Poder Judicial Ro Negro Procuracin General - PowerPoint PPT Presentation

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Poder Judicial Ro Negro Procuracin General

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con competencia en todo el pa s (contrabando-estupefacientes) ... 4.- Sus integrantes ser n consultores o detectives. DEBEN CUMPLIR LAS ORDENES DEL ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Poder Judicial Ro Negro Procuracin General


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Poder Judicial Río Negro-Procuración General-
  • LEY 4199
  • MINISTERIO PÚBLICO

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LEY 4199 MINISTERIO PÚBLICO
  • DRA. GRACIELA ECHEGARAY
  • FISCAL A CARGO
  • UNIDAD FISCAL DE ATENCION PRIMARIA (UFAP)
  • SEDE GENERAL ROCA
  • SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL

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NORMAS GENERALES DEL MINISTERIO PUBLICO
  • POR LA ORGANIZACION POLITICA DE TIPO FEDERAL QUE
    DISPONE LA CONST. NACIONAL EN SU ART. 1
  • EL ESTADO ARGENTINO POSEE UNA JUSTICIA
    FEDERAL
  • con competencia en todo el país
    (contrabando-estupefacientes)
  • Delitos que afectan a la renta y seguridad de la
    Nación.-
  • Y UNA JUSTICIA PROVINCIAL
  • (que entiende en el tratamiento de delitos
    comunes -justicia ordinaria también denominada
    justicia ordinaria) cuya legislación procesal y
    organización de órganos judiciales está
    constitucionalmente reservada al gobierno de cada
    una de las 23 provincias (arts. 5, 121, y 123
    C.NAC)

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NORMAS GENERALES
  • DE modo tal que a nivel federal existe un sistema
    judicial y un Código Procesal Penal nacional con
    su correspondiente Poder judicial y Ministerio
    público y ADEMAS existen otros 23 sistemas
    judiciales y ordenamientos procesales
    provinciales con sus respectivos órganos
    requirentes (en algunas provincias poseen
    carácter de órganos independientes o extra-poder
    y en otros integrantes del poder judicial)
  • EN el país convive una organización judicial y un
    código procesal penal de tipo federal y una
    organización y código procesal de tipo local
    especifico para cada provincia.-

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NORMAS GENERALES
  • EN AMBITO NACIONAL la reforma constitucional del
    año 1994 instituyó al Ministerio Público como un
    órgano autónomo, autárquico e independiente del
    resto de los poderes (art. 120 del CNACIONAL) y
    lo ubicó dentro del texto constitucional en una
    sección especial (la cuarta) SIN REFERENCIA A
    NINGUNO DE LOS OTROS PODERES.-
  • SIN EMBARGO EN EL ORDEN PROVINCIAL (Río Negro)
  • EL MINISTERIO PUBLICO ES UN ORGANO INTEGRANTE
    DEL PODER JUDICIAL.-

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NORMAS GENERALES
  • ES UN ORGANO QUE INTEGRA EL PODER JUDICIAL.-
  • CON AUTONOMIA FUNCIONAL (ART. 215 A 219 C.PROV)
  • SU ORGANIZACION ES JERARQUICA
  • PRINCIPIOS FUNCIONALES
  • SE RIGE POR LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS
  • UNIDAD DE ACTUACION
  • INDIVISIBILIDAD
  • LEGALIDAD
  • DESCENTRALIZACION

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PRINCIPIOS FUNCIONALES
  • AUTONOMIA FUNCIONAL (los integrantes forman parte
    del PODER JUDICIAL)
  • 1.- GOZAN DE LOS MISMOS DERECHOS Y GARANTIAS Y
    SUJETOS A LAS MISMAS OBLIGACIONES QUE LOS
    MAGISTRADOS
  • 2.- GOZAN DE INAMOVILIDAD-INTANGIBILIDAD
  • 3.- DEBEN DESEMPEÑAR SU CARGO CON
  • RESPONSABILIDAD
  • INDEPENDENCIA
  • AUTONOMIA

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NORMAS GENERALES DEL MINISTERIO PUBLICO
  • 1.- Es un órgano que integra el Poder Judicial
    con autonomía funcional (Art. 215 a 219 C. Prov.)
  • 2.- Su organización es jerárquica.

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ORGANIZACIÓN
  • Art. 8 MINISTERIO PUBLICO

Ministerio Público DEFENSA
Ministerio Público FISCAL
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ORGANIZACIÓNArt. 9 COMPOSICIÓN GENERAL
  • PROCURADOR
  • FISCAL GENERAL
  • DEFENSOR GENERAL
  • FISCAL DE CAMARA
  • SECRETARIO DE PROCURACION
  • AGENTES FISCALES
  • DEFENSORES DEL FUERO PENAL
  • DEFENSORES DE POBRES Y AUSENTES
  • ADJUNTOS DE FISCALIA Y DEFENSORIA

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PROCURADOR GENERAL
  • Art. 10 ES LA AUTORIDAD MAXIMA
  • Ejerce
  • SUPERINTENDENCIA CON TODAS LAS POTESTADES
    (administrativas, reglamentarias,
    disciplinarias y contralor)
  • ADMINISTRACION GENERAL Y PRESUPUESTARIA

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PROCURADOR GENERALArt. 11 FUNCIONES
  • A.- Instrucciones de carácter general
  • B.- Promover y ejercer acción penal pública
    (directa)
  • C.- Fija Política Criminal
  • D.- Integra Consejo de la Magistratura
    (designación-remoción- es rol acusador en juicio
    político
  • E.- Actúa ante el S.T.J.- Art. 207 inc. a, b y d)
    C. Provincial
  • -art. 43 a 45 C. Prov.(Amparo, Habeas Corpus,
    Mandamus)
  • F.- Parte esencial en todo asunto que verse sobre
    gravedad institucional, materia electoral y
    partidos políticos

Reunir los requisitos conforme Art. 216 C.
Prov. 1.- 30 años de edad 2.- Argentino con 10
años ejercicio ciudadanía 3.- 10 años de
abogacía- Magistratura Judicial o MP 4.-
Residencia
NO DEBE encuadrar en el Art. 198 C.Prov. 1.-
Militares, salvo 2.- Destituidos por juicio
político 3.- Fallidos no rehabilitados
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PROCURACION GENERAL
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MINISTERIO PUBLICO FISCALIntegrado por
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Fiscal General
  • 1.- Coordina y supervisa la tarea de los Fiscales
    de Cámara y Agentes Fiscales
  • 2.- Imparte instrucciones generales
  • 3.- Interviene en las causas por vía de casación,
    inconstitucionalidad, y revisión
  • 4.- Ejerce control de plazos procesales

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Fiscal de Cámara
  • 1.- Actúa ante la Cámara Criminal
  • 2.- Representa el interés general de la sociedad
    y el de la víctima del delito, sin desmedro de
    su objetividad
  • 3.- Intenta modos alternativos de resolución
    judicial (conciliación-mediación)
  • 4.- Defiende la jurisdicción de los Tribunales de
    la Provincia
  • 5.- Vela por el cumplimiento de los plazos
  • 6.- Asiste a los establecimientos carcelarios

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Agentes Fiscales
  • 1.- Promueve la averiguación de los delitos de
    acción pública.- Criterio de Oportunidad.-
  • 2.- Representa el interés general de la sociedad
    y el individual de la victima
  • 3.- Intenta modos alternativos de resolución
  • 4.- Defiende la jurisdicción de los Tribunales de
    la Provincia
  • 5.- Vela por el cumplimiento de los plazos
  • 6.- Asiste a los establecimientos carcelarios

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Art. 19 ASISTENCIA A LA VICTIMA
LA VICTIMA DEBE OCUPAR UN LUGAR PREPONDERANTE
EN EL PROCESO PENAL, CORRESPONDE AL MINISTERIO
PUBLICO BRINDAR ASESORAMIENTO, INFORMACIÓN,
RESGUARDAR SUS INTERESES Y VELAR POR LA DEFENSA
DE SUS DERECHOS EN EL PROCESO, SIN DESMEDRO DE
SU OBJETIVIDAD
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MINISTERIO PUBLICO
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OFICINA DE ATENCION A LA VICTIMA DE DELITO
-O.FA.VI.-
  • PROCURA LA NECESARIA, ADECUADA Y CONSTANTE
  • ASISTENCIA, REPRESENTACION E INFORMACION
    DE LA VICTIMA
  • ANTES DE FORMULAR LA DENUNCIA
  • UNA VEZ FORMULADA LA DENUNCIA
  • DURANTEL PROCESO
  • FINALIZADO EL PROCESO
  • EN TODO MOMENTO
  • 1.-Procura tratamiento cuidadoso, signado por el
    respeto y consideración que merece quien ha
    sufrido una ofensa.
  • 2.- Si se necesita tratamiento victimológico se
    da intervención a las instituciones públicas,
    organismos del estado.
  • 3.- Información a testigos de sus derechos con
    comunicación a Fiscal.- Testigo con identidad
    protegida
  • 4.- Menores víctimas (CAMARA GESELL).

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Art. 45 OFICINA DE ASISTENCIA TÉCNICA
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Art. 46POLICIA DE INVESTIGACION JUDICIAL
  • Para el desarrollo de las investigaciones
  • (búsqueda, recopilación, estudios de la pruebas
    u otros medios de convicción que contribuyan al
    esclarecimiento del caso investigado)
  • FUNCIONES
  • 1.- AUXILIA AL M.P.F en la investigación de
    hechos punibles
  • 2.- CONCURRE a la escena del crimen para
    relevamiento de rastros
  • 3.- DEBEN ASEGURAR la cadena de custodia
  • 4.- Sus integrantes serán consultores o
    detectives
  • DEBEN CUMPLIR LAS ORDENES DEL
  • MINISTERIO PUBLICO FISCAL

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Otros organismos
CUERPO DE RELATORES
CONSEJO DE FISCALES Y DEFENSORES
24
Curso dictado en
  • General Roca, Río Negro
  • 31 de marzo de 2009
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