Title: Supervisin Consolidada en el Per
1Supervisión Consolidadaen el Perú
- Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Perú
2Agenda
- Definiciones
- Conglomerados supervisados
- Marco legal
- Organización interna
- Acciones de supervisión
3Qué es la SC?
- La Supervisión Consolidada (SC) es una
herramienta complementaria a la supervisión
individual, cuyo objetivo es supervisar la
gestión de los riesgos que enfrentan las empresas
por conformar parte de un conglomerado - Las actividades de las empresas no supervisadas
se toman en cuenta en tanto puedan tener impacto
material en la situación de las supervisadas - Se incluyen las Holding para efectos de
consolidación (sin requerimientos patrimoniales) - Se incluyen empresas no financieras en función a
su impacto potencial sobre la supervisadas
4Qué es la SC?
- La SC constituye una forma de atenuar los riesgos
asumidos por los usuarios de los sistemas
supervisados - Es una mejor práctica de supervisión y un
estándar internacional - Joint Forum (CB, IAIS, IOSCO) Supervision of
Financial Conglomerates - Basel Core Principle N 24 Consolidated
supervision - Basilea II - Nuevo Acuerdo de Capital
- Unión Europea Directiva 2002/87/CE
5Para qué sirve la SC?
- La SC permite identificar
- Inadecuado nivel de solvencia en el conglomerado
(doble o múltiple apalancamiento) - La transmisión de riesgos entre entidades
vinculadas que podrían perjudicar a una empresa
supervisada (operaciones intragrupo) - Situaciones de arbitraje regulatorio entre las
empresas del conglomerado - Concentración de exposiciones en terceros a nivel
conglomerado - Inadecuada gestión de riesgos a nivel
conglomerado
6Cómo se hace la SC?
- Se realiza analizando y evaluando la información
- recibida de las empresas supervisadas
- obtenida en las visitas de inspección
- remitida por otros organismos supervisores
- Básicamente comprende acciones dirigidas a
- Verificar la suficiencia patrimonial y el
cumplimiento de límites operacionales - Entender la estructura organizacional y de
control, y las operaciones intra grupo - Identificar y comprender los riesgos que enfrenta
- Evaluar la gestión de riesgos
7Agenda
- Definiciones
- Conglomerados supervisados
- Marco legal
- Organización interna
- Acciones de supervisión
8Conglomerados supervisados
- SBS es supervisor de origen de
- 3 conglomerados financieros (3 grupos bancarios y
3 grupos de seguros) - 2 grupos aseguradores locales
- SBS es supervisor anfitrión de
- 3 grupos bancarios
- 1 grupo de seguros
- Activos gestionados por capitales extranjeros
- 40 sistema bancario
- 21 sistema de seguros
- 49 sistema privado de pensiones (fondo
administrado)
SBS Perú
8
9Participación extranjera en sistema bancario
(junio 2009)
No. BANCOS 15
9
10Participación extranjera en sistema asegurador
(sep 2009)
No. ASEGURADORES 13
11Participación extranjera en sistema privado de
pensiones (sep 2009)
No. AFP 4
12Agenda
- Definiciones
- Conglomerados supervisados
- Marco legal
- Organización interna
- Acciones de supervisión
13Regulación
- Ley General (Ley Nº 26702)
- Normas sobre vinculación y grupo económico (Res.
Nº 445-2000) - Reglamento para la SC de conglomerados (Res. Nº
446-2000) - Normas internas que regulan la SC(Dir. Nº
SBS-DIR-SBS-342-01) - Reglamento del Comité de SC(Res. Nº 075-2007)
SBS Perú
13
14Ley General (Ley Nº 26702)
- Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus
modificaciones - Artículo 132
- reconoce a la supervisión consolidada de
conglomerados como una forma mediante la cual se
atenúan los riesgos para el ahorrista
15Ley General (Ley Nº 26702)
- Artículo 138º
- establece las responsabilidad de la SBS en lo
referido a la supervisión consolidada de
conglomerados - establece que la información cursada por las
empresas se ofrece de manera fidedigna y oportuna
y con carácter de Declaración Jurada - faculta a la SBS a ordenar medidas previsionales
respecto a operaciones con otras empresas del
conglomerado o sus clientes comunes - faculta a la SBS a ordenar medidas previsionales
debido a falta de información, por considerarlo
un impedimento para la evaluación de riesgos
16Responsabilidad SBS (artículo 138)
- Caso A Conglomerados conformados por empresas
establecidas en el Perú, la SBS - Ejercer la supervisión consolidada
- Requerir a las empresas supervisadas, la
presentación de balances y demás información
financiera pertinente en forma consolidada o
individual, según normativa - Aplicar los diferentes coeficientes,
requerimientos y límites en forma consolidada o
individual, según normativa - Podrá procurarse la información directamente de
las empresas supervisadas, mediante la
supervisión in-situ
17Responsabilidad SBS (artículo 138)
- Caso B Conglomerados cuya actividad principal se
desarrolle en el Perú y que estén conformados por
empresas no domiciliadas en el Perú, la SBS - Ejercer la supervisión consolidada
- Requerir a las empresas supervisadas, la
presentación de balances y demás información
financiera pertinente en forma consolidada o
individual, según normativa - Aplicar los diferentes coeficientes,
requerimientos y límites en forma global o
individual, según normativa - Tendrá en cuenta, entre otros procedimientos, los
convenios suscritos con otras autoridades
similares del exterior
18Responsabilidad SBS (artículo 138)
- Caso C Conglomerados cuya actividad principal se
desarrolla fuera del Perú, la SBS - La SC corresponderá, preferentemente, al
organismo de supervisión del país matriz - Ejercerá la supervisión sobre las operaciones en
el Perú y aplicará normas prudenciales de
supervisión consolidada, de considerarlo
necesario - Tendrá en cuenta, entre otros procedimientos, los
convenios suscritos con otras autoridades
similares del exterior
19Normas sobre vinculación y grupo económico (Res.
Nº 445-2000)
- Define la vinculación por riesgo único, grupo
económico y conglomerado financiero - Define los grupos consolidables del sistema
financiero (grupo bancario) y del sistema de
seguros (grupo de seguros) - Regula los requerimientos de información sobre
los grupos económicos de los deudores de las
empresas supervisadas
20Vinculación por riesgo único
- Riesgo Único relación entre dos o más personas
(naturales o jurídicas), donde la situación
financiera o económica de una repercute en la
otra u otras - Existe vinculación por riesgo único entre
- las PJ que pertenecen a un grupo económico
- entre éstas y las PN que ejercen el control de
dicho grupo económico - Se presume vinculación por riesgo único entre
- cónyuges
- PN y/o PJ que tienen relación de propiedad y/o de
gestión
21Relación de propiedad y control
- Relación de Propiedad directa e indirectamente
el 4 ó más de las acciones o participaciones con
derecho a voto - Control influencia preponderante y continua en
la toma de decisiones de los órganos de gobierno
de una PJ - Control directo
- Control indirecto
22Grupo económico
- Grupo Económico conjunto de PJ cuando alguna
ejerce control sobre la o las demás, o cuando el
control sobre las PJ corresponde a una o varias
PN que actúan como una unidad de decisión - conglomerado financiero (grupo consolidable del
sistema financiero grupo consolidable del
sistema de seguros) - conglomerado mixto
- conglomerado no financiero
23Conglomerado financiero
- Grupo integrado por
- Empresas Bancarias
- Empresas Financieras
- Empresas Microfinancieras
- Empresas especializadas
- Bancos de Inversión
- Empresas de Seguros
- Empresas de Reaseguros
- Empresas de servicios complementarios y conexos
- Empresas controladoras (holding)
- Agentes de intermediación en el mercado de
valores - Sociedades administradoras de fondos mutuos
- Sociedades administradoras de fondos de inversión
- Sociedades titulizadoras
- Sociedades de propósito especial
- Sociedades administradoras de fondos de pensiones
- Entidades prestadoras de salud
- Otras compatibles
24Grupos consolidables
- Para efectos de la SC de conglomerados, se
identifican dos tipos de grupos consolidables
dentro de un conglomerado financiero - Grupo consolidable del sistema financiero (GCSF),
conformado por empresas pertenecientes a un
conglomerado financiero, con excepción de las
empresas de seguros, empresas de reaseguros y/o
entidades prestadoras de salud - Grupo consolidable del sistema de seguros (GCSS),
integrado por empresas de seguros, empresas de
reaseguros y/o entidades prestadoras de salud
25Reglamento para la SC de conglomerados (Res. Nº
446-2000)
- Determina las medidas prudenciales aplicables a
los conglomerados bajo supervisión, en materia
de - requerimientos patrimoniales, usando un proxy del
método de building blocks y - límites operacionales
- Regula los requerimientos de información para la
supervisión consolidada - Actualmente en modificación
26Normas internas que regulan la SC (Dir. Nº 342-01)
- Define los principales aspectos a supervisar
- Estructura de control
- Gestión de riesgos del conglomerado
- Proceso de consolidación
- Solvencia del conglomerado
- Operaciones intra grupo
- Límites de exposición
- Seguimiento de medidas correctivas
- Define las responsabilidades internas en el
proceso de SC y las acciones de supervisión
extra-situ
27Reglamento del Comité de SC(Res. Nº 075-2007)
- Define las funciones y el objetivo del Comité
- Define las funciones y responsabilidades de los
miembros del Comité y de su Secretaría Técnica - Plan Anual de SC
- Informes de SC
- Lineamientos para la SC
- Relación con otros Supervisores
28Convenios con otros supervisores
29Contenido
- SBS
- Definiciones
- Marco legal
- Organización interna
- Acciones de supervisión
30Responsabilidad de la SC
- La responsabilidad de laejecución de la SC
seencuentra en la SABM y laSAS, con
participación dela SAR - Las acciones de SC son coordinadas en el Comité
de SC, comité de alto nivel conformado por los
líderes de la SAR (preside), SABM, SAS, SAAFP y
SAAJ - El DSRCM desempeña la secretaría técnica del
comité
31Comité de SC
- Nov. 2004 como responsable de establecer los
mecanismos que permitan un tratamiento coordinado
e integral de la SC - Objetivos y finalidad
- Formular el Plan Anual de SC
- Establecer los lineamientos mínimos para la SC
- Efectuar las coordinaciones entre las áreas
involucradas - Discutir la situación de los conglomerados bajo
supervisión - Supervisar las coordinaciones con otros
organismos de supervisión, nacionales e
internacionales (convenios sobre supervisión
consolidada)
32Esquema del sub-proceso de SC
Plan Anual y lineamientos de la SC
Comité de SC
SABM
SAS
SAAFP
Planeamiento y Ejecución de la SC
SAR
SABM Inf. VI
SAS Inf. VI
SAAFP Inf. VI
Comunicación de los Resultados de la SC
SAR Informes Consolidados
SABM
SAS
SAAFP
Seguimiento de Observaciones
SAR
33Contenido
- SBS
- Definiciones
- Marco legal
- Organización interna
- Acciones de supervisión
34Acciones de supervisión
- Acciones in-situ en el marco del Plan Anual de SC
- Visitas de inspección locales empresas
supervisadas - Visitas de inspección transfronterizas empresas
del conglomerado en coordinación con supervisores
anfitriones - Se desarrolla la Guía de Trabajo de SC
- Acciones extra-situ
- Informes trimestrales y periódicos sobre la
situación de los conglomerados supervisados - Reuniones trimestrales del Comité de SC (mínimo)
- Seguimiento de acciones correctivas y del
cumplimiento del Plan Anual de visitas
35Actividades extra situ
Comité SC
Comité SC
Comité SC
Comité SC
AnexosI Trim
Anexos II Trim
Anexos IV Trim
Anexos III Trim
Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep
Oct Nov Dic
Fichas e Informe IV Trim
Fichas e InformeI Trim
Fichas e Informe III Trim
Fichas e Informe II Trim
Informe Grupo
Informe Grupo
Plan Anual
Seguimiento Plan
InformePlan
36Supervisión Consolidadaen el Perú
- Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Perú