Title: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y EL DESARROLLO LOCAL
1PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y EL DESARROLLO LOCAL
2Qué es la Municipalidad?
- La Municipalidad es
- El Órgano de Gobierno Local
- Una institución pública
- Un Órgano del Estado
- Uno de los tres niveles del gobierno subnacional
(Nacional, regional y local) dentro de un Estado
unitario
3Vamos a ver ahora la Misión y las Competencias de
la Municipalidad
- Municipalidad
- Órgano de gobierno local, cuya misión fundamental
es - Representar a los vecinos a los habitantes del
municipio. A TODOS a los niños y a las niñas
también. Escuchar las voces de los más débiles. - Promover el desarrollo local.
- Los Gobiernos locales
- Representan al Vecindario.
- Promueven la adecuada presentación de los
servicios públicos locales. - Y el desarrollo integral , sostenible y armónico
de su jurisdicción. Desarrollo INTEGRAL todos
los aspectos desde el desarrollo económico, la
infraestructura hasta derechos de los niños. - Articulo IV de la LOM 27972
4COMPETENCIAS
- PARA CUMPLIR O ALCANZAR A CUMPLIR ESTA MISION, LA
CONSTITUCIÓN Y LA LEY ORGÁNICA OTORGA A LAS
MUNICIPALIDADES DETERMINADAS COMPETENCIAS Y
FUNCIONES.
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9CUÁLES SON LAS PRINCIPALES MATERIAS DE
COMPETENCIA MUNICIPAL? Artículo 73 de la LEY
ORGANICA DE MUNICIPALIDADES
- ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO - USO DEL SUELO
- SERVICIOS PÚBICOS LOCALES
- PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DEL AMBIENTE
- DESARROLLO DE LA ECONOMÍA LOCAL
- PARTICIPACION VECINAL
- SERVICIOS SOCIALES LOCALES
- PREVENCIÓN, REHABILITACIÓN Y LUCHA CONTRA EL
CONSUMO DE DROGAS
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11AL INTERIOR DE ESTAS MATERIAS TIENEN LAS
SIGUIENTES COMPETENCIAS
12En el terreno de la organización del espacio
físico y del uso de suelo tienen las siguientes
competencias
- Zonificación
- Catastro urbano y rural
- Habilitación urbana
- Saneamiento físico legal de asentamientos humanos
- Acondicionamiento territorial
- Renovación urbana
- Infraestructura urbana o rural básica
- Vialidad
- Patrimonio histórico, cultural y paisajístico
13En el terreno de los servicios públicos locales
tienen las siguientes competencias
- Saneamiento ambiental, salubridad y salud.
- Tránsito, circulación y transporte público.
- Educación, cultura, deportes y recreación.
- Programas sociales, defensa y promoción de
derechos ciudadanos. - Seguridad ciudadana.
- Abastecimiento y comercialización de productos y
servicios. - Registros Civiles, en mérito a convenio suscrito
con el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, conforme a ley. - Promoción del desarrollo económico local para la
generación de empleo. - Establecimiento, conservación y administración de
parques zonales, parques zoológicos, jardines
botánicos, bosques naturales, directamente o a
través de concesiones. - Otros servicios públicos no reservados a
entidades de carácter regional o nacional
14En el terreno de la protección y conservación del
ambiente, las municipalidades son competentes
para
- Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los
planes y políticas locales en materia ambiental,
en concordancia con las políticas, normas y
planes regionales, sectoriales y nacionales. - Proponer la creación de áreas de conservación
ambiental. - Promover la educación e investigación ambiental
en su localidad e incentivar la participación
ciudadana en todos sus niveles. - Participar y apoyar a las comisiones ambientales
regionales en el cumplimiento de sus funciones. - Coordinar con los diversos niveles de gobierno
nacional, sectorial y regional, la correcta
aplicación local de los instrumentos de
planeamiento y de gestión ambiental, en el marco
del sistema nacional y regional de gestión
ambiental
15En materia de desarrollo y economía local
- Planeamiento y dotación de infraestructura para
el desarrollo local. - Fomento de las inversiones privadas en proyectos
de interés local. - Promoción de la generación de empleo y el
desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o
rural. - Fomento de la artesanía.
- Fomento del turismo local sostenible.
- Fomento de programas de desarrollo rural
16En materia de participación vecinal tienen las
siguientes competencias
- Promover, apoyar y reglamentar la participación
vecinal en el desarrollo local. - Establecer instrumentos y procedimientos de
fiscalización. - Organizar los registros de organizaciones
sociales y vecinales de su jurisdicción.
17En materia de servicios sociales locales sus
competencias son las siguientes
- Administrar, organizar y ejecutar los programas
locales de lucha contra la pobreza y desarrollo
social. - Administrar, organizar y ejecutar los programas
locales de asistencia, protección y apoyo a la
población en riesgo, y otros que coadyuven al
desarrollo y bienestar de la población. - Establecer canales de concertación entre los
vecinos y los programas sociales. - Difundir y promover los derechos del niño, del
adolescente, de la mujer y del adulto mayor
propiciando espacios para su participación a
nivel de instancias municipales.
18En el terreno de la prevención, rehabilitación y
lucha contra el consumo de drogas
- Promover programas de prevención y rehabilitación
en los casos de consumo de drogas y alcoholismo y
crear programas de erradicación en coordinación
con el gobierno regional. - Promover convenios de cooperación internacional
para la implementación de programas de
erradicación del consumo ilegal de drogas. - A iniciativa de la municipalidad se podrán
organizar comités multisectoriales de prevención
de consumo de drogas, con la participación de los
vecinos, con la finalidad de diseñar, monitorear,
supervisar, coordinar y ejecutar programas o
proyectos de prevención del consumo de drogas y
de conductas de riesgo en el ámbito local,
pudiendo contar para ello con la asistencia
técnica de la Comisión Nacional para el
Desarrollo y Vida sin Drogas DEVIDA.
19FUNCIONES DE LAS MUNICIPALIDES PROVINCIALES
20FUNCIONES EXCLUSIVASSALUD
- Regular y controlar el proceso de disposición
final de desechos sólidos, líquidos y
vertimientos industriales en el ámbito provincial
- Regular y controlar la emisión de humos, gases,
ruidos y demás elementos contaminantes de la
atmósfera y el ambiente
21FUNCIONES COMPARTIDAS EN SALUD
- Gestionar la atención primaria de Salud.
22FUNCIONES EN EDUCACIÓNTodas son compartidas
- Promover el desarrollo humano propiciando el
desarrollo de comunidades educadoras - Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo
de su jurisdicción - Promover la diversificación curricular,
incorporando contenidos significativos de su
realidad sociocultural - Monitorear la gestión pedagógica y administrativa
de las instituciones educativas bajo su
jurisdicción - Normar, coordinar y fomentar el deporte y la
recreación de la niñez
23PROGRAMAS SOCIALES
- Establecer canales de concertación entre las
instituciones que trabajan en defensa de derechos
de niños y adolescentes - Regular las acciones de las Defensorías
Municipales de los Niños y Adolescentes
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25RESUMEN
- Difundir y promover los derechos del niño, del
adolescente. - Normar, coordinar y fomentar el deporte y la
recreación de la niñez - Establecer canales de concertación entre las
instituciones que trabajan en defensa de derechos
de niños y adolescentes - Regular las acciones de las Defensorías
Municipales de los Niños y Adolescentes - Educación, deportes y recreación.
- Programas sociales, defensa y promoción de
derechos ciudadanos. - Organizar y ejecutar los programas locales de
asistencia, protección y apoyo a la población en
riesgo. - Organizar comités multisectoriales con la
finalidad de diseñar, monitorear, supervisar,
coordinar y ejecutar programas o proyectos de
prevención del consumo de drogas y de conductas
de riesgo.
26DELEGACION DE COMPETENCIAS Y FUNCIONES
ESPECÍFICAS
- Artículo 76
- Las municipalidades pueden delegar, entre ellas o
a otras entidades del Estado, las competencias y
funciones específicas exclusivas establecidas en
la presente ley, en los casos en que se
justifique la necesidad de brindar a los vecinos
un servicio oportuno y eficiente, o por economías
de escala. - Los convenios establecen la modalidad y el tiempo
de la delegación, así como las condiciones y
causales para su revocación. - Los convenios en materia tributaria se rigen por
ley especial. - La responsabilidad es indelegable.
27AVOCACIÓN
- Las municipalidades distritales, ante la falta de
cobertura o imposibilidad temporal de prestar
algún servicio público de su competencia, pueden
solicitar de manera excepcional a la
municipalidad provincial, cubrir de manera
temporal la demanda de dicho servicio público. El
servicio cubierto no deberá afectar la calidad ni
el costo del servicio de la municipalidad
demandante. - El concejo provincial o la asamblea
metropolitana, según sea el caso, determinan la
procedencia o no procedencia de la demanda y las
condiciones, tiempo y modo en que se ejercerá la
competencia por la municipalidad demandada. La
resolución puede ser objeto de recurso de
reconsideración.
28TRANSFERENCIA DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS
- Las transferencia de funciones a los gobiernos
regionales y locales se rige por la ley 28273
ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos
Regionales y Locales y su Reglamento aprobado
por el decreto supremo 080-PCM (16/11/04). - Se aprueban Planes Anuales y Quinquenales de
transferencias. El Plan Anual 2006 ha sido
aprobado por Decreto Supremo 21-2006-PCM,
publicado el 27 de abril de 2006. El Plan
Quinquenal de Transferencias Sectoriales
2006-2010 ha sido aprobado por Resolución
Presidencial 044-CND-P-2006 publicada el 19 de
mayo de 2006. - Se trata de un proceso lento, en el que se
transfieren programas y proyectos, no funciones
Comedores, Albergues, PAN TBC, etc. Véase El
Comercio del domingo 27 de agosto el Plan
Quinquenal y el Plan Anual de Transferencias. - El proceso de acreditación es formal y basado en
documentos. - La capacitación no ha sido eficiente.
- El nuevo gobierno, el nuevo CND, acelerará el
proceso?, se mantendrá el plan anual, el plan
quinquenal?
29PRESUPUESTO Y PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
30QUÉ ES EL PRESUPUESTO?
- PRE SUPUESTO
- PRESUPUESTO PÚBLICO
- INSTRUMENTO TÉCNICO O POLÍTICO?
- QUE SE PRESUPUESTA EN EL ESTADO?
- PRESUPUESTO VE INGRESO O GASTO?
- DEMANDA DE LA SOCIEDAD POLÍTICA PÚBLICA Y
GESTIÓN
31QUÉ ES EL PRESUPUESTO?
- Instrumento político porque se decide
políticamente las prioridades del gasto - Se aprueba mediante una ley y su ejecución y
control se basa en normas - La gestión tiene reflejo en el presupuesto
- Depende de lo económico-ingresos
32QUÉ ES EL PRESUPUESTO?
- Gasto público, gestión y gerencia.
- Reformas de los 90 no consideró gerencia de
gasto. - Qué está en juego en la formulación, debate y
aprobación del presupuesto? - Definición y ejecución de políticas pública
33PRESUPUESTO SEGÚN MEF
- En su concepción más moderna, el presupuesto es
un importante instrumento de programación
económica y social al posibilitar la
identificación de los objetivos que el Estado
pretende alcanzar. También es un instrumento de
administración pues constituye una "guía de
acción" que permite minimizar las decisiones
improvisadas. A nivel macroeconómico, el
presupuesto es el instrumento principal de la
política fiscal.1 Página de Transparencia del
Ministerio de Economía y Finanzas.
34MEF Y EL PRESUPUESTO
- El MEF a través de la DGPP tiene papel central en
el proceso previo de la preparación, antes de su
discusión en el seno del Congreso de la
República. - El MEF, diseña el marco financiero, las normas
fiscales y las proyecciones presupuestales
anuales por sector y por tipo de gasto con el fin
de mantener un control sobre el conjunto de la
asignación presupuestal a los sectores. - MEF sabe que una cosa es lo que se asigna y otra
cosa lo que en realidad se va otorgando o
desembolsando en ejercicio mismo del período
35MEF Y EL PRESUPUESTO
- Esta forma de preparar, aprobar y ejecutar el
presupuesto público reduce a los directivos
públicos a constituirse en guardianes del
presupuesto asignado o del gasto público. - Se cuida que no revierta al Tesoro Público, ni
que tampoco se ahorre, porque si se ahorra se
entiende como que no se necesita el recurso, y no
se toma en cuenta que se pudo ser más eficiente
con menores recursos - El ahorro no puede ser destinado para incrementar
el valor público en otras actividades porque
según como está diseñado el marco legal se puede
caer en malversación. Si no se ejecutó
adecuadamente o por el contrario, si por tu
eficiencia y eficacia lograste un ahorro se
devuelve al tesoro público. El ineficiente y el
eficiente, por el marco legal rígido que
poseemos, son tratados de la misma manera.
36FASES DEL PRESUPUESTO
- MEF entrega asignación presupuestal mediante
proyecto de ley en julio. - Se inicia proceso de Presupuesto Participativo
- Congreso tiene plazo hasta el 30 de noviembre
- Luego el pleno del Congreso recibe a los
titulares de pliego para sustentar el presupuesto
que requiere su sector.
37FONDO DEL PRESUPUESTO
- El Presupuesto Público es documento político
preparado bajo condiciones técnicas. - Lo que aparece visible son los números y sus
balances pero no son su esencia. - La verdadera razón del presupuesto público es la
discusión de las acciones públicas que se deberán
encarar durante el período correspondiente. - Lo fundamental del proceso es la preparación del
proyecto. - Por eso a nivel local y/o regional el
presupuesto participativo es central para la
priorización de la inversión y el gasto público.
38PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
- El Presupuesto Participativo es un instrumento de
política y a la vez de gestión, a través del cual
las autoridades regionales y locales, así como
las organizaciones de la población debidamente
representadas, definen en conjunto, cómo y a qué
se van a orientar los recursos, teniendo en
cuenta los Objetivos del Plan de Desarrollo
Estratégico o Institucional, según corresponda,
los cuáles están directamente vinculados a la
visión y objetivos del Plan de Desarrollo
Concertado.
39Quiénes Participan?
- Agentes Participantes Son los que participan,
con voz y voto, en la discusión y toma de
decisiones en el proceso del presupuesto
participativo. - Están integrados por los miembros del Consejo de
Coordinación Regional, Consejo de Coordinación
Local, los miembros de los Consejos Regionales y
Concejos Municipales, los representantes de la
Sociedad Civil
40Plan de Desarrollo Concertado
- Documento que orienta el desarrollo local y el
proceso del presupuesto participativo. - Tiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo
y objetivos estratégicos de la comunidad en
concordancia con los planes sectoriales y
nacionales. - Elaborado en un proceso participativo, concertado
y permanente, que promueva la cooperación entre
todos los actores, optimice el uso de los
recursos financieros, físicos y humanos, estimule
la inversión privada, las exportaciones y la
competitividad regional y local, propicie el
manejo sustentable de los recursos naturales,
para una efectiva lucha contra la pobreza. - El proceso de presupuesto participativo se
desarrolla en el marco de las orientaciones,
aportes y prioridades de los planes de desarrollo
concertado a nivel regional y local y, tomando en
cuenta los lineamientos de carácter nacional o
sectorial y los Planes Institucionales de las
entidades públicas que participan del proceso.
41Objetivos del P. Participativo
- Promover mejores condiciones económicas,
sociales, ambientales y culturales de vida y
fortalecer capacidades como base del desarrollo,
posibilitando acciones concertadas que refuercen
los vínculos de identidad, de pertenencia y las
relaciones de confianza. - Mejorar la asignación y ejecución de los recursos
públicos, de acuerdo a las prioridades
consideradas en los Planes de Desarrollo
Concertados y los Planes Sectoriales Nacionales - Reforzar la relación entre el Estado (G.Local) y
la sociedad civil, en el marco de un ejercicio de
la ciudadanía que utilice los mecanismos de
democracia directa y democracia representativa
generando compromisos y responsabilidades
compartidas.
42Proceso Participativo
- El Proceso Participativo se constituye en un
mecanismo de desarrollo - regional y local, a través de un conjunto de
acciones que incluye la participación de la
población en el proceso de toma de decisiones,
como elemento primordial. - Los productos más importantes del Proceso
Participativo son el Plan de Desarrollo
Concertado y el Presupuesto Participativo. - La planificación es un proceso en el cual se
formula y maneja instrumentos orientados al
desarrollo, así como definir cambios
transcendentales que conducirán a la Visión y a
la ejecución de Objetivos Estratégicos de mediano
y largo plazo, orientados a la mejora sustancial
y continua de la calidad de vida de las personas.
43Talleres de Trabajo
- Reuniones de Agentes Participantes convocadas por
los Presidentes Regionales y Alcaldes con la
finalidad de identificar desde una perspectiva
temática y territorial los problemas y las
potencialidades de la Región, Provincia o
Distrito así como también proponer acciones que
implementar. - En estos talleres de trabajo se definen también
los criterios de priorización para las acciones
propuestas con el fin de atenderlos en orden de
prioridad dadas las restricciones de recursos
presupuestarios existentes.
44Equipo Técnico
- Equipo Técnico Lo integran los profesionales y
técnicos de la Oficina de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del
Gobierno Regional los funcionarios de la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos
Locales de la Oficina de Programación e
Inversión en el Gobierno Regional y Local, o
quienes hagan sus veces - Puede estar integrado, además, por profesionales
con experiencia en temas de planeamiento y
presupuesto provenientes de la Sociedad Civil. - Es presidido por el jefe del área de Planeamiento
y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el
Gobierno Regional o Local y tiene la misión de
brindar soporte técnico en el desarrollo del
proceso del presupuesto participativo, así como
la de desarrollar el trabajo de evaluación técnica
45Taller de diagnóstico temático y territorial
- Los participantes, en reuniones con sus
representados y en reuniones de Agentes
Participantes, discuten y analizan la situación
de la Región o Provincia desde la perspectiva del
desarrollo social, económico y ambiental. - En los Talleres de Diagnóstico Territorial, se
identifican problemas y potencialidades en temas
relevantes de la jurisdicción tratando de abarcar
todos los ámbitos territoriales, preferentemente
en el nivel de Gobierno Local Distrital. - En estos talleres además, se sugieren acciones
para resolver problemas o aprovechar las
potencialidades. Asimismo, se señalan los
compromisos que están dispuestos a asumir las
organizaciones de la Sociedad Civil, organismos
públicos o la cooperación técnica internacional,
para la implementación de tales acciones.
46Talleres de definición de criterios o priorización
- Se discute y define los criterios para la
priorización de las acciones a implementar que
buscan resolver los problemas y aprovechar
potencialidades. - Los niveles de recursos que los G. Regionales o
Locales considerarán, de manera referencial, como
techos presupuestales, están constituidos por los
montos asignados en el año inmediato anterior. - Los G. Regionales y Locales ajustarán su
asignación de acuerdo a las cifras definitivas
que la Dirección General de Asuntos Económicos y
Sociales, en coordinación con el Consejo Nacional
de Descentralización, publicará a más tardar el
15 de mayo.
47Talleres de definición de criterios o priorización
- Definidos los techos presupuestales
referenciales, la determinación del monto
específico que se destinaría a las acciones
resultantes del proceso de presupuesto
participativo, es realizado por las Gerencias de
Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial del G. Regional o las Oficinas de
Planeamiento y Presupuesto de los G. Locales, o
la que haga sus veces, con la participación de
profesionales y técnicos de la Oficina de
Programación de Inversiones, o la que haga sus
veces en el G. Regional o Local. - El monto a orientar a las nuevas acciones
resultantes del proceso participativo será el
resultante de la deducción de las obligaciones y
teniendo en cuenta la realización de un proceso
de optimización organizacional y funcional de la
entidad, garantizando la cobertura de
obligaciones continuas, el mantenimiento de la
infraestructura existente y la atención de
proyectos en ejecución.
48Evaluación técnica de prioridades
- La realiza el Equipo Técnico y comprende la
evaluación y desarrollo técnico y financiero de
las propuestas de alternativas de acción
resultantes de los Talleres de Trabajo y de las
alternativas que sobre ellas sugiera el propio
Equipo Técnico, tendientes a resolver los
problemas identificados o al aprovechamiento de
las potencialidades encontradas en el
diagnóstico. - En los casos de Proyectos de Inversión Pública,
esta evaluación tendrá los mínimos de
preinversión requerido, según las normas que para
tal efecto dicta la Dirección General de
Programación Multianual. - La evaluación y desarrollo financiero de las
propuestas se realiza teniendo en cuenta los
recursos específicos determinados en las acciones
del proceso participativo, preservando siempre el
equilibrio entre los recursos disponibles y los
montos de recursos requeridos para la atención de
las necesidades.
49Formalización de Acuerdos
- Los resultados del proceso participativo
consolidados por el Equipo Técnico, incluyendo la
evaluación y el desarrollo técnico y financiero
de las propuestas, son presentados a los Agentes
Participantes para su discusión, consideración,
modificación y aprobación final. - Aprobados los acuerdos, los miembros de los CCL y
los Agentes Participantes formalizarán los
acuerdos suscribiendo el Acta. - Las acciones del proceso del presupuesto
participativo, que deberán ser incluidos, en caso
su financiamiento considere recursos públicos, en
la formulación del presupuesto institucional de
la entidad, constituyen el Presupuesto
Participativo del G. Regional o Local, y son
remitidos para la aprobación a los C. Regionales
y C. Municipales. - Luego, el Presidente Regional o Alcalde dispondrá
su publicación en los medios de comunicación
masiva de su localidad o región. - Copia del documento que formaliza los acuerdos y
del documento que aprueba los Presupuestos
Participativos se remiten a la Contraloría
General, a la Comisión de Presupuesto del
Congreso y a la Dirección Nacional del
Presupuesto Público del MEF.
50Rendición de Cuentas
- Corresponde a la Sociedad Civil la vigilancia a
los Gobiernos Regionales y Locales, respecto del
cumplimiento de los acuerdos y resultados del
proceso participativo. - Para dichos efectos, los Agentes Participantes
eligen y conforman los Comités de Vigilancia,
Control del Presupuesto y Gestión de los
Gobiernos Regionales y Locales. - De encontrarse indicios o pruebas de presuntos
delitos en la gestión de los Gobiernos Regionales
y Locales, el Comité de Vigilancia tiene la
facultad de realizar la denuncia correspondiente
ante la Defensoría del Pueblo, la Contraloría
General de la República, el Ministerio Público o
el Congreso de la República, según corresponda.
51Facilitando la Participación
- Los Gobiernos Regionales y Locales deben emitir
disposiciones complementarias a las dispuestas
por la Dirección Nacional del Presupuesto Público
con el propósito de facilitar el desarrollo del
proceso participativo, a través de mecanismos que
faciliten la participación de ciudadanos no
organizados o no representados por organizaciones
ya constituidas. - Asimismo, diseñan y emiten mecanismos para la
discusión, resolución de disputas y toma de
decisiones, entre otros.
52Principios del Presupuesto Participativo
- a) Participación, los Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales promueven la participación de
la sociedad civil en sus planes de desarrollo y
en el presupuesto participativo. - b) Transparencia, de tal forma que toda la
comunidad tenga información suficiente acerca de
los asuntos públicos y colectivos que se decidan
y ejecuten. - c) Igualdad de oportunidades, de la sociedad
debidamente organizada para participar, sin
discriminación de carácter político, ideológico,
religioso, racial, género o naturaleza. - d) Tolerancia, garantía de reconocimiento y
respeto a la diversidad de opiniones, visiones y
posturas de quienes conforman la sociedad, como
un elemento esencial para la construcción de
consensos. - e) Eficiencia y Eficacia, los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales optimizan los
recursos presupuestarios orientados al logro de
metas y objetivos del Plan de Desarrollo
Concertado.
53Principios del Presupuesto Participativo
- f) Equidad, igual acceso a las oportunidades e
inclusión de grupos sociales que deben ser
atendidos de manera especial. - g) Competitividad, los G. Regionales y G. Locales
orientan su gestión hacia la competitividad,
promoviendo la inversión privada y orientando la
acción pública hacia el desarrollo. - h) Corresponsabilidad entre el Estado (g.
regional y local, universidades) y la s. civil
(organizaciones de base, Colegios profesionales,
asociaciones civiles, empresariales, juveniles y
otros), para identificar oportunidades y solución
de problemas priorizando proyectos de
desarrollo, respetando los PDC y PP. - i) Solidaridad, disposición de todo participante
para asumir los problemas de otros como propios,
sin intereses particulares. - j) Respeto a los Acuerdos, la participación
ciudadana tiene el compromiso de llevar adelante,
por parte de todos los actores, las decisiones
concertadas. Estas decisiones no pueden ser
modificadas unilateralmente.