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Diapositiva 1

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... Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos no constituye por s s la un motivo ... Todo ello a los fines de garantizar la debida protecci n de las v ctimas y su ... – PowerPoint PPT presentation

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1
No encarceles mi niñez
MARÍA SILVIA VILLAVERDE www.villaverde.com.ar
2
Si los niños siguen creciendo en un ambiente
hostil que les quita el derecho a la libertad, a
jugar, sin desarrollar sus ideales, toda esa
violencia retornará a la sociedad, y cuando eso
pase tal vez sea demasiado tarde. Abogado Sacha
Llorent
3
DERECHO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES A UNA VIDA
LIBRE DE VIOLENCIA DERECHO A UN ENTORNO PROTECTOR
4
(No Transcript)
5
(No Transcript)
6
ENTORNO PROTECTOR
  • Articulación entre
  • el Sistema de Promoción y Protección Integral de
    los derechos de los niños (Ley 13.298, Decreto
    300/05)
  • Y
  • La ley 12.569 (violencia familiar bonaerense) y
    su Decreto reglamentario 2875/05
  • La ley 12.807 contra el abuso sexual de niños

7
Hasta el momento el Comité de los Derechos del
Niño ha adoptado 10 Observaciones Generales
sobre diferentes temáticas
8
 Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación en los autos "Recurso de hecho deducido
por la Defensora Oficial de M.G.G. en la causa
G., M.G. s/ protección de persona - causa N
73.154/05" (G. 617. XLIII) - 16/9/2008
  • La Corte Suprema de Justicia de la Nación
    resolvió que la falta de inscripción de la pareja
    en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con
    Fines Adoptivos no constituye por sí sóla un
    motivo suficiente para impedir dicha guarda.
  • El Comité de los Derechos del Niño es el
    intérprete autorizado en el plano universal de
    dicha Convención
  • Fundamentos de la sentencia
  • OGs.5/7, OF, Directrices de Riad, OG5, OC 17/2002
  • OG 5 Los órganos judiciales, así como toda
    institución estatal, han de aplicar el principio
    del interés superior del niño "estudiando
    sistemáticamente cómo los derechos y los
    intereses del niño se ven afectados o se verán
    afectados por las decisiones y las medidas que
    adopten por ejemplo, una ley o una política
    propuestas o existentes, una medida
    administrativa o una decisión de los tribunales,
    incluyendo las que no se refieren directamente a
    los niños pero los afectan indirectamente"

9
Marco jurídico en la lucha contra la violencia
infantil y adolescente
  • Convención contra la Tortura y Otros Tratos o
    Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
  • Convención sobre los Derechos del Niño
  • Observación General No. 8 (2006) del Comité de
    los Derechos del Niño referente al derecho del
    niño a la protección de los castigos corporales y
    otros castigos crueles o degradantes (artículos
    de la Convención sobre los Derechos del Niño19,
    28, párr. 2, y 37, entre otros) - CRC/C/GC/8
  • Directrices sobre la justicia en asuntos
    concernientes a los niños víctimas y testigos de
    delitos, aprobadas por el Consejo Económico y
    Social en su resolución 2005/20 del 22/7/2005 -
    E/2005/20 - Directriz N XI. Derecho a ser
    protegido de sufrimientos durante el proceso  de
    justicia.
  • OTI IIN-OEA 1/2008 Orientación Técnica
    Institucional IIN-OEA (Instituto Interamericano
    del Niño, la Niña y Adolescentes - OEA) sobre
    Revictimización de niños, niñas y adolescentes en
    los procedimientos administrativos y 
    jurisdiccionales en casos de abuso sexual -
    Artículo 19 de la Convención Americana sobre
    Derechos Humanos y Artículo 19 de la Convención
    sobre los Derechos del Niño -febrero de 2008
  • Recomendaciones del Estudio del Secretario
    General de las Naciones Unidas sobre la violencia
    contra los niños Asamblea General de las
    Naciones Unidas A/61/299, distribuido el 29 de
    agosto de 2006.

10
Niñas y adolescentes
  • La  Convención sobre la Eliminación de Todas las
    Formas de Discriminación Contra la Mujer
  • Recomendaciones Generales del Comité de
    Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
    (el CEDAW)
  •  Esp. N 19  La violencia contra la mujer
  • CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR,
    SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA
    MUJER 

11
Legislación sobre el régimen jurídico de la
violencia familiar
  • Ley Nacional 24417 - Protección contra la
    violencia familiar 
  • Su Decreto nacional 235/96 reglamentario de la
    ley 24.417 de protección contra la violencia
    familiar
  • Ley 12.569 Ley de protección contra la violencia
    familiar (Prov.Buenos Aires) - B.O. 2/1/2001
  •  Su Decreto reglamentario 2875/2005 de la ley
    bonaerense 12.569 (Anexos I, A y B) - 28/11/2005
    - B.O. 30/1/2005
  • Ley 12.807 contra el abuso sexual de niños
    (B.O.18/12/2001) sin reglamentar

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Decreto reglamentario 2875/2005 de la ley
bonaerense 12.569
  • Artículo 6
  • Cuando la denuncia sea efectuada en Comisaría,
    deberá ser recepcionada en forma obligatoria,
  • constituya o no delito el hecho denunciado y
  • remitida en forma inmediata a la autoridad
    jurisdiccional competente del artículo 6º de la
    Ley,
  • con copia a la Comisaría de la Mujer zonal o,
  • al Servicio Local de Protección de Derechos de
    niños, niñas y adolescentes, para el seguimiento
    del caso.
  • Del mismo modo deberán proceder las Unidades
    Funcionales de Investigación.
  • Todo ello a los fines de garantizar la debida
    protección de las víctimas y su grupo familiar
    mediante las medidas cautelares pertinentes.

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Decreto 300/2005reglamentario de la ley 13.298
  • Art.21 Servicio Local 1 coordinador Área
    Atención de Casos Área Programas y Medidas
  • Art.21.2. Área Atención de Casos art.37 ley
    13298 Ley 12.569 ámbito de escucha infantil
  • Art.21.2.4.Denunciará abusos en el fuero penal
  • Art.21.2.5.Planificará la audiencia
  • Art.21.3. Área Programas y Medidas restitución
    integral de derechos desde perspectiva familiar
    con base comunitaria - Principio de
    corresponsabilidad
  • Art.37.7 y 37.10
  • Art.37 y 21.2.2. diagnóstico del Equipo
    profesional
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