Title: CICLO DE CONFERENCIAS SOBRE AUTOMATIZACI
1CICLO DE CONFERENCIAS SOBRE AUTOMATIZACIÓN E
INGENIERÍA
LA SECCIÓN DE AHORRO DE ENERGÍA (HE), EN EL NUEVO
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. IMPLICACIONES
UNIVERSIDADE DE VIGO E.T.S. de INGENIEROS
INDUSTRIALES
- Bernardo Parajó
- Vigo, 23 de octubre de 2006
2ÍNDICE
- CONTEXTO ENERGÉTICO
- DIRECTIVA 2002/91 CE del Parlamento Europeo y del
Consejo de 16 de diciembre de 2002 relativa a la
eficiencia energética de los edificios. - REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que
se aprueba el Código Técnico de la Edificación. - DOCUMENTO BÁSICO HE Ahorro de energía
- Sección HE 1. Limitación de demanda energética.
- Fundamentos técnicos
- Desarrollo de la sección
- Sección HE 3. Eficiencia energética de las
instalaciones de iluminación. - Fundamentos técnicos
- Desarrollo de la sección
- Sección HE 4. Contribución solar mínima de agua
caliente sanitaria. - Fundamentos técnicos
- Desarrollo de la sección
- Sección HE 5. Contribución fotovoltaica mínima de
energía eléctrica. - Fundamentos técnicos
- Desarrollo de la sección
3CONTEXTO ENERGÉTICO
- CONSUMO ENERGÉTICO
- Mayor consumo de energía de la que se necesita
- Consumo centrado en combustibles de origen fósil
- Agotamiento reservas
- Alta dependencia de países extractores
- Dificultad de abastecimiento
- Contexto energético mundial sensible e inestable
que encarece combustibles fósiles - Contaminación medioambiental
- OBJETIVOS DE LA POLÍTICA ENERGÉTICA
- Ahorro y eficiencia energética
- Asegurar abastecimiento energético
- Reducir dependencia energética
- Reducción emisiones contaminantes causantes del
efecto invernadero - Quien contamina paga (quien conserva gana)
- Implantación progresiva de fuentes de energía
renovables
4CONTEXTO ENERGÉTICO EUROPEO
- Energía primaria
- Es la que se obtiene directamente de la
naturaleza sin ninguna transformación (petróleo,
carbón, fuentes renovables ) - Energía final
- Es la energía tal como se usa en los puntos de
consumo (electricidad, gasóleo, gasolina, gas
natural ) - Intensidad energética
- Es la relación entre la energía y el PIB. Es un
indicador de la eficiencia en el uso de la
energía.
LIBRO VERDE Hacia una estrategia europea de
seguridad del abastecimiento energético.
COM(2000) 769.
5CONTEXTO ENERGÉTICO
- LIBRO VERDE PRIORIDADES PARA EL MAÑANA
- Es posible conseguir importantes ahorros
energéticos en los edificios con una mayor
utilización de las tecnologías de ahorro
energético disponibles y económicamente viables. - Se puede reducir la utilización de energía en los
edificios en al menos una quinta parte (40
Mtep/año). Esto es equivalente a - 10 de las importaciones netas de productos
petrolíferos de la U.E. - 20 del compromiso de reducción de emisiones de
GEI contraído por la U.E. en Kioto. - La Comisión propondrá una normativa sobre el
ahorro energético en la edificación - Instauración reglamentaria de umbrales de ahorro
energético en los edificios. - Implantación de certificados energéticos
uniformizados permitiría la entrada de la
variable energética en el mercado inmobiliario - Fomentar la integración de las energías
renovables en las nuevas construcciones.
6CONTEXTO ENERGÉTICO EUROPEO
- Consumo de energía final por sectores (2001)
Consumo de energía primaria (2003)
Dependencia energética 70
Dependencia energética 70
7CONTEXTO ENERGÉTICO
- EL PROTOCOLO DE KIOTO
- Toma como base la situación de las emisiones de
gases causantes del efecto invernadero en 1990. - Las actividades energéticas son responsables de
más del 80 de las emisiones de gases causantes
del efecto invernadero.
Los objetivos deben ser alcanzados antes de 2008
y mantenidos hasta 2012
EN ESPAÑA AUMENTARON LAS EMISIONES EN MÁS DE UN
40 DESDE 1990
8ALGO MUCHO MÁS AMPLIO DESARROLLO SOSTENIBLE
- CONCEPTO
- SATISFACCIÓN DE LAS AUTENTICAS NECESIDADES
HUMANAS. - A LA TOTALIDAD DE LA HUMANIDAD.
- SIN COMPROMETER EL BIENESTAR DE LAS GENERACIONES
FUTURAS. - PRINCIPIOS
- ADMISIÓN DE LOS LÍMITES
- NO ES POSIBLE UN CRECIMIENTO ILIMITADO EN UN
MEDIO LIMITADO. - RECURSOS RENOVABLES.
- LA TASA DE EMPLEO DE LOS RECURSOS RENOVABLES NO
PUEDE EXCEDER LA TASA DE RENOVACIÓN DEL RECURSO. - RESIDUOS.
- LA TASA DE VERTIDOS DE RESIDUOS NO PUEDE EXCEDER
A LA TASA DE RECUPERACIÓN DEL MEDIO. - RECURSOS NO RENOVABLES.
- LA TASA DE EMPLEO DE RECURSOS NO RENOVABLES NO
PUEDE EXCEDER LA CAPACIDAD DE RECICLADO
TECNOLÓGICO, A NO SER QUE SE ENCUENTRE UN RECURSO
SUSTITUTORIO.
9DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
10DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
- OBJETIVO
- Fomentar la eficiencia energética de los
edificios de la Comunidad, teniendo en cuenta las
condiciones climáticas exteriores y las
particularidades locales, así como los requisitos
ambientales interiores y la relación
coste-eficacia. - Establece requisitos en relación con
- el marco general de una metodología de cálculo de
la eficiencia energética integrada de los
edificios - la aplicación de requisitos mínimos de eficiencia
energética de los edificios nuevos - la aplicación de requisitos mínimos de eficiencia
energética de grandes edificios existentes que
sean objeto de reformas importantes - la certificación energética de edificios, y
- la inspección periódica de calderas y sistemas de
aire acondicionado de edificios y, además, la
evaluación del estado de la instalación de
calefacción con calderas de más de 15 años.
11DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
- DEFINICIONES
- EDIFICIO una construcción techada con paredes en
la que se emplea energía para acondicionar el
clima interior puede referirse a un edificio en
su conjunto o a partes del mismo que hayan sido
diseñadas o modificadas para ser utilizadas por
separado, - EFICIENCIA ENERGÉTICA DE UN EDIFICIO la cantidad
de energía consumida realmente o que se estime
necesaria para satisfacer las distintas
necesidades asociadas a un uso estándar del
edificio, que podrá incluir, entre otras cosas,
la calefacción, el calentamiento del agua, la
refrigeración, la ventilación y la iluminación.
Dicha magnitud deberá quedar reflejada en uno o
más indicadores cuantitativos calculados teniendo
en cuenta el aislamiento, las características
técnicas y de la instalación, el diseño y la
orientación, en relación con los aspectos
climáticos, la exposición solar y la influencia
de construcciones próximas, la generación de
energía propia y otros factores, incluidas las
condiciones ambientales interiores, que influyan
en la demanda de energía, - ()
12DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
- ADOPCIÓN DE UNA METODOLOGÍA
- Los Estados miembros aplicarán, a escala nacional
o regional, una metodología de cálculo de la
eficiencia energética de los edificios, cuyo
marco general se expone en el anexo. () - La eficiencia energética de un edificio se
expresará de una forma clara y podrá incluir un
indicador de emisiones de CO2. - REQUISITOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
- Permite la distinción entre edificios nuevos y
edificios existentes, así como entre diferentes
categorías de edificios. - Los requisitos deberán tener en cuenta las
condiciones ambientales generales interiores,
para evitar posibles efectos negativos, como una
ventilación inadecuada, así como las
particularidades locales, el uso a que se destine
el edificio y su antigüedad. - Los Estados miembros podrán decidir no establecer
o no aplicar los requisitos a las siguientes
categorías de edificios - edificios y monumentos protegidos oficialmente
por ser parte de un entorno declarado o en razón
de su particular valor arquitectónico o
histórico, cuando el cumplimiento de tales
requisitos pudiese alterar de manera inaceptable
su carácter o aspecto, - edificios utilizados como lugares de culto y para
actividades religiosas, - construcciones provisionales con un plazo
previsto de utilización igual o inferior a dos
años, instalaciones industriales, talleres y
edificios agrícolas no residenciales de baja
demanda energética y edificios agrícolas no
residenciales que estén siendo utilizados por un
sector cubierto por un acuerdo nacional sectorial
sobre eficiencia energética, - edificios de viviendas que estén destinados a
utilizarse durante menos de cuatro meses al año, - edificios independientes con una superficie útil
total inferior a 50 m2.
13DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
- EDIFICIOS NUEVOS
- Los edificios nuevos deberán cumplir los
requisitos mínimos de rendimiento energético. - En los edificios nuevos con una superficie útil
total de más de 1 000 m2, se considerará la
viabilidad técnica, medioambiental y económica de
sistemas alternativos como - sistemas descentralizados de producción de
energía basados en energías renovables, - cogeneración (producción combinada de calor y
electricidad), - calefacción o refrigeración central o urbana,
cuando esta última esté disponible, - bombas de calor en determinadas condiciones,
- antes de que se inicie la construcción.
- EDIFICIOS EXISTENTES
- Cuando se efectúen reformas importantes en
edificios con una superficie útil total superior
a 1 000 m2, se mejorará su eficiencia energética
para que cumplan unos requisitos mínimos siempre
que ello sea técnica, funcional y económicamente
viable. - Los requisitos podrán establecerse, bien para el
conjunto del edificio reformado, o bien para los
sistemas o componentes reformados cuando sean
parte de una renovación que se lleva a cabo en un
período de tiempo limitado.
14DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
- CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
- Cuando los edificios sean construidos, vendidos o
alquilados, se pondrá a disposición del
propietario o, por parte del propietario, a
disposición del posible comprador o inquilino,
según corresponda, un certificado de eficiencia
energética. La validez del certificado no
excederá de 10 años. - Para las viviendas o para los locales destinados
a uso independiente situados en un mismo
edificio, la certificación podrá basarse - en una certificación única de todo el edificio,
en el caso de aquellos edificios que dispongan de
un sistema de calefacción centralizado, o - en la evaluación de una vivienda representativa
del mismo edificio. - El certificado de eficiencia energética de un
edificio deberá incluir valores de referencia
tales como la normativa vigente y valoraciones
comparativas, con el fin de que los consumidores
puedan comparar y evaluar la eficiencia
energética del edificio. El certificado deberá ir
acompañado de recomendaciones para la mejora de
la relación coste-eficacia de la eficiencia
energética. - El objetivo de los certificados se limitará al
suministro de información, y cualesquiera efectos
de los mismos en acciones judiciales o de otro
tipo se decidirán de conformidad con las normas
nacionales. - Los edificios con una superficie útil total
superior a 1 000 m2 ocupados por autoridades
públicas o instituciones que presten servicios
públicos a un número importante de personas y
que, por consiguiente, sean frecuentados
habitualmente por ellas, se exhiba, en lugar
destacado y claramente - visible por el público, un certificado energético
de antigüedad no superior a 10 años. - También podrán exhibirse claramente la gama de
temperaturas interiores recomendadas y las
registradas en cada momento y, en su caso, otros
factores climáticos pertinentes.
15DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
- INSPECCIÓN DE CALDERAS
- Obligatoriedad de inspección periódica de las
calderas que utilicen combustibles no renovables
líquidos o sólidos y tengan una potencia nominal
efectiva comprendida entre 20 y 100 kW. También
podrá aplicarse a calderas que utilicen otros
combustibles. - Las calderas con una potencia nominal efectiva de
más de 100 kW se inspeccionarán al menos cada dos
años. Para las calderas de gas, este período
podrá ampliarse a cuatro años. - Para calefacciones con calderas de una potencia
nominal efectiva de más de 20 kW y con más de 15
años de antigüedad, se establecerá una única
inspección de todo el sistema de calefacción - Los expertos asesorarán a los usuarios sobre la
sustitución de la caldera, sobre otras
modificaciones del sistema de calefacción y sobre
soluciones alternativas. Las inspecciones deberán
incluir la evaluación del rendimiento de la
caldera y de su capacidad comparada con la
demanda de calefacción del Edificio. - INSPECCIÓN DE LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO
- Obligatoriedad de inspección periódica de los
sistemas de aire acondicionado con una potencia
nominal efectiva superior a 12 kW. - La inspección incluirá una evaluación del
rendimiento del aire acondicionado y de su
capacidad comparada con la demanda de
refrigeración del edificio. Se asesorará
debidamente a los usuarios sobre la sustitución
del sistema de aire acondicionado, las mejoras
que se puedan aportar o sobre soluciones
alternativas.
16DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
- CERTIFICADORES E INSPECTORES INDEPENDIENTES
- La certificación energética de los edificios y la
redacción de las correspondientes
recomendaciones, así como la inspección de las
calderas y de los sistemas de aire acondicionado
se realicen de manera independiente por técnicos
cualificados o acreditados, tanto si actúan de
forma autónoma como si están contratados por
entidades públicas o empresas privadas. - TRANSPOSICIÓN
- Los Estados miembros pondrán en vigor las
disposiciones legales, reglamentarias y
administrativas necesarias para dar cumplimiento
a lo establecido en la presente Directiva a más
tardar el 4 de enero de 2006. - Debido a la escasez de especialistas cualificados
o acreditados, los Estados miembros podrán
disponer de un período adicional de tres años
para aplicar plenamente las disposiciones sobre - Certificado de eficiencia energética (art. 7)
- Inspección de las calderas (art. 8)
- Inspección de los sistemas de aire acondicionado
(Art. 9)
17DIRECTIVA 2002/91 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
- El Código Técnico de la Edificación transpone
parcialmente la Directiva 2002/91, en lo relativo
a los requisitos de eficiencia energética (art.
4), en edificios nuevos (art. 5) y edificios
existentes (art.6) - El certificado de eficiencia energética (art. 7)
quedará recogido en un futuro Real Decreto de
certificación energética de edificios de nueva
construcción. - La inspección de las calderas (art. 8) y la
inspección de los sistemas de aire acondicionado
se incluirán en la Revisión del Reglamento de
Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE)
18EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. R.D. 314/2006
19EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
- REAL DECRETO 314/2006 de 17 de marzo, por el que
se aprueba el Código Técnico de la Edificación - PARTE I
- Capítulo 1 Disposiciones generales
- Capítulo 2 Condiciones técnicas y
administrativas - Capítulo 3 Exigencias básicas
- ANEJO I Contenido del proyecto
- ANEJO II Documentación del seguimiento de la
obra - ANEJO III Terminología
- PARTE II Documentos Básicos
- DB SE Seguridad estructural
- DB SE-AE Seguridad estructural. Acciones en la
edificación - DB SE-C Seguridad estructural. Cimientos
- DB SE-A Seguridad estructural. Acero
- DB SE-F Seguridad estructural. Fábrica
- DB SE-M Seguridad estructural. Madera
- DB SI Seguridad en caso de incendio
- DB SU Seguridad de utilización
20EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. R.D. 314/2006
- Publicación BOE de 28 de marzo de 2006
- Entrada en vigor 29 de marzo de 2006
- Régimen de aplicación transitoria (derogación)
- 6 meses (29 de septiembre de 2006)
- NBE CT-79 Condiciones térmicas de los edificios
- NBE CPI-96 Condiciones de protección contra
incendios de los edificios - 12 meses (29 de marzo de 2007)
- NBE AE-88 Acciones en la edificación
- NBE FL-90 Muros resistentes de fábrica de
ladrillo - NBE EA-95 Estructuras de acero en edificación
- Normas básicas para las instalaciones interiores
de suminsitro de agua
21EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. R.D. 314/2006
- Régimen de aplicación transitoria
- 6 meses (29 de septiembre de 2006)
- DB SI Seguridad en caso de incendio
- DB SU Seguridad de utilización
- DB HE Ahorro de energía
- 12 meses (29 de marzo de 2007)
- DB SE Seguridad estructural
- DB SE-AE Seguridad estructural. Acciones en la
edificación - DB SE-C Seguridad estructural. Cimientos ()
- DB SE-A Seguridad estructural. Acero ()
- DB SE-F Seguridad estructural. Fábrica ()
- DB SE-M Seguridad estructural. Madera ()
- DB HS Salubridad (Higiene, salud y protección
del medio ambiente) - () Aplicación conjunta con DB SE y DB SE-AE
22EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. PARTE I
23EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. PARTE I
- Capítulo 1. Disposiciones generales
- Artículo 1. Objeto
- Desarrolla los reguisitos básicos de Seguridad y
Habitabilidad (Ley 38/1999, de Ordenación de la
Edificación) - Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Obras de edificación de nueva construcción
- Obras de ampliación, modificación, reforma o
rehabilitación - Artículo 3. Contenido del CTE
- Artículo 4. Documentos Reconocidos y Registro
General del CTE - Documentos técnicos, sin carácter reglamentario,
que cuenten con el reconocimiento del Ministerio
de Vivienda - Existirá un registro público
- Capítulo 2. Condiciones técnicas y
administrativas - Artículo 5. Condiciones generales para el
cumplimiento del CTE - Soluciones técnicas basadas en los DB opción
prescriptiva - Soluciones alternativas opción prestacional
- Artículo 6. Condiciones del proyecto
- Artículo 7. Condiciones en la ejecución de las
obras - Artículo 8. Condiciones del edificio
- Plan de mantenimiento del edificio
24EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. PARTE I
- Capítulo 3. Exigencias básicas
- Artículo 9. Generalidades
- Artículo 10. Exigencias básicas de seguridad
estructural (SE) - Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en
caso de incendio (SI) - Artículo 12. Exigencias básicas de seguridad de
utilización (SU) - Artículo 13. Exigencias básicas de salubridad
(HS) Higiene, salud y protección del medio
ambiente - Artículo 14. Exigencias básicas de protección
frente al ruido (HR) - Artículo 15. Exigencias básicas de ahorro de
energía (HE) - OBJETIVO Conseguir un uso racional de la energía
necesaria para la utilización de los edificios,
reduciendo a límites sostenibles su consumo y
conseguir asimismo que una parte de este consumo
proceda de fuentes de energía renovable. - ESPECIFICA parámetros objetivos y procedimientos
cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las
exigencias básicas y la superación de los niveles
mínimos de calidad propios del requisito básico
de ahorro de energía. - Exigencia básica HE 1 Limitación de demanda
energética - Los edificios dispondrán de una envolvente de
características tales que limite adecuadamente la
demanda energética necesaria para alcanzar el
bienestar térmico en función del clima de la
localidad, del uso del edificio y del régimen de
verano y de invierno, así como por sus
características de aislamiento e inercia,
permeabilidad al aire y exposición a la radiación
solar, reduciendo el riesgo de aparición de
humedades de condensación superficiales e
intersticiales que puedan perjudicar sus
características y tratando adecuadamente los
puentes térmicos para limitar las pérdidas o
ganancias de calor y evitar problemas
higrotérmicos en los mismos. - Exigencia básica HE 2 Rendimiento de las
instalaciones térmicas - Los edificios dispondrán de instalaciones
térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el
bienestar térmico de sus ocupantes, regulando el
rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta
exigencia se desarrolla actualmente en el vigente
Reglamento de Instalaciones Térmicas en los
Edificios, RITE, y su aplicación quedará definida
en el proyecto del edificio.
25EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. PARTE I
- Exigencia básica HE 3 Eficiencia energética de
las instalaciones de iluminación - Los edificios dispondrán de instalaciones de
iluminación adecuadas a las necesidades de sus
usuarios y a la vez eficaces energéticamente
disponiendo de un sistema de control que permita
ajustar el encendido a la ocupación real de la
zona, así como de un sistema de regulación que
optimice el aprovechamiento de la luz natural, en
las zonas que reúnan unas determinadas
condiciones. - Exigencia básica HE 4 Contribución solar mínima
de agua caliente sanitaria - En los edificios con previsión de demanda de agua
caliente sanitaria o de climatización de piscina
cubierta, en los que así se establezca en este
CTE, una parte de las necesidades energéticas
térmicas derivadas de esa demanda se cubrirá
mediante la incorporación en los mismos de
sistemas de captación, almacenamiento y
utilización de energía solar de baja temperatura
adecuada a la radiación solar global de su
emplazamiento y a la demanda de agua caliente del
edificio. Los valores derivados de esta exigencia
básica tendrán la consideración de mínimos, sin
perjuicio de valores que puedan ser establecidos
por las administraciones competentes y que
contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las
características propias de su localización y
ámbito territorial. - Exigencia básica HE 5 Contribución fotovoltaica
mínima de energía eléctrica - En los edificios que así se establezca en este
CTE se incorporarán sistemas de captación y
transformación de energía solar en energía
eléctrica por procedimientos fotovoltaicos para
uso propio o suministro a la red. Los valores
derivados de esta exigencia básica tendrán la
consideración de mínimos, sin perjuicio de
valores más estrictos que puedan ser establecidos
por las administraciones competentes y que
contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las
características propias de su localización y
ámbito territorial. - ANEJO I. Contenido del proyecto
- ANEJO II. Documentación del seguimiento de la
obra - ANEJO III. Terminología
26EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. PARTE II
27DOCUMENTO BÁSICO HE Ahorro de energía
- El objetivo del requisito básico Ahorro de
energía consiste en conseguir un uso racional de
la energía necesaria para la utilización de los
edificios, reduciendo a límites sostenibles su
consumo y conseguir asimismo que una parte de su
consumo proceda de fuentes de energía renovable.
()
28DOCUMENTO BÁSICO HE Ahorro de energíaFundamentos
- El consumo de energía en los edificios
29DOCUMENTO BÁSICO HE Ahorro de energíaFundamentos
- LEY 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de
la Edificación. - Funcionalidad
- Seguridad
- Habitabilidad
- Salubridad
- Protección ruido
- Ahorro de Energía
- Código Técnico
- HE 1 Limitación de demanda energética
- HE 2 Rendimiento de las instalaciones térmicas
- HE 3 Eficiencia energética de las instalaciones
de iluminación - HE 4 Contribución solar mínima de agua caliente
sanitaria - HE 5 Contribución fotovoltaica mínima de energía
eléctrica
30DOCUMENTO BÁSICO HE Ahorro de energíaFundamentos
- Ahorro de Energía en Edificios. Objetivo último
limitar el consumo total
EXPRESIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO
Calefacción Refrigeración ACS Iluminación
REDUCCIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO
31DOCUMENTO BÁSICO HE Ahorro de energíaFundamentos
Nivel 0 Nivel 1 Nivel 2
CTE
Demanda Rendimiento Demanda Rendimiento Cont.
Solar Rendimiento Cont. solar Rendimiento Cont.
Solar
HE1 HE2 HE1 HE2 HE4 HE2 HE5
HE3 HE5
Consumo Total
Calefacción Refrigeración Agua Caliente
Sanitaria Iluminación Uso general electricidad
32DOCUMENTO BÁSICO HE Ahorro de energíaFundamentos
Implicaciones de utilizar el nivel 2 sólo la
zona verde está permitida
33HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Por qué el edificio demanda energía de
calefacción y refrigeración?
Los flujos de calor no conducen de manera
espontánea a una situación de confort
34HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Demanda de calefacción y refrigeración, para
viviendas unifamiliares, en diferentes
poblaciones del estado.
35HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Demanda de calefacción y refrigeración, para
edificios de oficinas, en diferentes poblaciones
del estado.
36HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Aspectos que condicionan la demanda
- DEMANDA f ( Clima, Ubicación, Envolvente,
Condiciones operacionales y funcionales) - Envolvente forma (compacidad)
- orientación y vidriado
fachadas - características
constructivas - Ubicación acceso solar, control solar
37HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Contribución a la demanda de los cerramientos
opacos
38HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Contribución a la demanda de los cerramientos
semitransparentes
39HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Contribución a la demanda de los cerramientos
semitransparentes
Text
Tai
Factor solar
40HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Efecto de los obstáculos y elementos de control
solar factor solar modificado
41HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Estrategia general de la limitación de la demanda
- EN INVIERNO DEMANDA PÉRDIDAS GANANCIAS
- Limitar pérdidas (aislamiento)
- Promover ganancias (orientación ventanas,
inercia) - EN VERANO DEMANDA GANANCIAS PÉRDIDAS
- Limitar ganancias (control solar, modulación)
- Promover pérdidas (ventilación)
42HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Comportamiento general de los componentes de la
envuelta
Opacos
Semitransparentes
Inf./Vent.
Tai
43HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Comportamiento general de los componentes de la
envuelta
RÉGIMEN DE INVIERNO
Opacos
Semitransparentes
Inf./Vent.
Ganancias Brutas
Pérdidas
Limitar pérdidas ? reducir U, reducir V Promover
ganancias ? aumentar g
44HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Comportamiento general de los componentes de la
envuelta
RÉGIMEN DE VERANO
Neutro (excepto cubierta -ganancias)
Opacos
Neutro
Ganancias
Semitransparentes
Inf./Vent.
Neutro (excepto ventilación nocturna-pérdidas)
Limitar ganancias ? reducir g, reducir U en
cubiertas Promover pérdidas ? aumentar V durante
la noche
45HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Aislamiento en cerramientos opacos
46HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Aislamiento en medios semitransparentes vidrios
Tipo de vidrio U (W/m2K) Factor solar g
Vidrio simple claro 5.7 0.88
Vidrio doble claro 3.1 0.76
Vidrio doble bajo emisivo 2.5 0.71
Vidrio doble bajo emisivo 1.9 0.61
47HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Aislamiento en medios semitransparentes marcos
Tipo de Marco U W/m2K
Madera 2.50
Metálico 5.70
Metálico con Rotura de puente térmico 4.00
PVC (2 huecos) 2.20
PVC (3 huecos) 2.00
48HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Acceso solar y control solar (modificadores de
gI)
49HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Obstáculos remotos modifiacdores de gI
50HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Obstáculos de fachada modificadores de gI
51HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Control solar en medios semitransparentes
modificadores de gI
Absorbente
Reflectante
52HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Elementos exteriores de control solar
modificadores de gI
53HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- SEVERIDAD CLIMÁTICA
- Dos climas son idénticos cuando la demanda
energética de un edificio dado es la misma en
ambos climas. - Un clima es x veces más severo que otro cuando
la demanda energética de un edificio dado es x
veces mayor en el primero que en el segundo. - Si se divide la demanda energética de un edificio
dado en cada localidad por la demanda energética
en una localidad en concreto, obtenemos la
relación entre los climas de dichas localidades.
54HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
E1
D3
E1
Zonas Climáticas de Invierno
A3
B3
E1
B3
A3
Zonas Climáticas de Verano
55HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Fundamento
s técnicos
- Variación de la demanda con el clima
Todos construyen igual
CTE-HE1
Todos demandan lo mismo
56HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 1 Generalidades
- 1.1 Ámbito de aplicación
- Edificios de nueva construcción
- Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de
edificios existentes con una superficie útil
superior a 1000 m2 donde se renueve más del 25
del total de sus cerramientos. - Exclusiones
- aquellas edificaciones que por sus
características de utilización deban permanecer
abiertas - edificios y monumentos protegidos oficialmente
por ser parte de un entorno declarado o en razón
de su particular valor arquitectónico o
histórico, cuando el cumplimiento de tales
exigencias pudiese alterar de manera inaceptable
su carácter o aspecto - edificios utilizados como lugares de culto y para
actividades religiosas - construcciones provisionales con un plazo
previsto de utilización igual o inferior a dos
años - instalaciones industriales, talleres y edificios
agrícolas no residenciales - edificios aislados con una superficie útil total
inferior a 50 m2.
57HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 1 Generalidades
- 1.2 Procedimiento de verificación
- EN EL PROYECTO
- Opción simplificada (prescriptiva) comparación
de los parámetros característicos de los
cerramientos y particiones de la envolvente
térmica con los valores límite permitidos
(tabulados) de transmitancias y factores solares
modificados. - Opción general (prestacional) comparación de la
demanda energética del edifico respecto a un
edificio de referencia. Esta opción se realiza
mediante un programa normativo LIDER, que también
establece el edificio de referencia. - En ambos casos
- Se deben comprobar las condiciones de aplicación
de cada una de las opciones. - Se deben cumplir las limitaciones relativas a
condensaciones en la superficie y el interior de
los cerramientos y a las infiltraciones de aire - EN LA CONSTRUCCIÓN
- Controles durante la ejecución de la obra
- Control de obra terminada
58HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 2 Caracterización y cuantificación de las
exigencias - 2.1 Demanda energética
- Está limitada en función del clima de la
localidad (severidad climática) y de la carga
interna. - Será inferior a la de un edificio situado en la
misma localidad cuyas características de los
cerramientos y particiones interiores de la la
envolvente térmica sean loa valores límite de las
tablas (edificio de referencia) - Parámetros característicos
- Transmitancias térmicas
- Muros de fachada
- Cubiertas
- Suelos
- Cerramientos en contacto con el terreno
- Huecos
- Medianerías
- Factores solares modificados
- Huecos
- Lucernarios
- Evitar descompensaciones en la calidad térmica
entre diferentes espacios y particiones
interiores de la envolvente térmica. También con
zonas comunes no calefactadas.
59HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 2 Caracterización y cuantificación de las
exigencias - 2.1 Demanda energética
- Tablas de valores límite de los parámetros
característicos medios
60HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 2 Caracterización y cuantificación de las
exigencias - 2.2 Condensaciones
- CONDENSACIONES SUPERFICIALES
- Las condensaciones superficiales en los
cerramientos y particiones interiores que
componen la envolvente térmica del edificio, se
limitarán de forma que se evite la formación de
mohos en su superficie interior. Para ello, en
aquellas superficies interiores de los
cerramientos que puedan absorber agua o
susceptibles de degradarse y especialmente en los
puentes térmicos de los mismos, la humedad
relativa media mensual en dicha superficie será
inferior al 80. - CONDENSACIONES INTERSTICIALES
- Las condensaciones intersticiales que se
produzcan en los cerramientos y particiones
interiores que componen la envolvente térmica del
edificio serán tales que no produzcan una merma
significativa en sus prestaciones térmicas o
supongan un riesgo de degradación o pérdida de su
vida útil. Además, la máxima condensación
acumulada en cada periodo anual no será superior
a la cantidad de evaporación posible en el mismo
periodo.
61HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 2 Caracterización y cuantificación de las
exigencias - 2.3 Permeabilidad al aire
- La permeabilidad de las carpinterías de los
huecos y lucernarios de los cerramientos que
limitan los espacios habitables de los edificios
con el ambiente exterior se limita en función del
clima de la localidad en la que se ubican, según
la zonificación climática establecida en el
apartado 3.1.1. - La permeabilidad al aire de las carpinterías,
medida con una sobrepresión de 100 Pa, tendrá
unos valores inferiores a los siguientes - Para las zonas climáticas A y B 50 m3/(hm2)
- Para las zonas climáticas C, D y E 27 m3/(hm2).
62HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 3 Cálculo y dimensionado
- 3.1 Datos previos
- Zonificación climática (apéndice D)
- División de invierno A,B,C,D,E
- División de verano 1,2,3,4
- Clasificación de los espacios
- Habitables / No habitables
- Baja carga interna / Alta carga interna
- Clases de higrometría 3,4,5
- Definición de la envolvente térmica del edificio
y clasificación de sus componentes - La envolvente térmica del edificio, está
compuesta por todos los cerramientos que limitan
espacios habitables con el ambiente exterior
(aire o terreno u otro edificio) y por todas las
particiones interiores que limitan los espacios
habitables con los espacios no habitables que a
su vez estén en contacto con el ambiente
exterior.
63HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 3 Cálculo y dimensionado
- 3.2 Opción simplificada
- Aplicabilidad
- Cuando se cumplan simultáneamente las condiciones
siguientes - que el porcentaje de huecos en cada fachada sea
inferior al 60 de su superficie - que el porcentaje de lucernarios sea inferior al
5 de la superficie total de la cubierta. - Como excepción, se admiten porcentajes de huecos
superiores al 60 en aquellas fachadas cuyas
áreas supongan un porcentaje inferior al 10 del
área total de las fachadas del edificio. - Excluidos edificios con cerramientos formados por
soluciones constructivas no convencionales. - Conformidad con la opción (procedimiento de
aplicación) - Determinación de la zonificación climática
- Clasificación de los espacios del edificio
- Definición de la envolvente térmica y
cerramientos objeto - Comprobación del cumplimiento de las limitaciones
de permeabilidad al aire de las carpinterías de
los huecos y lucernarios de la envolvente térmica - Cálculo de los parámetros característicos de los
distintos componentes de los cerramientos y
particiones interiores - Limitación de la demanda energética
- Comprobación de que cada una de las
transmitancias térmicas de los cerramientos y
particiones interiores que conforman la
envolvente térmica es inferior al valor máximo
(tabla 2.1) - Cálculo de la media de los distintos parámetros
característicos para la zona con baja carga
interna y la zona de alta carga interna del
edificio - Comprobación de que los parámetros
característicos medios de la zona de baja carga
interna y la zona de alta carga interna son
inferiores a los valores límite (tablas 2.2) - En edificios de vivienda, limitación de la
transmitancia térmica de las particiones
interiores que separan las unidades de uso con
las zonas comunes del edificio
64HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
65HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 3 Cálculo y dimensionado
- 3.3 Opción general
- Edificio objeto el edificio tal cual ha sido
proyectado en geometría (forma y tamaño),
construcción y operación - Edificio de referencia tiene la misma forma y
tamaño del edificio objeto la misma zonificación
interior y el mismo uso de cada zona que tiene el
edificio objeto los mismos obstáculos remotos
del edificio objeto y unas calidades
constructivas de los componentes de fachada,
suelo y cubierta por un lado y unos elementos de
sombra que garantizan el cumplimiento de las
exigencias mínimas de demanda energética - Aplicabilidad
- La única limitación para la utilización de la
opción general es la derivada del uso en el
edificio de soluciones constructivas innovadoras
cuyos modelos no puedan ser introducidos en el
programa informático que se utilice. - Método de cálculo
- Programa LIDER
- Otros programas (documentos reconocidos)
66HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
Resultados en Pantalla
Ayuda en Pantalla
67HE 1. LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA.Desarrollo
de la sección
- 4 Productos de construcción
- 4.1 Características exigibles a los productos
- 4.2 Características exigibles a los cerramientos
y particiones - 4.3 Control de recepción en obra de productos
- 5 Construcción
- 5.1 Ejecución
- 5.2 Control de la ejecución de la obra
- 5.3 Control de la obra terminada
- Apéndice A Terminología
- Apéndice B Notaciones y unidades
- Apéndice C Normas de referencia
- Apéndice D Zonas climáticas
- Apéndice E Cálculo de los parámetros
característicos de la demanda - Apéndice F Resistencia térmica total de un
elemento de edificación homogéneas y heterogéneas - Apéndice G Condensaciones
- Apéndice H Fichas justificativas de la opción
simplificada
68HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- Q CANTIDAD DE LUZ (Energía luminosa)
- Flujo luminoso emitido en la unidad de tiempo
(lmh) - I INTENSIDAD LUMINOSA
- La intensidad luminosa de una fuente de luz es el
flujo emitido en una dirección por unidad de
ángulo sólido en esa dirección. - Su unidad es la candela (cd)
CANDELA (cd) Intensidad luminosa de una fuente
puntual que emite un flujo luminoso de un lumen
en un ángulo sólido de un estereorradián
(sr). Intensidad luminosa, en una dirección dada,
de una fuente que emite una radiación
monocromática de frecuencia 5401012 Hz y cuya
intensidad energética en dicha dirección es 1/683
watios por estereorradián.
69HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- F FLUJO LUMINOSO (Potencia luminosa)
- El flujo luminoso que produce una fuente de luz
es la cantidad total de luz emitida o radiada, en
un segundo, en todas las direcciones. - De una forma más precisa, se llama flujo luminoso
de una fuente a la energía radiada que percibe el
ojo medio humano según su curva de sensibilidad y
que transforma en luz durante un segundo. - Su unidad es el lumen (lm) es el flujo luminoso
de la radiación monocromática que se caracteriza
por una frecuencia de valor 5401012 Hz. y por un
flujo de energía radiante de 1/683 W. - Un watio de energía radiante de longitud de onda
de 555 nm en el aire equivale a 683 lm
aproximadamente. - e RENDIMIENTO LUMINOSO (Eficacia luminosa)
- Es la relación entre el flujo que emite y la
potencia eléctrica consumida para su obtención
(lm/W)
70HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- E ILUMINANCIA (Nivel de iluminación)
- La iluminancia o nivel de iluminación de una
superficie es la relación entre el flujo luminoso
que recibe la superficie y su área. - Lux (lx) iluminancia de una superficie que
recibe un flujo luminoso de un lumen, repartido
sobre un m2 de superficie. - L LUMINANCIA
- La luminancia de una superficie iluminada es el
cociente entre la intensidad luminosa de una
fuente de luz, en una dirección, y la superficie
de la fuente proyectada según dicha dirección. - Efecto de luminosidad que produce una superficie
en la retina del ojo, tanto si procede de una
fuente primaria que produce luz, como si procede
de una fuente secundaria o superficie que refleja
luz. - La luminancia es independiente de la distancia de
observación.
71HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
72HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- ? COEFICIENTE DE UTILIZACIÓN
- Relación entre el flujo luminoso recibido por un
cuerpo y el flujo emitido por una fuente luminosa.
? REFLECTANCIA Relación entre el flujo reflejado
por un cuerpo (con o sin difusión) y el flujo
recibido.
73HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- a ABSORTANCIA
- Relación entre el flujo luminoso absorbido por un
cuerpo y el flujo recibido.
t TRANSMITANCIA Relación entre el flujo luminoso
transmitido por un cuerpo y el flujo recibido.
74HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- Um FACTOR DE UNIFORMIDAD MEDIA
- Relación entre la iluminación mínima y la media,
de una instalación de alumbrado.
Ue FACTOR DE UNIFORMIDAD EXTREMA Relación entre
la iluminación mínima y máxima, de una
instalación de alumbrado.
75HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- Fm FACTOR DE MANTENIMIENTO
- Coeficiente que indica el grado de conservación
de una instalación.
Fpl factor de posición de la lámpara Fdl factor
de depreciación de la lámpara Ft factor de
temperatura Fe factor del equipo de
encendido Fc factor de conservación de la
instalación
76HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- DESLUMBRAMIENTO
- Reducción de la percepción visual o la
perturbación de la percepción debido a
luminancias altas o contrastes de luminancia de
un entorno visual. - Tradicionalmente, dos tipos
- Deslumbramiento perturbador (afecta a la visión).
- Deslumbramiento molesto (produce incomodidad,
pero no afecta a la visión). - El deslumbramiento molesto es mucho más
preocupante que el perturbador en los alumbrados
de interiores. - El deslumbramiento molesto depende de
- La luminancia producida por las fuentes de luz.
- El número y superficie de las fuentes de luz.
- El nivel de iluminancia general del entorno.
- La ubicación de las fuentes de luz dentro del
campo de visión. - Deslumbramiento unificado UGR (Unified Glare
Rating) nuevo método de evaluación del
deslumbramiento psicológico (molesto),
especialmente en el puesto de trabajo. - El deslumbramiento puede estar causado por la
propia fuente de luz (deslumbramiento directo) o
por reflexión de la fuente de luz
(deslumbramiento por reflejo).
77HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
Curvas de limitación de UGR
El rango de UGR varía desde 10 (Imperceptible)
hasta 31 (Intolerable)
78HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- MÉTODO DEL FLUJO TOTAL
- Índice del local
- Luminarias directas, semidirectas,
directas-indirectas y general difusa
A anchura (a) L longitud (b) h altura desde la
luminaria hasta el plano de trabajo
79HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- Factor de mantenimiento
- Depende del ambiente del trabajo (incluye la
depreciación de la lámpara, de la luminaria y de
las superficies del recinto)
- Factor de utilización
- Relación entre el flujo luminoso que llega al
plano de trabajo y el que emiten las lámparas.
Depende de varios factores nivel de iluminación,
sistema de alumbrado, luminarias, dimensiones del
local, reflexión (techos, paredes y suelo) y
factor de mantenimiento. - Los fabricantes aportan tablas características
para cada luminaria. En cada caso debe
comprobarse si está o no multiplicado por el
rendimiento de la luminaria (?), para su uso en
la fórmula de cálculo de alumbrado.
80HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
Ejemplo Tablas para la obtención del factor de
utilización
81HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
- F flujo luminoso total (lm)
- Ems iluminancia media en sevicio (lx)
- S superficie (m2)
- ? rendimiento de la luminaria
- fu factor de utilización
- fm factor de mantenimiento
- N número de lámparas
- FL flujo luminoso de la lámpara (lm)
El método del flujo total puede ser útil para
determinar de forma aproximada el número de
puntos de luz necesario, pero no permite calcular
parámetros de calidad de la instalación (cálculo
de luminancias, uniformidades y deslumbramiento)
PROGRAMAS INFORMÁTICOS PROPORCIONADOS POR LOS
FABRICANTES DE LAS LUMINARIAS
82HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Fundamentos técnicos
83HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Desarrollo de la sección
- 1 Generalidades
- 1.1 Ámbito de aplicación
- 1.2 Procedimiento de verificación
- 1.3 Documentación justificativa
- 2 Caracterización y cuantificación de las
exigencias - 2.1 Valor de Eficiencia Energética de la
Instalación - 2.2 Sistemas de control y regulación
- 3 Cálculo y dimensionado
- 3.1 Datos previos
- 3.2 Método de cálculo
- 4 Productos de construcción
- 4.1 Equipos
- 4.2 Control de recepción en obra de los productos
- 5 Mantenimiento y conservación
- Apéndice A Terminología
- Apéndice B Normas de referencia
84HE 3. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN.Desarrollo de la sección
- 1 Generalidades
- 1.1 Ámbito de aplicación
- 1. Iluminación interior en
- Edificios de nueva construcción
- Rehabilitación de edificios existentes con una
superficie útil superior a 1000 m2, donde se
renueve más del 25 de la superficie iluminada. - Reformas de locales comerciales y de edificios de
uso administrativo en los que se renueve la
instalación de iluminación. - 2. Se excluyen del ámbito de aplicación, aunque
se justificarán las soluciones adoptadas, en su
caso, para el ahorro de energía en la instalación
de iluminación. - Edificios y monumentos con valor histórico o
arquitectónico reconocido, siempre que el
cumplimiento de las exigencias de la HE-3,