Supervisin Consolidada en el Per - PowerPoint PPT Presentation

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Supervisin Consolidada en el Per

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Las actividades de las empresas no supervisadas se toman en cuenta en tanto ... Joint Forum (CB, IAIS, IOSCO) 'Supervision of Financial Conglomerates' ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Supervisin Consolidada en el Per


1
Supervisión Consolidadaen el Perú
  • Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Perú

2
Agenda
  • Definiciones
  • Conglomerados supervisados
  • Marco legal
  • Organización interna
  • Acciones de supervisión

3
Qué es la SC?
  • La Supervisión Consolidada (SC) es una
    herramienta complementaria a la supervisión
    individual, cuyo objetivo es supervisar la
    gestión de los riesgos que enfrentan las empresas
    por conformar parte de un conglomerado
  • Las actividades de las empresas no supervisadas
    se toman en cuenta en tanto puedan tener impacto
    material en la situación de las supervisadas
  • Se incluyen las Holding para efectos de
    consolidación (sin requerimientos patrimoniales)
  • Se incluyen empresas no financieras en función a
    su impacto potencial sobre la supervisadas

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Qué es la SC?
  • La SC constituye una forma de atenuar los riesgos
    asumidos por los usuarios de los sistemas
    supervisados
  • Es una mejor práctica de supervisión y un
    estándar internacional
  • Joint Forum (CB, IAIS, IOSCO) Supervision of
    Financial Conglomerates
  • Basel Core Principle N 24 Consolidated
    supervision
  • Basilea II - Nuevo Acuerdo de Capital
  • Unión Europea Directiva 2002/87/CE

5
Para qué sirve la SC?
  • La SC permite identificar
  • Inadecuado nivel de solvencia en el conglomerado
    (doble o múltiple apalancamiento)
  • La transmisión de riesgos entre entidades
    vinculadas que podrían perjudicar a una empresa
    supervisada (operaciones intragrupo)
  • Situaciones de arbitraje regulatorio entre las
    empresas del conglomerado
  • Concentración de exposiciones en terceros a nivel
    conglomerado
  • Inadecuada gestión de riesgos a nivel
    conglomerado

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Cómo se hace la SC?
  • Se realiza analizando y evaluando la información
  • recibida de las empresas supervisadas
  • obtenida en las visitas de inspección
  • remitida por otros organismos supervisores
  • Básicamente comprende acciones dirigidas a
  • Verificar la suficiencia patrimonial y el
    cumplimiento de límites operacionales
  • Entender la estructura organizacional y de
    control, y las operaciones intra grupo
  • Identificar y comprender los riesgos que enfrenta
  • Evaluar la gestión de riesgos

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Agenda
  • Definiciones
  • Conglomerados supervisados
  • Marco legal
  • Organización interna
  • Acciones de supervisión

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Conglomerados supervisados
  • SBS es supervisor de origen de
  • 3 conglomerados financieros (3 grupos bancarios y
    3 grupos de seguros)
  • 2 grupos aseguradores locales
  • SBS es supervisor anfitrión de
  • 3 grupos bancarios
  • 1 grupo de seguros
  • Activos gestionados por capitales extranjeros
  • 40 sistema bancario
  • 21 sistema de seguros
  • 49 sistema privado de pensiones (fondo
    administrado)

SBS Perú
8
9
Participación extranjera en sistema bancario
(junio 2009)
No. BANCOS 15
9
10
Participación extranjera en sistema asegurador
(sep 2009)
No. ASEGURADORES 13
11
Participación extranjera en sistema privado de
pensiones (sep 2009)
No. AFP 4
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Agenda
  • Definiciones
  • Conglomerados supervisados
  • Marco legal
  • Organización interna
  • Acciones de supervisión

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Regulación
  • Ley General (Ley Nº 26702)
  • Normas sobre vinculación y grupo económico (Res.
    Nº 445-2000)
  • Reglamento para la SC de conglomerados (Res. Nº
    446-2000)
  • Normas internas que regulan la SC(Dir. Nº
    SBS-DIR-SBS-342-01)
  • Reglamento del Comité de SC(Res. Nº 075-2007)

SBS Perú
13
14
Ley General (Ley Nº 26702)
  • Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
    de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
    Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus
    modificaciones
  • Artículo 132
  • reconoce a la supervisión consolidada de
    conglomerados como una forma mediante la cual se
    atenúan los riesgos para el ahorrista

15
Ley General (Ley Nº 26702)
  • Artículo 138º
  • establece las responsabilidad de la SBS en lo
    referido a la supervisión consolidada de
    conglomerados
  • establece que la información cursada por las
    empresas se ofrece de manera fidedigna y oportuna
    y con carácter de Declaración Jurada
  • faculta a la SBS a ordenar medidas previsionales
    respecto a operaciones con otras empresas del
    conglomerado o sus clientes comunes
  • faculta a la SBS a ordenar medidas previsionales
    debido a falta de información, por considerarlo
    un impedimento para la evaluación de riesgos

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Responsabilidad SBS (artículo 138)
  • Caso A Conglomerados conformados por empresas
    establecidas en el Perú, la SBS
  • Ejercer la supervisión consolidada
  • Requerir a las empresas supervisadas, la
    presentación de balances y demás información
    financiera pertinente en forma consolidada o
    individual, según normativa
  • Aplicar los diferentes coeficientes,
    requerimientos y límites en forma consolidada o
    individual, según normativa
  • Podrá procurarse la información directamente de
    las empresas supervisadas, mediante la
    supervisión in-situ

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Responsabilidad SBS (artículo 138)
  • Caso B Conglomerados cuya actividad principal se
    desarrolle en el Perú y que estén conformados por
    empresas no domiciliadas en el Perú, la SBS
  • Ejercer la supervisión consolidada
  • Requerir a las empresas supervisadas, la
    presentación de balances y demás información
    financiera pertinente en forma consolidada o
    individual, según normativa
  • Aplicar los diferentes coeficientes,
    requerimientos y límites en forma global o
    individual, según normativa
  • Tendrá en cuenta, entre otros procedimientos, los
    convenios suscritos con otras autoridades
    similares del exterior

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Responsabilidad SBS (artículo 138)
  • Caso C Conglomerados cuya actividad principal se
    desarrolla fuera del Perú, la SBS
  • La SC corresponderá, preferentemente, al
    organismo de supervisión del país matriz
  • Ejercerá la supervisión sobre las operaciones en
    el Perú y aplicará normas prudenciales de
    supervisión consolidada, de considerarlo
    necesario
  • Tendrá en cuenta, entre otros procedimientos, los
    convenios suscritos con otras autoridades
    similares del exterior

19
Normas sobre vinculación y grupo económico (Res.
Nº 445-2000)
  • Define la vinculación por riesgo único, grupo
    económico y conglomerado financiero
  • Define los grupos consolidables del sistema
    financiero (grupo bancario) y del sistema de
    seguros (grupo de seguros)
  • Regula los requerimientos de información sobre
    los grupos económicos de los deudores de las
    empresas supervisadas

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Vinculación por riesgo único
  • Riesgo Único relación entre dos o más personas
    (naturales o jurídicas), donde la situación
    financiera o económica de una repercute en la
    otra u otras
  • Existe vinculación por riesgo único entre
  • las PJ que pertenecen a un grupo económico
  • entre éstas y las PN que ejercen el control de
    dicho grupo económico
  • Se presume vinculación por riesgo único entre
  • cónyuges
  • PN y/o PJ que tienen relación de propiedad y/o de
    gestión

21
Relación de propiedad y control
  • Relación de Propiedad directa e indirectamente
    el 4 ó más de las acciones o participaciones con
    derecho a voto
  • Control influencia preponderante y continua en
    la toma de decisiones de los órganos de gobierno
    de una PJ
  • Control directo
  • Control indirecto

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Grupo económico
  • Grupo Económico conjunto de PJ cuando alguna
    ejerce control sobre la o las demás, o cuando el
    control sobre las PJ corresponde a una o varias
    PN que actúan como una unidad de decisión
  • conglomerado financiero (grupo consolidable del
    sistema financiero grupo consolidable del
    sistema de seguros)
  • conglomerado mixto
  • conglomerado no financiero

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Conglomerado financiero
  • Grupo integrado por
  • Empresas Bancarias
  • Empresas Financieras
  • Empresas Microfinancieras
  • Empresas especializadas
  • Bancos de Inversión
  • Empresas de Seguros
  • Empresas de Reaseguros
  • Empresas de servicios complementarios y conexos
  • Empresas controladoras (holding)
  • Agentes de intermediación en el mercado de
    valores
  • Sociedades administradoras de fondos mutuos
  • Sociedades administradoras de fondos de inversión
  • Sociedades titulizadoras
  • Sociedades de propósito especial
  • Sociedades administradoras de fondos de pensiones
  • Entidades prestadoras de salud
  • Otras compatibles

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Grupos consolidables
  • Para efectos de la SC de conglomerados, se
    identifican dos tipos de grupos consolidables
    dentro de un conglomerado financiero
  • Grupo consolidable del sistema financiero (GCSF),
    conformado por empresas pertenecientes a un
    conglomerado financiero, con excepción de las
    empresas de seguros, empresas de reaseguros y/o
    entidades prestadoras de salud
  • Grupo consolidable del sistema de seguros (GCSS),
    integrado por empresas de seguros, empresas de
    reaseguros y/o entidades prestadoras de salud

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Reglamento para la SC de conglomerados (Res. Nº
446-2000)
  • Determina las medidas prudenciales aplicables a
    los conglomerados bajo supervisión, en materia
    de
  • requerimientos patrimoniales, usando un proxy del
    método de building blocks y
  • límites operacionales
  • Regula los requerimientos de información para la
    supervisión consolidada
  • Actualmente en modificación

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Normas internas que regulan la SC (Dir. Nº 342-01)
  • Define los principales aspectos a supervisar
  • Estructura de control
  • Gestión de riesgos del conglomerado
  • Proceso de consolidación
  • Solvencia del conglomerado
  • Operaciones intra grupo
  • Límites de exposición
  • Seguimiento de medidas correctivas
  • Define las responsabilidades internas en el
    proceso de SC y las acciones de supervisión
    extra-situ

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Reglamento del Comité de SC(Res. Nº 075-2007)
  • Define las funciones y el objetivo del Comité
  • Define las funciones y responsabilidades de los
    miembros del Comité y de su Secretaría Técnica
  • Plan Anual de SC
  • Informes de SC
  • Lineamientos para la SC
  • Relación con otros Supervisores

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Convenios con otros supervisores
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Contenido
  • SBS
  • Definiciones
  • Marco legal
  • Organización interna
  • Acciones de supervisión

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Responsabilidad de la SC
  • La responsabilidad de laejecución de la SC
    seencuentra en la SABM y laSAS, con
    participación dela SAR
  • Las acciones de SC son coordinadas en el Comité
    de SC, comité de alto nivel conformado por los
    líderes de la SAR (preside), SABM, SAS, SAAFP y
    SAAJ
  • El DSRCM desempeña la secretaría técnica del
    comité

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Comité de SC
  • Nov. 2004 como responsable de establecer los
    mecanismos que permitan un tratamiento coordinado
    e integral de la SC
  • Objetivos y finalidad
  • Formular el Plan Anual de SC
  • Establecer los lineamientos mínimos para la SC
  • Efectuar las coordinaciones entre las áreas
    involucradas
  • Discutir la situación de los conglomerados bajo
    supervisión
  • Supervisar las coordinaciones con otros
    organismos de supervisión, nacionales e
    internacionales (convenios sobre supervisión
    consolidada)

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Esquema del sub-proceso de SC
Plan Anual y lineamientos de la SC
Comité de SC
SABM
SAS
SAAFP
Planeamiento y Ejecución de la SC
SAR
SABM Inf. VI
SAS Inf. VI
SAAFP Inf. VI
Comunicación de los Resultados de la SC
SAR Informes Consolidados
SABM
SAS
SAAFP
Seguimiento de Observaciones
SAR
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Contenido
  • SBS
  • Definiciones
  • Marco legal
  • Organización interna
  • Acciones de supervisión

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Acciones de supervisión
  • Acciones in-situ en el marco del Plan Anual de SC
  • Visitas de inspección locales empresas
    supervisadas
  • Visitas de inspección transfronterizas empresas
    del conglomerado en coordinación con supervisores
    anfitriones
  • Se desarrolla la Guía de Trabajo de SC
  • Acciones extra-situ
  • Informes trimestrales y periódicos sobre la
    situación de los conglomerados supervisados
  • Reuniones trimestrales del Comité de SC (mínimo)
  • Seguimiento de acciones correctivas y del
    cumplimiento del Plan Anual de visitas

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Actividades extra situ
Comité SC
Comité SC
Comité SC
Comité SC
AnexosI Trim
Anexos II Trim
Anexos IV Trim
Anexos III Trim
Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep
Oct Nov Dic
Fichas e Informe IV Trim
Fichas e InformeI Trim
Fichas e Informe III Trim
Fichas e Informe II Trim
Informe Grupo
Informe Grupo
Plan Anual
Seguimiento Plan
InformePlan
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Supervisión Consolidadaen el Perú
  • Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Perú
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