Title: Los rganos de control de la OIT
1Los órganos de control de la OIT
2Mecanismos de control de aplicación de las NIT
Mecanismo regular de control
- Basado en la obligación de presentar
regularmente memorias sobre la aplicación - de cada uno de los convenios ratificados
Mecanismos especiales de control
- Basados en la presentación de una queja o
reclamación contra un Estado Miembro
3El papel de los órganos de control de la OIT
- Examinan el respeto por parte de los Estados
Miembros de sus -
- obligaciones relativas a las normas de la OIT
(NIT)
- Durante dichos exámenes, se pronuncian sobre el
significado y el -
- alcance de las disposiciones de las NIT
- Como resultado de su actuación, se ha ido
creando paulatinamente -
- un corpus jurisprudencial
4Los órganos de control más importantes para
jueces y juristas
- La Comisión de Expertos en Aplicación de
Convenios y - Recomendaciones (CEACR)
- El Comité de Libertad Sindical
5Mecanismo regular de control
Informaciones y memorias de los gobiernos
Comentarios de los interlocutores sociales
1 de junio 1 de septiembre
OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
noviembre
COMISIÓN DE EXPERTOS EN APPLICACIÓN DE CONVENIOS
Y RECOMENDACIONES
Solicitudes directas enviadas a los gobiernos y
a los interlocutores sociales
febrero
Observaciones publicadas en el informe anual de
la Comisión
marzo
COMISIÓN TRIPARTITA DE LA CONFERENCIA
junio
Presentación del informe de la comisión
tripartita en el plenario de la CONFERENCIA
INTERNACIONAL DEL TRABAJO
6Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y
Recomendaciones
Compuesta por 20 miembros
- Magistrados y juristas de muy alto nivel -
Composición universal
- Designados por el Consejo de Administración, a
propuesta del Director general de la OIT
- Nombrados por periodos de tres años renovables
- Independientes, objetivos et imparciales
CaracterÃsticas
- Decisiones por consenso (aunque está prevista la
posibilidad de votación)
- Respeta los grandes principios del derecho
procesal
- Utiliza principalmente información documental
7Comentarios individuales de la Comisión de
Expertos sobre la aplicación de los convenios
ratificados
Observaciones
- Ponen generalmente de relieve defectos serios y
persistentes en el cumplimiento -
- de los convenios ratificados
- Pueden indicar progresos en el respeto de un
convenio
- Publicadas en el informe anual de la Comisión
Solicitudes directas
- Dirigidas directamente a los gobiernos (no se
publican en el informe anual)
- Pueden señalar defectos en el cumplimiento de un
convenio que no justifiquen -
- todavÃa una observación
8Los Estudios Generales de la Comisión de Expertos
- Cada año, análisis profundizado de un convenio o
de un grupo - de normas tratando de un mismo tema
- La Comisión puede asà aclarar el significado y
el alcance - de las disposiciones del instrumento
analizado
- La Comisión se pronuncia sobre la conformidad de
las legislaciones - y prácticas nacionales con respecto del
convenio analizado
9SÃntesis relevancia de la labor de la Comisión
de Expertos
- Tomar conocimiento del nivel de conformidad del
propio derecho -
- interno con los convenios de la OIT
ratificados
- Disponer de precisiones importantes sobre el
significado y el alcance -
- de las disposiciones de los convenios y
recomendaciones de la OIT
10Procedimientos especiales de control
Reclamaciones ? artÃculos 24 y 25 de la
Constitución de la OIT
Quejas ? artÃculos 26 a 29 y 31 a 34 de la
Constitución de la OIT
- Aplicables sólo respecto de convenios ratificados
Procedimientos en materia de libertad sindical
- Aplicables aún cuando los convenios
correspondientes no hayan sido ratificados
11Procedimiento de reclamación (artÃculo 24)
Organización de trabajadores o empleadores
OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
COMITÉ DE LIBERTAD SINDICAL si reclamación
relativa a libertad sindical
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN decisión sobre
admisibilidad
COMITÉ TRIPARTITO AD HOC Informe conteniendo
conclusiones y recomendaciones
Puede publicar la reclamación y las respuestas
del gobierno
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN examen del informe y
deliberación
Decisión comunicada a la organización y al
gobierno interesados
12Procedimiento de queja (artÃculo 26)
Delegado de la Conferencia Internacional del
Trabajo
Consejo de Administración
Estado Miembro que haya ratificado el convenio
objeto de la queja
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
COMISIÓN DE ENCUESTA Informe con conclusiones y
recomendaciones
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN toma nota de las
recomendaciones de la Comisión
Si el gobierno acepta las recomendaciones
Si el gobierno no acepta las recomendaciones
COMISIÓN DE EXPERTOS controla el cumplimiento de
las recomendaciones
Puede someter la queja a la CORTE INTERNACIONAL
DE JUSTICIA Decisión final
13Comité de Libertad Sindical
- Órgano tripartito compuesto por tres
representantes de -
- cada grupo y presidido por una personalidad
independiente
- Los representantes actúan a tÃtulo individual
- Un representante o ciudadano del Estado contra
el cual queja ha - sido formulada no puede estar presente
durante el examen del caso
- Se reúne tres veces al año (marzo, mayo,
noviembre)
14Comité de Libertad Sindical
Funciones
- Garantizar y promover el derecho de asociación
de los trabajadores - y empleadores
- Examinar las quejas presentadas contra los
gobiernos por violación - de los convenios y principios en materia de
libertad sindical
- Decisiones tomadas por unanimidad
- Recopilación de decisiones
- Examen aún si los convenios pertinentes no han
sido ratificados y - sin necesidad de la autorización previa del
gobierno objeto de la queja
15Comité de Libertad Sindical
La queja puede proceder de
- Una organización nacional de trabajadores o
empleadores con un interés directo - en el caso
- Una central internacional con estatuto
consultivo ante la OIT (CSI, FSM, OIE, )
- Una organización internacional de trabajadores o
de empleadores - directamente interesada en el caso
- Una organización no reconocida, exiliada o
disuelta puede presentar una queja
16Procedimiento especial en materia de libertad
sindical
Adopción por el CONSEJO DE ADMINISTRACION
COMISIÓN DE EXPERTOS EN APLICACIÓN DE CONVENIOS Y
RECOMENDACIONES
Seguimiento por el CLS
17Comité de Libertad Sindical
CaracterÃsticas
- Examen legislativo y factual aún sin ratificación
- Examen aún en ausencia de respuesta del gobierno
- Su competencia no depende del agotamiento de las
vÃas de recurso internas - (diálogo con el juez nacional)
- No está vinculado por las decisiones judiciales
nacionales
El Comité ya examinó mas de 2400 casos
18Valor jurÃdico de la labor de los órganos de
control de la OIT
No constituyen una interpretación definitiva de
los convenios de la OIT (artÃculo 37.1 de la
Constitución de la OIT)
Sin embargo, ostentan un importante valor
jurÃdico que les distingue de meras
recomendaciones de carácter moral
- Constituyen la lectura válida de los convenios
de la OIT hasta que la Corte Internacional -
- de Justicia no se haya pronunciado
- El principio de aplicación de buena fe de los
tratados (artÃculo 26 de la Convención de -
- Viena) supone que se les tome en consideración
19Cómo la labor de los órganos de control de la
OIT puede ser utilizada por los tribunales
nacionales?
- Como fuente de interpretación para precisar el
significado y el - alcance de los convenios de la OIT y de la
legislación nacional
- Como fuente de inspiración en el reconocimiento
de principios - jurisprudenciales