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Plan Territorial de Emergencias (PTE)

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Plan Territorial de Emergencias (PTE) * * 2. OBJETO, MBITO Y ACTIVACI N DEL PLAN. 2.1. OBJETO - Regular las acciones de los servicios frente a emergencias de grave ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Plan Territorial de Emergencias (PTE)


1
Plan Territorial de Emergencias (PTE)
2
- Legislación.- Protección Civil.- Planes de
emergencias frente a riesgos catastróficos.-
Plan Territorial de Emergencias de la CAV -
Estructura. - Organización jerárquica. - Planes
sectoriales del PTE. - CECOPI. - PMA. - GA.-
Clasificación de las emergencias.
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1. LEGISLACIÓN- La Ley 2/85, sobre Protección
Civil (PC), establece dos tipos de planes, los
territoriales (CCAA, Provinciales,
Supramunicipales, Insulares, Municipales) y los
especiales, por sectores de actividad, tipos de
emergencia o actividades concretas.- El Real
Decreto 407/92, Norma Básica de Protección Civil,
establece que los Planes Territoriales de las
CCAA podrán tener carácter de Plan Director.- El
Decreto 243/93 de la GV aprueba el Plan
Territorial de Emergencias (PTE) de la CAV, se
constituye en Plan Director.
4
2. PROTECCIÓN CIVIL (PC)- Depende del Ministerio
del Interior.- Funciones1) Previsión de
riesgos, sus causas, probabilidad de que sucedan,
zonas afectadas y daños previsibles.2)
Prevención mediante medidas correctoras que
eliminen o disminuyan sus efectos.3)
Planificación mediante normas de actuación de
los recursos que garanticen el control de la
emergencia, reparación de los daños y
restablecimiento de la normalidad. Implantación
de infraestructura informática y comunicaciones.
Realización de simulacros.4) Intervención para
proteger vidas humanas y bienes.5)
Rehabilitación de los servicios indispensables
para la vuelta a la normalidad.
5
- Para desarrollar estas funciones se creana)
COMISIÓN NACIONAL DE PC Compuesta por
representantes de la Administración del Estado y
un representante de cada CCAA.b) COMISIONES
AUTONÓMICAS DE PC Integrada por miembros de la
CCAA.- La COMISIÓN DE PC DE LA CAV se
constituyó en 1987 y acordó1) Elaborar el Plan
Territorial de Emergencia (PTE).2) Elaborar
planes municipales frente a riesgos forestales y
de inundaciones.
6
3. PLANES DE EMERGENCIA FRENTE A RIESGOS
CATASTRÓFICOSA) Planes territoriales
Municipales, Insulares, Supramunicipales,
Provinciales y de CCAA.B) Planes especiales por
sectores de actividad, tipos de emergencia o
actividades concretas- Emergencias nucleares.-
Situaciones bélicas.- Inundaciones.- Seísmos.-
Incendios forestales.- Volcánicos.- Transportes
de mercancías peligrosas.Los derivados de
emergencias nucleares y situaciones bélicas son
de competencia exclusivamente estatal. El resto
se elaboran conforme las directrices básicas del
Ministerio del Interior, se aprueban por el
Gobierno y pueden ser autonómicos,
supraautonómicos o estatales.
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Autonómicos Provinciales Insulares Municipales Sup
ramunicipales
Protección Civil
Territoriales
Previsión Prevención Planificación Intervención Re
habilitación
Planes
R. Nuclear R. Bélico Inundación Seísmos Incendios
Forestales Volcánicos Químicos Transp de M
Peligrosas
Especiales
Comisión Nacional de PC
Comisión Autonómica de PC
PTE
CAV (87)
Incendios Forestales
P Municipal
Inundaciones
8
4. PLAN TERRITORIAL DE EMERGENCIAS DE LA CAV- El
Decreto 243/93 de la GV aprueba el Plan
Territorial de Emergencias (PTE) de la CAV.- Es
el Plan Director de todos los planes
territoriales de ámbito inferior.- Es un
documento (técnico) que contiene las normas de
actuación ante cualquier emergencia que se
produzca en la CAV.- Objetivo lograr la máxima
protección para las personas, bienes y medio
ambiente.- Garantizando1) Sistemas de
intervención rápida.2) Atención y asistencia a
los damnificados.3) Restablecimiento de los
servicios públicos esenciales.4) Información de
los acontecimientos.
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4.1. ESTRUCTURA DEL PTE- Se basa en la
existencia de tres Centros de Coordinación de
Emergencias (CCE), uno por cada provincia, de los
cuales el de Valencia ejercerá de Centro de
Coordinación Operativa (CECOP) provincial y
autonómico.
CCE
CCE
CCE
ALICANTE
VALENCIA
CASTELLÓN
CECOP
CECOP
CECOP
LEliana
Nules
Alicante
Consorcios Provinciales de extinción de Incendios
10
4.2. ORGANIZACIÓN JERÁRQUICA DEL PTE- El COMITÉ
DE DIRECCIÓN está formado por un representante de
la Adm del Estado y uno de la Adm autonómica. El
DIRECTOR del PTE es el Conseller de Presidencia y
en su ausencia o por delegación el Director
General de Interior. Si la emergencia es de
interés nacional la dirección corresponderá al
representante del Ministerio del Interior. En
determinadas circunstancias se puede delegar en
el alcalde del municipio afectado.- Funciones
del Director del PTE - Declarar la situación de
emergencia y su fin. - Activar el PTE. -
Dirigir el PTE - Constituir el CECOPI -
Coordinar la información
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4.3. PLANES SECTORIALES DEL PTE1) Plan de
Abastecimiento depende de las Diputaciones
Provinciales.2) Plan de Albergue y Asistencia
depende del IVSS.3) Plan de Carreteras depende
de la Dirección General de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes, Jefaturas Provinciales
de tráfico. Ministerio de Obras públicas,
Diputaciones Provinciales.4) Plan Sanitario
Depende de la Conselleria de Sanidad.5) Plan de
Seguridad depende de la Dirección General de
Interior de la Conselleria de Administración
Pública, Delegación del Gobierno en la CAV.6)
Plan de Transporte depende de la Dirección
General de Transtortes de la Conselleria de Obras
Públicas, Urbanismo y Transportes.
12
- Cada plan sectorial tiene su propio Centro de
Coordinación Autonómico (CCA) con su Director,
encargado de movilizar sus recursos.- La
ubicación de los centros de coordinación son1)
CCA del Plan Sanitario Conselleria de
Sanidad.2) CCA del Plan de Albergue y
Asistencia IVSS.3) CCA del Plan de Seguridad
Sin definir.4) CCA del Plan de Carreteras DG de
Obras Públicas.5) CCA del Plan de
Abastecimiento son tres ubicados en las sedes de
los Consorcios Provinciales para el Servicio de
Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento
SPEIS / Centros de Coordinación de Emergencias de
la Generalitat Valenciana.
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4.4. CENTROS DE COORDINACIÓN OPERATIVA INTEGRADA
(CECOPI)- Un Centro de Coordinación Operativa
(CECOP) provincial se constituirá en CECOPI en el
que se integrarán los mandos de la administración
central y autonómica para la dirección y
coordinación de la emergencia.- El CECOPI tiene
su Comité de Dirección, con su Director y el
representante de la adm estatal, y un Comité
Asesor (directores de los planes sectoriales) y
las siguientes funciones - Declarar la
activación del Plan y su fin. - Coordinar la
información - Asegurar la operatividad del
plan - Informar a la DG de PC - Decidir las
acciones y medidas de protección para la
población, los bienes, el medio ambiente y al
personal adscrito al Plan.- En el CECOPI se
ubicará el Gabinete de información
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- CECOPAL es el Centro de Coordinación
Municipal.- La Adm Civil del Estado dispone de
CECOP provinciales en las Subdelegaciones del
Gobierno.4.5. PUESTO DE MANDO AVANZADO (PMA)
es el centro, próximo al lugar de la emergencia,
desde donde los técnicos dirigen las actuaciones
de los Grupos de Acción.4.6. GRUPOS DE ACCIÓN
(GA) conjunto las personas que intervienen en el
lugar de la emergencia bajo las ordenes de un
coordinador integrado en el PMA. Cada GA tiene un
Jefe de grupo integrado en el CECOPI.
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PTE
Estructura
Organización
P Sectoriales
CCE/CECOP
Director
Comité de D
CECOPI
Declarar la E y su fin Activar el TPE Dirigir el
PTE Constituir el CECOPI Coordinar la información
Abastecimiento Albergue y Asistencia Carreteras Sa
nitario Seguridad Transportes
PMA
GA
Director
Comité de D.
Centro de Coord Autonómico
Activar el Plan y su fin Decidir
actuaciones Asegurar la operatividad Coordinar la
información Infromar a la DG de PCivil
CECOPAL
(CICU)
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5. CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS1)
Preemergencia situación que puede dar lugar a
una emergencia.2) Emergencia evolución
desfavorable de la preemergencia dando lugar a la
emergencia o inicio de la catástrofe.3) Fin de
la emergencia.La gravedad o nivel de emergencia
se establece en base a la territorialidad de los
daños y a los recursos necesarios para su
control.A) Nivel I accidente sin daños o daños
limitados que se controlan con recursos
locales.B) Nivel II accidente que afecta a uno
o más municipios y que para su control se precisa
activar uno o más planes sectoriales.C) Nivel
III Accidente similar al del nivel II que
precisa la constitución del CECOPI para su
control.
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Plan Sanitario de Emergencias (PSE)
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- Objetivos- Objetivos específicos- Ámbito de
aplicación- Organismo responsable- Organización
jerárquica- Organización funcional-
Funcionamiento interno- Funciones del CICU-
Activación del PSE- Operatividad
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1.OBJETIVOS- El objetivo fundamental es
garantizar la actuación coordinada de todos los
recursos sanitarios públicos y privados de la CAV
en las situaciones de emergencia así como alertar
a los recursos en situaciones de riesgo.-
Prestando los siguientes servicios - Asistencia
médica in situ - Transporte sanitario de
urgencias - Asistencia médica en hospitales -
Suministro farmacéutico - Prevención de
problemas epidemiológicos - Implantación en los
hospitales de un Plan de Emergencia frente a
catástrofes - y cuantos aspectos afecten a la
salud individual y colectiva.
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2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS- Dirección única del
PSE.- Coordinación de todos los recursos
sanitarios.- Prestar la asistencia en el lugar
de la emergencia.- Garantizar el suministro
farmacéutico.- Prevención de problema
epidemiológicos y medioambientales.-
Coordinación del transporte sanitario con medios
ajenos.- Mantenimiento de una red de
comunicaciones permanente.- Formación de
personal para la asunción de estas
responsabilidades.- Difusión del PSE a todos las
personas implicadas.3. ÁMBITO DE APLICACIÓN-
Toda la CAV.4. ORGANISNO RESPONSABLE-
Conselleria de Sanidad
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5. ORGANIZACIÓN JERÁRQUICA5.1) DIRECTOR DEL
PLAN Conseller de Sanidad.5.2) DIRECTOR
TÉCNICO Secretario General de San.5.3) COMISIÓN
ASESORA Asiste al D. Técnico.5.4) COORDINADOR
GENERAL DEL PSE Subsecretario del Conseller de
San5.5) COMISIÓN COORDINADORA Asiste al
C.G.PSE5.6) COORDINADORES PROVINCIALES
Directores Territoriales, asistidos por el
Director del CICU o en su defecto por el
Secretario de la Dirección Territorial.5.7)
COORDINADOR DE ÁREA Gerente del Área, asistido
por los Directores de Primaria, Especializada y
Salud Comunitaria. Si no existe Gerente el nivel
provincial se coordina directamente con el nivel
local.5.8) COORDINADOR LOCAL Coordinador del EAP
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Organización Jerárquica
Director del PSE Conseller de Sanidad
Director Técnico Secretario Gral
Comisión Asesora
Coordinador Gral del PSE Subsecretario del
Conseller
Comisión Coordinadora
Coordinador Provincial Director Territorial
Coordinador de Área Gerente del Área
Coordinador Local Coordinador del EAP
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6. ORGANIZACIÓN FUNCIONAL- Los CICUs se sitúan
tras los CCE-CECOPI y son los encargados de la
coordinación de los recursos propios, concertados
y ajenos. Incluso, a través del CECOPI, de
medios externos a la CAV.- Control informático
de los recursos activos y disponibles.- Control
comunicaciones con instituciones sanitarias y no
sanitarias (coordinación recursos).- Control
Banco de Datos de todos los estamentos con
competencias en emergencias.- Personal
cualificado (médico, locutor y teleoperador) con
presencia física las 24 horas del día y los 365
días del año.
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7. FUNCIONAMIENTO INTERNOEn cada nivel el
Coordinador del Plan - Recibe y valora la
información. - Planifica las actuaciones. -
Moviliza los recursos. - Realiza el seguimiento
de la catástrofe y - Informa al nivel inmediato
superior.7.1) Nivel Local El Coordinador Local
se coordinará con Protección Civil y con el
Coordinador del Área o Provincial. Si se
necesitan más recursos sanitarios los movilizará
el Coordinador del Área o Provincial a través del
CICU provincial. El Director del PSE podrá
movilizar recursos de otros provincias a través
del CICU-Valencia
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7.2) Nivel de Área El Gerente del Área coordina
sus recursos en base a las informaciones del
nivel local y las directrices del nivel superior.
7.3) Nivel Provincial El Director Territorial
recibe información permanente de niveles
inferiores y alerta a los recursos necesarios de
Asistencia Especializada y se remitirán a los
hospitales de Referencia si precisan cuidados
especiales (quemados, irradiados, etc.). Todos
los Hospitales deben tener un Plan de Emergencias
frente a Catástrofes exteriores. El Coordinador
Provincial puede ordenar la creación de
Hospitales de Campaña.
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7.4) Nivel de CAV El Director del PSE asume el
mando si hay varias provincias afectadas y sólo
recibirá directrices del Director del PTE. 8.
FUNCIONES DE LOS CICUS- Recepción de todo el
flujo de información sanitaria.- Comunicación
con los recursos sanitarios e instituciones
competentes en materia de emergencias. -
Conexión permanente con el CCE/CECOPI. -
Conexión con el técnico sanitario del PMA - Toma
de decisiones y actuaciones.- Seguimiento y
control de las actuaciones sanitarias. -
Tratamiento y clasificación de la información
sanitaria.
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9. ACTIVACION DEL PSE- Se activará (global o
sectorialmente) por el Director del PSE a
instancia del Director del PTE.9.1) Activación
en fase de Preemergencia Se trata generalmente
de emergencias meteorológicas inundaciones,
vientos, sequías, etc. El CCE lo notifica al
Coordinador Gral del PSE, éste alerta al Director
del PSE y a los Directores provinciales
implicados.Los CICUs elaborarán los planes de
actuación.9.2) Activación en fase de
emergencia9.2.1.) Emergencia nivel I accidente
sin daños o daños limitados que se controlan con
recursos locales. Se comunica al CICU.
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9.2.2.) Emergencia nivel II accidente que afecta
a uno o más municipios y que para su control se
precisa activar uno o más planes sectoriales. El
CICU alerta al Coordinador General del PSE que
dispondrá la actuación de los recursos
provinciales, de Área o locales. 9.2.3.)
Emergencia nivel III Accidente similar al del
nivel II que precisa la constitución del CECOPI
para su control. El CICU alerta al Coordinador
General del PSE que dispondrá la asistencia
necesaria y ordenará la constitución del
CECOPI.10. OPERATIVIDAD- Como criterio general,
en cada nivel, el coordinador correspondiente
moviliza sus recursos, e informa inmediatamente
al nivel superior.- La alertas se transmiten
hacia el nivel jerárquicamente superior.
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Organización Jerárquica
Director del PTE
Director del PSE Conseller de Sanidad
Director Técnico Secretario Gral
Comisión Asesora
Coordinador Gral del PSE Subsecretario del
Conseller
Comisión Coordinadora
Coordinador Provincial Director Territorial
CICU
Otros recursos
Coordinador de Área Gerente del Área
Red local de PC
Coordinador Local Coordinador del EAP
PC Local
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Procedimiento de Actuación Marco (PAM) frente
a emergencias con repercusión en el ámbito de
Protección Civil
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1. INTRODUCCIÓN2. OBJETO, ÁMBITO Y ACTIVACIÓN
DEL PLAN3. LA COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA
EMERGENCIA4. FUNCIONES DE LOS CENTROS DE
COORDINACIÓN 4.1. CCE Provincial 4.2. CCE
Autonómico 4.3. CICU 4.4. Centro Gestor de la
Información 5. LA ACTUACIÓN EN EL TERRENO 5.1.
El Director del PMA 5.2. Los Grupos de Acción
(GA) 5.3. Funciones de los GA6. LA INFORMACIÓN
DE LA EMERGENCIA 6.1. Introducción 6.2. Sobre
el flujo de la información 6.3. Criterios
generales.
32
1. INTRODUCCIÓN- La Ley 2/85, sobre Protección
Civil (PC), establece dos tipos de planes, los
territoriales (CCAA, Provinciales,
Supramunicipales, Insulares, Municipales) y los
especiales, por sectores de actividad, tipos de
emergencia o actividades concretas.- El Real
Decreto 407/92, Norma Básica de Protección Civil,
establece que los Planes Territoriales de las
CCAA podrán tener carácter de Plan Director.- El
Decreto 243/93 de la GV aprueba el Plan
Territorial de Emergencias (PTE) de la CAV, se
constituye el Plan Director y establece
Procedimientos de Actuación frente a riesgos que
no dispongan de directriz básica y así se han
elaborado diversos PA como PA frente al riesgo
de Nevadas. PA de Seguridad externa de la
empresa CLH (Alicante) PA de emergencia
exterior de la Autoridad Portuaria de Valencia
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- El PTE establece las actuaciones de los CCE
Provinciales frente a emergencias sin
planificación específica y cuando haya que
abordar el rescate y salvamento de personas.-
Hay emergencias (frente a las cuales no hay
planificación específica) en las que se requiere
la constitución de un PMA que garantice la
coordinación de los recursos movilizados y el
establecimiento de un Procedimiento de Actuación
Marco (PAM) que defina las funciones de todos
centros de coordinación implicados. - Este
Procedimiento de Actuación Marco es sólo para
coordinar los recursos frente a emergencias que
no dispongan de planificación específica.
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2. OBJETO, ÁMBITO Y ACTIVACIÓN DEL PLAN.2.1.
OBJETO- Regular las acciones de los servicios
frente a emergencias de grave riesgo, gran número
de víctimas o graves daños materiales o
medioambientales, frente a las cuales no exista
una planificación específica.- En especial será
de aplicación en - Accidentes en el transporte
de viajeros (carretera, ferrocarril, aire) que
afecten a numerosas víctimas o a medios de
transporte colectivo. (NO al Plan de Emergencia
Exterior de los Aeropuertos) - Operaciones de
rescate y salvamento en tierra, aguas
continentales y medio subterráneo . (El marítimo
tiene su convenio). - Derrumbamiento de
viviendas y grandes incendios urbanos con muchas
víctimas. - Accidentes industriales con muchas
víctimas, que afecten al exterior de la industria
o que provoquen alarma social.
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2. 2. AMBITO Y ACTIVACIÓN DEL PLAN- Se aplicará
en todos los municipios de la CAV, salvo en los
que tengan un Plan de Actuación Local (PAL)
concreto para este tipo de emergencias.- En los
municipios que no tengan PAL el presente
procedimiento se activará a criterio del Director
del mismo o a petición del Alcalde de municipio
afectado cuando las consecuencias de la
emergencia así lo justifiquen.- El procedimiento
no se activará en aquellas urgencia/emergencias
cotidianas, que se resolverán con la
movilización de los recursos habituales sin
necesidad de constituir un Puesto de Mando
Avanzado.
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3. LA COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA EMERGENCIA-
En la coordinación y dirección intervienen los
siguientes centros - CCE Provinciales. -
CICUs - CECOPAL- El CCE de LEliana actuará
como CCE provincial y autonómico.- La
coordinación corresponde al CCE de la provincia
donde ocurra la emergencia y el CCE autonómico
actuará como órgano de apoyo, movilizando los
recursos solicitados por éste y desarrollando las
funciones que se le asignan en el presente
procedimiento.
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Relación de los Centros de Coordinación
CCE Autonómico
Otros centros de coordinación autonómicos como -
Puesto de Mando RENFE - Centro de Gestión de
Tráfico

CICU Provincial
CCE Provincial
Otros centros de coordinación Provinciales
como - Central Comunicaciones Cio Valencia -
Delegación/Subdelegación del Gobierno - Jefatura
Provincial de Tráfico. - COS/COTA de la Guardia
Civil. - Jefatura Nacional del C. N. de
Policia. - Cruz Roja () - CCE Autoridad
Portuaria de Valencia, Castellón y Alicante. -
Puesto de Mando del Metro de Valencia. - Gabinete
Circulación FGV (Valencia-Alicante)
CECOPAL Municipales
El CICU como norma general, se relaciona con
el CCE Provincial. La Cruz Roja, Cuando
realice funciones sanitarias, se relaciona CICU,
sin menoscabo de su relación con el CCE Provincial
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4. FUNCIONES DE LOS CENTROS DE COORDINACIÓNLos
Centros de Comunicaciones al tener conocimiento
de un accidente de los regulados por este PAM, lo
comunicará al CCE Provincial el cual pondrá en
marcha el PAM en coordinación con el CCE
Autonómico.4.1. CCE PROVINCIAL1- Movilización
de los recursos necesarios2- Activación de los
Centros de Coordinación necesarios.3-
Seguimiento de las actuaciones a través del
director del PMA.4- Informar al CCE
Autonómico.5- Recabar del CICU información sobre
los accidentados.6- Recabar del COS/COTA de la
Guardia Civil o Policía Nacional el listado de
fallecidos.
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7- Movilización Grupos de Rescate.8- Solicitar
al CCE Autonómico los recursos complementarios
necesarios.9- Prever la necesidad de activar
Planes Sectoriales y asistencia psicológica a las
personas relacionadas pero no directamente
afectadas y facilitar su traslado definitivo.10-
Prever la necesidad de tanatorios y servicios
funerarios cuando haya muchos fallecidos.11-
Prever la necesidad de intérpretes cuando en la
emergencia se vean involucradas personas de
nacionalidad extranjera.12- Informar del
accidente a los CECOPAL y Ayuntamientos afectados.
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4.2. CCE AUTONÓMICO1- Movilización de los
recursos necesarios solicitados por el CCE
provincial. 2- Recibir del CCE provincial la
información del accidente.3- Movilización del
helicóptero de emergencias y PC y del
Sanitario.4- Movilización Grupos de Rescate.5-
Solicitar, en caso necesario, a la Delegación del
Gobierno la movilización del EMAT (Escalón Médico
Avanzado del Ejército de Tierra).5- Movilización
del grupo de psicólogos expertos en catástrofes,
a través del Colegio de Psicólogos de la CAV, a
solicitud del Coordinador del Grupo sanitario o
del CICU correspondiente.El CCE Autonómico
asumirá- La información con los CCE de otras
CCAA cuando haya víctimas con residencia en las
mismas.- Si hay extranjeros implicados informará
a la Delegación del Gobierno.
41
5. ACTUACIÓN EN EL TERRENO.5.1. EL DIRECTOR DEL
PMA- En el lugar de la emergencia se constituirá
el PMA que estará a cargo del mando de mayor
rango del Servicio de Prevención, Extinción de
Incendios y Salvamento, salvo en los accidentes
de tráfico interurbanos, en los que la dirección
corresponde al mando de mayor rango de la Guardia
Civil.- Los accidentes en el transporte de
mercancías peligrosas, tienen su Plan Especial, y
la dirección la asume el mando de mayor rango del
Servicio de Bomberos.- El Director del PMA
(Bombero/Guardia Civil) deberá nombrar un
coordinador para el Grupo de Intervención/Segurida
d.
42
5. 2. LOS GRUPOS DE ACCIÓNLos recursos
movilizados se organizarán en el terreno en
Grupos de Acción- Grupo Sanitario Formado por
los recursos sanitarios asistenciales, de
transporte sanitario y equipo de asistencia
psicológica.- Grupo de Intervención (o de
Rescate y Salvamento) formado por los recursos
del Servicio de Extinción de Incendios y otros
especialistas en rescate y salvamento.- Grupo de
Seguridad. Formado por las Fuerzas del Orden.-
Grupo judicial (cuando hay fallecidos) formado
por médicos forenses, policía científica y
judicial y, en su caso, la autoridad Judicial.
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La coordinación de los GA será ejercida desde el
PMA por los siguientes responsables- Grupo
sanitario Médico del equipo SAMU.- Grupo de
Intervención (o de Rescate y Salvamento) Mando
del Servicio de Extinción de Incendios.- Grupo
de Seguridad Mando Guardia Civil / Policía
Nacional / Policía Local.- Grupo Judicial
Médico forense.En caso de accidentes graves el
Director del presente procedimiento podrá enviar
un responsable del Área de Emergencias que
actuará como representante de la Dirección
General de Interior apoyando al Director del PMA
en aquellas tareas que éste considere.
44
Funciones del Coordinador del Grupo de
Intervención- Coordinar la actuación de los
recursos adscritos a su grupo.- Establecer la
zona de seguridad.- Establecer, en colaboración
con el resto de coordinadores de los GA, las
medidas de protección a la población y al medio
ambiente.
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Funciones del Coordinador del Grupo Sanitario-
Establecer el puesto de asistencia sanitaria.-
Coordinar la actuación de todo el personal
sanitario.- Coordinar la evacuación de los
heridos.- Coordinar la actuación de los
voluntarios sanitarios.- Informar al CICU y al
Director del PMA del estado de los heridos.-
Establecer la infraestructura para la resolución
de las fases posteriores de la emergencia,
coordinandose con el coordinador forense, el
responsable de los psicólogos y personal
voluntario.- Valorar la necesidad de atención
psicológica en la emergencia y activar el grupo
de psicólogos a través del CCE.
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A solicitud del Coordinador del Grupo de
Sanitario, se movilizará un grupo de psicólogos
expertos en catástrofes con las siguientes
funciones1. En el Lugar del siniestro-
Atención a víctimas y familiares.- Atención al
personal de los GA y Voluntarios.- Preparación
psicológica de familiares para el reconocimiento
de cadáveres.2. En el tanatorio- Apoyo para el
reconocimiento de cadáveres.3. Actuaciones
posteriores- Cumplimentación de las fichas de
diagnóstico y técnicas de apoyo psicológico
adoptadas para cada persona atendida. Fichas que
se trasladarán a las USM como documentación de
referencia para el seguimiento psicológico de
dichas personas.
47
6. LA INFORMACIÓN DE EMERGENCIA- Sobre la
emergencia se facilita dos tipos de
informacióna) Información a los medios de
comunicación social.b) Información a la
población afectada.- La facilita el CCE
provincial. El Director del procedimiento podrá
decidir que la información la facilite el CCE
autonómico.- La información se elabora de forma
consensuada entre el CCE provincial y el CCE
autonómico.- El CCE que facilite la información
proporcionará información al resto de los centros
de coordinación, a la delegación o subdelegación
del Gobierno y a cuantos personas u organismos
autorizados lo soliciten.
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- El CCE que facilite la información establecerá
un Gabinete de Información con estas funciones?
Difundir las órdenes del Director del
Procedimiento a través de los medios de
comunicación social (MCS). ? Centralizar la
información a facilitar a los MCS.? Informar a
personas u organismos que lo soliciten.?
Facilitar los contactos familiares y la
localización de personas.? Preparar la
intervención de las autoridades en cualquier
momento de la emergencia.- El resto de los
centros de coordinación CICUS, COS o COTA, etc.
evitarán dar información remitiendo a los
solicitantes al Gabinete de Información.- El
Centro de Gestión de tráfico sólo informará sobre
las vías de comunicación.
49
- Como norma general en el terreno no se dará
información a los MCS, salvo que sea conveniente
y entonces la dará el Director del PMA e
informará inmediatamente al CCE Provincial
indicando la información facilitada.- El CICU
coordinara toda la información sanitaria y la
facilitará al centro responsable de centralizar
la información para los MCS.- La información del
CICU contendrá como mínimo un listado de los
afectados con los siguientes datos Nombre (o
sexo y edad), estado (herido leve o grave) y
hospital de destino.- La información sobre los
fallecidos la facilita el COS o COTA de la
Guardia Civil o la Jefatura Provincial del Cuerpo
Nacional de Policía.
50
- La información de los accidentados
cumplirá la legislación vigente de
confidencialidad de datos médicos.- El CCE
provincial transmitirá toda la información sobre
la génesis, situación y evolución de la
emergencia al CCE Autonómico y a los
Ayuntamientos afectados.
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