Title: Transporte Accesible
1Transporte Accesible
- Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
2Lo Que Debería Ser
- La accesibilidad para todas las personas debería
ser una condición implícita en la vida social,
tanto en lo edilicio, como en el transporte, la
información y la comunicación
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
3Personas Con Discapacidad
- Las personas con discapacidad necesitan del medio
las condiciones para resolver su dificultad, sea
esta motora o sensorial - Actualmente no sólo no se dan estas condiciones
sino que permanentemente se encuentran con
barreras adicionales estado de las calles,
transportes colapsados, teléfonos innaccesibles,
edificios públicos sin accesos ni señalizacion
apropiada, etc
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
4 La Mitad Del Camino
- Lo que establece la legislación vigente
- El control por parte del estado
- La realidad cotidiana
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
5Normativa
- Ley 22431
- Publicada en el boletín oficial 16 de marzo de
1981 - Articulo 20º.- Las empresas de transporte
colectivo terrestre sometidas al contralor de
autoridad nacional deberán transportar
gratuitamente a las personas discapacitadas en el
trayecto que medie entre el domicilio del
discapacitado y el establecimiento educacional
y/o de rehabilitación al que deban concurrir - La reglamentación establecerá las comodidades que
deben otorgarse a los discapacitados
transportados, las características de los pases
que deberán exhibir y las sanciones aplicables a
los transportistas en caso de inobservancia de
esta norma
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
6Ley N. 24.314 - Accesibilidad De Personas Con
Movilidad Reducida. Modificación De La Ley N
22.431 Sancionada Marzo 15 De 1994.
- Vehículos de transporte público tendrán dos
asientos reservados señalizados y cercanos a la
puerta por cada coche, para personas con
movilidad reducida. Dichas personas estarán
autorizadas para descender por cualquiera de las
puertas - Las empresas de transportes deberán incorporar
gradualmente en los plazos y proporciones que
establezca la reglamentación, unidades
especialmenle adaptadas para el transporte de
personas con movilidad reducida
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
7Resolución 139/97 - SECRETARIA DE
TRANSPORTEMANUAL DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
PARA VEHICULOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
PASAJEROS
Publicado En B.O. 5/1/98
- Establece las condiciones de accesibilidad de los
actuales micros de piso bajo y semibajo - Deberán contar con dos espacios destinados a
sillas de ruedas, todos los implementos
necesarios para permitir el ingreso y egreso del
usuario, y los sistemas de sujeción
correspondientes - Se fijan las dimensiones de los espacios a
utilizar por la sillas de ruedas - Asimismo la altura de los pulsadores de indicador
de parada, altura de los escalones, etc
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
8Decreto 914/97 Apruebase La Reglamentación de
los Art.20,21 Y 22 De La Ley 22.431 Modificados
Por Su Similar 24.314
Publicado En B.O. 18/9/97
- Establece la incorporación progresiva de unidades
accesibles a partir de 1997 determinando el
porcentaje de unidades accesibles por año hasta
llegar a la renovación total de la flota
(previsto para el año 2002) - Incorpora una zona de ubicación para apoyos
isquiaticos - Se deberan incorporar sistemas de informacion
referidos a recorridos, paradas proximas y
paradas en las que se encuentra estacionado el
vehiculo posibles de recepcionarse por parte de
personas con disminucion visual o auditiva, como
asi tambien toda otra indicacion del conductor. - En vehículos de larga distancia se optara por la
incorporación de un elevador de sillas de ruedas
y se dispondra el espacio para la ubicación de
por lo menos una silla de ruedas
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
9Decreto 467/98 - Transporte Automotor Público De
PasajerosModificase el Art. 22 Del Decreto
914/97Publicado En B.O. El 6/5/98
- Sutil corrección al cuadro de renovación de
unidades, donde decía - 20 del total de la línea
- Ahora dice
- 20 del total de la renovación de la línea
- Además la renovación puede ser mitad piso bajo y
mitad semibajo o bajo en forma optativa
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
10RESOLUCION 417/2003 SECRETARIA DE
TRANSPORTERegión Metropolitana De Buenos
AiresFecha 16/12/2003
- Las empresas deberán prestar 1 servicio cada 20
minutos con unidades adaptadas para personas con
movilidad reducida - En los ramales cuya frecuencia sea menor a 5
servicios por hora, se garantizará la frecuencia
mínima de 1 servicio cada 60 minutos - Se deberá garantizar en los horarios de menor
concentración de servicios la cobertura del 100
con unidades adaptadas - Si la línea no cuenta con el parque móvil
adaptado para prestar la frecuencia mínima de 20
minutos deberá hacerlo con la mayor frecuencia
posible, que no deberá exceder los 60 minutos
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
11Organismos De Control
- Area transporte
- C.N.R.T.
- Secretaría de Transporte
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
12C.N.R.T.
- Según sus registros a abril del 2007 sobre 9227
unidades de transportes(Línea 1 a 200) 2.365 eran
de piso bajo(25,6) y 478 de piso
semi-bajo(5,2). - Recordemos que no todas tienen espacio para
sillas de ruedas - Pero además hay contrastes importantes
- Línea 50 56 unidades TODAS de piso bajo
- Línea 41 68 unidades, 66 piso bajo, 2 semi-bajo
- Línea 64 58 unidades, 55 de piso bajo
- Línea 86 143 unidades, NINGUNA de piso bajo, 40
semi-bajo - Línea 46 43 unidades, NINGUNA de piso bajo, 4
semi-bajo - Línea 174 86 unidades NINGUNA de piso bajo NI
semi-bajo
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
13C.N.R.T. 2
- Pese a estos datos
- Las líneas declaran en sus horarios la supuesta
frecuencia de los micros accesibles y la C.N.R.T.
Considera que cumplen en un 84. - Pero...
- La línea 86 declara un servicio por hora, pero
los choferes al ser consultados responden que no
cuentan con unidades accesibles(pese a que
algunas circulan con el símbolo) - En los pisos semi-bajos es frecuente parar una
unidad con el símbolo y que el chofer diga que la
rampa no funciona, para dar solo algún ejemplo
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
14Quien controla a la C.N.R.T.?
- Según informe de agosto de 2006 de la Sindicatura
General de la Nación - El elevado porcentaje de observaciones que
continúan pendientes de regularización y sin
acciones encaradas, muchas de las cuales
persisten de ejercicios anteriores, evidencia una
baja receptividad por parte de las Autoridades
del Organismo. - ..se concluye que el sistema de control interno
imperante en el organismoa es inadecudo, toda vez
que la calidad de los controles existentes
evidencian alta probabilidad de ocurrencia de
desvíos, errores e irregularidades, que exponen a
la organización a riesgos de magnitud.
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
15A.G.N. Informe Nº 638/05
- Los controles que realizan los Talleres de
Revisión Técnica (TRT) no son objetivos,obtienen
resultados no homogéneos y carecen de la
exactitud para garantizar la seguridad necesaria
en la habilitación de los vehículos revisados en
sus instalaciones, en cumplimiento de la Revisión
Técnica Obligatoria (RTO). - la CNRT no emitió acta alguna para iniciar el
procedimiento sancionatorio, permitiendo a los
talleres con deficiencias continuar con las
revisiones, poniendo en riesgo la seguridad que
el sistema de revisión debería salvaguardar. - Surgen deficiencias e irregularidades en los
exámenes de aptitud psicofísica. Atento a estas
deficiencias, los controles programados y
realizados por la CNRT resultan insuficientes.
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
16CONADIS
- La accesibilidad a los medios de transporte forma
parte de unPlan nacional de Accesibilidad en el
cual ocupa el mismo lugar que la accesibilidad
edilicia y comunicacional. - No hay constancia de medidas concretas
- Los Planes Nacionales se diluyen entre las
responsabilidades en los gobiernos provinciales
y/o municipales(esta es la respuesta del - Presidente de CONADIS a la Comisión de
Discapacidad de Diputados-mayo 2006)
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
17Gratuidad
- El Decreto 38/04 establece la gratuidad de los
medios de transporte público terrestre para las
personas con discapacidad y un acompañante cuando
correspondiera con la sola presentación de
documento de identidad y fotocopia autenticada
del certificado de discapacidad. - Los pasajes de larga distancia deben solicitarse
con más de 48 horas de anticipación - No es necesario justificar los motivos del viaje
- Pueden solicitarse los asientos más próximos a la
puerta - Las personas ciegas pueden viajar con perro guía
- Pero
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
18En la práctica
- En los transportes de corta distancia se puso en
práctica sin mayor inconveniente que la
inaccesibilidad de las unidades - En los transportes de larga distancia las
empresas negaban los pasajes, y se hacía
necesaria la intervención de la CNRT que oficiaba
de intermediario para resolver los problemas. Tal
como sucede con las líneas de Ciudad de Buenos
Aires, algunas empresas otorgaban los pasajes sin
inconvenientes y otras hacían todo lo posible por
zafar
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
19Decreto 118/06
- Art. 4º Establécese que el derecho de gratuidad
para viajar en los distintos tipos de transporte
colectivo de pasajeros sometidos a contralor de
la autoridad nacional dispuesto por el Artículo
1º del Decreto Nº 38 de fecha 9 de enero de 2004,
será reglamentado por la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, debiendo observar
entre otros aspectos explicitados en los
considerandos de dicha norma y mientras rija el
Decreto Nº 2407 de fecha 26 de noviembre de 2002
las siguientes pautas - a) Será aplicable a los servicios enumerados en
los literales a), b) y c) del Artículo 3º del
Anexo II del Decreto Nº 2407/2002. - b) Para cada servicio, la obligación de
transporte se limitará a UNA (1) plaza para
discapacitado y UNA (1) para su acompañante, si
el servicio cuenta con hasta CINCUENTA Y CUATRO
(54) asientos y de DOS (2) plazas para
discapacitados y su acompañante si la capacidad
fuera mayor. - c) Independientemente de lo dispuesto en el
último párrafo del Artículo 1º del Decreto Nº
38/2004, la inobservancia de lo normado en dicho
artículo habilitará a la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a reducir el
beneficio del Gasoil a precio diferencial, de
acuerdo con la reglamentación que establezca
dicha Secretaría
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
20Alcances y consecuencias
- Limita la cantidad de pasajes a entregar
- Deja fuera del sistema a los micros con mayor
comodidades (coches cama) - No solamente no se cumple con lo previsto
(Decreto 914/97) ya que los micros de larga
distancia no tienen lugar para sillas de ruedas
ni forma de acceso para las mismas sino que están
llenos de escalones que dificultan el acceso a
los asientos y a los sanitarios( algunos otorgan
asientos en la parte de abajo y tienen el baño en
la parte de arriba por ej.)
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
21Organismos de Control
- CONADIS El Presidente de CONADIS responde a la
Comisión de Discapacidad de la HCDN que no fue
consultado sobre el tema (en mayo 2006) - Se desconocen medidas tomadas respecto de los
reclamos efectuados - C.N.R.T. Se limita a tratar de mediar con las
empresas para conseguir pasajes ante el reclamos
de los usuarios - Recibe denuncias de los mismos que dependen del
seguimiento del usuario
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
22Ultimas Noticias
- En los últimos meses del 2007, antes del cambio
de gobierno, se emitieron distintas sentencias
intimando al gobierno a tomar medidas respecto de
la accesibilidad, en transporte automotor y
ferrocarriles. - Con el nuevo gobierno cambió la gestión en
CONADIS. Esperamos notar la diferencia
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi
23Comentario final
- En este informe faltan cifras, son las que tienen
que ver con los subsidios otorgados por
renovación de unidades el control que se ejerce
sobre su uso, las ganancias obtenidas por las
empresas de transporte sin inversión el
porcentaje de asientos vacíos en los micros de
larga distancia que no se otorgan a PCD y ..
Autora Lic. Elida G. Mattarozzi