Title: Sin ttulo de diapositiva
1Tema 6 La Financiación
2 Tema 6 La financiación INDICE 6.1
Concepto. 6.2 Fuentes de financiación. 6.3
Medios de pago letra de cambio, pagaré y cheque
3- 6.1. Concepto
- La función de financiación en su aspecto más
limitado es sencillamente el esfuerzo para
proporcionar los fondos que necesitan las
empresas, en las condiciones más favorables, a
la luz de los objetivos del negocio - Es lograr que la empresa tenga fondos para
pagar sus deudas corrientes y respaldar los
proyectos en que se encuentra empeñada. - También es una parte de la función financiera
conseguir los fondos en la forma más conveniente
y en las mejores condiciones de coste y plazo de
reembolso, que sean posibles. - Pero la función de financiación es algo más que
la provisión de fondos - también la efectiva utilización de los fondos en
las actividades de los negocios, es decir, que
los recursos sean rentables Las decisiones en
relación con necesidades de fondos tienen que
tener en consideración los costes y problemas
involucrados en la obtención de los mismos y
ponderarlos en relación con los beneficios u
otras ventajas que puedan lograrse a través del
uso del dinero obtenido. -
46.1. Concepto Aún en los aspectos
relativamente especializados o medulares de la
amplia función de la financiación, aquellos que
se refieren al suministro de los fondos
necesarios, no pueden ser considerados sin
conexión con las operaciones de la Empresa de
Comunicación. A efectos de interpretar y
hacer frente eficiente y sagazmente a sus
necesidades de fondos, se tiene que comprender
el negocio y mantenerse en contacto con todas las
fases de sus operaciones. Probablemente no
hay otra zona funcional de la empresa que esté
interrelacionada de un modo tan íntimo con las
otras áreas económicas como la función de
financiación. -Por ejemplo a los empleados
-En cuanto a los proveedores, al no cumplir,
por ejemplo, puntualmente con los compromisos de
pago, pueden empezar a desconfiar de la empresa
con los consiguientes efectos negativos. Esto
podría traducirse en aumentos selectivos de
precios, menor prioridad para los nuevos
suministros, e incluso en una total exigencia de
pago por adelantado, con el consiguiente
quebranto de la propia financiación. EN
DEFINITIVA, LA FUNCIÓN DE FINANCIACIÓN TIENE QUE
CONSEGUIR QUE LA EMPRESA CUMPLA SIEMPRE TODOS SUS
OBJETIVOS Y QUE SI HAY EXCEDENTE DE TESORERÍA,
ÉSTE SE RENTABILICE LO MÁS POSIBLE.
56.2 Fuentes de financiación. Son el origen de
los fondos que utiliza la empresa . Podemos
clasificar los fondos que utiliza siguiendo
diferentes criterios. En una primera
aproximación se pueden dividir en A - Fondos
ajenos Y éstos en fondos a corto
plazo fondos a largo plazo. B - Fondos
propios. En cuanto a los fondos propios,
distinguiremos ? Por aportación de los
socios ? Por el proceso de autofinanciación
de la empresa. No obstante, la financiación por
fondos ajenos a largo plazo y la de fondos
propios por aportación de los socios tiene
suficientes elementos comunes como para
estudiarla conjuntamente, en alguna de sus
especialidades. Dentro de las fuentes de
financiación a corto plazo encontramos A.1?
Fuentes espontáneas A.2? Préstamos de bancos
comerciales A.3? Descuento de papel
comercial A.4? El factoring y la empresa de
confirming A.5? Otras fuentes de financiación a
corto y medio plazo.
6A.1 ? Fuentes espontáneas. En el curso normal
de las operaciones de la empresa, tienden a
formarse tres fuentes importantes de crédito
continuado sin esfuerzo ni negociación
especiales, tb llamadas fuentes autogeneradoras.
Conjuntamente constituyen una aportación
sustancial a la necesidad de fondos de la
empresa. -La 1ª y más importante de estas
fuentes espontáneas es el crédito mercantil,
brindado normalmente por los proveedores de la
empresa. En general, casi todas las materias
primas, materiales, suministros, y otros
renglones adquiridos de forma continuada y
repetida, se encuentran disponibles en unas
condiciones de compra que permiten un
aplazamiento en su pago. Las normas de crédito
impuestas por los vendedores, que las empresas
compradoras tienen que cumplir, raramente son
severas. La empresa cuyas adquisiciones tienen
una relación razonable con su capital y
escala de operaciones, y puede demostrar
liquidez, rara vez tendrá dificultades para
cumplir los requisitos y lograr así el
aplazamiento de pago, ofrecido normalmente por
los proveedores. Las empresas que están
escasas de fondos pueden encontrar tentador
renovar1 a sus proveedores retrasando el pago
de las deudas mucho más allá de las fechas de
vencimiento. El crédito adicional obtenido a
expensas de los proveedores parece ser un
crédito a bajo coste. Además, es probable que los
proveedores estén en el grupo de los
acreedores más indulgentes de la empresa,
especialmente si están bien financiados y
siguen obteniendo un buen beneficio sobre las
ventas hechas a esa empresa. Algunas empresas
estiran su crédito mercantil hasta un punto
rozando la ruptura. 1Se entiende por
renovar acudir al proveedor unos días del
vencimiento del plazo inicialmente concedido,
para solicitarle una prorroga en el pago, o lo
que es lo mismo, un mayor aplazamiento que el
inicialmente pactado.
7A.1 ? Fuentes espontáneas. Las tácticas
empleadas para hacer un uso completo (o mejor,
abusando) del crédito mercantil incluyen el pago
selectivo de las deudas, que consiste en
tantear y aprovecharse totalmente de los
límites de indulgencia de cada uno de los
proveedores importantes. La concentración de las
compras en los proveedores más tolerantes
y la limpieza periódica de las cuentas
atrasadas sobre una base rotatoria, se utilizan
como medio de reducir las presiones de los
proveedores. En cualquier caso, la práctica
dilatoria descrita no resulta conveniente,
excepto en situaciones excepcionales. Como regla
general, el aprovechar los descuentos por
pronto pago, y el realizar el pago rápido de
las deudas mercantiles cuando éstas vencen,
representan a la larga una sanas prácticas
financieras. Además, la red de intercambio de
información crediticia está lo bastante bien
organizada para que el historial de pagos de las
empresas se convierta en un asunto de
conocimiento general. Un historial de rápido
cumplimiento en los pagos de todas sus
obligaciones añade mucho a la reputación general
de la empresa. Además, el modo en que la empresa
cumple sus obligaciones con los acreedores
mercantiles tendrá impacto sobre su capacidad
de obtener crédito de los bancos. También,
en una eventual situación de mercado de
demanda, los clientes que pagan con lentitud
pueden hallarse en verdadera desventaja al
competir por los suministros escasos. A la
larga, los beneficios tangibles e intangibles
que provienen de un historial de rapidez en los
pagos de las obligaciones mercantiles son muy
importantes.
8Ejemplo El proveedor ya ha incluido en el
precio el coste financiero de los 90 días de
financiación, así si el precio es 100.000 ,
realmente se podría desglosar en 98.000 de
verdadero precio y el coste financiero sería los
2000 restantes. En caso de pagar al
contado, el proveedor va a dar un descuento de
"pronto pago", que en realidad es el coste
financiero de los 90 días. Así tendríamos que
para aplazar 98.000 90 días nos supondría un
coste financiero de 2.000 , lo que representa,
en tanto por cien 98.000 -------------
2.000 100 -------------- x x 2,04
de coste financiero trimestral. En
consecuencia, el coste financiero anual sería del
8,16 , y por lo tanto, dentro de la función
financiera, resulta necesario comparar dicho
coste con el de otras fuentes de financiación.
Tendríamos que tener en cuenta la posibilidad de
que con un crédito u otro sistema de financiación
obtendríamos un coste menor.
9 A.1 ? Fuentes espontáneas. -La 2ª fuente
espontánea de financiación .Un negocio típico
recibe muchos servicios de una forma continua,
y los suministradores de esos servicios no
realizan el cobro de los mismos inmediatamente
después de haberlos prestado. Es práctica común
pagar al personal mensualmente. El gasto se
produce cuando se presta el servicio, pero
como el pago no se hace de forma inmediata, se
crea un pasivo. En realidad, la compañía está
recibiendo crédito de los miembros del
personal, y de otros proveedores de
servicios. -La 3ª fuente similar de fondos de
alguna significación se deriva de las formas de
pago a la hacienda pública en relación a los
impuestos sobre la renta (retenciones) y de los
seguros sociales. De acuerdo con nuestras
leyes fiscales, las sociedades que operan con
fines de obtener beneficios se encuentran
obligadas a tributar. De esta forma, cada vez
que se determinan los beneficios en la
contabilidad de la empresa y son aprobados
por la Junta General se debe reconocer un
pasivo a favor de Hacienda. Así, nos
encontramos con la circunstancia en la cual el
gobierno continúa siendo un acreedor
importante de las sociedades que obtienen
resultados positivos y el pasivo a favor de
Hacienda representa para ellas una fuente de
fondos.
10- A.2? Préstamos de bancos comerciales.
- Los préstamos de bancos comerciales a corto
plazo, normalmente oscilan entre uno y tres
años y se documentan fundamentalmente en las
formas siguientes - 1. Financieros. Préstamos que pueden ser
documentados mediante letras o pagarés
aceptados por la propia empresa que descontados
por la entidad bancaria ofrecen la disponibilidad
del neto, suelen vencer cada tres meses y se
renuevan por una cantidad menor, después de
la cancelación parcial que proceda y del pago
de los intereses, comisiones y timbres, o bien
mediante la emisión de recibos por el banco que
incluyen para cada vencimiento intereses y
devolución parcial del principal. - 2. Pólizas de crédito. Son un contrato mediante
el cual la Empresa puede disponer hasta un
limite determinado de efectivo, pagando
intereses únicamente por la parte dispuesta,
en general, también se pagan comisiones de
apertura o sobre el importe disponible o
dispuesto. - En ambos casos, se puede operar con o sin
garantías de terceros, y suelen intervenirse
por fedatario público (Notario).
11 A.3? Descuento de papel comercial Como
consecuencia de las ventas efectuadas a
clientes de cierta importancia, distribuidores,
etc., la empresa dispone habitualmente de
letras o pagarés, aceptadas o no por éstos.
Normalmente, dichos efectos se suelen
descontar en un Banco para adelantar el momento
de cobro. El coste es el interés de mercado,
más las comisiones, que oscilan en función
de la plaza, la domiciliación del efecto
y su vencimiento, así como el timbre. A tal
efecto, los bancos otorgan clasificaciones que
fijan el límite de riesgo que están dispuestos
a asumir, normalmente se firma un contrato de
descuento, avalado o no, que también puede
estar o no, intervenido por fedatario público.
Se complementa este punto en el apartado de
medios de pago.
12A.4? El factoring. La financiación factorial
("factoring"), se puede definir como
"Conjunto de servicios administrativos y
financieros, que se realizan mediante la cesión
de créditos comerciales a corto plazo por
su titular, el fabricante o distribuidor, a un
intermediario, el factor, que se ocupa de su
administración, contabilización, cobro y
financiación". Los servicios prestados
habitualmente por el factor son -Investigación
de la clientela El factor se obliga a
investigar la solvencia y moralidad del posible
comprador de su cliente y a notificar, cuanto
antes, la aprobación o rechazo de la operación
que se le propone. De hecho, con ese servicio
prestado, sustituye al departamento de crédito de
su cliente. Asimismo, para agilizar el sistema,
el factor clasifica a los compradores asiduos,
de forma que permita al cliente, sin necesidad
de notificación al factor, realizar operaciones
con los mismos, con la condición de no superar
los límites señalados. Para el correcto
funcionamiento del servicio es imprescindible la
rápida obtención de información veraz. Es
necesario mantener un buen conocimiento de los
sectores tratados. De tal manera será posible
evaluar desde un punto de vista realista,
comercial y dinámico, los riesgos originados
por las ventas.
13A.4? El factoring. -Garantía de cobro
Como la evaluación del riesgo es
responsabilidad del factor, es consecuencia
lógica que los fallos se produzcan deben ser
soportados por él. Por lo tanto, la transmisión
al factor de los créditos originados por las
ventas se realiza sin recurso sobre el cliente,
siempre y cuando el factor haya aprobado la
venta y los motivos de impago por el comprador
sean la insolvencia o morosidad prolongada. Por
ello el factor sólo podrá repercutir a su cliente
los casos de impago que tengan un origen distinto
a la falta de solvencia del comprador final. El
factor, sin embargo, podrá repercutir sobre su
cliente el valor correspondiente, en aquellos
casos en los que el impago viene originado por
motivos comerciales, como son, retrasos en la
entrega de la mercancía, mercancía en malas
condiciones, errores de calidad, cantidad,
modelos, etc. De tal forma se elimina, el riesgo
de morosidad de sus clientes. -Contabilidad de
las ventas Los créditos originados por las
ventas, ya aprobadas por el factor, se transmiten
a éste. Por lo tanto, la empresa deja de tener
una variedad de compradores en su contabilidad
para tener uno sólo el factor que le ha comprado
sus créditos. Este proceso simplifica su
contabilidad y facilita la gestión. El factor por
su parte, contabiliza las operaciones cedidas
por su cliente de igual forman que éste venía
haciéndolo, para vigilar los riesgos en curso,
dejar constancia del historial de pagos de los
compradores, y facilitar periódicamente datos
a su cliente sobre el consumo que le van
haciendo los compradores. El factor con los
adecuados medios para el tratamiento de datos
facilita a sus clientes una estadística en la
que se refleja, por ejemplo, el desglose en las
ventas por artículos, su distribución por
regiones, por canales de distribución,
etc. -Cobro La transmisión de los créditos al
factor, le responsabiliza del cobro, sea cual
fuere el medio para efectuarlo y el plazo
pactado. -Financiación Este servicio es
optativo para el cliente, y obligatorio para
el factor, que limita habitualmente su obligación
a un máximo del 90 de los créditos que se le
ceden.
14A.4? El factoring. VENTAJAS 1.Los servicios
son de doble naturaleza los que son normalmente
función de la empresa (administrativos, de
investigación y concesión de riesgo, contabilidad
de ventas y control de riesgos y cobranzas)
y aquellos externos, como los de cobertura de
riesgo y de financiación. En consecuencia, al
estar todos ellos englobados, se obtiene una
indudable simplificación, como consecuencia de
las ventajas de la especialización, al
contratar simultáneamente los servicios de una
oficina de información comercial, los de una
empresa de tratamiento de datos contables, los de
una compañía de seguros de crédito, los de un
banquero y los de un despacho de gestión de
cobro de créditos morosos. Cabe suponer que, en
consecuencia, se puede obtener una reducción de
los costes tanto internos como externos. 2.El
factoring, es una fórmula de simplificación en
la empresa que permite a sus administradores
concentrarse en la parte verdaderamente
creativa de la misma el diseño del producto o
del servicio, su producción a costes
competitivos, el control de su calidad y su
venta. 3.La empresa sustituye una multitud de
compradores por uno sólo, el factor, y de
hecho puede cobrar al contado. De esta forma,
puede dotar a su negocio de una mayor rotación,
propiciando una mayor expansión, con la
correspondiente repercusión en su cuenta de
pérdidas y ganancias. 4.La empresa cuenta con
una fuente automática de liquidez, que puede
permitirle pagar más pronto y obtener descuentos
por pronto pago que, incluso, pueden compensar
los costes del servicio de factoring.
INCONVENIENTES 1.Su coste. 2.El criterio
conservador al evaluar los riesgos el factor,
puede producir una disminución de ventas. 3.El
mercado, en algunas circunstancias, puede
identificar la utilización del factoring con la
existencia de dificultades financieras en la
empresa.
15A.5? Otras fuentes de financiación a corto y
medio plazo En menor medida también se
emplean otros medios de financiación con un
peso relativo inferior ?1. Pagarés de
empresa. Son valores que se emiten por una
empresa con su propia garantía o avalados
por un tercero, generalmente un banco, con
objeto de obtener financiación a corto plazo
mediante su cesión en el mercado. ?2. Letras
financieras. Son letras libradas por bancos a
cargo de sus clientes y negociadas en el
mercado con objeto de obtener fondos para sus
clientes ( Con posterioridad se estudiará la
Letra de Cambio.) ?3. Anticipos de clientes.
En algunos casos la empresa prepara
proyectos destinados a un cliente
importante, suele ser habitual que en tal caso
se produzca algún tipo de anticipo de los
clientes. También pueden darse otras
circunstancias que produzcan tales anticipos.
?4. Préstamos de socios, administradores
y particulares. Por su denominación quedan
definidos. En algunos casos podrían clasificarse
dentro del largo plazo, ya que en realidad
pueden tener características de fondos propios
encubiertos. ?5. Préstamos de pre-financiación
de exportaciones, etc., y en general cualquier
otra fuente no prevista que normalmente será
variante de las anteriores.
16A.5? Otras fuentes de financiación a corto y
medio plazo ?6. Confirming Servicio mixto
que ofrece gestionar los pagos a los proveedores
de una empresa, ofreciendo a éstos (a los
proveedores) la posibilidad de financiar las
facturas de su cliente, es decir, de cobrar las
facturas con anterioridad a la fecha de
vencimiento. Ventajas -tanto al cliente
como al proveedor el refuerzo de la relación
entre clientes y proveedores -homogeneiza el
sistema de pago a proveedores, -evita los coses
de emisión de pagarés, cheques, letras de cambio,
así como la manipulación de los mismos, -evita
las incidencias que se producen en las
domiciliaciones de recibos (gastos por
devolución...), -reduce las llamadas de
proveedores en relación al estado de la
facturación, -dota de agilidad y rapidez en la
gestión de las facturas, -permite un mejor
control y planificación de las necesidades de
tesorería, -el proveedor recibe periódicamente
notificaciones por escrito confirmaciones en
las que se detalla el estado de sus facturas,
número de factura, fecha de la factura, importe y
fecha de vencimiento... de este modo se elimina
el coste administrativo que supone el seguimiento
de dichas facturas...
17- FINANCIACIÓN ESTRUCTURAL
- -Son fondos que deben permanecer a disposición de
la empresa en periodos de tiempo muy dilatados - -La forman la financiación ajena a largo plazo y
la parte de financiación con fondos propios. -
- -En el estudio de la financiación estructural se
da más prioridad a la permanencia que al origen
de los fondos que la componen. - Son parte de dicha financiación estructural
- Préstamos bancarios a largo plazo.
- Afectos en la práctica totalidad de los casos a
proyectos de inversión concretos. Se obtienen
en bancos y cajas de ahorros y en algunos casos
especiales en el ICO Instituto de Crédito
Oficial -.Normalmente, para obtener este tipo de
préstamo, es necesario haber mantenido una
relación, a través de operaciones de menor
calado, con la entidad (banco, caja de ahorros,
etc.) a la que se solicita, porque la entidad
pretenderá conocer la forma de trabajar de la
empresa y su reputación. Independientemente, es
necesario que la empresa solicitante pueda
acreditar su solvencia. Esta solvencia se
fundamenta en sus fondos propios. También es
requisito indispensable contar con unas
proyecciones (positivas) a largo plazo de la
cuenta de pérdidas y ganancias, de las que una
vez analizada por el Banco, se desprenda la
posibilidad real de devolver el crédito en los
periodos establecidos, es decir, se cerciore de
la futura liquidez de la empresa. La empresa
solicitante tendrá que tener muy en cuenta el
cálculo de los intereses (fijos o variables) que
va a recibir el Banco como contraprestación.
También es necesario conocer cuáles van a ser los
intereses reales que vamos a pagar. Esto se
determina con el cálculo de la T.A.E. (tasa anual
equivalente).
18Conviene hacer especial énfasis que el calculo de
la TAE, no sólo se utiliza en el presente caso
prestamos bancarios- es un parámetro que se usa
en toda clase de operaciones financieras, tanto
activas como pasivas, siempre que el tipo de
interés nominal se pueda ver sesgado por otros
factores, como periodos de vencimiento distintos
al año o gastos de distinta naturaleza asociados
a la operación. La T.A.E. es la Tasa Anual
Equivalente y funciona del mismo modo tanto si
hay que pagar como si hay que cobrar intereses.
Se calcula conforme a la fórmula
? i es el tipo de
interés
? m es el factor tiempo, el número de veces
en que se divide la cantidad a pagar en cada año
m 2 si el pago es semestral m 12
si el pago es mensual, ...
19Ejemplo y comprobación INVERSIÓN 5 Millones
i 6 Vencimiento semestral, m 2 Al ser
vencimiento semestral, equivale a reinvertir el
interés percibido en el primer semestre. Intereses
del primer semestre 5.000.0006 Interés
---------------------- 150.000 2100 Los
intereses del primer semestre quedan reinvertidos
durante el segundo, así 5.000.0006
150.0006 Interés
---------------------- ----------------
154.500 2100 2100 Por lo
tanto, los intereses devengados por 5.000.000 en
un año serán
150.000154.500 304.500 Si aplicamos
la formula tendremos 0,06 2 TAE
( 1 --------) - 1 0,0609 6,09
2 Así 6,09
de 5.000.000 304.500 Con lo que
queda comprobado.
20 En aquellas operaciones en las que se asocia
al tipo de interés cualquier otro coste, como
comisiones, gastos de estudio, etc., para
calcular el TAE, también es necesario considerar
la repercusión de los anteriores sobre el tipo
efectivo de interés. Cualquier referencia al tipo
de interés que aparezca en la comunicación de
productos financieros Comunicación
financiera-(publicidad, marketing directo, etc.)
debe incluir este indicador (TAE), con objeto de
dotar de transparencia al mercado y que los
consumidores conozcan el coste real o, en su
caso, la rentabilidad efectiva del producto de
que se comunique. En tales casos las piezas
publicitarias deben depositarse en el Banco de
España (responsable de la disciplina en el
mercado financiero), con carácter previo a su
publicación, debiendo aparecer en las mismas la
referencia a dicho deposito (R.B.E. nº 9999), o
deben estar controlados por las instituciones de
la comunidad autónoma donde tenga el domicilio
social la empresa (entidad, dependiendo del
ámbito de actuación de la misma). En el caso de
la Comunidad Valenciana, el IVF.
212.Valores Mobiliarios Constituyen el núcleo
esencial de la financiación a largo plazo.
Fundamentalmente recogen Contratos de
deuda Participaciones en la
propiedad. Siguiendo a González Catalá,
podemos definir los Títulos-Valores como
"documentos que incorporan una promesa
unilateral de realizar una determinada
prestación a favor de quien resulte legítimo
tenedor del documento. Cumplen principalmente
la función de servir mejor a la circulación
de los bienes económicos". Y los Valores
Mobiliarios como "Títulos Valores emitidos en
masa con identidad de derechos a los cuales va
unida una fácil y eficaz transmisibilidad." son
lanzados por la empresa1 al mercado de
capitales, donde obtiene recursos financieros a
cambio de títulos-valores. 1 También se usan
para la financiación de entidades distintas a las
empresas, en sentido estricto, como el propio
Estado
222.Valores mobiliarios Por su contenido, pueden
clasificarse fundamentalmente 2.1 Valores
Mobiliarios que recogen contratos de deuda o
derechos de crédito confieren al tenedor el
derecho de obtener del deudor una suma de
dinero en un momento prefijado. Hasta que llega
ese momento, pueden transmitirse en el mercado
de valores. Se denominan de renta fija porque
el coste para la empresa viene dado de
antemano según las condiciones de emisión, a
pesar de que el interés puede ser variable.
Aparecen en el mercado bajo diversas identidades
como bonos, obligaciones, cédulas, etc.,
pero respondiendo al mismo contenido. Pueden
encontrarse afectos a una garantía concreta
(por ejemplo, hipotecaria), o a la general de la
empresa. Cada emisión puede tener un mismo
vencimiento para todos los títulos o
encontrarse fraccionado en varios periodos
predefinidos a elección del tenedor, por sorteo
o por otros procedimientos. Las obligaciones
que tienen como referente un índice (Euribor,
Mibor, Libor..) se llaman referenciadas,
indizadas o indicadas. Siguen siendo de renta
fija por ejemplo, EURIBOR 0,75.
23 2.Valores mobiliarios 2.2 Valores Mobiliarios
que representan participaciones en la propiedad
de la empresa, que a su vez confieren derechos
de socio. Pueden transmitirse en el mercado
de valores o por convenios bilaterales,
según las características de la Sociedad
emisora. Su denominación es la de acción y
pueden ser de dos clases, siendo la normal la
denominada ordinaria. Si tienen derechos
especiales se denominan privilegiadas. También
son mencionadas como valores de renta variable,
ya que su rendimiento en ningún caso se
encuentra predeterminado. Su utilidad como
medio de financiación aparece cuando se procede a
efectuar ampliaciones de capital, como fuente de
recursos permanentes para la empresa. Una vez
completado el estudio de la financiación
estructural, retomaremos el estudio de los fondos
ajenos a largo plazo.
243.Otros instrumentos de financiación ajena a
largo plazo Arrendamiento financiero -
"Leasing consiste en la cesión de los
derechos de uso de un bien por la persona
propietaria del mismo a otra, mediante la
contraprestación correspondiente oportuna y
periódica, existiendo el compromiso formal de
que la segunda pueda ejercer una opción de
compra. Sólo se puede utilizar para la
adquisición de bienes del inmovilizado para
empresas o profesionales. Las características
fundamentales de esta forma de financiación
son - Plazo y precio El plazo habitual de una
operación de Arrendamiento Financiero en España
oscila entre 24 y 48 meses. Por supuesto existen
las excepciones en ambas cotas de los plazos
aunque lógicamente a menos de 24 meses no suele
surgir la necesidad de recurrir a un sistema de
este tipo, y no se contaría con ventajas
fiscales. También se realizan operaciones de
Arrendamiento Financiero Inmobiliario,
normalmente sólo a 120 meses, ya que los plazos
más largos no suelen interesar a la empresa de
Arrendamiento Financiero, y a menor plazo no
contaríamos con ventajas fiscales.
Resumiremos, pues, diciendo que la cota
inferior del tiempo, viene impuesta por el
usuario y la superior por la empresa. - Al
materializar una operación de Arrendamiento
Financiero se firma entre ambas partes un
contrato de arrendamiento irrevocable por el
plazo previamente acordado, fijando las cuotas
mensuales a pagar por tal concepto y el valor de
la opción de compra al final del plazo de
arrendamiento.
25 3.Otros instrumentos de financiación ajena a
largo plazo Arrendamiento financiero -
"Leasing - Libertad de elección por el
usuario Al efectuar un contrato de
Arrendamiento Financiero, el usuario del bien
de equipo de que se trate, tiene plena libertad
de elegir sobre el mismo, marca, tipo,
proveedor, etc., Esto llega hasta el extremo de
que es habitual que el usuario ajuste con el
vendedor el precio de la máquina beneficiándose,
al establecer el importe, de las condiciones de
pago de la empresa de Arrendamiento Financiero
que son de contado. Así cualquier descuento que
se consiga de un proveedor sobre la base de las
condiciones de pago habituales de la empresa de
Arrendamiento Financiero revierte íntegramente en
beneficio del usuario al repercutir sobre el
precio base de cálculo de la operación. -
Opciones finales Expirado el plazo de
arrendamiento previamente acordado de un contrato
de Arrendamiento Financiero, se le presenta al
arrendatario la posibilidad de optar por tres
posibles soluciones 1. El usuario no muestra
interés por ejercer la opción de compra a la
que tiene derecho y dado que el contrato de
Arrendamiento Financiero está vencido devuelve la
máquina, o los bienes de otra naturaleza, dentro
del concepto amplio de inmovilizado a la
empresa de Arrendamiento Financiero. 2. El
usuario ejerce la opción de compra, paga el
valor residual fijado a priori y se le transfiere
la plena propiedad de los bienes de cualquier
naturaleza constitutivos del contrato de
arrendamiento financiero concreto de la operación
estudiada en el caso que nos ocupa. 3.
Por el valor residual se firma un nuevo contrato
a un plazo que se acuerda por ambas partes. En
el mercado, las tres opciones anteriores pueden
considerarse como posibilidades casi teóricas, ya
que la realidad nos dice que sólo la segunda El
usuario ejerce la opción de compra, es la que
funciona.
26 3.Otros instrumentos de financiación ajena a
largo plazo Ejemplo Una agencia de publicidad
desea adquirir un ordenador, selecciona el mismo,
de acuerdo con sus necesidades entre las
diferentes posibilidades que le ofrece el
mercado, negociando precio final y demás
circunstancias de la operación (plazo de entrega,
garantía, etc.), entonces presenta la oferta,
para su financiación a una empresa dedicada al
leasing. La empresa adquiere el ordenador y se lo
alquila. Se pagan las cuotas durante el periodo
determinado previamente y con la última cuota
adquiere el bien al precio preestablecido (valor
residual). El importe de las cuotas, normalmente
lineal para toda la duración de la operación,
incluye el coste del bien más el coste financiero
de la operación. EMPRESA DE
LEASING PROVEEDOR
CLIENTE
27- 3.Otros instrumentos de financiación ajena a
largo plazo - Renting
- El renting es un contrato de alquiler de bienes
muebles o inmuebles. Mediante el pago de una
cuota fija mensual durante un plazo determinado
la compañía de renting, garantiza el uso y
disfrute del bien y se compromete a prestar
diferentes servicios adicionales para su
utilización. - Características
- Funciona mediante el pago de una cuota mensual ,
durante un plazo determinado, la compañía de
renting alquila el bien al arrendatario. - En una sola cuota se incluyen los servicios de
mantenimiento, reparaciones, impuestos, seguro... - Antes de la finalización del contrato, el usuario
y la compañía acuerdan la renovación o no de la
operación. Si no se renueva el contrato termina
con la devolución del bien. Al final del contrato
el bien pasa a ser propiedad del proveedor. - Ventajas
- Económicas utilización del bien sin realizar
desembolso por la totalidad de la inversión. - Fiscales El alquiler es, por propia definición,
gasto fiscalmente deducible. - Financieras La operación de renting mejora la
liquidez de la empresa, no han de realizarse
grandes desembolsos. - Técnicas Permite adaptar la empresa a los
constantes cambios que exige la evolución
tecnológica del mercado. - Contables al no ser propiedad del cliente, los
bienes en alquiler no forman parte del
inmovilizado de la empresa. Se contabiliza de
forma muy sencilla.
284.Los fondos propios Los fondos propios,
además de los ya contemplados como financiación
estructural, se componen de ?1. Recursos
iniciales. Constituidos por el capital
fundacional, que lógicamente constituye la
primera fuente de financiación de la empresa,
aportado por los socios o accionistas fundadores
de acuerdo con el primer estudio de sus
necesidades financieras. ?2. Autofinanciación.
También denominada financiación interna, procede
de los resultados positivos obtenidos y no
distribuidos, que robustecen la estructura
financiera de la empresa, haciendo posible su
crecimiento (contablemente se denominan reservas
// legales-voluntarias-estatutarias...//).
Dichas cantidades junto con el montante de las
amortizaciones de cada ejercicio, procedentes de
disminuciones del inmovilizado, proporcionan
nueva financiación para el circulante. No
obstante, si la empresa dota con cargo a
resultados provisiones de cualquier tipo con
objeto de prevenir futuras inversiones o
contingencias, serían equiparables a efectos
de financiación a los resultados no distribuidos
y al margen de su consideración económica o
fiscal, constituirían otra fuente de
financiación de la empresa.
29 4.Los fondos propios El concepto, Cash-flow,
es igual a beneficio después de impuestos más las
amortizaciones. Así, autofinanciación o
financiación interna Beneficios (después de
Impuestos) no distribuidos
CASH -
FLOW Amortizaciones Ejemplo
Amortización, Si de una máquina cuyo coste de
adquisición es de 1.000.000 de , se amortiza el
1er año el 10 (100.000 ), quedará un valor
neto de maquinaria de 900.000 , el importe de la
amortización de la maquina se recuperará, como
integrante del coste de los bienes y servicios
ofertados por la empresa, mediante la facturación
a sus clientes, y al cobrar la misma quedará en
la tesorería de la empresa, a disposición de la
misma para el uso que estime conveniente.
30 Las subvenciones que como es lógico
constituyen una fuente de financiación para la
empresa. Pueden darse como ?Subvenciones
de capital ?Subvenciones de explotación En el
caso de las primeras constituyen una financiación
normalmente vinculada a la adquisición de
inmovilizados, las segundas contribuyen a
soportar determinados gastos del ejercicio, entre
éstas podemos encontrar las que se conceden para
reducir el tipo de interés en créditos a largo
plazo, normalmente otorgados para adquisiciones
de inmovilizados. En ambos casos, su
concreción y funcionamiento estarán en relación
con las políticas económicas elaboradas en
cada momento por organismos nacionales o
supranacionales, y por los medios seleccionados
en cada caso para llevarlas a cabo.
31 6.3. MEDIOS DE PAGO LETRA DE CAMBIO, PAGARÉ Y
CHEQUE. Tres instrumentos fundamentales para
facilitar las operaciones comerciales de las
empresas, al permitir la posibilidad de efectuar
cobros y pagos con la necesaria agilidad y
seguridad jurídica. En algunos casos, como se
verá a continuación, también sirven para
facilitar la financiación. 6.3.1. La Letra de
Cambio a) Definición Una primera aproximación a
su concepto nos llevaría a la conclusión de que
la letra de cambio es un instrumento financiero
mediante el cual un proveedor puede recibir
dinero anticipado por un banco y el cliente puede
pagar al segundo cuando llega el vencimiento de
la misma. Así, la Letra de Cambio es un título
de crédito formal y completo, que obliga a pagar
a su vencimiento, en un lugar determinado, una
cantidad cierta de dinero a la persona
primeramente designada en el documento, o a la
orden de ésta a otra distinta también
designada. b) Historia España firmó los
Convenios internacionales, pero no la reguló
hasta 1985 con la Ley Cambiaria y del Cheque del
16 de julio de ese año.
326.3.1. La Letra de Cambio
c) Funcionamiento En definitiva una Letra de
Cambio es un mandato de pago en donde podemos
entender, en una visión muy elemental, que
existen tres personas un proveedor, un banco y
un cliente, que en términos legales (a estos
efectos) se denominan librador, tomador y librado
respectivamente. Así, el proveedor vende a su
cliente, el cual acepta una letra que
posteriormente descuenta en el banco, que será
quien pague al primero, y cobre en el momento de
su vencimiento al segundo. No existe ningún
inconveniente para que el banco tomador de la
letra la transmita, mediante endoso, antes del
vencimiento a un tercero, pudiéndose repetir la
operación tantas veces como resulte necesario.
BANCO
Paga a Cobra de PROVEEDOR
CLIENTE Vende a
33Dicho de otro modo, el librador (proveedor) emite
una letra a la orden del tomador (banco), éste
paga entonces al librador (deduciendo de su
importe los costes oportunos interés y comisión)
y posteriormente, el día del vencimiento de la
letra cobra al librado (cliente) el importe
integro de la misma. Si el tomador es el mismo
que tiene la letra en su vencimiento es también
tenedor, pero puede suceder que éste transmita la
letra a otra entidad financiera, es decir realice
un endoso, con lo cual la segunda entidad
financiera se convertiría en el nuevo tenedor y
seria el encargado de efectuar el cobro. Por lo
tanto, el tenedor cobra al librado o aceptante el
día del vencimiento de la letra.
TOMADOR
Paga a Cobra de LIBRADOR
LIBRADO Vende a
Cuando el librado expresa su conformidad con la
Letra después de haberse emitido y antes del
vencimiento, mediante su firma en el propio
documento, se convierte en librado/aceptante.
De esta manera se evita que se giren letras a
una persona que no tiene que pagar de modo que el
librado solo cuando acepta y firma la letra está
obligado a realizar el pago. Lo cual no significa
que el librado no aceptante, si realmente debe el
importe de la letra, no la pague en muchos casos
las letras no se aceptan y por ello no dejan de
cumplir su función. Si la letra no se paga,
vuelve por el mismo camino en sentido contrario
hasta llegar al librador que tendrá que devolver
la cantidad que el banco le había anticipado más
los gastos generados. En el supuesto de que el
librador no pueda pagar se puede decir que se ha
"enganchado" a la entidad financiera ya que a
éste, normalmente, le va a resultar difícil poder
efectuar el cobro.
346.3.1. La Letra de Cambio d) Clasificación para
el descuento de papel comercial Como, por lo
general, la relación entre el librador y la
entidad financiera es estable, ésta última se
compromete a descontar letras al primero hasta
una determinada cantidad pactada por ambos. Esta
cantidad recibe el nombre de clasificación y, a
su vez, la cantidad que ya se ha descontado,
pendiente de vencer, se denomina riesgo. No
obstante, a medida que los clientes van haciendo
efectivos los importes de las letras a su
vencimiento (es decir, pagan las letras), el
banco admite el descuento de nuevas letras,
siempre que no superen los límites de la
clasificación negociada (aunque a veces, cuando
se es un buen cliente la entidad financiera
permite sobrepasar ese límite). El banco
proporciona una línea de descuento limitada
(conseguir que el banco descuente las letras de
cambio), por ejemplo, en 100.000 , que se llama
clasificación (el límite). Se podrán descontar
más letras cuando hayan vencido alguna de las
primeras, en el caso de que haya agotado mi
límite. Así, el riesgo es la cantidad ya
descontada, pendiente de vencimiento CLASIFICA
CIÓN 100.000 RIESGO
65.000 POSIBILIDAD DE
DESCONTAR 35.000
356.3.1. La Letra de Cambio e) Cálculo de los
intereses Los intereses que descuenta el banco
(tomador), cuando el librador presenta la letra
al descuento se calculan de acuerdo con la
formula siguiente Capital Tiempo
Tanto c. n. t Interés
------------------------------------ I
--------- 100 K
100 K Donde Capital.- El importe de la
Letra descontada. Tiempo.- El tiempo que falta
desde la fecha de descuento a la de vencimiento,
generalmente en días. Tanto.- El tanto por ciento
de interés anual que se aplica. K.- Factor que
recoge la base de la unidad de tiempo que hemos
introducido en el numerador (365 o 360, para
días, 12 para meses, etc.). Donde los intereses
son la cantidad que cobra el banco, además de la
comisión correspondiente, en su caso. Así paga al
librador el importe de la letra menos los
intereses, las comisiones y los gastos.
366.3.1. La Letra de Cambio Ejemplo letra de
cambio para resolver en clase La sociedad A,
S.A. viene operando en el sector de la
comunicación desde hace años, y tiene unos
clientes muy importantes y un historial de
seriedad muy positivo, por lo que el banco de
Castellón le ha concedido una clasificación de
500.000 Euros. En el momento actual tiene el
siguiente riesgo, con dicha entidad
bancaria CLIENTE IMPORTE VENCIMIENTO -SEPU
S.L 250.000 15-06-06 -LAMER SA 100.000
10-07-06 -CEREALES 120.000 15-07-06 QUIJOTE
SA En el día de hoy (12 de mayo de 2006)
produce una factura, como consecuencia de la
campaña de publicidad efectuada a su cliente,
Antártica SL, por un importe de 120.000 Euros,
para el pago de la misma se ha convenido la
aceptación de una letra de cambio, vencimiento a
180 días fecha factura, que también es entregada
en la fecha de hoy. Sabiendo que el Banco de
Castellón no permite que el Riesgo exceda la
clasificación en ningún momento y que la sociedad
A tiene necesidades apremiantes de tesorería.
Deseamos determinar la fecha en la que la letra
podrá ser descontada. Además, conociendo que el
tipo de interés que se aplica es el 3,5 anual,
sin comisiones ni otro tipo de gastos, debemos
calcular el importe que será abonado en la cuenta
de la sociedad A que tiene abierta en el Banco de
Castellón, suponiendo que la letra sea descontada
en la misma fecha en la que pueda ser descontada.
376.3.1. La Letra de Cambio f) Aceptación de una
letra Por la aceptación el librado se obliga a
pagar la letra en su vencimiento. Ésta se escribe
en la propia letra mediante la palabra "acepto" y
una firma del librado, aunque la simple firma de
éste ya equivale a la aceptación. Hay que tener
en cuenta que no se puede actuar contra el
librado si la letra no está aceptada. g) Impago
de una letra Si un cliente no paga una deuda,
por lo general, el proveedor iniciará un proceso
judicial que consta de dos etapas 1. El proceso
declarativo, en el que el juez declara la
existencia de la deuda, a partir de las pruebas
aportadas por el proveedor, pudiendo alegar el
cliente las causas del impago. 2. Y el proceso
ejecutivo, en el que el juez, en su caso, declara
el embargo si da la razón al proveedor. No
obstante, estos dos procesos sólo tienen lugar
cuando -No existe letra de cambio, o documento
similar (por ejemplo, pagaré) -Existiendo letra
de cambio, no se encuentra aceptada. -Encontrándos
e aceptada, no se ha presentado a su vencimiento
y por lo tanto queda perjudicada, para evitarlo
se debe protestar la letra. La letra aceptada
e impagada, debidamente protestada puede
ahorrarse el primer procedimiento (largo, difícil
y costoso), e ir directamente al segundo. Para
ello será necesario que se acredite, mediante el
protesto, que la letra se ha intentado cobrar en
su vencimiento. Este protesto es un requisito
legal que pone de manifiesto que la letra no se
ha hecho efectiva, a pesar del intento de cobro.
386.3.1. La Letra de Cambio g) Impago de una
letra Cuando la letra está domiciliada en
un banco, protesta la letra éste directamente, en
caso contrario lo hace un Notario. Para el
librador de la letra no tiene ningún sentido
protestar una letra no aceptada, porque no puede
ir contra el librado, pero es conveniente para el
tenedor de la letra para poder recuperar su
importe del librador. No pagar una Letra
aceptada puede tener serias consecuencias para
la empresa, ya que aparecerá en la publicación
RAI (Registro de Aceptados Impagados), con lo
que es muy probable que se le retiren los
créditos y caiga en descrédito con sus
proveedores. En caso de que el aceptante no
reconozca su firma, puede oponerse a la ejecución
alegando "tacha de falsedad en la firma", es
decir, diciendo que la firma de la letra no es la
suya. Sin embargo, si mediante un estudio
grafológico se demuestra que sí es su caligrafía,
las sanciones serán mucho peores y podrían
alcanzarán el ámbito penal. También puede
oponerse a la ejecución, siempre que la misma se
inicie por el propio librador, alegando falta de
provisión de fondos (es decir que el negocio que
presuntamente dio origen a la letra no se
perfeccionó), no obstante, si la ejecución
procede de un tercero de buena fe (por ejemplo,
tomador o cualquiera de los tenedores), esto no
se puede alegar y resulta obligatorio el pago,
incluso si el negocio que originó la letra no
terminó adecuadamente. Sujeto a la normativa
de la Ley de protección de datos.
396.3.1. La Letra de Cambio h) El aval El pago
de una letra (en su totalidad o en parte) puede
garantizarse mediante un aval, de tal modo que el
avalista sustituya al aceptante si éste no paga.
Para ello la letra irá firmada por el avalista en
el anverso, aunque hay que tener en cuenta que,
por lo general, las letras comerciales no van
avaladas. i) La letra como documento de
crédito La Letra puede convertirse en un
instrumento de financiación a corto plazo cuando
una empresa la emite contra una tercera persona,
por ejemplo un socio y el banco anticipa el
dinero basándose en la doble garantía que
representa la firma del librado/aceptante y de la
propia empresa. j) Emisión de una Letra de
Cambio Según el Art. 1 de la Ley Cambiaria y
del Cheque la Letra de Cambio debe contener -La
denominación "letra de cambio" en el texto del
título, expresado en el idioma de su
redacción. -El mandato de pagar una suma en
pesetas o moneda extranjera convertible y
admitida a cotización oficial. -El nombre de la
persona que ha de pagar, denominado "librado".
Si hay firma es que la letra está aceptada. -La
indicación del vencimiento, que podrá ser a fecha
fija (p. ej. 20 de junio), a un plazo contado
desde la fecha que se libre (por ejemplo, a 90
días fecha), o a la vista (por ejemplo, a 8 días
vista), es decir con la obligatoriedad de pagarla
en el momento que se recibe. -Lugar en el que se
ha de efectuar el pago, que si no se indica se
entenderá como el domicilio del librado. -Nombre
de la persona a quien se ha de hacer el pago o a
cuya orden se ha de efectuar. -Fecha lugar en que
la letra se libra, así como la firma del emisor o
"librador".
40 6.3.2. El pagaré Es un instrumento muy similar
a la letra de cambio, con la diferencia,
esencial, que en su texto debe figurar la
palabra Pagaré. 6.3.3. El cheque Es el
medio más ágil y seguro que existe para disponer
de fondos, sin necesidad de hacerlo físicamente.
Esencialmente consiste en una orden de pago que
se gira contra el saldo que se mantiene en una
cuenta corriente de una entidad financiera.
También se suele llamar talón. Se encuentra
regulado por la misma Ley que la Letra de Cambio
y el Pagaré, la Ley Cambiaria y del Cheque. Los
cheques son siempre a la vista, es decir deben
pagarse en el momento que se presenten, incluso
si se encuentra post-datado. Al ser siempre
a la vista, el hecho de que la fecha que figure
en el mismo sea posterior a la de presentación,
no impide su eficacia, el cheque siempre debe ser
atendido si existen fondos en la cuenta. De lo
anterior se desprende la imposibilidad de
utilizarlo como promesa de pago.
416.3.3. El cheque Clases de cheques Existen
diferentes posibilidades de utilización del
cheque, entre las más importantes se
encuentran ?Cheque al portador, en él se hace
constar tal circunstancia al ser
extendido. ?Cheque nominativo, extendido a favor
de una persona concreta, haciendo constar su
nombre en el cheque. Se endosa como la Letra de
Cambio. ?Cheque cruzado, sólo puede pagarse a
otra entidad financiera o a un cliente del propio
banco, su nombre se debe a que se cruza con dos
líneas paralelas en sentido diagonal.
?Cheque conformado, visado o certificado, es el
que la entidad financiera certifica que existen
fondos para su pago. En el momento de conformarlo
retiene en la cuenta los fondos necesarios para
atenderlo. ?Cheque bancario, emitido por un
banco. Es la forma más segura para garantizar su
cobro.