Title: FIRMA DIGITAL
1Cuarto Foro Internacional sobre la Notarización y
las Apostillas Electrónicas y Pruebas Digitales
May 2730, 2008 New Orleans, Louisiana, USA
Situación de la República Argentina
Not. Walter César Schmidt - Not. Carlos AgustÃn
Saenz Not. Guillermo Alvarez Argentina
2Datos y ubicación geográfica
- La Argentina, ubicada en el extremo sur de
América del Sur, posee una superficie de
3.761.274 km.2, con una extensión de norte a sur
de 4500 km. aproximadamente y de este a oeste de
1.300 km. aproximadamente. - El sistema de gobierno es republicano y se
encuentra dividida en 24 jurisdicciones o estados
(23 provincias o estados, y la ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la cual es, además, la Capital del
paÃs.)
3Situación Legislativa
- A partir de 1997 se implementa uso de Firma
Digital en la Administración Publica. - 11/12/2001 Ley 25.506 Regula el uso de la Firma
Digital. Reconoce las firmas electrónicas y las
diferencia de la firma digital (sistema de clave
pública). - 19/12/2002 Decreto 2628/02 reglamentario de la
Ley 25.506. Entre otros elementos destacables,
su art. 5 reconoce la certificación digital de
documentos electrónicos. - Año 2003 Decreto 1028 Otorga a la Oficina
Nacional de TecnologÃas de la Información (ONTI),
la responsabilidad de intervenir en la definición
de las normas y procedimientos reglamentarios del
régimen de firma digital establecido en la Ley Nº
25.506 de Firma Digital
4Situación Legislativa
- 07/02/2007 La ONTI mediante la Decisión
Administrativa 6 establece el marco normativo de
firma digital aplicable al otorgamiento y
revocación de las licencias a los certificadores
que asà lo soliciten. - 13/11/2007 La ONTI mediante la Resolución 63 y
64 aprueba la polÃtica de certificación de la
Autoridad Certificante RaÃz de la República
Argentina y su procedimiento operativo.
5CaracterÃsticas principales
- Arts 1 y 2 Reconoce el uso de la Firma Digital
(FD) y define sus caracterÃsticas, asimilándolas
indirectamente al sistema de clave pública - Art 3 El requisito de la firma, queda cubierto
por la aplicación de FD con idénticas
consecuencias que el de la firma ológrafa - Art 5 Firma electrónica. Igual plataforma
tecnológica, pero sin licenciamiento.
6continuación
- Art 4. Exclusiones. No es aplicable a
- Disposiciones por causa de muerte
- Actos del Derecho de Familia
- Actos personalÃsimos
- Actos cuyas exigencias o formalidades sean
incompatibles, por disposiciones legales o
acuerdo de partes (Se desprende la exclusión de
su uso para las escrituras públicas)
7Documento Electrónico
- Art 6Representación digital de actos o hechos
con independencia de su soporte.Conforme a la
ley satisface el requerimiento de escritura.-
8AutorÃa e Integridad
- Art 7. AutorÃa.La aplicación de FD a un
documento genera la presunción de su autorÃa,
salvo prueba en contrario. - Art 8. Integridad.Una vez validada la FD, se
presume salvo prueba en contrario que el
documento no ha sido modificado desde el momento
de su firma
9Requisitos de validez
- Art. 9
- Certificado utilizado dentro del perÃodo de su
vigencia - Haber sido emitido por una Autoridad Certificante
Licenciada en los términos de la ley - Haber dado cumplimiento a los requisitos
establecidos en el procedimiento de solicitud del
certificado
10Conservación/Archivo
- Art 12.
- La exigencia legal de conservación de documentos
queda satisfecha con la conservación de los
documentos digitales firmados digitalmente - Requisitos
- Ser accedidos posteriormente
- Determinar fehacientemente origen, destino, fecha
y hora de generación, envÃo o recepción
11Iniciativas Notariales
- XXXII Jornada Notarial Bonaerense (BahÃa Blanca
1999)Dentro de sus conclusiones se propuso la
creación de una Autoridad Certificadora Notarial
en cabeza del Consejo Federal, y proyectar una
Intranet Notarial. - Comisión de Seguimiento de las Jornadas
Bonaerenses se realiza proyecto de dictado de
cursos para capacitar al notariado en el uso de
tecnologÃas informáticas, a dictarse durante el
año 2000. - III Asamblea del Consejo Federal del año 1999
Tucumán-Se aprueba la conclusión de la Jornada
Bonaerense, y se crea la Comisión de Firma
Digital en dicho Consejo, integrada por Nots del
Colegio de Capital Federal y de la Provincia de
Bs As. - I Asamblea del Consejo Federal del año 2000
Chaco-La Comisión de FD presenta el proyecto de
creación de la Autoridad Certificadora, el cual
es aprobado por unanimidad. - III Asamblea CFNA-Bs As. Dic 2002. Se aprueba
firma de contrato con Certisur SA, para
implementación de Autoridad Certificante Notarial
en cabeza del mencionado Consejo - Febrero 2003 se firma el contrato entre el CFNA y
Certisur S.A. para implementar una AC en cabeza
del CFNA para el notariado de todo el paÃs.
Operativa hasta 2005.-
12Usos y servicios
- Relaciones con Organismos vinculados a la
actividad notarial (Registro de la Propiedad
Inmueble, Dirección Provincial de Rentas,
Dirección Provincial de Catastro) - Registro Nacional de Actos de Ultima Voluntad
- Registros propios de los Colegios Notariales
(Testamentos, Rubrica de Libros de Consorcios,
Actos de Autoprotección) - Solicitud de Copia Simple Electrónica en los
Archivos de Protocolos. - Circuitos administrativos internos de los
Colegios con sus delegaciones y con los notarios.
13 El Notario Argentino
- El notario es un profesional del derecho.
- Ejerce una función pública.
- Nombrado por el Estado
- Confiere autenticidad a los actos y negocios
jurÃdicos contenidos en los documentos que
redacta - Aconseja y asesora a los requirentes de sus
servicios. - Ejerce funciones de colaboración con el Estado
Nacional y Provincial a través de la retención de
impuestos y de la información de cada una de las
operaciones que se instrumentan, mediante la
información del monto, forma de pago, partes
intervinientes, datos de los inmuebles u objeto
del acto, etc.
14El Notario Argentino
- Frente al Estado Nacional y/o Provincial la
responsabilidad del Notario, por las deudas
fiscales, es solidaria con las partes
intervinientes.
15Documento firmado digitalmente y el Notario
- El documento electrónico puede ser firmado
digitalmente en presencia o no de un escribano. - El documento electrónico firmado digitalmente es
un instrumento privado. - Si bien la presencia del notario no es necesaria,
es aconsejable desde todo punto de vista - La presencia del notario garantiza la legalidad
del documento a firmar, la identidad del
firmante, la facultad del firmante para la
suscripción del documento, la pertenencia de la
firma y principalmente que la manifestación de
voluntad del firmante no ha sido viciada, es
decir no ha sido dada por error, dolo o violencia
16Aplicaciones a nivel nacionalADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
- Sistema de Control de Retenciones (SICORE).
- Cruzamiento Informático de Transacciones
Importantes (CITI). - Residentes en el paÃs prestadores de servicios
con sujetos o entes del exterior Terceros
Intervinientes. - Impuesto a la Transferencia de Inmuebles
(verificación electrónica de Certificados de No
Retención). - Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles
(COTI) verificación electrónica del mismo. - Verificación electrónica de las Claves únicas de
Identificación Tributarias (CUIT). - Consulta de normativa vÃa web
17Aplicaciones de la Provincia de Buenos
AiresAgencia de Recaudación de la Provincia de
Bs As
Nuclea a la Dirección de Rentas y a la Dirección
de Catastro de la Provincia
- Presentación de la Declaración Jurada del
Impuesto de Sellos y Aportes Notariales mediante
aplicativo de Sistema de Presentaciones de
Escribanos (SIPRESBA). - Liquidación y Liberación de deudas del Impuesto
inmobiliario via web. - Sistema de Registro de Titulares (SIRETIT) a
nivel fiscal. - Consulta de Disposiciones Normativas en lÃnea.
- Consulta de datos catastrales de inmuebles.
- Certificado Catastral Electrónico (totalmente
despapelizado). - Seguimiento de trámites en lÃnea.
18Aplicaciones de la Provincia de Buenos
AiresRegistro de la Propiedad Inmueble
- Consulta de Disposiciones Técnico Registrales.
- Consulta de estado de trámite.
- Consulta del Vademecum de asientos registrales
- Informes de anotaciones personales.
- Informe de frecuencia 90 dÃas.
- Sistema informático para confección de minutas de
inscripción (actualmente no desarrollada la etapa
de envÃo electrónico).
19Aplicaciones de la Provincia de Buenos
AiresDirección de Personas JurÃdicas
(Inscripción de Sociedades Civiles y Comerciales)
- Consulta de Normativa aplicable.
- Consulta de estado de trámite.
- Formularios on line para el reempadronamiento de
Sociedades (Actualmente en estado de desarrollo)
20Aplicaciones del Colegio de Escribanos de la
Provincia de Buenos Aires
- Copia simple electrónica del Archivo de
Actuaciones Notariales (utiliza firma electrónica
en documentos pdf) - Verificación de folios de actuación notarial.
- Formulario para el pago de la tasa registral del
Registro de la Propiedad. - Formulario para el pago de Tasas Catastrales.
- Convenio con la Dirección Nacional del Registro
de la Propiedad Automotor para que los Registros
del paÃs realicen la verificación de folios de
actuación notarial. (Actualmente en etapa de
prueba)
21Tratativas y proyectos a corto y mediano plazo
- El Registro de la Propiedad Inmueble comenzarÃa
la digitalización de las matrÃculas de los
inmuebles (aproximadamente 10.000.000 de
imágenes) para expedir certificado de dominio en
forma digital. - Nos encontramos en tratativas de desarrollar un
único aplicativo notarial que permita la
interrelación con el Estado Nacional y
Provincial, a los efectos de brindarles toda la
información solicitada. (Actualmente dicha
información es requerida a través de distintos
aplicativos que requieren una doble o triple
carga de datos).