Title: INNOVACION EN LOS MERCADOR DE VALORES UN RETO A LA SUPERVISIN Mayte de Miguel Ruiz Subdirectora de l
1INNOVACION EN LOS MERCADOR DE VALORES UN RETO A
LA SUPERVISIÓNMayte de Miguel RuizSubdirectora
de la Dirección del Servicio Contencioso y del
Régimen Sancionador de la CNMV San Salvador,
11 de septiembre de 2006
2INVESTIGACION DE ENTIDADES NO AUTORIZADAS
3ENTIDADES AUTORIZADAS
- Las entidades habilitadas, actualmente
denominadas empresas de servicios de inversión
(ESI), pueden ser de tres tipos, según la
habilitación que ostenten - Sociedades de valores
- Agencias de Valores
- Sociedades Gestoras de Carteras
4RESERVA DE ACTIVIDAD
- La LMV reserva la realización de determinadas
actividades, expresamente definidas, a estas
entidades que han obtenido una habilitación
previa, después del cumplimiento de una serie de
trámites y que se encuentran inscritas en los
Registros Administrativos de la CNMV
5RESERVA DE ACTIVIDAD
- Por tanto, ninguna persona o entidad podrá sin
haber obtenido la preceptiva autorización y
hallarse inscrita en los registros, desarrollar
las actividades catalogadas por la norma como
servicios de inversión ni algunas de las
consideradas como actividades complementarias
6DEFINICION DE ENTIDADES NO AUTORIZADAS
- Así, las entidades no habilitadas pueden
definirse como aquellas que realizan actividades
reservadas por la normativa del mercado de
valores a las entidades expresamente habilitadas
e inscritas.
7MODUS OPERANDI
- Poseen tres tipos de empleados
- Administradores
- Comerciales
- Analistas
8ADMINISTRADORES
- Son los que controlan la compañía. Son
extranjeros o españoles dependiendo, básicamente,
de la nacionalidad de los clientes a los que se
dirija la compañía. - Son los que deciden que tipo de inversiones son
las que se ofertan
9COMERCIALES
- Son gente muy joven, sin experiencia profesional
y su función consiste en llamar a las personas y
empresas que figuran en las guías telefónicas que
se les entregan, dotándoles únicamente de un
teléfono y modelos de conversación que deben
seguir para convencer a los receptores de las
llamadas para que hagan inversiones - Obtienen la mayor información posibles sobre los
potenciales inversores para obtener un perfil
10ANALISTAS
- Una vez que los comerciales consiguen que los
potenciales inversores muestren interés, son
atendidos por los analistas. Tienen más
experiencia y su función consiste en convencer al
cliente para que invierta - Realizan una labor de agresiva insistencia,
llegando incluso al insulto
11FALTA DE INFORMACION
- El inversor no recibe documentación hasta que no
realiza la transferencia de efectivo. - Es en ese momento, cuando se le informa de
- Los enormes riesgos que tiene la operación
contratada - Las elevadas comisiones que se les van a cobrar
12TIPOLOGIA
- Por el tipo de inversores al que van dirigidos
- Españoles
- Extranjeros residentes o no, pero que pasan
largas temporadas en España - Extranjeros
13TIPOLOGIA
- Por el tipo de inversiones que dicen realizar
- Mercados nacionales
- Mercados extranjeros organizados de opciones y
futuros - Mercados no organizados de divisas
- Valores cotizados en mercados extranjeros
14TIPOLOGIA
- Por la efectiva realización de las operaciones
- Los que si las realizan, si bien no siguen la
evolución de las mismas - Los que no realizan las operaciones
15CANALES DE DETECCION
- Denuncias de clientes afectados por estas
entidades - Policía
- Entidades institucionales del mercado
- Empresas de Servicios de Inversión
- Anuncios en prensa
- Peticiones de colaboración internacional
- Páginas web
16PROBLEMAS QUE PLANTEAN
- Desconfianza en el sistema financiero
- Desconfianza en los sujetos intervinientes en el
sector - Desvío de fondos que deberían canalizarse a
través de entidades autorizadas - Competencia desleal con las entidades autorizadas
- Importantes pérdidas de dinero
- Desprotección de los inversores
- Comisión de delitos
17EVOLUCION DE LA NORMATIVA
- Texto original de la Ley 24/1988
- Establece la reserva de actividad
- Consideraba dentro de su ámbito de aplicación a
todos los valores negociables agrupados por
emisiones - Era aplicable a todos los valores negociables
emitidos, negociados o comercializados en España
18EVOLUCION DE LA NORMATIVA
- Ley 37/1998 que modifica la Ley 28/1988
- Incluye los instrumentos financieros
equiparándolos a los valores - Introduce una serie de medidas a adoptar frente a
este tipo de entidades, fundamentalmente,
requerimiento de cese de actividades, bajo multa
coercitiva y advertencias al público
19EVOLUCION DE LA NORMATIVA
- Ley 44/2002, de medidas de reforma del sistema
financiero - Esta norma consagra el severo régimen de
actuación contra las entidades no habilitadas. - Facilita la adopción de medidas frente a este
tipo de entidades ya apuntadas por la Ley 37/1998
20SITUACIÓN EN EUROPA
- Grupos de trabajo específicos
- Intensificación de la colaboración internacional
- Realización de advertencias a través de CERSPOL
- Nuevas normas asesoramiento financiero y
llamadas no deseadas
21SITACION EN EL RESTO DEL MUNDO
- Grupos de trabajo específicos
- Intensificación de la colaboración internacional
- Realización de advertencias a través de IOSCO
22NUEVA DIRECTIVA COMUNITARIA
- Incluye como actividad reservada el asesoramiento
financiero - Regula los agente vinculado o representantes
23COMPETENCIA DE LA CNMV
- La ley se aplica a todos los valores negociables
e instrumentos financieros emitidos por personas
o entidades, públicas o privadas, y agrupados en
emisiones - La ley se aplica a todos los valores e
instrumentos financieros cuya emisión,
negociación o comercialización tenga lugar en
territorio nacional
24INVESTIGACION DEENTIDADES NO HABILITADAS
- Facultades de inspección
- Técnicas de investigación
- Dificultades
25FACULTADES DE INSPECCION
- Artículo 85 LMV. Facultad de requerir de las
personas sometidas al régimen de supervisión,
inspección y sanción, de cuanta información
considere necesaria, pudiendo realizar
inspecciones y recabar cuantos libros, registros
y documentos, sea cual fuere su soporte considere
precisos
26FACULTADES DE INSPECCION
- Artículo 84 LMV. Sometimiento al régimen de
supervisión, inspección y sanción cualquier
persona al objeto de comprobar si infringe la
reserva de denominación y actividad
27TECNICAS DE INVESTIGACION
- Consulta del Registro Mercantil
- Búsqueda de páginas web
- Requerimiento a la entidad
- Consulta de bases de datos internas
- Petición de colaboración internacional
28TECNICAS DE INVESTIGACION
- Circularización a clientes
- Requerimiento a entidades bancarias
- Requerimiento a compañías telefónicas
- Visitas a la entidad
- Tomas de declaración
29DIFICULTADES
- Nacionalidad extranjera de la entidad
- Negativa a recibir los requerimientos
- Carencia de domicilio real
- Relaciones con paraísos fiscales
- Clientes extranjeros
30DIFICULTADES
- Utilización de Bancos extranjeros
- Fragmentación del negocio
- Cambios de domicilio
- Cambios de denominación
- Afirman que su actividad se circunscribe al
asesoramiento financiero
31PLAN DE ACTUACION
- Aspectos informativos y educativos
- Aspectos de investigación y sanción
32ASPECTOS INFORMATIVOS
- Advertencia genérica en prensa
- Decálogo del inversor
- Guía informativa
- Advertencias al público
- Conferencias formativas dirigidas a los inversores
33ADVERTENCIAS AL PUBLICO
- Advertencias Internacionales
- Advertencias Nacionales
- De entidades no autorizadas (Art. 13 LMV) desde
febrero 2002 - De entidades a las que se les ha incoado un
expediente (Art. 64.7 LMV) desde octubre 2003
34ASPECTOS DE INVESTIGACIÓN Y SANCION
- Intensificación de la actuación de la CNMV
- Intensificación de la colaboración con la Policía
- Coordinación con otros reguladores
- Intensificación de la colaboración internacional
- Inmediata apertura de expedientes una vez
obtenido material probatorio suficiente
35CONCLUSION DE LAS INVESTIGACIONES
- Advertencias al público
- Expedientes administrativos
- Sanciones pecuniarias elevadas
36CONCLUSION DE LAS INVESTIGACIONES
- Otro tipo de medidas
- Requerimiento de cese inmediato de la actividad
previa audiencia y bajo apercibimiento de multas
coercitivas de hasta 300.000 euros reiterable - Advertir al público de todas las circunstancias
indicadas
37ILICITOS PENALES
- Actuación de la CNMV
- Remisión de la información a la Policía
- Remisión de la información al Ministerio Fiscal
- Colaboración en registro y cierres de entidades
con la Policía y los jueces - Actuación como peritos judiciales
- Actuación como administradores judiciales
38ILICITOS PENALES
- Estafa
- Apropiación indebida
- Falsedad documental
- Blanqueo de capitales
39SITUACION ACTUAL EN ESPAÑA
- Fase de transposición de la nueva Directiva
comunitaria - Introducción de la captación de clientes y la
promoción de servicios de inversión como
actividad reservada - Ampliar el ámbito de aplicación de la Ley, además
de a los valores emitidos, comercializados o
negociados en España, a la prestación de
servicios de inversión en o desde España y a
todas las entidades que tengan su domicilio
social en España.
40INNOVACION EN LOS MERCADOR DE VALORES UN RETO A
LA SUPERVISIÓNMayte de Miguel RuizSubdirectora
de la Dirección del Servicio Contencioso y del
Régimen Sancionador de la CNMV San Salvador,
11 de septiembre de 2006