Title: Sistema Tributario Argentino
1XIV Congreso Latinoamericano de
Fideicomiso Tratamiento Tributario Comparado del
Fideicomiso en Latinoamérica Nicolás
Malumián 20 de octubre de 2004
2Ejes teóricos
- Necesidad de asesoramiento local
- Qué preguntar?
- Trasnacionalización del fideicomiso
- El fideicomiso como vehÃculo de inversión
internacional - Responsabilidad del fiduciario
- LÃmite de su responsabilidad fiscal
3Aspectos Generales de la Tributación Trasnacional
en Latinoamérica
4Niveles de Tributación
- Sistemas Unitarios o centralizados con dos
niveles de tributación - Municipal y Nacional
- Sistemas federales o descentralizados con tres
niveles de tributación - Municipal, Estadual o Provincial y Nacional
5Fuente de la renta
- Regla general
- Se grava la renta nacional y la extranjera
- Sólo gravan la renta nacional
- Costa Rica, Panamá y Uruguay
6Comparación de la Tributación del Fideicomiso en
Latinoamérica
7Impuesto a las Ganancias o sobre la Renta
Modelos teóricos de gravabilidad
- Ante el Impuesto a las Ganancias o sobre la
Renta, existen 3 modelos básicos que un paÃs
puede adoptar para el fideicomiso de
administración - Gravar al fideicomiso como una sociedad de
capital - Atribuir la renta del fideicomiso a los
beneficiarios - No considerar el fideicomiso como relevante
fiscalmente (ej. Fideicomiso en garantÃa) - La diferencia entre II y III es que en el caso de
atribución de la renta puede cambiar el carácter
de la misma y perderse exenciones.
8Impuestos a las Ganancias o sobre la Renta
Gravabilidad del fideicomiso
- Latinoamérica NO adoptó una solución única.
- No existe ningún grado de coordinación en la
materia. - Colombia y México atribuyen las ganancias del
fideicomiso a los beneficiarios. - Perú atribuye las ganancias al fideicomitente
- Argentina adopta una postura mixta (el
fideicomiso es sujeto del gravamen salvo que
coincidan fiduciantes con beneficiarios). - Ecuador, Guatemala y Uruguay consideran al
fideicomiso mercantil sujetos del tributo.
9Impuestos a las Ganancias o sobre la Renta
Gravabilidad de la transferencia de activos al
fideicomiso
- Latinoamérica NO adoptó una solución única.
- No existe ningún grado de coordinación en la
materia. - En general existen exenciones o exclusiones del
objeto en materia de transferencia de activos al
fideicomiso. - Existen paÃses que basan la tributación en la
existencia o no de una contraprestación a la
transferencia fiduciaria.
10Impuesto al Valor Agregado (o General a las
Ventas)
- En general se considera al fideicomiso sujeto
fiscal del Impuesto al Valor Agregado o General a
las Ventas. - Las leyes del Impuesto al Valor Agregado tienden
a prescindir del análisis de la existencia de
personerÃa jurÃdica y se concentran en la
existencia de actividad gravada por parte de un
patrimonio.
11Otros
- Impuesto inmobiliario
- Impuesto automotor
- Impuesto a las transacciones financieras
- Tasas municipales sobre los establecimientos (v.
gr. de seguridad e higiene, industria y comercio,
etc.) - Impuesto sobre el patrimonio de empresas o
personas fÃsicas - Generalmente tienen una lógica complementaria a
la del impuesto a las ganancias o la a renta
12Fideicomiso en GarantÃa
- El fideicomiso en garantÃa es considerado, sea
por normas expresas o basándose en la realidad
económica, como inexistente a los fines
fiscales. - La actividad económica y los activos se atribuyen
fiscalmente a quien tiene el interés económico - Se podrÃa expresar diciendo que existe una
propiedad legal y una propiedad fiscal
13Fideicomiso Transnacional
14Concepto
- Existe fideicomiso transnacional en todo caso en
que los participantes del mismo sean residentes
fiscales en diferentes jurisdicciones. - El caso más frecuente es aquel en los
beneficiarios son sujetos residentes en
jurisdicciones diferentes a la de localización
del fiduciario y los bienes.
15Tratados de para evitar la doble imposición
- Los tratados vigentes no consideran en particular
el caso del fideicomiso. - Existen casos de tratados con Canadá que
consideran al Trust una persona fiscal. - Las reglas generales de las legislaciones
internas son - Se imponen retenciones por pagos de beneficios al
exterior. - Son ejemplos de excepciones Argentina si ya se
pagó el impuesto en cabeza del fideicomiso, y
Uruguay. - Se reconoce un crédito fiscal directo (tax
credit) por la retención sufrida, y en algunos
casos, un crédito fiscal indirecto por el
impuesto pagado por el fideicomiso.
16Responsabilidad del Fiduciario
17Responsabilidad del Fiduciario
- Regla general
- El fiduciario no responde con su propio
patrimonio por las obligaciones del fideicomiso
salvo culpa o dolo. - Existen jurisdicciones en las cuales el
fiduciario responde con su propio patrimonio por
las obligaciones fiscales del fideicomiso hasta
la prescripción de las mismas (responsable por
deuda ajena)
18Para contactarme
- Nicolás Malumián
- Tel. 54 11 4313-2001
- Fax 54 11 4315-3921
- e-mail nicolasmalumian_at_tryr-abogados.com.ar
19Quito, Octubre 22 de 2004SeñoresPARTICIPANTES
COLAFI 2004Ciudad
- Estimados señores
- En caso de requerir la información y la base de
datos de los participantes al Congreso, favor
comunicarse con la señora Teresa Gómez de la
Torre, en las oficinas de EXPOEVENTOS CIA. LTDA.,
a los soguientes números telefónicos - (593 2) 2562 602 / 2562 604 / 2520 825 / 2521
169 - O si prefiere puede hacerlo por correo
electrónico, a las siguientes direcciones - congresos_at_expo-eventos.com /
info_at_expo-eventos.com - Muy atentamente
- Teresa Gómez de la Torre
- EXPOEVENTOS CIA. LTDA.