Title: Diapositiva 1
1Modificaciones al Reglamento de
Compras Públicas Octubre 2009
2Objetivos
- Profundización de la transparencia
- Facilitar procesos de adquisiciones
- Ampliar mercado compras públicas
- Implementación de ley 20238
- Compromisos OCDE
- Regulación especial para servicios
3Profundización de la transparencia
- Cotizaciones a través del sistema (art. 7 bis)
- RFI (art.13bis)
- Compras mayores 1000 UTM vía CM (art. 14 bis)
- Bases deben proporcionar máxima información con
tiempos oportunos e informar fecha de
adjudicación y razones de incumplimiento (art. 20
y 41) - Comisión evaluadora (arts. 22 y 37)
4- Especificación de criterios de evaluación ,
factores, subfactores , ponderaciones y (art.
38) - Regulación de contacto con oferentes durante la
evaluación entrevistas, visitas a terreno,
presentaciones , etc. ( art. 39)
5Facilitar tramitación de procesos de
adquisiciones
- Nuevas causales de trato directo sin cotización
art. 10 N7 - Servicios estratégicos
- Compras menores a 100 UTM cuando costo de
evaluación es desproporcionado en relación a
monto contrato. - Compras y contrataciones para proyectos
específicos de docencia, investigación y
extensión.
6- Licitaciones públicas desiertas sin oferentes u
ofertas inadmisibles - Servicios especializados menores a 1000 UTM
- Contrataciones menores a 10 UTM
- Se excluyen del Sistema pagos de consumos básicos
( art. 53)
7- Se recoge principio de economía procedimental Se
evitará hacer exigencias meramente formales,
(art. 20). - No exigencia de documentación existente en
Registro de Proveedores (art. 66) - Se permite recepción de antecedentes o
certificaciones durante evaluación (art. 40)
8Ampliar mercado compras públicas
- Garantía de seriedad
- Ponderación de riesgo involucrado para determinar
exigencia de garantía de seriedad en licitaciones
menores a 1000 UTM (art.31) - Plazo de 10 días para devolución de garantía de
seriedad desde notificación de desestimación de
la oferta (art. 43).
9Ampliar mercado compras públicas
- Garantía de cumplimiento (art. 68)
- Valor de garantía asociado a monto efectivamente
caucionado. - Posibilidad de garantizar mediante más de un
instrumento financiero de la misma naturaleza por
monto total.
10Ampliar mercado compras públicas
- Se restringe inhabilidad por deudas tributarias
- Deuda superior a 500 UTM más de un año
- Deuda superior a 200 e inferior a 500 UTM por
más de 2 años
11Implementación de ley 20238
- Manual de procedimiento para custodia, mantención
y control de vigencia de garantías ((art. 4). - Especificar en bases medios para acreditar si el
adjudicado registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
(art. 22) - Garantía de cumplimiento cauciona pago de
obligaciones laborales y sociales en caso
prestación ss. (arts. 22, 68 y 72)
12Implementación de ley 20238
- Se desarrolla criterio para evaluar mejores
condiciones de empleo o remuneración (art. 38). - Se agrega causal término anticipado de contrato,
por registrar saldos insolutos de remuneraciones
o cotizaciones seguridad social (art. 77). - Nueva causal de inhabilidad del Registro art 4
ley
13Compromisos OCDE
- Registro de Proveedores (art. 92)
- Nuevas inhabilidades haber sido condenados por
delitos de cohecho, presentación de documentación
falsa al Registro, haber sido declarado en
quiebra, haber sido eliminado del registro o
encontrarse suspendido - Se elimina causales de inhabilidad referentes a
infracciones a la libre competencia e
incumplimiento de contrato con alguna entidad
14Regulación especial para servicios
- Definición contratos de Servicios
- Aquél mediante el cual las Entidades de la
Administración del Estado, encomiendan a una
persona natural o jurídica, la ejecución de
tareas, actividades o la elaboración de productos
intangibles. Un contrato será considerado
igualmente de servicios cuando el valor de los
bienes que pudiese contener sean inferiores al
cincuenta por ciento del valor total o estimado
del contrato. - Los servicios se clasifican en generales y
personales.
15Regulación especial para servicios
Propiamente tales
aquéllos que en su ejecución demandan un
intensivo desarrollo intelectual.
Especializados
Aquéllos para cuya realización se requiere una
preparación especial, en una determinada ciencia,
arte o actividad, de manera que quien los provea
o preste, sea experto, tenga conocimientos, o
habilidades muy específicas. Generalmente, son
intensivos en desarrollo intelectual, inherente a
las personas que prestarán los servicios, siendo
particularmente importante la comprobada
competencia técnica para la ejecución exitosa del
servicio requerido
16Regulación servicios especializados
- Licitación pública con fases, (art. 107)
- Preselección
- Presentación de ofertas por preseleccionados.
- Negociación
- Adjudicación
- Trato directo contrataciones menores a 1000 UTM,
con resolución fundada que justifique
especialidad del servicio e idoneidad técnica y
tramitación especial.
17- Vigencia diferida, 120 días para
- Servicios
- Procedimiento de control de garantías
- Cotizaciones
- RFI
- Compras vía CM sobre 1000 UTM
- Información de plazo de adjudicación
- Nuevas Inhabilidades
18 19Reglamento de Compras Públicas