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PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y EL DESARROLLO LOCAL

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Uno de los tres niveles del gobierno subnacional (Nacional, regional y local) ... en orden de prioridad dadas las restricciones de recursos presupuestarios existentes. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y EL DESARROLLO LOCAL


1
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y EL DESARROLLO LOCAL
2
Qué es la Municipalidad?
  • La Municipalidad es
  • El Órgano de Gobierno Local
  • Una institución pública
  • Un Órgano del Estado
  • Uno de los tres niveles del gobierno subnacional
    (Nacional, regional y local) dentro de un Estado
    unitario

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Vamos a ver ahora la Misión y las Competencias de
la Municipalidad
  • Municipalidad
  • Órgano de gobierno local, cuya misión fundamental
    es
  • Representar a los vecinos a los habitantes del
    municipio. A TODOS a los niños y a las niñas
    también. Escuchar las voces de los más débiles.
  • Promover el desarrollo local.
  • Los Gobiernos locales
  • Representan al Vecindario.
  • Promueven la adecuada presentación de los
    servicios públicos locales.
  • Y el desarrollo integral , sostenible y armónico
    de su jurisdicción. Desarrollo INTEGRAL todos
    los aspectos desde el desarrollo económico, la
    infraestructura hasta derechos de los niños.
  • Articulo IV de la LOM 27972

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COMPETENCIAS
  • PARA CUMPLIR O ALCANZAR A CUMPLIR ESTA MISION, LA
    CONSTITUCIÓN Y LA LEY ORGÁNICA OTORGA A LAS
    MUNICIPALIDADES DETERMINADAS COMPETENCIAS Y
    FUNCIONES.

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CUÁLES SON LAS PRINCIPALES MATERIAS DE
COMPETENCIA MUNICIPAL? Artículo 73 de la LEY
ORGANICA DE MUNICIPALIDADES
  • ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO - USO DEL SUELO
  • SERVICIOS PÚBICOS LOCALES
  • PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DEL AMBIENTE
  • DESARROLLO DE LA ECONOMÍA LOCAL
  • PARTICIPACION VECINAL
  • SERVICIOS SOCIALES LOCALES
  • PREVENCIÓN, REHABILITACIÓN Y LUCHA CONTRA EL
    CONSUMO DE DROGAS

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AL INTERIOR DE ESTAS MATERIAS TIENEN LAS
SIGUIENTES COMPETENCIAS
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En el terreno de la organización del espacio
físico y del uso de suelo tienen las siguientes
competencias
  • Zonificación
  • Catastro urbano y rural
  • Habilitación urbana
  • Saneamiento físico legal de asentamientos humanos
  • Acondicionamiento territorial
  • Renovación urbana
  • Infraestructura urbana o rural básica
  • Vialidad
  • Patrimonio histórico, cultural y paisajístico

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En el terreno de los servicios públicos locales
tienen las siguientes competencias
  • Saneamiento ambiental, salubridad y salud.
  • Tránsito, circulación y transporte público.
  • Educación, cultura, deportes y recreación.
  • Programas sociales, defensa y promoción de
    derechos ciudadanos.
  • Seguridad ciudadana.
  • Abastecimiento y comercialización de productos y
    servicios.
  • Registros Civiles, en mérito a convenio suscrito
    con el Registro Nacional de Identificación y
    Estado Civil, conforme a ley.
  • Promoción del desarrollo económico local para la
    generación de empleo.
  • Establecimiento, conservación y administración de
    parques zonales, parques zoológicos, jardines
    botánicos, bosques naturales, directamente o a
    través de concesiones.
  • Otros servicios públicos no reservados a
    entidades de carácter regional o nacional

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En el terreno de la protección y conservación del
ambiente, las municipalidades son competentes
para
  • Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los
    planes y políticas locales en materia ambiental,
    en concordancia con las políticas, normas y
    planes regionales, sectoriales y nacionales.
  • Proponer la creación de áreas de conservación
    ambiental.
  • Promover la educación e investigación ambiental
    en su localidad e incentivar la participación
    ciudadana en todos sus niveles.
  • Participar y apoyar a las comisiones ambientales
    regionales en el cumplimiento de sus funciones.
  • Coordinar con los diversos niveles de gobierno
    nacional, sectorial y regional, la correcta
    aplicación local de los instrumentos de
    planeamiento y de gestión ambiental, en el marco
    del sistema nacional y regional de gestión
    ambiental

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En materia de desarrollo y economía local
  • Planeamiento y dotación de infraestructura para
    el desarrollo local.
  • Fomento de las inversiones privadas en proyectos
    de interés local.
  • Promoción de la generación de empleo y el
    desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o
    rural.
  • Fomento de la artesanía.
  • Fomento del turismo local sostenible.
  • Fomento de programas de desarrollo rural

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En materia de participación vecinal tienen las
siguientes competencias
  • Promover, apoyar y reglamentar la participación
    vecinal en el desarrollo local.
  • Establecer instrumentos y procedimientos de
    fiscalización.
  • Organizar los registros de organizaciones
    sociales y vecinales de su jurisdicción.

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En materia de servicios sociales locales sus
competencias son las siguientes
  • Administrar, organizar y ejecutar los programas
    locales de lucha contra la pobreza y desarrollo
    social.
  • Administrar, organizar y ejecutar los programas
    locales de asistencia, protección y apoyo a la
    población en riesgo, y otros que coadyuven al
    desarrollo y bienestar de la población.
  • Establecer canales de concertación entre los
    vecinos y los programas sociales.
  • Difundir y promover los derechos del niño, del
    adolescente, de la mujer y del adulto mayor
    propiciando espacios para su participación a
    nivel de instancias municipales.

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En el terreno de la prevención, rehabilitación y
lucha contra el consumo de drogas
  • Promover programas de prevención y rehabilitación
    en los casos de consumo de drogas y alcoholismo y
    crear programas de erradicación en coordinación
    con el gobierno regional.
  • Promover convenios de cooperación internacional
    para la implementación de programas de
    erradicación del consumo ilegal de drogas.
  • A iniciativa de la municipalidad se podrán
    organizar comités multisectoriales de prevención
    de consumo de drogas, con la participación de los
    vecinos, con la finalidad de diseñar, monitorear,
    supervisar, coordinar y ejecutar programas o
    proyectos de prevención del consumo de drogas y
    de conductas de riesgo en el ámbito local,
    pudiendo contar para ello con la asistencia
    técnica de la Comisión Nacional para el
    Desarrollo y Vida sin Drogas DEVIDA.

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FUNCIONES DE LAS MUNICIPALIDES PROVINCIALES
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FUNCIONES EXCLUSIVASSALUD
  • Regular y controlar el proceso de disposición
    final de desechos sólidos, líquidos y
    vertimientos industriales en el ámbito provincial
  • Regular y controlar la emisión de humos, gases,
    ruidos y demás elementos contaminantes de la
    atmósfera y el ambiente

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FUNCIONES COMPARTIDAS EN SALUD
  • Gestionar la atención primaria de Salud.

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FUNCIONES EN EDUCACIÓNTodas son compartidas
  • Promover el desarrollo humano propiciando el
    desarrollo de comunidades educadoras
  • Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo
    de su jurisdicción
  • Promover la diversificación curricular,
    incorporando contenidos significativos de su
    realidad sociocultural
  • Monitorear la gestión pedagógica y administrativa
    de las instituciones educativas bajo su
    jurisdicción
  • Normar, coordinar y fomentar el deporte y la
    recreación de la niñez

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PROGRAMAS SOCIALES
  • Establecer canales de concertación entre las
    instituciones que trabajan en defensa de derechos
    de niños y adolescentes
  • Regular las acciones de las Defensorías
    Municipales de los Niños y Adolescentes

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(No Transcript)
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RESUMEN
  • Difundir y promover los derechos del niño, del
    adolescente.
  • Normar, coordinar y fomentar el deporte y la
    recreación de la niñez
  • Establecer canales de concertación entre las
    instituciones que trabajan en defensa de derechos
    de niños y adolescentes
  • Regular las acciones de las Defensorías
    Municipales de los Niños y Adolescentes
  • Educación, deportes y recreación.
  • Programas sociales, defensa y promoción de
    derechos ciudadanos.
  • Organizar y ejecutar los programas locales de
    asistencia, protección y apoyo a la población en
    riesgo.
  • Organizar comités multisectoriales con la
    finalidad de diseñar, monitorear, supervisar,
    coordinar y ejecutar programas o proyectos de
    prevención del consumo de drogas y de conductas
    de riesgo.

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DELEGACION DE COMPETENCIAS Y FUNCIONES
ESPECÍFICAS
  • Artículo 76
  • Las municipalidades pueden delegar, entre ellas o
    a otras entidades del Estado, las competencias y
    funciones específicas exclusivas establecidas en
    la presente ley, en los casos en que se
    justifique la necesidad de brindar a los vecinos
    un servicio oportuno y eficiente, o por economías
    de escala.
  • Los convenios establecen la modalidad y el tiempo
    de la delegación, así como las condiciones y
    causales para su revocación.
  • Los convenios en materia tributaria se rigen por
    ley especial.
  • La responsabilidad es indelegable.

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AVOCACIÓN
  • Las municipalidades distritales, ante la falta de
    cobertura o imposibilidad temporal de prestar
    algún servicio público de su competencia, pueden
    solicitar de manera excepcional a la
    municipalidad provincial, cubrir de manera
    temporal la demanda de dicho servicio público. El
    servicio cubierto no deberá afectar la calidad ni
    el costo del servicio de la municipalidad
    demandante.
  • El concejo provincial o la asamblea
    metropolitana, según sea el caso, determinan la
    procedencia o no procedencia de la demanda y las
    condiciones, tiempo y modo en que se ejercerá la
    competencia por la municipalidad demandada. La
    resolución puede ser objeto de recurso de
    reconsideración.

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TRANSFERENCIA DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS
  • Las transferencia de funciones a los gobiernos
    regionales y locales se rige por la ley 28273
    ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos
    Regionales y Locales y su Reglamento aprobado
    por el decreto supremo 080-PCM (16/11/04).
  • Se aprueban Planes Anuales y Quinquenales de
    transferencias. El Plan Anual 2006 ha sido
    aprobado por Decreto Supremo 21-2006-PCM,
    publicado el 27 de abril de 2006. El Plan
    Quinquenal de Transferencias Sectoriales
    2006-2010 ha sido aprobado por Resolución
    Presidencial 044-CND-P-2006 publicada el 19 de
    mayo de 2006.
  • Se trata de un proceso lento, en el que se
    transfieren programas y proyectos, no funciones
    Comedores, Albergues, PAN TBC, etc. Véase El
    Comercio del domingo 27 de agosto el Plan
    Quinquenal y el Plan Anual de Transferencias.
  • El proceso de acreditación es formal y basado en
    documentos.
  • La capacitación no ha sido eficiente.
  • El nuevo gobierno, el nuevo CND, acelerará el
    proceso?, se mantendrá el plan anual, el plan
    quinquenal?

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PRESUPUESTO Y PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
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QUÉ ES EL PRESUPUESTO?
  • PRE SUPUESTO
  • PRESUPUESTO PÚBLICO
  • INSTRUMENTO TÉCNICO O POLÍTICO?
  • QUE SE PRESUPUESTA EN EL ESTADO?
  • PRESUPUESTO VE INGRESO O GASTO?
  • DEMANDA DE LA SOCIEDAD POLÍTICA PÚBLICA Y
    GESTIÓN

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QUÉ ES EL PRESUPUESTO?
  • Instrumento político porque se decide
    políticamente las prioridades del gasto
  • Se aprueba mediante una ley y su ejecución y
    control se basa en normas
  • La gestión tiene reflejo en el presupuesto
  • Depende de lo económico-ingresos

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QUÉ ES EL PRESUPUESTO?
  • Gasto público, gestión y gerencia.
  • Reformas de los 90 no consideró gerencia de
    gasto.
  • Qué está en juego en la formulación, debate y
    aprobación del presupuesto?
  • Definición y ejecución de políticas pública

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PRESUPUESTO SEGÚN MEF
  • En su concepción más moderna, el presupuesto es
    un importante instrumento de programación
    económica y social al posibilitar la
    identificación de los objetivos que el Estado
    pretende alcanzar. También es un instrumento de
    administración pues constituye una "guía de
    acción" que permite minimizar las decisiones
    improvisadas. A nivel macroeconómico, el
    presupuesto es el instrumento principal de la
    política fiscal.1 Página de Transparencia del
    Ministerio de Economía y Finanzas.

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MEF Y EL PRESUPUESTO
  • El MEF a través de la DGPP tiene papel central en
    el proceso previo de la preparación, antes de su
    discusión en el seno del Congreso de la
    República.
  • El MEF, diseña el marco financiero, las normas
    fiscales y las proyecciones presupuestales
    anuales por sector y por tipo de gasto con el fin
    de mantener un control sobre el conjunto de la
    asignación presupuestal a los sectores.
  • MEF sabe que una cosa es lo que se asigna y otra
    cosa lo que en realidad se va otorgando o
    desembolsando en ejercicio mismo del período

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MEF Y EL PRESUPUESTO
  • Esta forma de preparar, aprobar y ejecutar el
    presupuesto público reduce a los directivos
    públicos a constituirse en guardianes del
    presupuesto asignado o del gasto público.
  • Se cuida que no revierta al Tesoro Público, ni
    que tampoco se ahorre, porque si se ahorra se
    entiende como que no se necesita el recurso, y no
    se toma en cuenta que se pudo ser más eficiente
    con menores recursos
  • El ahorro no puede ser destinado para incrementar
    el valor público en otras actividades porque
    según como está diseñado el marco legal se puede
    caer en malversación. Si no se ejecutó
    adecuadamente o por el contrario, si por tu
    eficiencia y eficacia lograste un ahorro se
    devuelve al tesoro público. El ineficiente y el
    eficiente, por el marco legal rígido que
    poseemos, son tratados de la misma manera.

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FASES DEL PRESUPUESTO
  • MEF entrega asignación presupuestal mediante
    proyecto de ley en julio.
  • Se inicia proceso de Presupuesto Participativo
  • Congreso tiene plazo hasta el 30 de noviembre
  • Luego el pleno del Congreso recibe a los
    titulares de pliego para sustentar el presupuesto
    que requiere su sector.

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FONDO DEL PRESUPUESTO
  • El Presupuesto Público es documento político
    preparado bajo condiciones técnicas.
  • Lo que aparece visible son los números y sus
    balances pero no son su esencia.
  • La verdadera razón del presupuesto público es la
    discusión de las acciones públicas que se deberán
    encarar durante el período correspondiente.
  • Lo fundamental del proceso es la preparación del
    proyecto.
  • Por eso a nivel local y/o regional el
    presupuesto participativo es central para la
    priorización de la inversión y el gasto público.

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PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
  • El Presupuesto Participativo es un instrumento de
    política y a la vez de gestión, a través del cual
    las autoridades regionales y locales, así como
    las organizaciones de la población debidamente
    representadas, definen en conjunto, cómo y a qué
    se van a orientar los recursos, teniendo en
    cuenta los Objetivos del Plan de Desarrollo
    Estratégico o Institucional, según corresponda,
    los cuáles están directamente vinculados a la
    visión y objetivos del Plan de Desarrollo
    Concertado.

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Quiénes Participan?
  • Agentes Participantes Son los que participan,
    con voz y voto, en la discusión y toma de
    decisiones en el proceso del presupuesto
    participativo.
  • Están integrados por los miembros del Consejo de
    Coordinación Regional, Consejo de Coordinación
    Local, los miembros de los Consejos Regionales y
    Concejos Municipales, los representantes de la
    Sociedad Civil

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Plan de Desarrollo Concertado
  • Documento que orienta el desarrollo local y el
    proceso del presupuesto participativo.
  • Tiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo
    y objetivos estratégicos de la comunidad en
    concordancia con los planes sectoriales y
    nacionales.
  • Elaborado en un proceso participativo, concertado
    y permanente, que promueva la cooperación entre
    todos los actores, optimice el uso de los
    recursos financieros, físicos y humanos, estimule
    la inversión privada, las exportaciones y la
    competitividad regional y local, propicie el
    manejo sustentable de los recursos naturales,
    para una efectiva lucha contra la pobreza.
  • El proceso de presupuesto participativo se
    desarrolla en el marco de las orientaciones,
    aportes y prioridades de los planes de desarrollo
    concertado a nivel regional y local y, tomando en
    cuenta los lineamientos de carácter nacional o
    sectorial y los Planes Institucionales de las
    entidades públicas que participan del proceso.

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Objetivos del P. Participativo
  • Promover mejores condiciones económicas,
    sociales, ambientales y culturales de vida y
    fortalecer capacidades como base del desarrollo,
    posibilitando acciones concertadas que refuercen
    los vínculos de identidad, de pertenencia y las
    relaciones de confianza.
  • Mejorar la asignación y ejecución de los recursos
    públicos, de acuerdo a las prioridades
    consideradas en los Planes de Desarrollo
    Concertados y los Planes Sectoriales Nacionales
  • Reforzar la relación entre el Estado (G.Local) y
    la sociedad civil, en el marco de un ejercicio de
    la ciudadanía que utilice los mecanismos de
    democracia directa y democracia representativa
    generando compromisos y responsabilidades
    compartidas.

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Proceso Participativo
  • El Proceso Participativo se constituye en un
    mecanismo de desarrollo
  • regional y local, a través de un conjunto de
    acciones que incluye la participación de la
    población en el proceso de toma de decisiones,
    como elemento primordial.
  • Los productos más importantes del Proceso
    Participativo son el Plan de Desarrollo
    Concertado y el Presupuesto Participativo.
  • La planificación es un proceso en el cual se
    formula y maneja instrumentos orientados al
    desarrollo, así como definir cambios
    transcendentales que conducirán a la Visión y a
    la ejecución de Objetivos Estratégicos de mediano
    y largo plazo, orientados a la mejora sustancial
    y continua de la calidad de vida de las personas.

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Talleres de Trabajo
  • Reuniones de Agentes Participantes convocadas por
    los Presidentes Regionales y Alcaldes con la
    finalidad de identificar desde una perspectiva
    temática y territorial los problemas y las
    potencialidades de la Región, Provincia o
    Distrito así como también proponer acciones que
    implementar.
  • En estos talleres de trabajo se definen también
    los criterios de priorización para las acciones
    propuestas con el fin de atenderlos en orden de
    prioridad dadas las restricciones de recursos
    presupuestarios existentes.

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Equipo Técnico
  • Equipo Técnico Lo integran los profesionales y
    técnicos de la Oficina de Planeamiento,
    Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del
    Gobierno Regional los funcionarios de la Oficina
    de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos
    Locales de la Oficina de Programación e
    Inversión en el Gobierno Regional y Local, o
    quienes hagan sus veces
  • Puede estar integrado, además, por profesionales
    con experiencia en temas de planeamiento y
    presupuesto provenientes de la Sociedad Civil.
  • Es presidido por el jefe del área de Planeamiento
    y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el
    Gobierno Regional o Local y tiene la misión de
    brindar soporte técnico en el desarrollo del
    proceso del presupuesto participativo, así como
    la de desarrollar el trabajo de evaluación técnica

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Taller de diagnóstico temático y territorial
  • Los participantes, en reuniones con sus
    representados y en reuniones de Agentes
    Participantes, discuten y analizan la situación
    de la Región o Provincia desde la perspectiva del
    desarrollo social, económico y ambiental.
  • En los Talleres de Diagnóstico Territorial, se
    identifican problemas y potencialidades en temas
    relevantes de la jurisdicción tratando de abarcar
    todos los ámbitos territoriales, preferentemente
    en el nivel de Gobierno Local Distrital.
  • En estos talleres además, se sugieren acciones
    para resolver problemas o aprovechar las
    potencialidades. Asimismo, se señalan los
    compromisos que están dispuestos a asumir las
    organizaciones de la Sociedad Civil, organismos
    públicos o la cooperación técnica internacional,
    para la implementación de tales acciones.

46
Talleres de definición de criterios o priorización
  • Se discute y define los criterios para la
    priorización de las acciones a implementar que
    buscan resolver los problemas y aprovechar
    potencialidades.
  • Los niveles de recursos que los G. Regionales o
    Locales considerarán, de manera referencial, como
    techos presupuestales, están constituidos por los
    montos asignados en el año inmediato anterior.
  • Los G. Regionales y Locales ajustarán su
    asignación de acuerdo a las cifras definitivas
    que la Dirección General de Asuntos Económicos y
    Sociales, en coordinación con el Consejo Nacional
    de Descentralización, publicará a más tardar el
    15 de mayo.

47
Talleres de definición de criterios o priorización
  • Definidos los techos presupuestales
    referenciales, la determinación del monto
    específico que se destinaría a las acciones
    resultantes del proceso de presupuesto
    participativo, es realizado por las Gerencias de
    Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
    Territorial del G. Regional o las Oficinas de
    Planeamiento y Presupuesto de los G. Locales, o
    la que haga sus veces, con la participación de
    profesionales y técnicos de la Oficina de
    Programación de Inversiones, o la que haga sus
    veces en el G. Regional o Local.
  • El monto a orientar a las nuevas acciones
    resultantes del proceso participativo será el
    resultante de la deducción de las obligaciones y
    teniendo en cuenta la realización de un proceso
    de optimización organizacional y funcional de la
    entidad, garantizando la cobertura de
    obligaciones continuas, el mantenimiento de la
    infraestructura existente y la atención de
    proyectos en ejecución.

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Evaluación técnica de prioridades
  • La realiza el Equipo Técnico y comprende la
    evaluación y desarrollo técnico y financiero de
    las propuestas de alternativas de acción
    resultantes de los Talleres de Trabajo y de las
    alternativas que sobre ellas sugiera el propio
    Equipo Técnico, tendientes a resolver los
    problemas identificados o al aprovechamiento de
    las potencialidades encontradas en el
    diagnóstico.
  • En los casos de Proyectos de Inversión Pública,
    esta evaluación tendrá los mínimos de
    preinversión requerido, según las normas que para
    tal efecto dicta la Dirección General de
    Programación Multianual.
  • La evaluación y desarrollo financiero de las
    propuestas se realiza teniendo en cuenta los
    recursos específicos determinados en las acciones
    del proceso participativo, preservando siempre el
    equilibrio entre los recursos disponibles y los
    montos de recursos requeridos para la atención de
    las necesidades.

49
Formalización de Acuerdos
  • Los resultados del proceso participativo
    consolidados por el Equipo Técnico, incluyendo la
    evaluación y el desarrollo técnico y financiero
    de las propuestas, son presentados a los Agentes
    Participantes para su discusión, consideración,
    modificación y aprobación final.
  • Aprobados los acuerdos, los miembros de los CCL y
    los Agentes Participantes formalizarán los
    acuerdos suscribiendo el Acta.
  • Las acciones del proceso del presupuesto
    participativo, que deberán ser incluidos, en caso
    su financiamiento considere recursos públicos, en
    la formulación del presupuesto institucional de
    la entidad, constituyen el Presupuesto
    Participativo del G. Regional o Local, y son
    remitidos para la aprobación a los C. Regionales
    y C. Municipales.
  • Luego, el Presidente Regional o Alcalde dispondrá
    su publicación en los medios de comunicación
    masiva de su localidad o región.
  • Copia del documento que formaliza los acuerdos y
    del documento que aprueba los Presupuestos
    Participativos se remiten a la Contraloría
    General, a la Comisión de Presupuesto del
    Congreso y a la Dirección Nacional del
    Presupuesto Público del MEF.

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Rendición de Cuentas
  • Corresponde a la Sociedad Civil la vigilancia a
    los Gobiernos Regionales y Locales, respecto del
    cumplimiento de los acuerdos y resultados del
    proceso participativo.
  • Para dichos efectos, los Agentes Participantes
    eligen y conforman los Comités de Vigilancia,
    Control del Presupuesto y Gestión de los
    Gobiernos Regionales y Locales.
  • De encontrarse indicios o pruebas de presuntos
    delitos en la gestión de los Gobiernos Regionales
    y Locales, el Comité de Vigilancia tiene la
    facultad de realizar la denuncia correspondiente
    ante la Defensoría del Pueblo, la Contraloría
    General de la República, el Ministerio Público o
    el Congreso de la República, según corresponda.

51
Facilitando la Participación
  • Los Gobiernos Regionales y Locales deben emitir
    disposiciones complementarias a las dispuestas
    por la Dirección Nacional del Presupuesto Público
    con el propósito de facilitar el desarrollo del
    proceso participativo, a través de mecanismos que
    faciliten la participación de ciudadanos no
    organizados o no representados por organizaciones
    ya constituidas.
  • Asimismo, diseñan y emiten mecanismos para la
    discusión, resolución de disputas y toma de
    decisiones, entre otros.

52
Principios del Presupuesto Participativo
  • a) Participación, los Gobiernos Regionales y
    Gobiernos Locales promueven la participación de
    la sociedad civil en sus planes de desarrollo y
    en el presupuesto participativo.
  • b) Transparencia, de tal forma que toda la
    comunidad tenga información suficiente acerca de
    los asuntos públicos y colectivos que se decidan
    y ejecuten.
  • c) Igualdad de oportunidades, de la sociedad
    debidamente organizada para participar, sin
    discriminación de carácter político, ideológico,
    religioso, racial, género o naturaleza.
  • d) Tolerancia, garantía de reconocimiento y
    respeto a la diversidad de opiniones, visiones y
    posturas de quienes conforman la sociedad, como
    un elemento esencial para la construcción de
    consensos.
  • e) Eficiencia y Eficacia, los Gobiernos
    Regionales y Gobiernos Locales optimizan los
    recursos presupuestarios orientados al logro de
    metas y objetivos del Plan de Desarrollo
    Concertado.

53
Principios del Presupuesto Participativo
  • f) Equidad, igual acceso a las oportunidades e
    inclusión de grupos sociales que deben ser
    atendidos de manera especial.
  • g) Competitividad, los G. Regionales y G. Locales
    orientan su gestión hacia la competitividad,
    promoviendo la inversión privada y orientando la
    acción pública hacia el desarrollo.
  • h) Corresponsabilidad entre el Estado (g.
    regional y local, universidades) y la s. civil
    (organizaciones de base, Colegios profesionales,
    asociaciones civiles, empresariales, juveniles y
    otros), para identificar oportunidades y solución
    de problemas priorizando proyectos de
    desarrollo, respetando los PDC y PP.
  • i) Solidaridad, disposición de todo participante
    para asumir los problemas de otros como propios,
    sin intereses particulares.
  • j) Respeto a los Acuerdos, la participación
    ciudadana tiene el compromiso de llevar adelante,
    por parte de todos los actores, las decisiones
    concertadas. Estas decisiones no pueden ser
    modificadas unilateralmente.
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