PRECEPTOS CONSTITUCIONALES SOBRE PRESUPUESTO PUBLICO - PowerPoint PPT Presentation

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PRECEPTOS CONSTITUCIONALES SOBRE PRESUPUESTO PUBLICO

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PRECEPTOS CONSTITUCIONALES SOBRE PRESUPUESTO PUBLICO. Unico instrumento ... ECON. MIXTA. Corp. de la industria aeron utica Colombiana - SIAC - Hotel San Diego ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: PRECEPTOS CONSTITUCIONALES SOBRE PRESUPUESTO PUBLICO


1
PRECEPTOS CONSTITUCIONALES SOBRE PRESUPUESTO
PUBLICO
  • Unico instrumento autorizado para regular
    ingresos y gastos del sector público
  • Vigencia anual
  • Presentación desequilibrada
  • Prioridad del gasto público social
  • Sostenibilidad de la Inversión
  • Atribuciones al Congreso
  • Atribuciones al Ministerios de Hacienda
  • Prohibición de auxilios o donaciones a
    particulares
  • Informe de evaluación al Congreso

2
PRESUPUESTO PÚBLICO
3
MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO COLOMBIANO
  • CONSTITUCIÓN POLÍTICA
  • ESTATUTO ORGÁNICO DE PRESUPUESTO
  • LEY 38 DE 1989
  • LEY 179 DE 1994
  • LEY 225 DE 1995
  • DECRETO-LEY 111 DE 1996(Compila)
  • DECRETO 568 DE 1996 (Reglamentario del Estatuto
    Orgánico de Presupuesto)
  • DECRETO 115 DE 1996 (Sobre presupuesto de las
    Empresas Industriales y Comerciales del Estado y
    de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al
    régimen de aquellas, dedicadas a actividades no
    financieras)
  • LEY 185 DE 1995 (Endeudamiento de la Nación)

4
COBERTURA DEL ESTATUTO ORGANICO DE PRESUPUESTO
  • PRIMER NIVEL
  • Presupuesto Nacional
  • Presupuesto de los Establecimientos Públicos
  • SEGUNDO NIVEL
  • Fijación de metas financieras al conjunto del
    sector público
  • Distribución de excedentes financieros de las
    Empresas Industriales y Comerciales y Sociedades
    de Economía Mixta

5
PRINCIPIOS PRESUPUESTALES
  • PLANIFICACIÓN
  • ANUALIDAD
  • UNIVERSALIDAD
  • UNIDAD DE CAJA
  • PROGRAMACIÓN INTEGRAL
  • ESPECIALIZACIÓN
  • INENBARGABILIDAD
  • COHERENCIA MACROECONÓMICA
  • HOMEOSTASIS PRESUPUESTAL

6
MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL
  • CONSTITUCIÓN POLÍTICA
  • ESTATUTO ORGÁNICO DE PRESUPUESTO
  • LEY 38 DE 1989
  • LEY 179 DE 1994
  • LEY 225 DE 1995
  • DECRETO-LEY 111 DE 1996(Compila)
  • DECRETO 568 DE 1996 (Regl. Estatuto)

7
SISTEMA PRESUPUESTAL
  • PLAN FINANCIERO
  • PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES
  • PRESUPUESTO ANUAL DE LA NACIÓN

8
CLASIFICACION INSTITUCIONAL
  • PRESIDENCIA (8 Consejos Consultivos, 5
    Departamentos Administrativos, 6 Entidades
    Adscritas y 1 Entidad Vinculada)
  • MIN. AGRICULTURA (6 Entidades Adscritas y
    6Vinculadas)
  • MIN. HACIENDA (4Entidades Adcritas, 7Vincualdas y
    2 Superintendencias)
  • MIN. MINAS (2Entidades Adscritas y 6Vinculadas)
  • MIN. TRABAJO Y S.S (3Entidades Adscritas y
    2Vinculadas)
  • MIN. DEFENSA (13 Entidades Adscritas y 4
    Vinculadas)
  • MIN. MEDIO AMBIENTE (4 Entidades Adcritas y
    39Vinculadas)
  • MIN. RELACIONES EXT. (1 Entidad Adscrita)
  • MIN. INTERIOR (5 Entidades Adscritas)
  • MIN. JUSTICIA (5 Entidades Adscritas)
  • MIN. COMERCIO EXT. (1 Entidad Adscrita y 1
    Vinculada)
  • MIN. COMUNICACIONES (2 Entidades Adscritas y 2
    Vinculadas)
  • MIN. SALUD (8 Entidades Adscritas y 1 Vinculada)
  • MIN. DESARROLLO (3 Entidades Adscritas y 4
    Vinculadas)
  • MIN. TRANSPORTE (4 Entidades Adscritas y
    4Vincualdas)
  • MIN. EDUCACION (30 Entidades Adscritas y
    16Vinculadas)

9
MINISTERIO DE DEFENSA
  • ENTIDADES ADSCRITAS
  • Super. Vig. y Seg. Priv.
  • Universidad Militar (UAE)
  • ESTABLEC. PUBLICOS.
  • Fondos Rotatorios (Ejerc., Armada, F. Aérea,
    Policía.
  • Hospital Militar
  • Defensa Civil
  • Inst. Casas fiscales Ej.
  • Inst. Seg. Soc. y Bie. Policia
  • Caja de retiro FFMM
  • Caja de Suel. Ret. Policia
  • Caja Prom. Viv. Milit.
  • Club Militar
  • ENTIDADES VINCULADAS
  • EMPR. IND. Y COMERCIAL.
  • INDUMIL
  • SATENA
  • SOC. ECON. MIXTA
  • Corp. de la industria aeronáutica Colombiana -
    SIAC -
  • Hotel San Diego

10
ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
  • PRESUPUESTO DE RENTAS
  • Ingresos Corrientes
  • Ingresos Tributarios
  • Impuestos Directos
  • Impuestos Indirectos
  • Ingresos No Tributarios
  • Tasas
  • Multas
  • Contribuciones Parafiscales
  • Fondos Especiales

11
INGRESOS CORRIENTES DE LA NACIÓN
  • TRIBUTARIOS
  • Actividad económica interna
  • Renta y complementarios (renta, patrimonio,
    remesas, ganancias ocasionales, otros)
  • IVA sobre bienes internos
  • Gasolina y ACPM
  • Timbre Nacional
  • Oro y Platino
  • Actividad Económica Externa
  • Aduanas y recargos
  • IVA sobre bienes importados

12
INGRESOS NO TRIBUTARIOS
  • TASAS MULTAS Y CONTRIBUCIONES
  • Contribución especial por explotación o
    exportación de petróleo crudo, gas, carbón y
    ferroniquel
  • Fondo de recursos del superávit de la Nación
  • Concesión de sociedades portuarias
  • Concesión de larga distancia
  • Otras tasas, multas y contribuciones no
    especificadas

13
RECURSOS DE CAPITAL
  • Recursos del Balance
  • Recursos del Crédito Interno y Externo
  • Rendimientos Financieros
  • Diferencial cambiario originado por los
    desembolsos de crédito externo y las Inversiones.
  • Excedentes Financieros de los Establecimientos
    Públicos, Empresas Industriales y Comerciales y
    Sociedades de Economía Mixta
  • Utilidades del Banco de la República (sin las
    reservas de estabilización cambiaria y monetaria)

14
PRESUPUESTO DE GASTOS
  • FUNCIONAMIENTO
  • Servicios Personales
  • Gastos Generales
  • Transferencias
  • SERVICIO DE LA DEUDA
  • Interna
  • Externa
  • INVERSION
  • Gasto Público Social

15
ESTRUCTURA TRIBUTARIA COLOMBIANA
  • IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS (Sujetos)
  • Personas Naturales
  • Personas Jurídicas
  • Sociedades Anónimas
  • Sociedades Limitadas
  • Empresas Industriales y Comerciales del Estado
    (asimiladas al régimen de las Sociedades
    Anónimas)
  • Fondos Públicos
  • Corporaciones y fundaciones sin ánimo de lucro
    financieras y no financieras
  • Fondos mutuos de inversión
  • Cooperativas

16
ESTRUCTURA TRIBUTARIA COLOMBIANA
  • HECHOS GENERADORES DE IMPUESTO DIRECTOS
  • Renta y Complementarios
  • Ingresos Laborales
  • Dividendos y Participaciones
  • Honorarios y Comisiones
  • Rendimientos Financieros
  • Patrimonio
  • Ganancias Ocasionales
  • Remesas al exterior de rentas o gan. ocas.

17
ESTRUCTURA TRIBUTARIA COLOMBIANA
  • IMPUESTOS INDIRECTOS
  • Impuesto al Valor Agregado - IVA (16 general
    hasta 31 octubre/99 luego 15)
  • Bienes internos
  • Bienes Importados
  • Aduanas y recargos
  • CIF a las importaciones
  • Gasolina y ACPM
  • Timbre Nacional interno y salidas al exterior
  • Oro y Platino

18
SITUADO FISCAL
1. ES UN PORCENTAJE DE LOS INGRESOS CORRIENTES DE
LA NACION. 2. SE TRANSFIERE A LOS DEPARTAMENTOS
Y DISTRITOS Y MUNCIPIOS CERTIFICADOS EN SALUD O
EDUCACION. 3. FINANCIA LA PRESTACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE SALUD Y EDUCACION
19
DISTRIBUCION DEL SITUADO FISCAL
20
DESTINACIÓN DEL SITUADO FISCAL
50 1er N. 50 2Y 3er N.
60 EN EDUCACIÓN
20 EN SALUD O EDUCACIÓN
20 EN SALUD
MÍNIMO EL 75 SE DEBE USAR EN
EDUC DEL 96-98. (LEY 188 DE
1995)
21
REGALIAS
CONPENSACIÓN MONETARIA POR LA EXPLOTACIÓN DE
RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES, EN SU
JURISDICCION.
22
DESTINACIÓN DE LAS REGALÍAS Y COMPENSACIONES EN
LOS DEPARTAMENTOS
  • 100 DEBE INVERTIRSE EN PROYECTOS PRIORITARIOS,
    CONTEMPLADOS EN EL PLAN GENERAL DE DESARROLLO DEL
    DEPARTAMENTO O EN LOS PLANES DEDESARROLLO DE SUS
    MUNICIPIOS.
  • MINIMO 50 DEBE DESTINARSE A SALUD, EDUCACIÓN,
    AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO.

23
FONDO NACIONAL DE REGALIAS
ES UN SISTEMA DE MANEJO SEPARADO DE CUENTAS,SIN
PERSONERÍA JURÍDICA, QUE FINANCIA PROYECTOS CON
RECURSOS DE LAS REGALÍAS, NO ASIGNADAS
DIRECTAMENTE A LOS ENTES TERR.
PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. PROMOCIÓN DE LA
MINERÍA. FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE iNVERSIÓN
PRIORÍTARIOS EN LOS PLANES DE DESARROLLO
TERRITORIAL
DESTINA SUS RECURSOS A
24
DISTRIBUCIÓN Y DESTINO DE LOS RECURSOS DEL FONDO
NAL. DE REGALIAS
60 ZONAS INTERCONECT.
15 PROYECTOS REGIONALES DE INVERSIÓN EN
ENERGIZACIÓN
40 ZONAS NO INTERCONEC.
12.625 PROYECTOS DE ZONAS ESPECIF.
0.5 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO FONDO.
10 COORPORACIÓN AUT. REG. RIO GRANDE.
20 PROMOCIÓN DE LA MINERIA
61.875
20 PRESERVACIÓN MEDIO AMBIENTE
59 FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
(DISTRIBUIDO SEGÚN NBI, POBL.)
25
PARTICIPACIÓN DE LOS INGRESOS CORRIENTES DE LA
NACIÓN
ES UN PORCENTAJE CRECIENTE DE LOS INGRESOS
CORRIENTESDE LA NACIÓN CEDIDO DIRECTAMENTE A LOS
MUNICIPIOS Y RESGUARDOS INDIGENAS PARA FINANCIAR
AREAS PRIORITARIAS DE INVERSIÓN SOCIAL
26
ACTO LEGISLATIVO N1 DE 1995
1. DETERMINA UN PORCENTAJE DE LOS ICN
DISTRIBUIDO POR FORMULA ASI EL RESTO SEGÚN LA
PARTICIPACION 92
50 EN 96 60 EN 97 70 EN 98 85 EN 99
2 PORCENTAJE DE LA PARTICIPACIÓN PARA INVERSIÓN
U OTROS GASTOS, ASÍ
27
ASIGNACION DE LA PICN, POR FORMULA
40. POBLACIÓN CON NBI
20 NIVEL RELATIVO DE POBEZA NBI MUNC/NBI
TOTAL.
60
VALOR A ASIGNAR
22 POBLACIÓN DEL MUNCIPIO RESPECTO AL TOTAL.
6 EFICIENCIA FISCAL. DIFERENCIA DE INGRESOS
TRIBUTARIOS DE DOS VIGENCIAS.
6 EFICIENCIA ADMINISTRATIVA GAST FUNC/
POBLAC. SEV. PUBL.
40
6 PROGRESO EN CALIDAD DE VIDA NBI 2- NBI 1
28
PORCENTAJES DE FORZOSA INVERSION
30
EDUCACIÓN
SALUD
25
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
20
EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN.
5
29
PORCENTAJE DE LIBRE INVERSIÓN, 20, PARA OTROS
SECTORES
SUBSIDIOS P. POBRE.
VIVIENDA
POBLACIÓN VULNERABLE
DESARROLLO RURAL
PROTECIÓN CIUDADANA
JUSTICIA
DESARROLLO INSTITUCIONAL
PREVENCIÓN DESASTRES
OTROS ,DEC.1841/97
SERVICIO DEUDA
30
DESTINACIÓN DE LAS REGALIAS Y COMPENSACIONES EN
LOS MUNICIPIOS PRODUCTORES Y PORTUARIOS
100 DEBE INVERTIRSE EN PROYECTOS DE
DESARROLLO MUNICIPAL, CONTENIDOS EN EL PLAN
DE DESARROLLO, CON PRIORIDAD EN
SANEAMEINTO AMBIENTAL, SIN EMBARGO NO MENOS DEL
80, DEBE DESTINARSE A CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE SALUD, EDUCACIÓN,
ELECTRICIDAD, AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y
DEMÁS SERVICIOS PÚBLICOS ESCENCIALES.
31
PARTICIPACION DE MUNICIPIOS Y DISTRITOS EN LOS
INGRESOS CORRIENTES DE LA NACION
  • 1994 15
  • 1995 16
  • 1996 17
  • 1998 18
  • 1999 19
  • 2000 20
  • 2001 21
  • 2002 22
  • Se excluyen de la base de cálculo los recursos
    del Fondo Nacional de Regalías

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RECURSOS DE LA PICN PARA ATENDER PROGRAMAS DE
SALUD
  • RECURSOS
  • 25 PICN FORZOSA INVERSIÓN
  • 15 Subsidios.
  • 10 Atender la oferta de servicios.
  • Manejo de los recursos
  • a través del Fondo Local
  • de Salud
  • PROGRAMAS
  • Pago de subsidios
  • Salarios y prestaciones personal médico y
    paramédico.
  • Infraestructura a cargo del Municipio
    (preinversión e inversión)
  • Promoción y prevención (nutrición escolar,
    materno infantil, tercera edad y personas
    discapacitadas)

33
SUBCUENTAS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA EN
SALUD - FOSIGA -
  • Compensación Interna del Régimen Contributivo (Si
    Cotiz gt UPC)
  • Solidaridad del Régimen de Subsidios
  • Un punto régimen contributivo
  • Aporte Cajas de Compensación (5 o 10 las que
    tengan un cociente superior al 100 del recaudo)
  • Aportes del Presupuesto Nacional (Igual punto 1)
  • Rendimientos financieros generados por la
    inversión de los recursos
  • Rendimientos derivados de la inversión por la
    enajenación de acciones y participación de la
    Nación en Emp. Púb. Mixtas
  • Impuesto de remesas de utilidades de utilidades
    de empresas petroleras de Cusiana y Cupiagua.
  • Recursos del IVA social destinados a planes de
    ampliación de cobertura de SS de madres
    comunitarias.
  • Promoción de Salud ( del total de recaudos por
    cotización no menor a un punto)
  • Seguro de Riesgos Catastróficos (recursos del
    FONSAT y 50 del Valor de la prima de seguro
    Obligatorio

34
RECURSOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL
  • Cotización adicional del 1 sobre el salario de
    los afiliados al régimen de pensiones con
    ingresos iguales o mayores de 4 s.m.m.v
  • Aportes del Presupuesto Nacional (igual al monto
    de las contribuciones del 1 anterior
  • Recursos de las entidades territoriales para
    planes de extensión de cobertura en sus
    territorios
  • Donaciones de personas naturales o jurídicas
  • Rendimientos financieros de los excedentes de
    liquidez del fondo
  • Multas aplicadas a las administradoras del
    régimen de pensiones cuando incurran en faltas
    respecto a los niveles de patrimonio exigido o a
    los empleadores cuando impidan a sus trabajadores
    la libre escogencia de entidad administradora de
    sus cotizaciones.

35
PROCESO PRESUPUESTAL
  • PREPARACION DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO
  • Preparación de anteproyectos por cada Organo que
    forma parte del Presupuesto
  • Ministerio de Hacienda y Planeación preparan
    Plan Financiero con base en las ejecuciones
    anuales para determinar meta de inversión.
  • Aprobación del CONFIS
  • Aprobación del CONPES
  • Elaboración del Plan Operativo Anual de
    Inversiones - POAI - por el DNP con base en la
    meta de inversión aprobada por el CONPES

36
PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACIÓN DE LA
INVERSIÓN PUBLICA NACIONAL
  • Registro de proyectos en el Banco de Programas y
    Proyectos de Inversión Nacional - BPIN,
    debidamente formulados y evaluados según
    metodología del DNP. (Requisito indispensable
    para que sea incluido en el Plan Operativo Anual
    de Inversiones).
  • Preparación Plan Financiero (DNP y Min.Hacienda)
    paras determinar meta de inversión sector
    público.
  • DNP determina cuotas preliminares de inversión
    por Ministerio, las cuales se comunican para cada
    entidad que se financia parcial o totalmente con
    aportes de la Nación, a través del Ministerio o
    Departamento Administrativo respectivo.
  • La cuota comunicada a cada Ministerio debe ser
    distribuida entre los proyectos registrados en el
    BPIN. La suma total de los recursos asignados a
    los proyectos no puede exceder, por ningún
    motivo, el valor de la cuota de inversión de
    aportes del Presupuesto y las proyecciones de los
    recursos administrados disponibles para
    inversión.

37
OBJETO DE LA INVERSION PUBLICA
  • Todo proyecto de inversión pública tiene por
    objeto contribuir al cumplimiento de la función
    social, económica y ecológica del Estado.
  • El propósito de la formulación y evaluación de
    los proyectos de inversión es determinar los
    costos y beneficios sobre la población objetivo y
    lograr que la decisión de invertir sea la óptima
    a un mínimo costo, esto es, que garantice la
    utilización adecuada de los recursos.

38
CRITERIOS PARA APLICACIÓN DE RECURSOS DEL PGN EN
PROYECTOS DE INVERSIÓN PUBLICA
  • Cada Organismo en forma autónoma formula los
    proyectos que aspira a realizar en el marco de
    sus competencia y funciones.
  • La formulación de cada proyecto se hace de
    acuerdo con los requisitos que establece el Banco
    de Programas y Proyectos - BPIN - del DNP.
  • Metodológicos
  • Aplicar la metodología de formulación y
    evaluación del sector respectivo (agropecuario,
    educación, eléctrico, infraestructura urbana,
    infraestructura vial, justicia, defensa y
    seguridad, medio ambiente, salud, general).
  • Técnicos
  • Seleccionar proyectos de mayor impacto sobre el
    crecimiento económico y bienestar social
  • Seleccionar proyectos que garanticen rentabilidad
    social, económica y protección de los recursos
    naturales
  • Dar prioridad a proyectos que 1) contribuyan a
    los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, 2)
    garanticen el cumplimiento de compromisos de
    contrapartidas de crédito externo y cooperación
    técnica, 3) proyectos en ejecución y, 4)
    proyectos con compromisos de vigencias futuras
    certificadas.

39
CRITERIOS PARA DISTRIBUIR CUOTAS DE INVERSIÓN
  • El presupuesto de los proyectos seleccionados por
    cada entidad no puede exceder el total de las
    cuotas de inversión comunicada por el DNP ni la
    proyección de los recursos administrados para
    inversión
  • Se debe dar prioridad a los proyectos
    relacionados con el Plan de Desarrollo
  • La distribución de los recursos del cupo
    correspondiente se deben dedicar a proyectos que
    ofrezcan la mayor rentabilidad económica y social
  • Se deben priorizar de tal manera que se cumplan
    los compromisos con contrapartidas de crédito
    externo y cooperación
  • Prioridad a proyectos en ejecución
  • Proyectos que tengan compromisos de vigencias
    futuras certificadas por el CONFIS o la Dirección
    General de Presupuesto

40
CRITERIOS METODOLÓGICOS PARA LA CLASIFICACIÓN
PRESUPUESTAL DE LA INVERSIÓN PÚBLICA
  • FUENTES
  • Aportes de la Nación
  • Apropiación CSF
  • Apropiación SSF
  • Fondos Especiales
  • Crédito Externo
  • Contrapartidas de cooper. técnica o Créd. Externo
  • Otros aportes (recursos ordinarios. PGN)
  • Recursos propios
  • Ingresos Corrientes
  • Crédito interno directo
  • Crédito externo directo
  • Otros recursos de capital
  • Usos
  • Servicios Personales
  • Gastos Generales
  • Transferencias
  • Inversión Neta
  • Regionalización
  • Nación
  • Región
  • Departamento
  • Municipio
  • Clasific. Programática
  • Programas
  • Subprogramas
  • Proyecto

41
CLASIFICACION PROGRAMATICA DE LA INVERSION
  • PROGRAMA
  • Constituidos por las apropiaciones destinadas a
    actividades homogéneas de un sector de acción
    económica, social, financiera o administrativa
  • Construcción de infraestructura propia del sector
  • Adquisición de infraestructura propia del sector
  • Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura
    propia del sector
  • SUBPROGRAMA
  • Apropiaciones destinadas a divisiones de los
    programas cuyo objeto es facilitar la ejecución
    en campos específicos que competen a una entidad
    u organismo
  • Ej. En Prog Construcción de infraestructura
    propia del sector
  • Subprogramas
  • Troncal Nacional
  • Red Secundaria
  • PROYECTO
  • Conjunto de acciones específicas que utiliza
    recursos para satisfacer una necesidad
    identificada

42
TRAMITE DE APROBACION DEL PRESUPUESTO GENERAL DE
LA NACION
  • Aprobación POAI - CONPES
  • Presentación anteproyecto a Comisiones Económicas
    de Senado y Cámara (primera semana de abril)
  • Presentación de proyecto al Congreso en los
    primeros 10 días de cada legislatura, con el
    contenido y orden establecido en el Estatuto
    Orgánico de Presupuesto.Art. 11, más el resultado
    fiscal.
  • Comisiones Económicas escuchan al Banco de la
    República sobre impacto macro y sectorial del
    déficit y gasto propuesto.
  • Plazo hasta 15 de agosto a comisiones para
    determinar si el proyecto cumple con el Estatuto.
    En caso negativo lo devuelve al Gobierno y este
    dispone de 15 días para corregirlo.
  • Plazo hasta 15 de septiembre a Comisiones
    Económicas de Senado y Cámara para decidir sobre
    monto definitivo del gasto
  • Plazo hasta 25 de septiembre para aprobación
    definitiva en Comisiones Económicas de Senado y
    Cámara
  • Discusión en plenarias de Senado y Cámara del
    1-20 de octubre
  • Plazo de expedición como Ley hasta 20 de octubre.

43
CONSEJO SUPERIOR DE POLITICA FISCAL - CONFIS
-(Integrantes)
  • Ministro de Hacienda y Crédito Público
  • Director del Departamento Planeación de Nacional
  • Consejero Económico de la Presidencia
  • Viceministro de Hacienda
  • Director General de Presupuesto
  • Director de Crédito Público
  • Director de Impuestos y Aduanas
  • Director del Tesoro Nacional

44
FUNCIONES DEL CONFIS
  • Aprobar, modificar y evaluar el Plan Financiero y
    ordenar las medidas para su estricto cumplimiento
  • Analizar y conceptuar sobre las implicaciones
    fiscales del POAI previa presentación al CONPES
  • Determinar las metas financieras para la
    elaboración del PAC del Sector Público
  • Aprobar y modificar los presupuestos de ingresos
    y gastos de las Empresas Industriales y
    Comerciales del Estado y Sociedades de Economía
    Mixta dedicadas a actividades no financieras
    previa consulta del Ministerio respectivo
  • Aprobar las vigencias futuras y reducirlas o
    eliminarlas las autorizaciones cuando la
    coherencia macroeconómica así lo exija, excepto
    los amparados con compromisos perfeccionados.
  • Aprobar el Programa Anual de Caja con recursos de
    la Nación

45
CONSEJO DE POLITICA ECONOMICA - CONPES
-Integrantes
  • Presidente de la República
  • Ministro de Relaciones Exteriores
  • Ministro de Hacienda y Crédito Público
  • Ministro de Agricultura
  • Ministro de Desarrollo Económico
  • Ministro de Trabajo Y Seguridad Social
  • Ministro del Medio Ambiente
  • Ministro del Transporte
  • Ministro de Comercio Exterior
  • Gerente Banco de la República
  • Gerente Federación Nacional de Cafeteros

46
FUNCIONES DEL CONPES
  • Coordinar y señalar las orientaciones generales
    que deben seguir los distintos organismos
    especializados en la dirección de la economía
  • Recomendar la política económica y social que
    sirva de base para la elaboración de los planes y
    programas de desarrollo
  • Estudiar y recomendar al gobierno para que sean
    sometidos al Congreso, los planes y programas de
    desarrollo que presente el DNP con base en los
    planes sectoriales, regionales y urbanos
    elaborados por distintas entidades.
  • Estudiar los informes periódicos y recomendar
    medidas
  • Estudiar y definir las bases de los programas de
    inversión y de los gastos públicos de desarrollo
    que forman parte del proyecto de presupuesto
  • Aprobar o improbar el otorgamiento de garantías
    por parte de la Nación o préstamos externos
  • Autorización de inversión con recursos PICN en
    sectores no autorizados por la Ley 60 de 1993.

47
DECRETO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
  • Se toma como base el proyecto presentado al
    Congreso de la República
  • Se insertan las modificaciones hechas por el
    Congreso de la República
  • Se describe en un anexo el detalle del gasto para
    el año fiscal

48
PROCESO DE EJECUCION PRESUPUESTAL
  • FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN PROGRAMA ANUAL
    MENSUALIZADO DE CAJA - PAC -.
  • MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
  • REGIMEN DE APROPIACIONES Y RESERVAS
  • COMPROMISOS VIGENCIAS FUTURAS

49
PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA - PAC -
  • El PAC es un instrumento de programación de la
    ejecución presupuestal en el cual se define
  • Monto máximo mensual de fondos disponibles en la
    Cuenta Unica Nacional para los órganos
    financiados con recursos de la Nación
  • Monto máximo mensual de pagos de los
    Establecimientos Públicos del orden Nacional
    financiados con recursos propios
  • El límite máximo de las apropiaciones del PAC es
    el valor presupuestado en la vigencia respectiva

50
PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA - PAC -
  • El PAC es un instrumento de programación de la
    ejecución presupuestal en el cual se define
  • Monto máximo mensual de fondos disponibles en la
    Cuenta Unica Nacional para los órganos
    financiados con recursos de la Nación
  • Monto máximo mensual de pagos de los
    Establecimientos Públicos del orden Nacional
    financiados con recursos propios
  • El límite máximo de las apropiaciones del PAC es
    el valor presupuestado en la vigencia respectiva

51
FORMULACION Y EJECUCION - PAC -
  • La Dirección General de Presupuesto - DGP- , del
    Ministerio de Hacienda comunica a cada Organismo
    la meta anual mensualizada de pagos para la
    vigencia.
  • Cada Organismo elabora su PAC teniendo en cuenta
    dos criterios primordiales
  • Organización del PAC
  • Funcionamiento
  • Servicios Personales
  • Gastos Generales
  • Transferencias
  • Servicio de la Deuda
  • Deuda Externa
  • Deuda Interna
  • Operación Comercial
  • Inversión

52
FORMULACION Y EJECUCION - PAC -
  • Prioridad en la asignación y ejecución del PAC
  • Pagos servicio de la deuda
  • Pagos servicios públicos domiciliarios
  • Servicios personales
  • Pensiones y cesantías
  • Transferencia relacionadas con la nómina
  • Otros gastos

53
FORMULACION Y EJECUCION - PAC -
  • Presentación del PAC por parte de cada Organismo
    a la DGP, antes del 10 de diciembre de cada
    vigencia, teniendo en cuenta la clasificación
    presupuestal y diferenciando los pagos con
    recursos de la Nación o recursos propios
  • La DGP consolida el PAC de todos los organismos y
    compara los pagos frente a las metas financieras
    y su mensualización. Si hay diferencias hace
    ajustes y comunica a los organismos responsables
    y a la DTN

54
FORMULACION Y EJECUCION - PAC
  • La DGP envía el PAC a la Dirección del Tesoro
    Nacional -DTN - con documento anexo identificando
    las unidades ejecutoras que tienen tesorero o
    pagador independiente al igual que los ajustes
    realizados.
  • La DTN comunica a cada Organismo dentro de los
    dos primeros días hábiles del mes la programación
    de giros para atender los requerimientos de caja
    durante el mes. La DTN define la programación de
    giros teniendo en cuenta dos indicadores
  • Comportamiento histórico de la evaluación
    (últimos meses)
  • Información del movimiento de cada cuenta
    autorizada que envían los bancos
  • Los Organismos deben responder, si no están de
    acuerdo, dentro de los dos días hábiles
    siguientes para que la DTN acepte las
    observaciones. La DTN acoge las observaciones
    sujeta a la disponibilidad de recursos.

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PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
  • Todo acto administrativo que expida el ordenador
    del gasto afectando el presupuesto debe contar
    con
  • Certificado de disponibilidad presupuestal que
    garantice la existencia de apropiación suficiente
    para atender el compromiso
  • Registro presupuestal para perfeccionar el
    compromiso y afectar en forma definitiva la
    apropiación

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MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
  • El Gobierno puede presentar proyectos de ley al
    Congreso para modificar el presupuesto vigente si
    se presentan las siguientes situaciones
  • Insuficiencia de recursos para ampliar los
    servicios existentes o establecer nuevos
    servicios autorizados por la Ley. En este caso el
    Gobierno debe someter proyectos de ley sobre
  • Créditos adicionales al presupuesto con nuevos
    recursos certificados por el Contador General.
  • Traslado de recursos de un objeto a otro ya
    previsto, certificados por el Jefe de Presupuesto
    del Organo respectivo.
  • Contracréditos a un crédito nuevo.

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MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
  • Modificaciones que no requieren trámite en el
    Congreso
  • Créditos adicionales y traslados para atender
    estados de excepción
  • Adición de excedentes financieros que autorice el
    CONPES (máximo el equivalente al 1 del
    presupuesto vigente.
  • Por ajuste institucional sin que modifique las
    partidas globales para funcionamiento, servicio
    de la deuda e inversión
  • Traslado de recursos del Fondo Interministerial
    para cubrir faltantes en funcionamiento de
    alguno(s) organismo(s) (máximo autorizado 1 de
    los ICN)

58
MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
  • Continuación
  • Traslados en el anexo del decreto de liquidación
    sin exceder los montos totales aprobados por el
    Congreso
  • Reducir o aplazar, total o parcialmente,
    apropiaciones presupuestales, previo concepto del
    Consejo de Ministros cuando ocurran las
    siguientes situaciones
  • El Ministerio de Hacienda estime que los recaudos
    del año son inferiores al total de gastos y
    obligaciones contraidas
  • El Congreso no apruebe la modificación
    presupuestal o que las aprobadas sean
    insuficientes
  • No se perfeccionaron los recursos de crédito
    autorizados
  • La coherencia macroeconómica así lo exija

59
REGIMEN DE APROPIACION Y RESERVAS
  • Al cierre de la vigencia fiscal cada Organo está
    autorizado para constituir
  • Reservas presupuestales con compromisos que al
    cierre no se pudieron cumplir pero que están
    legalmente contreaidos. La reserva la constituye
    el Ordenador del Gasto y Jefe de Presupuesto y
    enviar la relación de compromisos en en que se
    basa la reserva junto al PAC de reserva a la DGP,
    antes del 31 de enero.
  • Cuentas por pagar con obligaciones
    correspondientes a anticipos pactados en los
    contratos y a la entrega de bienes y servicios.
    Las CP las debe constituir la tesorería o
    pagaduria antes del 10 de enero y enviarlas a la
    DTN para poderlas ejecutar

60
SOBRE VIGENCIAS FUTURAS
  • El Estatuto Orgánico de Presupuesto autoriza a
    los Organos que integran el PGN, las Empresas
    Industriales y Comerciales del Estado y
    Sociedades de Economía Mixta para que comprometan
    recursos de presupuestos futuros cuando los
    planes y programas que emprendan sobrepasen la
    vigencia respectiva y necesiten garantizar los
    recursos suficientes para culminarlos.
  • La autorización la expide el CONFIS una vez la
    entidad cumpla los requisitos
  • Proyección de los ingresos para el período que se
    va afectar
  • Concepto técnico.económico del Ministerio
    respectivo al cual está adscrita la entidad
  • Certificado de disponibilidad y certificado de
    inicio de los compromisos en la actual vigencia.
  • Concepto del DNP cuando afecte los gastos de
    inversión

61
MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
  • Pueden ocurrir por los siguientes factores
  • Insuficiencia de recursos para garantizar los
    servicios existentes o establecer nuevos. En este
    caso el gobierno deberá someter al Congreso
    proyectos de Ley sobre
  • Créditos adicionales
  • Con nuevos recursos
  • Con contracréditos
  • Traslado de recursos de un objeto a otro ya
    previsto o a un crédito nuevo
  • NO REQUIEREN TRÁMITE EN EL CONGRESO
  • Créditos adicionales y traslados para atender
    estados de excepción
  • Adición de excedentes financieros que autorice el
    CONPES (máximo el equivalente al 1 del
    presupuesto vigente)
  • Por ajuste Institucional (fusión de Organos) sin
    modificar partidas globales para funcionamiento,
    serv. deuda e inversión.
  • Traslados del Fondo de Compensación
    Interministerial para cubrir faltantes de
    funcionamiento. (máxima apropiación para el fondo
    hasta 1 de los ICN).
  • Traslados en el anexo del decreto de liquidación
    sin exceder los montos totales aprobados por el
    Congreso.

62
SI EL PROYECTO NO CUMPLE EL TRAMITE LEGAL
  • REPETICION VIGENCIA ANTERIOR
  • Cuándo el Gobierno no lo presenta en el tiempo
    previsto
  • Cuándo el Congreso no lo aprueba
  • EL PRESENTADO POR EL GOBIERNO SE CONVIERTE EN LEY
  • Cuando el Congreso no lo expide antes de la media
    noche del 20 de octubre. En este caso solo serán
    legales las modificaciones aprobadas por las
    comisiones económicas

63
TITULOS DE TESORERIA - TES -(Decreto 1013 de
1995)
  • Los establecimientos públicos del orden nacional
    deben invertir sus excedentes de liquidez en
    Títulos de Tesorería - TES B - del mercado
    primario, directamente en el administrador de los
    títulos (Banco de la República).
  • La inversión se hace solamente sobre recursos
    propios.
  • La base para la determinación de la inversión
    será el promedio diario mensual, durante el
    trimestre inmediatamente anterior, de las
    disponibilidades de caja, cuantas corrientes,
    depósitos de ahorro, a término o cualquier otro
    depósito, activos financieros distintos de TES y
    TES B, en poder de los establecimientos públicos
    del orden nacional.
  • Las características de los títulos son
  • Plazo de un año
  • La rentabilidad efectiva anual corresponde a la
    tasa de los títulos de tesorería clase B, de
    subasta, con plazo de un año, menos cien puntos
    base, correspondientes a la última subasta
    aprobada de dicho plazo, siempre y cuando desde
    su aprobación haya transcurrido un período
    inferior a treinta días en caso contrario, la
    DTN señalará la tasa máxima de rentabilidad de
    los TES B.
  • Títulos a la orden y libremente negociables en el
    mercado
  • La denominación mínima es de 500.000 y superior
    a este valor únicamente de 100.000 en 100.000
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