Sin ttulo de diapositiva - PowerPoint PPT Presentation

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Sin ttulo de diapositiva

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... para destinar sus productos frescos para transformaci n en plantas pesqueras ... las capturas destinadas a la venta al detalle para el consumo nacional en fresco. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Sin ttulo de diapositiva


1
Características del sector pesquero artesanal de
Chile y aspectos normativos relevantes de la
actividad
CONSULTA DE EXPERTOS REUNIÓN FAO PESCA ARTESANAL,
LIMA, PERÚ, 9 12 DE MAYO DE 2006
2
  • REGISTRO PESQUERO ARTESANAL

3
  • Qué es el Registro Pesquero Artesanal?
  • El registro nace del D.S. Nº430/1991, donde se
    fija el texto refundido coordinado y
    sistematizado de la Ley Nº 18892, y sus
    modificaciones, Ley General de Pesca y
    Acuicultura y
  • D.S. Nº 635/1991, del Reglamento del registro
    nacional de pescadores artesanales.
  • El registro nacional de pescadores artesanales,
    es la nómina de pescadores, pescadoras y
    embarcaciones habilitadas para realizar
    actividades de pesca artesanal que lleva el
    Servicio por Regiones, Provincias, Comunas y
    Localidades.

4
PESCADOR ARTESANAL
CATEGORIAS
PESQUERIAS
5
EMBARCACIONES ARTESANALES
2
1
ARMADOR ARTESANAL
50 TRG
6
INSCRIPCIONES DE PESCADORES EN EL R.P.A.
7
INSCRIPCIONES DE EMBARCACIONES EN EL R.P.A
8
PROGRAMA DEL REGISTRO DE PESCADORES
9
(No Transcript)
10
(No Transcript)
11
(No Transcript)
12
PROGRAMA REGISTRO EMBARCACIONES
13
(No Transcript)
14
PESCADORES (AS) ARTESANALES
15
PESCADORES ARTESANALES POR CATEGORÍA (1993 -
2003)
Fuente SERNAPESCA
16
PESCADORES ARTESANALES POR GENERO Y REGION(2003)
Hombres 47.346 (93,6) Mujeres 3.240 (6,4)
Fuente SERNAPESCA
17
EMBARCACIONES PESQUERAS ARTESANALES
18
Concesiones de Acuicultura de organizaciones de
pescadores, vigentes a mayo de 2005, por tipo de
organización y región
19
(No Transcript)
20
Concesiones de Acuicultura de organizaciones de
pescadores, vigentes a mayo de 2005, por tipo de
recurso cultivado
21
Desembarque artesanal año 2004
22
ESTADO DE LAS PRINCIPALES PESQUERÍAS NACIONALES
23
ORGANIZACIONES DE PESCADORES ARTESANALES
Fuente Registro de Organizaciones, Servicio
Nacional de Pesca
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CENTROS DE DESEMBARQUE (CALETAS)
Fuente Dpto. Pesca Artesanal, Servicio Nacional
de Pesca
25
INFRAESTRUCTURA PORTUARIA ARTESANAL
26
Programa Especializado Pesca Artesanal
ACCESO AL CRÉDITO
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PRODUCTOS
  • Credito Individual Financiar necesidades
    individuales de los clientes como por ejemplo
    renovar, comprar o mejorar, bote, motor, artes de
    pesca, etc.
  • Credito Grupal Financiar gastos de
    organizaciónes para su normal funcionamiento,
    mejora de caleta o infraestructura.
  • Intermediacion Financiar la compra de accesorios
    o mejora de implementacion con la intererrelacion
    de un tercero (Proveedores, Compradores)

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  • FINANCIAMIENTO DESTINADO A
  • Capital de Trabajo Materiales y gastos
    vinculados a los procesos de pesca y/o cultivo
    y/o comercialización de los productos y/o
    servicios.
  • Inversión en Activo Fijo adquirir maquinarias,
    equipos, gastos de infraestructura y vehículos de
    trabajo.

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RESULTADOS DEL PROGRAMA
  • Se han cursado más de 2.500 operaciones de
    créditos
  • 65 nunca antes tuvo crédito
  • 99 de lo clientes paga sus créditos al día
    (riesgo inferior al 0.5)
  • 60 paga sus cuotas por adelantado

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PROGRAMA DE SANIDAD PARA LA PESCA ARTESANAL
(SPA)
31
PROCEDIMIENTO DE INCORPORACIÓN
Organización de Pescadores Artesanales
Solicitud voluntaria a Sernapesca
Inspección
Incorporación al Listado de Empresas
Participantes de los Programas de Control
Sanitario de Sernapesca
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  • CALETAS PARA DESEMBARQUE
  • Se evalúan aspectos relativos a la extracción,
    desembarque y embalaje y transporte.
  • Estarán habilitadas para destinar sus productos
    frescos para transformación en plantas pesqueras
    chilenas de exportación.

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CALETAS PARA ACONDICIONAMIENTO
  • Se evalúan aspectos relativos a la
    extracción, desembarque, acondicionamiento en
    tierra, embalaje y transporte.
  • Habilitadas para destinar sus productos
    para transformación en plantas pesqueras
    chilenas de exportación o para la exportación
    directa (mercados o plantas de transformación
    extranjeras).

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DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE
MARINA MERCANTE Nombre Publicación Territorio
Marítimo Reglamento sobre Formación, Titulación
y Carrera Profesional del Personal
Embarcado Promulgado por Promulgado por D.S. (M.)
Nº 90, de 15 de Junio de 1999. Publicado en el
D.O. Nº 36.513, de 13 de Noviembre de
1999. TM-007 - Edición Digital / Julio 2003
Página 1 de 28 (WWW.DIRECTEMAR.CL)
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TIPOS DE ACCIDENTES A PESCADORES ARTESANALES
EMBARCADOS
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ACCIDENTES A PESCADORES ARTESANALES
INDEPENDIENTES (Buzo mariscador, Asistente de
Buzo, Mariscador)
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TIPOS DE ACCIDENTES A PESCADORES ARTESANALES
INDEPENDIENTES
38
ACCIDENTES A PESCADORES ARTESANALES EMBARCADOS
39
Seguro de vida y accidentes
  • Artículo 50 C.- Sin perjuicio de las
    obligaciones establecidas en el inciso primero
    del artículo 50, todo pescador artesanal que
    ejerza actividades de pesca extractiva a bordo de
    una embarcación artesanal, deberá contar con un
    seguro contra riesgo de muerte accidental,
    accidentes ocurridos con ocasión del trabajo y de
    invalidez.
  •  
  • Este seguro podrá ser contratado individualmente
    o por la organización de pescadores artesanales a
    la que pertenezca el pescador.
  • El cumplimiento de la obligación establecida en
    el inciso anterior deberá acreditarse al momento
    en que se solicite el zarpe de la embarcación
    artesanal, de conformidad con lo establecido en
    el artículo 22 del Decreto Ley N 2.222, de 1978.
    Asimismo, el cumplimiento de esta obligación
    deberá acreditarse al solicitar el otorgamiento o
    renovación del correspondiente título entregado
    por la Autoridad Marítima.
  •  
  • Quienes contravengan esta obligación no podrán
    ser autorizados a zarpar ni se les otorgará o
    renovará el respectivo título, según
    corresponda..

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POLITICAS PESQUERAS PARA EL ORDENAMIENTO Y
DESARROLLO PRODUCTIVO
CONSULTA DE EXPERTOS REUNIÓN FAO PESCA ARTESANAL,
LIMA, PERÚ, 9 12 DE MAYO DE 2006
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Objetivo General Incorporar al sector pesquero
artesanal como un actor relevante en el
desarrollo económico del país, competitivo,
diversificado, otorgando mayor valor agregado a
sus actividades productivas y de
comercialización, en coherencia con la
explotación racional de los recursos marinos
Principios
  • Participación
  • Descentralización
  • Sustentabilidad ambiental

42
FOMENTO PRODUCTIVO Y CAPACITACIÓN
43
(No Transcript)
44
(No Transcript)
45
(No Transcript)
46
(No Transcript)
47
  • FONDO NACIONAL DE CAPACITACION
  • FONCAP MICROEMPRESAS
  • 2004-2005

48
EMPRESAS Y PARTICIPANTES
1. Empresas que tengan una planilla anual de
remuneración imponible inferior a 45 UTM en el
año anterior al de postulación 2. 3 meses de
antigüedad desde su iniciación de actividades. 3.
No hacer uso de la FT (directa o indirecta en el
año en curso). 4. No tener infracciones graves de
carácter tributario o laboral en los 6 meses
anteriores a la postulación
1. Dueños y/o Socios que cumplan labores de
Administrador o Gerente. 2. Trabajadores
dependientes de las empresas. 3. Familiares del
propietario de la empresa, hasta el 4º grado de
consanguinidad
49
Levantamiento de la Oferta
  • Consejo Regional Capacitación
  • Seremis
  • Asociaciones gremiales
  • Sindicatos
  • Instituciones Públicas de Apoyo
  • Centros de Estudio
  • Universidades, CFT, IP
  • Determinación de Propuestas de Cursos
    Transversales
  • Buenas prácticas pesqueras
  • Comercialización
  • Acuicultura
  • Computación
  • Inglés
  • Administración de Empresas

Sence Regional
Sence Nacional
Cursos de Competencias Específicas
Cursos de Competencias Transversales
Consejo Nacional de Capacitación
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Principios de la Política Pesquera del Estado de
Chile
La política de Estado, en materia del
aprovechamiento de los recursos pesqueros, tiene
como principio fundamental el de la conservación
de los recursos hidrobiológicos y su medio
ambiente, resguardando el interés general del
país1. Consecuentemente, el objetivo
prioritario para el país, en el ámbito de los
recursos pesqueros y acuícolas, es asegurar el
desarrollo sustentable de la actividad para
beneficio de la sociedad en su conjunto. 1
Mensaje Nº 54-347/ del 7 de junio de 2002,
mediante el cual S.E. el Presidente de la
Republica inicia un proyecto de ley que modifica
la Ley General de Pesca y Acuicultura.
51
MEDIDAS DE ADMINISTRACIÓN PESQUERA
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MEDIDAS DE ADMINISTRACION PESQUERA
  • Veda biológica.
  • Prohibición de Captura temporal o permanente.
  • Fijación de cuotas temporales o permanentes.
  • Declaración de áreas especificas denominadas
    Parques Marinos.
  • Establecimiento de porcentaje de desembarque de
    especies como fauna acompañante.
  • Fijación de tamaños o pesos mínimos de extracción
    por especie en un área determinada.
  • Fijación de dimensiones y características de los
    artes y aparejos de pesca.

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MEDIDAS DE ADMINISTRACION (Cont.)
  • Vedas extractivas por especie en un área
    determinada.
  • Determinación de reservas marinas.
  • Medidas para la instalación de colectores u otras
    formas de captación de semillas en bancos
    naturales.
  • Áreas de Manejo (AMERB).
  • Régimen Bentónico de Extracción.
  • Régimen Artesanal de Extracción (RAE).

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Proyecto de Ley para la primera venta mediante
subasta pública
  • Artículo.....- La primera venta de las capturas
    efectuadas por la pesca artesanal de recursos
    hidrobiológicos sujetos a cuota anual deberá ser
    hecha en subasta pública. Se exceptúan las
    capturas destinadas a la venta al detalle para el
    consumo nacional en fresco.
  • La oferta de productos de la pesca podrá
    realizarse en presencia física de esos productos,
    o por comunicación efectuada desde la embarcación
    artesanal en el viaje a puerto y dirigida a la
    entidad autorizada. Las entidades autorizadas
    deberán garantizar la transparencia en todo el
    proceso de subasta y dar publicidad a los precios
    alcanzados en las transacciones diarias.
  • Por decreto supremo, el Ministerio de Economía,
    Fomento y Reconstrucción, establecerá los
    procedimientos y las condiciones mínimas para las
    subastas, así como los requisitos que deberá
    cumplir la entidad autorizada para efectuar tales
    subastas en cada puerto de desembarque, o caleta
    o agrupación de caletas
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