancia. Divulgación de
    información. Educación al inversionista
  • Inspecciones in situ.
  • Manuales de supervisión.
  • Blanqueo de capitales
  • Investigaciones
  • Algunas actividades prohibidas en el mercado de
    valores.
  • Fiscalización en la práctica. Hechos concretos.
  • Sanciones
  • Estadísticas
  • Importancia del cumplimiento de las sanciones.

42
Qué es fiscalizar?
  • Conforme al Diccionario de la Real Academia de la
    Lengua Española, fiscalizar significa Hacer el
    oficio de fiscal.
  •  
  • Fiscal es la persona que averigua o delata
    operaciones ajenas.
  •  
  • Fiscalizar también significa Criticar y traer a
    juicio las acciones u obras de alguien.

43
Las formas de fiscalización o supervisión
  • Supervisión prudencial y supervisión de normas de
    transparencia y conducta.
  • Supervisión o fiscalización preventiva.
  • Controles
  • Seguimiento en tiempo real de la negociación en
    los mercados secundarios
  • Autorizaciones previas
  • Recepción de información contable (IN-T e IN-A)

44
Supervisión o fiscalización preventiva.
  • Divulgación de la información
  • Comunicados públicos.
  • Página web www.conaval.gob.pa
  • Sistema integrado de gestión de información
    (SIGI).

45
Supervisión o fiscalización preventiva.
  • Educación al inversionista.
  • Unidad especializada
  • Se encarga de las actividades de carácter
    divulgativo o formativo sobre como funciona el
    mercado, sus productos, servicios, actores y
    requisitos de regulación.

46
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES Unidad de Educación
al Inversionista
Trabajando por un Mercado de Valores moderno y
eficiente
47
Divulgación de información
  • Obligación de la CNV. Artículo 70 D.L. 1/99.
  • Ejemplos concretos
  • Prospectos informativos y expedientes de
    autorización de registro son públicos.
  • Hechos de importancia. Deben ser revelados de
    inmediato. Art. 77 D.L. 1/99.
  • Advertencias al inversionista. www.conaval.gob.pa.
    Alerta al inversionista.

48
INSPECCIONES IN SITU
  • Son el elemento fundamental de la supervisión in
    situ. No son más que la visita física a los
    locales donde operan los fiscalizados. Estas
    visitas pueden ser Ordinarias o Extraordinarias.
  •  
  • Requieren una planeación previa. La CNV elabora
    un calendario anual de inspecciones.
  •  
  • Su fundamento legal lo encontramos en los
    artículos 8 numeral y el 264 D.L.1/99.

49
INSPECCIONES IN SITU
  • Se dirige a los sujetos con licencia.
  • La CNV puede pedir asistencia a la
    Superintendencia de Bancos en el caso de sujetos
    con licencia bancaria y licencia expedida por la
    CNV.
  • No puede oponerse el secreto bancario a la CNV.
    Opinión Procuraduría de la Administración.

50
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • Cuestionario inicial.
  •  
  • Propósito
  •  
  • Analizar la Casa de Valores, su rentabilidad y
    estructura organizativa. Obtener una primera
    aproximación a su operativa.
  •  
  • Documentación previa recopilación y análisis.
  •  
  • Solicitud de licencia.
  • Modificaciones solicitadas y otorgadas a la
    licencia.
  •  
  •  

51
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • Información a analizar.
  •  
  • Principales líneas de negocio de la Casa de
    Valores.
  • Evolución de los resultados en los últimos
    ejercicios. Comparar la evolución de sus
    resultados con los del resto de Casas de Valores.
  • Organización y Recursos humanos.
  •  
  • Evolución de personal en los últimos ejercicios
  •  
  • Comprobar que existen
  • Organigrama general y por departamentos.
  • Manual de funciones y responsabilidades.
  • Manuales de procedimientos.
  • Código de conducta para los empleados.
  •  

52
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • Libros legales
  •  
  • Verificar la existencia de los libros necesarios
    para la llevanza de la contabilidad y de los
    asuntos societarios conforme a las disposiciones
    legales.

53
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • Sistema de Información
  •  
  •         Aplicaciones actuales Especificar el
    nombre, la antigüedad y la función desarrollada
    por cada una de las aplicaciones actuales.
    Evaluar su capacidad para realizar las tareas de
    administración, control y registro contable del
    negocio.
  •         Coordinación entre este departamento y
    el resto de áreas de la Casa de valores grado de
    satisfacción de los usuarios
  •  

54
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • Análisis área clientes.
  •  
  • Resumen de las cuentas y saldos (tanto de las
    cuentas del balance general como de las cuentas
    del estado de resultados) de esta área a la fecha
    de inspección y al cierre del ejercicio anterior.
  • Describir procedimientos de contratación,
    liquidación y contabilización de las operaciones
    intermediadas por la Casa de valores en el que se
    incluya como puntos fundamentales
  • Segregación de funciones dentro del área
  • Tipos de clientes y/o productos, definiendo
    canales de recepción de las órdenes (Recepción
    personal, fax, teléfono, conexión on-line...)
    según se trate de uno u otro.
  •  

55
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • Área de administración de carteras.
  •  
  • Propósito de la inspección
  •  
  • Comprobar la correcta contabilización de las
    carteras administradas (en cuentas de orden).
  • Comprobar la razonabilidad, documentación de
    respaldo y correcta contabilización de los
    ingresos por carteras administradas.
  • Comprobar que la Casa de valores dispone de
    una adecuada metodología y sistema de medición de
    las políticas de inversión y de los riesgos de
    mercado

56
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • Custodia de valores.
  •  
  • Propósito de la inspección.
  •  
  • 1. Comprobar los procedimientos seguidos en la
    custodia de títulos, tanto de la cartera propia
    como por cuenta de clientes.
  •  
  • 2. Comprobar la correcta contabilización de los
    títulos custodiados y de los ingresos por
    custodia.
  •  
  • 3. Comprobar la razonabilidad de los ingresos
    por custodia.

57
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • OPERACIONES BURSATILES
  • PROCEDIMIENTOS
  • SI
    NO OBSERVACIONES
  • 1. Existen políticas definidas respecto a
    estrategias a seguir y composición de la cartera
    (portafolios)? Están formalmente aprobadas y son
    conocidas?
  • 2. Hay limites y facultades establecidas para
    la contratación y aprobación de las operaciones?
  • 3. Existen procedimientos y limites para
    operaciones no usuales?

58
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • 4. Existe lista de entidades (contrapartes) con
    los que se puede operar?
  • 5. Se revisa periódicamente la cartera para
    comprobar que no existen concentraciones no
    deseadas de ciertos valores negociables, o
    contrapartes?
  • 6. Existe segregación de funciones entre los
    operadores que contratan por cuenta propia y los
    que contratan por orden de los clientes?

59
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • 7. Existen contratos con clientes donde se
    establezcan condiciones especiales?
  • 8. Las compras/ ventas de valores negociables
    están aprobadas por los clientes, y existen
    constancias de las mismas?
  • Se controla que existan los títulos/ fondos
    antes de efectuar las operaciones?
  • Se cotejan las ordenes de los clientes con las
    Operaciones realizadas?

60
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • Controles Internos Cuestionarios de Evaluación.
  •  
  • Políticas v Procedimientos Generales
  •  

  • SI NO N/A COMENTARIOS
  • 1. Existen manuales de procedimientos
    escritos?
  • 2. Cubren todas las áreas de la entidad?
  • 3. Son homogéneos para todas las áreas de la
    entidad?

61
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • 4. Describen los manuales de procedimientos
    los objetivos de
  • la entidad, las responsabilidades y las funciones
    del personal?
  • 5. Esta el personal puntualmente informado de
    sus funciones
  • sobre la base de las políticas y procedimientos
    de la sociedad?
  • 6. Existen manuales de utilización de las
    aplicaciones de computo?
  • 7. Se actualizan regularmente, o cada vez que
    hay cambios en la política de la entidad?

62
MANUALES DE SUPERVISIONPARA INSPECCIONES
  • 8. Están los manuales a disposición permanente
    de todo el personal?
  • 9. Cuenta la entidad con un departamento o
    persona independiente para la actualización de
    los manuales de procedimientos.

63
SUPERVISION ESPECÍFICA EN MATERIA DE PREVENCION
DE BLANQUEO DE CAPITALES.
  • Ejecución de inspecciones a Casas de Valores y
    Administradores de Inversión en materia de
    blanqueo de capitales para asegurarse el
    cumplimiento de las obligaciones de los regulados
    en este tema y que son fundamentalmente las
    siguientes Identificar adecuadamente a sus
    clientes requerir los documentos legalmente
    exigidos

64
SUPERVISION ESPECÍFICA EN MATERIA DE PREVENCION
DE BLANQUEO DE CAPITALES.
  •         Cumplimiento de Manual Conozca a su
    Cliente Rendir declaraciones a la Unidad de
    Análisis Financiero (UAF) ordinarias y
    especiales Actualizar la información
    periódicamente Conservar los documentos ya sea
    en archivos tecnológicos disponibles o
    documentales.

65
FORMAS DE ACTUACION PALIATIVAINVESTIGACION
  • Típica medida no preventiva
  • Medida reactiva que puede desencadenar medidas
    sancionatorias.
  • Menú de posibles violaciones es variado a lo
    largo del D.L. 1/99.

66
ACTIVIDADES PROHIBIDASTITULO XII D.L.1/99
  • Actos fraudulentos o engañosos. Artículo 195.
  • Uso indebido de información privilegiada.
    Artículo 196.
  • Declaraciones falsas y omisiones de emisores.
    Artículo 197.
  • Declaraciones falsas y omisiones de oferentes.
    Artículo 198.

67
ACTIVIDADES PROHIBIDASTITULO XII D.L.1/99
  • Declaraciones falsas y omisiones en relación con
    poderes de voto. Articulo 199.
  • Registro, informes y demás documentos presentados
    a la CNV. Articulo 200.
  • Manipulación. Art. 201
  • Promoción de valores sin divulgar que se recibe
    beneficio. Art. 202.
  • Falsificación de libros, registros de
    contabilidad o de información financiera. Art.
    203.

68
OTRAS MEDIDAS PALIATIVAS
  • También existe como medida del regulador la
    intervención, reorganización y liquidación
    forzosa administrativa de la denominada
    institución registrada lo que es una forma de
    actuación paliativa.

69
EL USO DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y PALIATIVAS
  • La regla general es que se necesita una
    combinación de ambas medidas, es decir, las
    medidas preventivas y las medidas reactivas.
  • Las primeras son importantes y si hay mayores
    controles y estos son eficaces se logra un mayor
    efecto preventivo y no se debe acudir tanto a las
    segundas o reactivas. Para algunos las segundas
    son en ocasiones síntoma de un fracaso de la
    regulación y supervisión.

70
FISCALIZACIÓN EN LA PRÁCTICA. HECHOS CONCRETOS
  • Suspensiones. Art. 266 D.L. 1/99
  • Año 2002 Suspensión de cuentas de inversión day
    trading.
  • 3 suspensiones por actividades sin licencia.
  • Investigación y multa de B/.100,000.00 en un
    caso
  • Año 2004. Restricción de actividades a casa de
    valores.
  • Divulgación de las medidas
  • Página web CNV.
  • Gaceta oficial.

71
INVESTIGACIONES POR TIPO CONDUCIDAS EN LOS 3
ULTIMOS AÑOS
  • Conducidas por la DNFA.
  • A. Emisores o personas registradas
  • 3 investigaciones .
  • B. Corredores de valores
  • 5 investigaciones
  • C. Actividades Prohibidas.
  • 8 investigaciones. (5 sobre uso indebido de
    información privilegiada y 3 sobre actividades
    sin licencia).
  • 16 procedimientos administrativos.

72
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
  • Fundamento legal. Artículo 8 numeral 10, 25 y
    208.
  • Razón de ser de las sanciones
  • Artículo 25. Suspensión, revocación,
    restricciones, prohibiciones, amonestaciones.
  • Artículo 208. Multas administrativas hasta
    B/1.000.000.00

73
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
  • Criterios de valoración para la imposición de
    multas
  • 1.  La gravedad de la infracción
  • 2.  La amenaza o el daño causado
  • 3.  La capacidad de pago y el efecto de la
    sanción administrativa en la reparación del daño
    a los inversionista directamente perjudicados
  • 4.  Los indicios de intencionalidad
  • 5.  La duración de la conducta
  • 6.  La reincidencia del infractor.
  •  

74
Estadísticas de sanciones impuestas.
  • Año 2001. Investigación a emisor. 6 multas.
  • A. Multa 1. Sociedad emisora B/.300,000.00
  • B. Multa 2. Presidente y representante legal
    B/.300.000.00.
  • C. Multa 3. Tesorero B/.300,000.00
  • D. Multa 4. Secretario B/.200,000.00
  • E. Multa 5. Contralor B/.100,000.00
  • F. Multa 6. Auditores externos B/.50,000.00

75
Estadísticas de sanciones impuestas.
  • Año 2002. Investigación por ejercicio de
    actividades de corredor sin licencia. Multa
    B/.1,000.00.
  • Amonestación a oficial de cumplimiento.
  • Advertencia de casa de valores
  • Multa de B/.1,0000 a oficial de cumplimiento.

76
Estadísticas de sanciones impuestas.
  • Año 2003. 2 investigaciones a casas de valores.
  • Multa de B/2,500.00 por haber violado normas
    sobre obligaciones del oficial de cumplimiento.
  • Multa de B/.1,000 presentación de información
    falsa.
  • Multa de B/.50,000.00 a casa de valores por
    violaciones a normas sobre suspensión, revocación
    de licencia y artículo 200 D.L. 1/99
  • Multa de B/.10,000.00 a sociedad por presentación
    de información falsa.
  • Multa a auditores externos B/10,000.00 por
    violación de artículo 200 D.L. 1/99 y Acuerdos
    2-2000 y 8-2000.

77
Estadísticas de sanciones impuestas.
  • Casa de valores B/3,000.00 por violación de
    normas sobre manejo discrecional de cuenta de
    inversión.
  • Corredor de valores B/.1,500.00.
  • Actuación como corredor sin licencia B/1,000.00.

78
Presentación tardía o incompleta de informes
periódicosEmisores
  • Año 2000 153 multas
  • Año 2001 119 multas
  • Año 2002 67 multas
  • Año 2003 25 multas
  • Año 1998 antes de la adopción del D.L1./99 y la
    creación de la nueva CNV se impusieron 8 multas
    por no haber atendido la advertencia de presentar
    en estados financieros que oscilaban entre
    US500.00 a US1,500.00 dólares.

79
Estadísticas de los 3 últimos años del porcentaje
de sanciones pagadas parcialmente o por completo,
  • Los porcentajes de multas administrativas pagadas
    son
  • 2001 86
  • 2002 66
  • 2003 45
  • En los casos en que las multas han excedido la
    suma de 10,000.00 (10 multas desde 2001) el
    porcentaje de pago es 0.
  • La información sobre las empresas morosas se
    encuentra disponible públicamente en la página
    web de la CNV www.conaval.gob.pa

80
IMPORTANCIA DE QUE SE CUMPLAN LAS SANCIONES
  • LA PRENSA
  • Empresas se resisten a pagar las multas de la
    Comisión de Valores
  • Rafael E. Berrocal R. rberrocal_at_prensa.com
  • LA PRENSA/Archivo
  • Unas 23 empresas y personas naturales listadas en
    la Comisión Nacional de Valores (CNV) mantienen
    una morosidad de un millón 433 mil 350 dólares en
    el pago de multas aplicadas por esta institución
    reguladora.
  • El Grupo Adelag y sus ejecutivos mantienen una
    morosidad de un millón 250 mil dólares con la
    CNV.

81
CONCLUSIONES
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