Title: Safety Compliance Seminar
1 SEMINARIO DE REGLAS DE SEGURIDAD PARA
AUTOTRANSPORTISTAS MEXICANOS
Parte 1 de 2
2Departamento de Transporte de los Estados
Unidos Administración Federal de Seguridad de
Autotransportes Asociación Internacional de
Jefes de Policía Alianza para la Seguridad de
Vehículos Comerciales
SEMINARIO DE REGLAS DE SEGURIDAD PARA
AUTOTRANSPORTISTAS
3Qué vamos a cubrir...
4Qué vamos a cubrir...
- Autoridad Operativa
-
- Responsabilidad Financiera
-
- Reglamento Federal de Seguridad del
Autotransporte -
- Reglamento de Materiales Peligrosos
-
5Qué vamos a cubrir
- Procesos Generales de Inspección a Nivel Norte
Americano -
- Criterios de Fuera de Servicio
-
- Reglas de la Carretera y Consejos de Seguridad
para Conductores -
- Requisitos Estatales
6 OPERACIÓN DE CAMIONES DE CARGA EN LOS ESTADOS
UNIDOS ...
7Qué necesita hacer usted
- Completar la solicitud de OP apropiada para
obtener autoridad/certificado. - Completar el Reporte de Identificación del
Autotransportista y marcar sus vehículos
comerciales con el nombre legal y el número del
USDOT que se le asigne. - Obtener una Póliza de Seguro.
- Completar la Forma para designar un Agente de
Proceso (BOC-3 Process Agent Form) (Una persona a
la que usted designa como su representante en los
EE.UU.).
8Qué necesita hacer usted
- 5. Cumplir con el Reglamento Federal de Seguridad
del Autotransporte. - (FMCSRs, por sus siglas en inglés)
- 6. Cumplir con el Reglamento de Materiales
Peligrosos. (HMRs, por sus siglas en inglés) - 7. Cumplir con todas las Regulaciones Estatales
Económicas y de Seguridad.
9Obtener Permiso de Operación
El Certificado de Registro aplica sólo a
las Zonas Comerciales a lo largo de la Frontera -
- El Certificado incluye Nombre del
Transportista Número de Agenda FMCSA MX
DEBE LLEVARSE EN EL VEHÍCULO
10Obtener Permiso de Operación
- El Certificado de Registro aplica sólo a los
- Autotransportistas operando mas aya de las
- Zonas Comerciales a lo largo de la Frontera--
- El Certificado incluye
- Nombre del Transportista
- Número de Agenda FMCSA MX
-
11Llene el Reporte de Identificación y marque los
vehículos con el nombre del autotransportista y
el Número USDOT
12Tamaño, forma, colocación y color de los rótulos
13Tamaño, Forma, Colocación y Color de los Rótulos
- El rótulo debe
- De estar de los dos lados del vehículo.
- Ejemplo Ambas portezuelas del camión
- Dejar que las letras contrasten notablemente
con el fondo en - que se colocan
- Dejar que las letras sean legibles y que se
puedan leer claramente durante el día, de
una distancia de 50 pies (15.24 mts.)
mientras el camión de carga permanece estacionado
14Tamaño, Forma, Colocación y Color de los Rótulos
- De mantenerse de tal manera que retenga su
legibilidad - De estar pintando en el vehículo comercial, o
debe de consistir de un aparato transportable (si
ese aparato satisface los requisitos de
identificación y legibilidad)
15Llene el Reporte de Identificación y Marque los
Vehículos con el Nombre del Autotransportista y
el No. USDOT..
Si el nombre de cualquier persona que no sea
del autotransportista aparece en el vehículo, el
nombre legal o nombre de oficio como
anotado en la Forma MCS-150, debe ser exhibido
en el vehículo. El nombre y el No. USDOT del
autotransportista debe ser precedido antes de
las palabras operated by.
Ejemplo
Don Amigo Van Lines Operated by Carlos Trucking
Inc., US DOT 123456
16Es necesario tener una Póliza de Seguro para
operar en los Estados Unidos
17Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
- Responsabilidad por
- Daños Personales
- Daños a la Propiedad (incluyendo
Restauración del Ambiente )
18Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
BMC-91 (o 91X) Debe Presentarse a la FMCSA
- 1. Debe de ser sometido por los
autotransportistas que quieren autoridad para
operar mas aya de las zonas comerciales - 1. Debe de ser sometido antes que obtenga
autoridad - 2. Debe de mantenerse al corriente
- 3. Debe de ser archivado por una compañía de
seguro que tenga autorización para operar
en los Estados Unidos.
19Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
- Téngala y llévelo en la cabina del camión
- La forma del endoso de seguro de MCS-82 y
MCS-90 del transportista llenada, y - Tarjeta de identificación de seguro, Certificado
temporal de seguro u otro documento indicando
las fechas de cobertura emitido por un corredor
de seguros capacitado. - Copia del Certificado de Registro de MX (sólo
para autotransportistas de zonas comerciales).
20Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
- Clase de Vehículo Para uso público ( y
autotransportistas Mexicanos privados)
en carreteras interestatales o comercio
internacional, con peso de (GVWR) 10,001
libras o más. - Sustancias
- Transportadas General (no peligrosas)
- Cantidad Dls. 750,000.00
21Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
- Clase de Vehículo Para uso público ( y
autotransportistas Mexicanos privados)
en carreteras interestatales o comercio
internacional, con peso (GVWR) de 10,001
libras o más. - Sustancias
- Transportadas Materiales Peligrosos
- Cantidad Dls. 5,000,000.00
22Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
- Clase de Vehículo Para uso público y
privado en carreteras interestatales,
comercio internacional, en cualquier
cantidad o en interestatales, en bruto
solamente con peso (GVWR) de menos de
10,001 libras - Sustancias
- Transportadas Aceites descritos en 49 CFR
173.101 Residuos Peligrosos,
Materiales Peligrosos y Substancias
Peligrosas descritas en 49 CFR 171.8 y
enumeradas en 49 CFR 172.101 - Cantidad Dls. 1,000,000.00
-
23Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
- Clase de Vehículo Para uso público y privado
(en carreteras interestatales o
comercio exterior, con GVWR de menos de
10,001 libras). - Sustancias
- Transportadas Materiales División 1.1, 1.2, o
1.3 cualquier cantidad de División
2.3, Zona peligrosa A, División 6.1, Grupo
de Empaque 1, Materiales peligrosos Zona A
o tránsito por carreteras en cantidades
controladas de materiales clase 7 descritos
en 49 CFR 172.403. - Cantidad Dls. 5,000,000.00
24Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
- Clase de Vehículo Para uso público y privado
(en carreteras interestatales o
comercio exterior, con GVWR de menos de
10,001 libras). - Sustancias
- Transportadas Propiedad
- (sin Materiales Peligrosos)
- Cantidad Dls. 300,000.00
25Póliza de Seguro-Necesaria para Operar en los
Estados Unidos
- Vehículos de Pasajeros
- Número de Asientos Cantidad
- 16 pasajeros o más Dls. 5,000,000.00
- 15 pasajeros o menos Dls. 1,500,000.00
26Reglamento Federal de Seguridad del
Autotransporte (FMCSR)
27Reglamento Federal de Seguridad del
Autotransporte
- Parte 390 Reglas Generales
- Parte 391 Requisitos para Conductores
- Parte 382 Alcohol y Drogas
- Parte 392 Manejo de Vehículos Comerciales
- Parte 395 Horas de Servicio
- Parte 393 Refacciones y Accesorios
- Parte 396 Inspección, Reparaciones y
Mantenimiento
28Infracciones más Frecuentes para los
Autotransportistas Mexicanos
- 396.3A1 -Inspección, Reparación y Mantenimiento
- suspensión, sistema de dirección , aparatos de
conexión - ajuste de frenos
- 393.9 lámparas impracticables
- (aparte de la luz delantera/trasera)
- 393.25(f) luces de frenado impracticables
- 393.19 Ninguna o Defectiva direccional o luz
intermitente - 393.207(a)- Defectiva o Ausente partes del eje
29FMCSR Parte 390 Requisitos Generales
30FMCSR Parte 390 Requisitos Generales
- Vehículos Comerciales de Motor
-
- Cualquier vehículo de propulsión propia o
remolcado por otro vehículo de motor que se use
en las carreteras para comercio interestatal para
el transporte de pasaje o mercancías,
cuando el vehículo
31FMCSR Parte 390 Requisitos Generales
-
- Tenga una clasificación de peso bruto o
de peso combinado de 4,536 kgs. (10,001 libras)
o más - Diseñado o usado para el transporte de 8
pasajeros o más (incluyendo el chofer) para
compensación - Diseñado o usado para el transporte de 15
pasajeros o más (incluyendo el chofer) y si no
se usa como transporte de pasajeros para
compensación - Se use para el transporte de Materiales
Peligrosos que requieran avisos preventivos
32FMCSR Parte 390 Requisitos Generales
- Tipo de Accidentes que Deben Ser Reportados por
los Autotransportistas - Cualquier ocurrencia que involucre un vehículo
comercial que opere en una carretera pública y
tenga como resultado por lo menos uno de los
siguientes - Una muerte
- Heridas a una persona que requieran tratamiento
inmediato lejos del incidente - Daños mayores a uno o más vehículos donde un
vehículo sea transportado fuera del incidente
33FMCSR Parte 390 Requisitos Generales
-
- Los autotransportistas deben llevar un registro
de accidentes que tenga. - Fecha y lugar del accidente
- Nombre del conductor
- Número de heridos y muertos
- Materiales Peligrosos derramados, además de
gasolina - Otra información requerida por el estado u otras
dependencias gubernamentales o aseguradores - (Por un plazo de tres años después de la fecha de
ocurrencia) -
34FMCSR Parte 391 Requisitos para los Conductores
35FMCSR Parte 391 Requisitos para los Conductores
- Los Conductores de Camiones Comerciales deben
-
- Tener buena salud y estar físicamente aptos para
cumplir sus obligaciones como conductores - Tener por lo menos 21 años de edad
- Poder hablar y escribir suficientemente el
idioma inglés para poder conversar con el
público en general, entender el señalamiento de
tráfico y las señales de las carreteras,
responder a las preguntas de los oficiales y
estar capacitados para hacer anotaciones en
reportes y registros
36FMCSR Parte 391 Requisitos para los Conductores
- Los Conductores de Camiones Comerciales deben
-
- Estar capacitados para conducir el vehículo de
manera segura - Saber como cargar la mercancía de manera segura y
poner calces apropiadamente y como atar y
asegurar la carga -
- Tener una licencia válida de operador para
manejar vehículos comerciales
37FMCSR Parte 391 Requisitos para los Conductores
- Los Conductores de Camiones Comerciales deben
- Proporcionar a su patrón una lista de todas las
infracciones de tráfico de los últimos 12 meses.
A un operador suspendido no se le
permite manejar un camión, por ninguna razón - Pasar una prueba de manejo en carretera o
equivalente - Llenar una solicitud de empleo
- Tener un certificado médico válido
38FMCSR Parte 391 Requisitos para los Conductores
- Todo autotransportista debe tener un expediente
de requisitos para cada uno de los choferes
contratados - Solicitud de empleo
- Informe de los patrones anteriores 3 años
- Informe de las agencias estatales 3 años
-
- Información anual de su expediente de manejo
39FMCSR Parte 391 Requisitos para los Conductores
Expediente del conductor
-
- Certificación anual de infracciones
- Certificado de prueba de manejo en carretera o
equivalente - Certificado Médico
- O licencia comercial de Chofer en los Estados
Unidos (U.S. CDL)
40FMCSR Parte 391 Requisitos para los Conductores
Expediente del conductor
- Descalificación del chofer por sentencia de
- Manejar un camión de carga bajo los efectos
del alcohol - Manejar un camión de carga bajo los efectos
de una droga prohibida o cualquier sustancia
controlada - Abandonar el lugar de un accidente que
involucre a un camión de carga
41Expediente del conductor
- Usar un camión para cometer un delito o una
infracción de tráfico seria - Usar un camión para violar una orden de Fuera
de Servicio - Usar un camión para violar las reglas de
cruce de ferrocarril por la carretera
42FMCSR Parte 382 Alcohol y Drogas
43FMCSR Parte 382 Alcohol y Drogas
- Programa de Pruebas de Uso de Sustancias
- Controladas y Alcohol
- Requiere que los patrones y los conductores
establezcan y participen en un programa de prueba
de uso de sustancias controladas y - alcohol
- El programa está diseñado para prevenir
accidentes y lesiones resultantes del uso
indebido del alcohol y otras sustancias - por los conductores de camiones de carga.
44FMCSR Parte 382 Alcohol y Drogas
- Programa de Pruebas de Uso de Sustancias
- Controladas y Alcohol...
- Los patrones y los conductores deben cumplir con
el reglamento de prueba de uso de sustancias
controladas y alcohol, si operan vehículos de
carga (como es definido en 49 CFR 382) en áreas
de comercio en cualquier Estado. - Los patrones son responsables de asegurarse que
la prueba de alcohol y sustancias controladas
bajo esta sección se ajusten al proceso
establecido en la sección 40
45FMCSR Parte 382 Alcohol y Drogas
- Prueba de Tipos de Alcohol y Sustancias
Controladas - Antes de Empleo
- Después de un Accidente
- Al Azar
- Sospecha Fundamentada
- Regreso al Trabajo
- Seguimiento
46Retención de Archivos
FMCSR Parte 382 Alcohol y Drogas
- Cinco Años
- Pruebas de alcohol con resultados BAC de 0.02
o más - Resultados con verificación positiva de droga
- Rehusarse a tomar las pruebas requeridas
- Calibración requerida de instrumentos para
pruebas de aliento
47Retención de Archivos
FMCSR Parte 382 Alcohol y Drogas
- Dos Años
- Archivos relacionados con el proceso de
recolección y entrenamiento requerido - Un Año
- Resultados de pruebas negativas y canceladas de
pruebas de sustancias controladas. - Pruebas de alcohol con resultados de BAC menores
de 0.02
48FMCSR Parte 382 Alcohol y Drogas
Supervisor de Capacitación / Conocimientos del
Conductor
- Proporcionar material educativo explicando los
requisitos y las normas del patrón relacionadas
con el mal uso del alcohol y abuso de sustancias
controladas, incluyendo - La persona designada para responder a preguntas
sobre drogas y alcohol -
- Que conductores están sujetos a estos
requisitos, que conductas están prohibidas y
una explicación de que es una función sensible
de seguridad.
49FMCSR Parte 382 Alcohol y Drogas
Supervisor de Capacitación / Conocimientos del
Conductor
- Circunstancias bajo las cuales un conductor
puede ser sometido a pruebas y el procedimiento
que debe usarse - Explicación de los requerimientos para someter a
un chofer a la prueba, así como que constituye el
rechazo de un chofer para someterse a la prueba - Consecuencias para el chofer que ha violado los
requisitos para las pruebas - Información concerniente a los efectos del mal
uso del alcohol y abuso de las sustancias
controladas en la salud, el trabajo y la vida
personal
50FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de
Motor
51FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- Los conductores no deben manejar cuando su
-
- Habilidad o atención son disminuidos por
- Fatiga
- Enfermedad, o
- Cualquier otra causa
- que haga inseguro comenzar (o continuar) el
manejo del vehículo
52FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- Los chóferes no deben usar o tener
- Ninguna sustancia del Grupo I o alguna otra
sustancia mencionada en el apéndice D,
cualquier anfetamina o fórmula que contenga
anfetamina (incluyendo tabletas o
cápsulas estimulantes) - Narcóticos o derivados
- Ninguna otra sustancia que haga inseguro
manejar un vehículo
53FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- A los conductores se les prohíbe
- Consumir o estar bajo la influencia de alcohol
dentro de cuatro horas antes de comenzar su
viaje, mientras están de servicio o mientras
manejan - Poseer una bebida alcohólica mientras están en
servicio, a menos que esté registrada como
parte de un envío
54FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- Carga Segura
- Nadie debe manejar o pedir a alguien que maneje
un camión de carga a menos que la mercancía
esté cargada y asegurada correctamente.
55FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- Crucero de Ferrocarril / Alto
- Los vehículos que transporten Materiales
Peligrosos y la mayoría de los autobuses que
transporten pasajeros, tienen prohibido cruzar
las vías del ferrocarril sin detenerse y deben
ver para ambos lados - Adicionalmente, el conductor no debe mover la
palanca de cambios mientras cruza las vías
56FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- Cinturones de Seguridad
- El conductor no debe conducir antes de
ajustarse el cinturón de seguridad correctamente
57FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- Señales de Emergencia para Vehículos Detenidos
- Un vehículo detenido en la carretera o en la
cuneta lateral debe activar las luces
intermitentes de emergencia de inmediato. - Dejar las intermitentes encendidas hasta que
las luces (o reflectores) de emergencia sean
activadas. - Las intermitentes deben volver a encenderse
cuando las luces (o reflectores) de emergencia
se interrumpen mientras se reanuda el movimiento
del vehículo.
58FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- Colocación de las Señales Preventivas
- 1. Una señal preventiva debe colocarse junto al
vehículo del lado del tráfico a unos diez pies - (aproximadamente tres metros) de
distancia del camión, y en la dirección
del tráfico que se acerca. - 2. Una segunda señal debe colocarse hacia el
tráfico que se acerca aproximadamente a 100 pies
- (Aproximadamente 33 metros), en medio
del - carril o cuneta donde el vehículo esta
detenido. - 3. La tercera señal debe colocarse unos cien
pies adelante del vehículo detenido en la
dirección del tráfico que se aleja.
59FMCSR Parte 392 Manejo de Vehículos de Motor
- El uso de los detectores de radar está
prohibido, incluyendo lo siguiente - Los detectores de radar no deben ser usados por
el chofer en un vehículo comercial. - El conductor no debe conducir ningún camión
comercial que este equipado con un detector de
radares. - Los autotransportistas de camiones de carga no
deben pedir o permitir al operador que viole las
provisiones sobre detectores de radares.
60- Final de Parte 1
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