Title: Sistema Notas Tcnicas de Importacin
1Reformas a los Reglamentos de los de Regímenes de
Zonas Francas y Perfeccionamiento Activo
Setiembre 2008
2Objetivos de las reformas
- Simplificar las operaciones de los regímenes.
- Fomentar los encadenamientos con las empresas
locales - Eliminar requisitos innecesarios
- Tramitación electrónica
3Trabajo en equipo
- Sector privado
- Cámaras empresariales
- Empresas beneficiarias
- Sector público
- Comex
- Procomer
- Ministerio de
- Hacienda
4AGENDA
- I. ZONAS FRANCAS
- Aspectos generales
- Detalle de aspectos aduaneros
- II. PERFECCIONAMIENTO ACTIVO
- Resumen reforma integral
- Nuevas reformas
-
5Reformas al Reglamento del Régimen de Zonas
Francas
6 ASPECTOS GENERALES
- Incremento de empresas
- Ampliación de empresas fuera de parque
- Ampliación de parques
- Simplificación trámite de auxiliar en
ampliaciones - Plantas satélites
- Bodegas
- Informe de compras locales
7 ASPECTOS GENERALES
- Eliminación de addenda al contrato de operaciones
- Modificaciones que no requieren Acuerdo Ejecutivo
- Vehículos
-
- Arrendamientos de parqueos
8 ASPECTOS GENERALES
- Guarderías.
- Eliminación del requisito de Régimen en
Condominio empresas administradoras - Simplificación fórmula VAN
- Importación Internamiento RZF
- Internamiento bienes para mantenimiento
9 ASPECTOS GENERALES
- Replanteamiento comercialización
-
- Estudio satisfacción de servicios por parte de
las empresas administradoras. - Trámites electrónicos empresas instituciones
10 ASPECTOS GENERALES
- Sustitución de empresa
-
- Establecimiento de plazos para resolver.
- Mejoras a la propiedad parte de la inversión
mínima o total. - Local para capacitación
11 ASPECTOS GENERALES
- Actividad cinematográfica
- Realización de actividades fuera de la zona
franca - Internamiento de maquinaria y equipo al mercado
local - Incorporación de nuevos servicios para este tipo
de industrias. - Operaciones productivas empresas de servicios
12 ASPECTOS GENERALES
- Definición de aspectos que deben incluir el
Ministerio de Hacienda en el dictamen emitido
para instalar una empresa fuera de parque - Título de prenda aduanera
- Envases, empaques y embalajes
- Destrucción de mermas, subproductos y
desperdicios - Donaciones
13I. Incremento de empresas
- Se eliminaron los siguientes requisitos
- Inversión adicional de US 150,000.
- Exigencia de estar en la misma jurisdicción.
- Restricción para el traslado de mercancías entre
plantas. - Elimina la exigencia de tener un sistema de
inventarios permanente y separado de los
inventarios
14II. Ampliación de empresas fuera de parque
- Ampliación puede ser contiguo a terrenos
separados por río, quebrada o curso de agua
permanente o no. - Se eliminó restricción de traslado de activos
entre la planta principal y la ampliación
15III. Ampliación de parques
- Ampliación puede ser contiguo a terrenos
separados por río, quebrada o curso de agua
permanente o no. - Se eliminó restricción de traslado de activos
entre las instalaciones principales del parque y
la ampliación - Ampliación en áreas no continuas
16IV. Simplificación de requisitos de auxiliar en
ampliaciones
- Se elimina trámite ante la aduana. La solicitud
es remitida directamente por PROCOMER - Si la ampliación es dentro de parque se elimina
el trámite de inspección. - Si la ampliación se realiza dentro de parque, el
plazo máximo de la tramitación del auxiliar por
parte de Aduanas es de 2 días.
17V. Plantas satélites
- Se autoriza la exportación e importación desde
las plantas satélites - Procomer emite autorización, previa solicitud y
justificación de la empresa - Se elimina autorización de la aduana y la
excepcionalidad del permiso.
18VI. Bodegas
- PROCOMER puede autorizar la exportación e
importación desde las bodegas en un plazo máximo
de 3 días hábiles. - Bodega puede instalarse en un parque en
jurisdicción distinta de la planta principal. - El control de la bodega será ejercido por la
aduana donde está ubicada
19VII. Informe de compras locales
- Se elimina obligación de presentar el informe
mensual de compras locales. - Se elimina el informe de adquisición de servicios
públicos y privados. - En sustitución del Informe mensual de compras
locales se solicitará en el informe anual la
copia de la Declaración Anual Resumen de
clientes, Proveedores y Gastos Específicos y
respectiva hoja de detalle.
20VIII. Subcontrataciones
- Beneficios para Costa Rica
- - Mejora la competitividad de las empresas
instaladas en los regimenes especiales y de sus
suplidores nacionales. - - Ambas empresas son más productivas las
transnacionales pueden incrementar su volumen de
producción significativamente usando las plantas
de las empresas nacionales cuya calidad y
compromiso viene creciendo.
21VIII. Subcontrataciones
- Beneficios para Costa Rica
- - Fomento a la instalación de nuevas empresas de
capital foráneo, al disponer de condiciones
internas (como una red de proveedores) que
facilita su desempeño. - - Política del Estado en respaldar el
desarrollo de la industria nacional y el
fortalecimiento de los encadenamientos
productivos. Costa Rica Provee.
22VIII. Subcontrataciones
- Se elimina la restricción del plazo máximo de 1
año para realizar subcontrataciones. - Plazo de la subcontratación es solicitado por la
empresa de acuerdo a la relación contractual
entablada con el proveedor. - Materias y mercancías objeto de la
subcontratación puede estar en la empresa
subcontratada hasta un máximo de seis meses.
23VIII. Subcontrataciones
- Se aumenta a 50 el porcentaje de subcontratación
con empresas locales - El reglamento actual establece que únicamente se
pueden internar al mercado local moldes,
troqueles y matrices, con la reforma se amplia a
maquinaria y equipo, previa constitución de
garantía ante la autoridad aduanera.
24VIII. Subcontrataciones
- Se autoriza la subcontratación simultánea con
varias empresas. - La empresa indica en la declaración aduanera las
empresas que realizarán procesos de
subcontratación. - Las mercancías objeto de la subcontratación
regresan a la planta de la empresa beneficiaria
hasta que haya finalizado todos los procesos
subcontratados.
25VIII. Subcontrataciones
- Logística del subcontrato
ZF
ZF
26VIII. Subcontrataciones
- Se elimina el informe al final de la
subcontratación. - Se sustituye por un detalle de los resultados
generados por la subcontratación que debe ser
presentado en el informe anual. - La idea es que se demuestre que lo que salió
entró
27VIII. Subcontrataciones
- Se eliminan los siguientes requisitos
- Ser una empresa PYME calificada por el MEIC.
- Constancia emitida por un profesional competente
e independiente de la empresa, indicando que por
las características técnicas de las mercancías
las mismas únicamente puede ser utilizadas por la
empresa beneficiaria.
28VIII. Subcontrataciones
- Se eliminan los siguientes requisitos
- Certificación emitida por un CPA independiente en
la cual se indique que las mercancías objeto de
la subcontratación fueron adquiridas en su
totalidad por la empresa beneficiaria . - Declaración jurada del representante legal de la
empresa en la que se haga constar que no existe
vinculación económica y que el nivel de empleo no
se verá afectado.
29VIII. Subcontrataciones
10
Cantidad de Trámites
Tiempo de Aprobación
15-20 días
2006
2008
30VIII. Subcontrataciones
- Los requisitos eliminados se sustituyen por un
registro ante PROCOMER de las empresas
subcontratadas.
31VIII. Subcontrataciones
- En búsqueda de Proveedores Nacionales??
- .
- www.crprovee.com
- crprovee_at_procomer.com
32IX. Activos en fideicomiso
- En el caso de las empresas administradoras se
autoriza la inclusión de activos en fideicomisos
como parte de la inversión - Empresa de zona franca debe ser el fideicomitente
o fideicomisario
33X. Reglamento empresas administradoras
- Se establece la obligación de contar con un
Reglamento General sobre el funcionamiento del
parque. - Se elimina la aprobación de PROCOMER
- Se elimina la aprobación de ADUANAS
- Rige a partir de la aprobación realizada por la
empresa administradora.
34XI. Computadoras portátiles
- Se permite el traslado fuera del área habilitada
- Requiere tener un control y registro que detalle
el ingreso, salida, número de identificación del
activo y nombre e identificación de la persona
asignada para el uso de tales equipos.
35XII . Servicio alimentación empleados
- Se permite la exoneración del impuesto de ventas
y consumo. - Los servicios de alimentación contratados por la
empresa beneficiaria.
36XIII . Addenda a contrato de operaciones
- Se propone que los cambios en el acuerdo
ejecutivo solicitados por la empresas rijan a
partir de la notificación de tal acuerdo, cambios
que se entenderán automáticamente incorporados al
contrato de operaciones. - No se requerirá addendum firmado por el
representante legal
37XIV. Modificaciones que no requieren acuerdo
ejecutivo
- Se establece que PROCOMER pueda
autorizar directamente los siguientes CAMBIOS - Fecha de inicio de operaciones.
- Fecha de cumplimiento de la inversión inicial.
- Fecha de la inversión total.
- Fecha de cumplimiento de empleo.
- Cambio de razón social y naturaleza jurídica de
la empresa beneficiaria.
38XV. Vehículos
- Se elimina requisito de que los conductores estén
en las planillas de la empresa. - Se establece que pueden ser conducidos por
cualquier persona autorizada por la empresa
siempre y cuando se encuentre inscrita ante la
DGA. - Debe rotularse los vehículos con un distintivo
permanente.
39XVI. Arrendamiento de Parqueos
- Las empresas Administradoras que tengan
área disponible para parqueo de vehículos podrán
arrendar espacios a las empresas beneficiarias
del Régimen de Zonas Francas, ubicadas dentro del
parque o fuera de él.
40XVII. Guarderías
- Artículo 31.- Servicios de guardería entre
empresas beneficiarias - Las empresas administradoras que cuenten con un
centro infantil cuya capacidad haga posible que
dichos centros puedan brindar el servicio de
guardería a otras empresas beneficiarias del
Régimen, ubicadas fuera de su parque, podrán
prestar el citado servicio.
41XVIII. Régimen de Condominio
- Artículo 29. Ampliación o reducción del área de
Parque de Zonas Francas - En el caso de ampliación o exclusión de pisos
completos de los parques se eliminó el requisito
de estar sometido al Régimen de condominio.
42XIX. Simplificación fórmula VAN
- Artículo 12. Calculo del Valor Agregado Nacional.
- Se elimina los impuestos netos de la fórmula.
- Se incluye el cambio o variación de inventarios a
lo largo del periodo.
43XIX. Simplificación fórmula VAN
- Fórmula anterior
- Fórmula nueva
44XX. Importación internamiento ZF
- Importación definitiva Es el ingreso de
mercancías al territorio aduanero nacional, que
cumplan con las formalidades y los requisitos
legales, reglamentarios y administrativos para el
uso y consumo definitivo en el territorio
aduanero nacional. - Internamiento de mercancías Es el ingreso de
mercancías al Régimen de Zonas Francas por parte
de las empresas beneficiarias. El internamiento
no constituye una importación.
45XXI. Ventas a beneficiarios de otros regímenes
- Artículo 102.- Ventas a beneficiarios de otros
regímenes especiales de exportación - Los beneficiarios pueden realizar toda clase de
ventas a las personas físicas o jurídicas
beneficiarias de otros regímenes especiales de
exportación, de conformidad con los
procedimientos aduaneros establecidos. - Se elimina autorización de PROCOMER
46XXII. Replanteamiento Comercialización
- Definición Es la actividad que consiste
simplemente en manipular, reempacar y
redistribuir mercancías que sean propiedad del
beneficiario del Régimen de Zonas Francas. - Se eliminó el requisito de accesorio a la
actividad principal. - Complementarias cuando no generen más de un
treinta por ciento de las ventas totales de la
empresa. - Incentivo a las actividades de logística
47XXIII. Estudio de satisfacción del cliente
- Artículo 63.- Obligaciones adicionales para
las empresas administradoras de Parque - Prestar los servicios en forma eficiente a los
beneficiarios instalados en el Parque. - Para tales efectos, deberá efectuar anualmente un
estudio de satisfacción de los servicios
prestados a las empresas beneficiarias que se
ubican en el parque y presentarlo junto con el
informe anual a PROCOMER.
48XXIV. Trámites electrónicos
- Trámites electrónicos por parte de los
beneficiarios. - Informe anual
- Subcontrataciones
- Destrucciones
- Donaciones
- Cualquier otro trámite
- Coordinación interinstitucional e intercambio
electrónico de información.
49XXV. Sustitución de beneficiaria
- Artículo 44
- Establece los requisitos necesarios para realizar
sustitución. - Solicitud se presenta ante PROCOMER.
- La nueva empresa asume las obligaciones y
derechos de la empresa beneficiaria según los
términos del acuerdo ejecutivo de otorgamiento. - Aplica para cualquier tipo de clasificación
50XXVI. Mejoras a la propiedad
- Artículo 6.- Inversiones nuevas
- Se consideran inversiones nuevas las relativas a
activos fijos que reúnan las siguientes
condiciones - d) Las mejoras a la propiedad propia o
arrendada
51XXVII. Local para capacitación
- Artículo 63.- Obligaciones adicionales
para las empresas Administradoras de Parque - Destinar un local para que los
trabajadores reciban capacitación, celebren
reuniones y asambleas, el cual se deberá mantener
en buenas condiciones.
52XXVIII. Actividad cinematográfica
- Se permite la realización de actividades
productivas fuera del área habilitada como zona
franca. - Internamiento de maquinaria, equipo, materias y
mercancías indicadas en el AE al mercado local. - Internamiento se puede realizar por un año.
- No se requiere constitución de prenda aduanera ni
garantía adicional.
53 XXIX. Informe anual
- Prevenciones por parte de PROCOMER para la
presentación del informe o la corrección 15
días y 10 días, de previo al inicio de
Procedimiento Administrativo. - Plazos se computan a partir del día siguiente de
la notificación.
54XXX. Inicio de operaciones antes de la fecha
prevista en el AE
- Artículo 66.- Inicio de actividades
- () En el caso de que la empresa inicie
operaciones productivas antes de la fecha
prevista en el respectivo acuerdo de
otorgamiento, deberá comunicarlo a la Gerencia de
Operaciones antes que concluya el periodo fiscal
dentro del cual dieron inicio las operaciones,
aportando la documentación que acredite tal
inicio. Una vez realizado el análisis técnico
correspondiente y de considerarlo procedente,
PROCOMER comunicará, en el plazo de cinco días
hábiles, la fecha de inicio de operaciones a la
Dirección, a la Aduana de Control, a la Dirección
General de Tributación y a COMEX para los
registros correspondientes.
55Reparación, mantenimiento y reconstrucción de
unidades de transporte
- Zonas francas a Régimen de Importación temporal
- Plazo de importación temporal de 1 año se
computa a partir de la fecha de la aceptación de
la declaración aduanera de importación temporal - Régimen de Importación temporal a Zonas Francas
- Plazo de 1 año del régimen de importación
temporal se suspende y continuará computándose
desde el momento en que se emita la declaración
aduanera de salida de la Zona Franca. - Artículo 97
56Artículo 73. Restricción artículo 20 g)
- Las exenciones contempladas en este inciso no se
aplicarán cuando los beneficiarios potenciales
puedan descontar, a su país de origen, los
impuestos exonerados en Costa Rica -
57Artículo 73. Restricción artículo 20 g)
- La restricción citada en el párrafo quinto del
inciso g) del artículo 20 de la Ley se dará única
y exclusivamente cuando concurran todas y cada
una de las circunstancias siguientes - a) El país de origen del beneficiario potencial
grava las utilidades generadas en Costa Rica por
la empresa beneficiaria del Régimen y
simultáneamente concede un crédito o deducción a
ser descontado del impuesto a pagar en el país de
origen sobre dichas utilidades. -
58Artículo 73. Restricción artículo 20 g)
- Artículo 73. Restricción para aplicación de
exenciones del artículo 20 inciso g) de la Ley - b) El crédito o deducción se calcula con base
en los impuestos exonerados en Costa Rica, sea el
monto correspondiente a los impuestos que la
empresa beneficiaria del Régimen debería pagar en
Costa Rica si no aplicasen las exenciones del
artículo 20 inciso g) de la Ley N 7210 y sus
reformas. - La restricción no se activará cuando en el país
de origen del beneficiario potencial las
utilidades generadas en Costa Rica por la empresa
beneficiaria no se encuentran gravadas o sujetas
a impuesto. -
59Reformas al Reglamento del Régimen de Zonas
Francas Aspectos Aduaneros
60Códigos
- Código de auxiliar Es el número de
identificación otorgado por la Dirección General
de Aduanas al momento de emitir la resolución que
otorga la condición de Auxiliar de la Función
Pública Aduanera. -
- Código de ubicación Es el número de
identificación otorgado por la Dirección General
de Aduanas para cada punto geográfico donde se
localizan instalaciones de la empresa
beneficiaria, para realizar operaciones propias
de su actividad dentro del Régimen.
61Plantas
- Planta principal Instalaciones físicas
autorizadas por la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica y la Dirección General de
Aduanas para las operaciones principales del
beneficiario al amparo del Régimen.
62Plantas
- Plantas satélites Instalaciones físicas de
operación ubicadas dentro o fuera de parque, para
los beneficiarios cuya planta principal se
encuentra dentro de Parque. - Las empresas procesadoras, de servicios y
comercializadoras pueden establecer plantas
satélites. - Se elimina el porcentaje del 55 del proceso
productivo que debía de elaborarse en la planta
principal (planta madre).
63Plantas
- Plantas secundarias Instalaciones físicas de
operación ubicadas dentro o fuera de parque, para
los beneficiarios cuya planta principal se
encuentra fuera de Parque.
64Habilitaciones de áreas
- Ampliación de áreas Es el aumento del área
previamente autorizada para la empresa
beneficiaria del Régimen, siempre y cuando las
nuevas áreas sean colindantes con la primera. En
estos casos, el código de ubicación asignado a la
empresa beneficiaria será el mismo. -
- Incremento de áreas Es el aumento del área
previamente autorizada para la empresa
beneficiaria del Régimen, siempre que las nuevas
áreas no sean colindantes. Para estos casos la
Dirección otorgará un nuevo código de ubicación a
las nuevas áreas.
65Código auxiliar
- Artículo 19.- Resolución de otorgamiento
de la condición de auxiliar - Si la planta no está preparada para la inspección
por encontrarse en construcción o está pendiente
la instalación de equipo y/o maquinaria la
empresa debe indicarlo. - En este caso, la Dirección otorgará, previa
solicitud del interesado, el código de Auxiliar
de la Función Pública Aduanera con el fin de que
la empresa solicitante pueda internar los bienes
necesarios para la construcción de la planta y
demás obras de infraestructura. - Este código se puede emitir el mismo día que la
Dirección General de Aduanas reciba el AE de
PROCOMER.
66Varias empresas en una misma planta
- Artículo 20.- Solicitud y requisitos
para ocupar instalaciones previamente autorizadas
a otra empresa del Régimen - Las empresas de servicios podrán ubicarse en las
instalaciones de otra empresa beneficiaria del
Régimen, ya sea de servicios o procesadora, en
cuyo caso así deberá consignarlo en la solicitud
de ingreso al Régimen a efectos de que la Aduana
de Control proceda en todos los casos a efectuar
la inspección de las instalaciones. - Para tales efectos, ambas empresas deberán
implementar los controles que permitan
identificar sus operaciones de manera
individualizada, así como delimitar el área de
operación donde se ubicará cada empresa.
67 Cambios en la solicitud de auxiliar
- Reforma anterior
- Única solicitud para ingreso y trámite de
auxiliar - Documentación sirve para ambos trámites
- Nueva reforma
- Se precisa que la empresa debe estar inscrita en
el Registro de Contribuyentes del Ministerio de
Hacienda. Antes se exigía cumplir con las
obligaciones tributarias. - Se amplía el plazo de vigencia de las
personerías de un mes a tres meses.
68 Auxiliar en ampliaciones e incrementos
- Se elimina el trámite de la preinspección.
- La solicitud de ampliación es para ambos
trámites aprobación de PROCOMER y otorgamiento
del auxiliar. - PROCOMER remite directamente la solicitud a la
Aduana. El administrado no tiene que acudir ante
la aduana. -
- Si la ampliación o incremento es en parque
industrial, se elimina el trámite de la
inspección -
69 Dictamen Ministerio de Hacienda
- De conformidad con el artículo 18 de Ley de
Régimen de Zonas Francas para el otorgamiento del
régimen a empresas procesadoras que deseen
instalarse fuera de parque se requiere el
dictamen previo del Ministerio de Hacienda. - Con la reforma se detallan los requisitos de
dicho de dictamen - el Ministerio de Hacienda verificará la
existencia de un proyecto de construcción de
instalaciones físicas de la empresa solicitante,
así como cualquier otro aspecto que estime
conveniente plantear.
70 Título de prenda aduanera
- Se incorpora el capítulo XVII que regula la
prenda aduanera. - No se requiere inscripción ante el Registro
Nacional. - Aplica únicamente en el internamiento de
maquinaria y equipo en subcontrataciones y en
internamiento de bienes al mercado local para
reparación y mantenimiento. - Cuando se requiera realizar prórroga de prenda
aduanera, la misma deberá realizarse por el monto
inicialmente determinado, o bien, se podrán
aplicar los porcentajes de depreciación
correspondientes. En este último caso se requiere
CPA.
71 Envases, empaques y embalajes
- Artículo 110
- Las empresas podrán deshacerse libremente de los
envases, empaques y embalajes para - Reexportación
- Destrucción
- Donación
- Reciclaje
- Nacionalización
- No se requiere la autorización previa de la
Aduana.
72 Destrucción de mermas, subproductos y
desperdicios
- Artículo 111
- La Autoridad Aduanera tiene un plazo máximo de
- - 1 día para productos perecederos
- - 3 días para el resto.
-
73 Destrucción de mermas, subproductos y
desperdicios
- Artículo 111
-
- Transcurridos estos plazos, la Autoridad
Aduanera no se pronuncia ni el funcionario
aduanero se presenta el beneficiario podrá
proceder con la destrucción en la presencia de un
testigo y deberá levantar el acta
correspondiente, copia de la cual deberá remitir
a la Aduana de Control dentro de las 24 horas
siguientes de efectuada la destrucción. -
74 Desechos electrónicos
- Artículo 114.- Desechos de bienes bajo
regulaciones especiales - Cuando se trate de bienes internados al amparo
del Régimen que requieran un proceso especial
para ser destruidos, desechados, o reciclados,
por el riesgo que representan para el ambiente,
la beneficiaria deberá contratar tal proceso con
una empresa técnicamente capacitada para ese fin
ello cuando no pueda hacerlo por si misma, o
bien, cuando la Municipalidad no cuente con los
recursos o métodos adecuados para disponer de
dicho material adecuadamente. - La comunicación y participación de la autoridad
aduanera se efectuará de conformidad con las
regulaciones establecidas en el artículo 111.
75Reformas al Reglamento del Régimen de
Perfeccionamiento Activo (PA)
76 Reforma integral Decreto 34165 -H- COMEX
- Ingreso al Régimen de PA
- Plazo de otorgamiento 6 días
- Única solicitud para ingreso y trámite de
auxiliar - Documentación sirve para ambos trámites
77 Reforma integral Decreto 34165 -H- COMEX
- Auxiliar de la Función Pública Aduanera
- Plazo para otorgamiento
- Dentro de parque 2 días.
- Se eliminó inspección previa.
- Fuera de parque 15 días.
78 Reforma integral Decreto 34165 -H- COMEX
- Encadenamientos productivos
- Aumento del porcentaje de subcontratación a 50
- Subcontratación simultánea
- Eliminación de requisitos
- Plazo de subcontratación lo define la empresa. Se
elimina restricción de 1 año.
79 Reforma integral Decreto 34165 -H- COMEX
- Encadenamientos productivos
- Mercancías objeto de la subcontratación pueden
estar en la empresa subcontratada 6 meses. - Se eliminó la garantía adicional para la
maquinaria y el equipo.
80 Reforma integral Decreto 34165 -H- COMEX
- Prenda Aduanera
- No se requiere en repuestos, muestras, modelos,
manuales, patrones y catálogos. - No se requiere en el caso de subcontrataciones.
- Posibilidad de aplicar depreciación en prórrogas
81 Reforma integral Decreto 34165 -H- COMEX
- Trámites Electrónicos
- Ventas al mercado local
- Destrucción de mermas, residuos, envases y
empaques - Donaciones
- Traslado de equipo para reparaciones
- Reducción de causales de revocatoria
82Nuevas reformas al Reglamento de Régimen de
Perfeccionamiento Activo
83 I. Subcontrataciones
- Se permite la exportación e importación desde las
instalaciones de la empresa subcontratada.
84II. Prórroga de Prenda Aduanera
- En caso de que el valor se mantenga se elimina el
requisito de la certificación de contador público
autorizado.
85III. Fórmula porcentaje de ventas la mercado local
86IV. Informe Anual
- Prevenciones por parte de PROCOMER para la
presentación del informe o la corrección 15
días y 10 días, de previo al inicio de
Procedimiento Administrativo. - Plazos se computan a partir del día siguiente de
la notificación. - Suspensión precautoria por no presentación
87V. Internamiento vs importación
- Importación Ingreso de mercancías de procedencia
extranjera, que cumpla con las formalidades y los
requisitos legales, reglamentarios y
administrativos para el uso y consumo definitivo
en el territorio aduanero nacional. - Internamiento de mercancías Ingreso de
mercancías al Régimen de Perfeccionamiento Activo
por parte de las empresas beneficiarias. El
internamiento al régimen no constituye una
importación.
88VI. Traspaso de mercancías
- - Traspaso de mercancías entre beneficiarios del
Régimen - - Se elimina autorización de PROCOMER.
89Resumen de simplificaciones y reformas
90Resumen
Impacto de los cambios en Reglamentos de
Regímenes Especiales 1. Reforma de más del 50
de los artículos en los Reglamentos. 2. Respaldo
a la política del Estado en materia de
encadenamientos productivos 3. Reducción de
costos que busca la eficiencia de las unidades
productivas asociadas a la exportación e
importación (traslado de mercancías. 4. Plazos
de Tramitación expeditos Promedio 3 días.
91Resumen
Impacto de los cambios en Reglamentos de
Regímenes Especiales 5. Eliminación de trabas
para la instalación de nuevas parques
industriales y la ampliación de los existentes.
6. Trámites Electrónicos 7. Alianza Sector
Público- Privado Esfuerzo interinstitucional
para mejorar la competitividad del país.
92Siguientes pasos
93Siguientes Pasos
- Capacitaciones más detalladas para
- a. Parques Industriales (empresas que operan en
ellos) - Empresas fuera de parque.
- Funcionarios de las aduanas.
- d. Abogados
- Cámaras
- Entidades de apoyo,
- Otras organizaciones y entidades
- Desarrollo del manual de procedimientos aduaneros
94Siguientes Pasos
- 3. Actualización de sistemas informáticos
(SADAZF) - 4. Recopilación de nuevas oportunidades de
mejora por parte de las entidades relacionadas al
comercio internacional. (Sector público y
privado).
95Atención de consultas
Correo Electrónico ejecutivos_at_procomer.com
info_at_procomer.com Teléfono 2299-4700
96Consultas