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... en cabeza de los ciudadanos, a stos les corresponde la obligaci n y el deber de: ... 22 C.P.): La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL MARCO DE LA
JUSTICIA TRANSICIONAL VERDAD, JUSTICIA Y
REPARACIÓN
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  • I. La democracia participativa como aporte de la
    constitución de 1991
  • La democracia participativa encuentra su
    fundamento en el preámbulo de la Constitución
    Política. constitucionales.
  • Así, establece
  • La convivencia, el trabajo, la justicia, la
    igualdad, el reconocimiento, la libertad y la
    paz deben garantizarse dentro de un marco
    jurídico democrático y participativo.

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  • Igualmente, la democracia participativa se
    desarrolla en principios constitucionales tales
    como
  • Art. 1 El Estado social de derecho se funda,
    entre otras, en sus entidades territoriales
    democráticas, participativas y pluralistas
  • Art. 2 Son fines esenciales del Estado,
    facilitar la participación de todos en las
    decisiones que los afectan, en la vida
    económica, política, administrativa y cultural de
    la Nación

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  • De la misma manera como la democracia
    participativa reconoce derechos en cabeza de los
    ciudadanos, a éstos les corresponde la obligación
    y el deber de
  • Participar en la vida política, cívica y
    comunitaria del país así como propender al logro
    y mantenimiento de la paz
  • Participar en la construcción y desarrollo de las
    políticas públicas implementadas con el objetivo
    de lograr la paz y la reconciliación nacional.

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  • Para tomar parte en la democracia participativa,
    la Constitución ofrece a la ciudadanía mecanismos
    tales como el voto, el plebiscito, el referendo,
    la consulta popular, el cabildo abierto, la
    iniciativa legislativa y la revocatoria del
    mandato (Art. 103).
  • Sin embargo, la Corte Constitucional ha extendido
    los instrumentos de participación democrática por
    cuanto considera que los mismos no pueden
    limitarse a la organización electoral. En efecto,
    los mecanismos deben cobijar todos los ámbitos de
    la vida individual, familiar, social y
    comunitaria (C-1338/2000).

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  • Dicha interpretación ofrece a los ciudadanos la
    facultad de hacerse presente en toda la dinámica
    social del Estado, participando en el diseño y
    funcionamiento de las instituciones públicas.
  • Así, los individuos y los grupos sociales pueden
    participar exigiendo la garantía de protección de
    los derechos a la igualdad, a la libertad de
    expresión, a elevar peticiones, a reunirse, a
    informarse, a acceder a los documentos públicos,
    a la paz, a la verdad, a la justicia, a la
    reparación, entre otras.

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II. La democracia participativa y la justicia
transicional
  • Derecho a la paz (art. 22 C.P.) La paz es un
    derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.
  • Esquema de justicia transicional
  • Por virtud del cual, el Estado intenta resolver
    los problemas derivados de un pasado de abusos y
    violaciones a los derechos humanos, a fin de que
    los responsables rindan cuentas, sirvan a la
    justicia y faciliten la reconciliación.

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  • El Esquema de justicia transicional exige del
    Estado
  • La colaboración armónica de sus diferentes
    órganos, para evitar la impunidad, garantizar los
    derechos a la verdad, la justicia y la reparación
    integral, y para la consecución de uno de sus
    fines esenciales la Paz
  • Que proporcione las herramientas necesarias para
    hacer efectiva y oportuna la participación en
    dicho esquema, como alternativa a la solución del
    conflicto armado interno.

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  • Una de las herramientas para las solución del
    conflicto armado interno es la Ley 975 de 2005,
    de Justicia y Paz, por medio de la cual se
    dictan disposiciones para la reincorporación de
    miembros de grupos armados organizados al margen
    de la ley, que contribuyan de manera efectiva a
    la consecución de la paz nacional y se dictan
    otras disposiciones para acuerdos humanitarios.
  • Dicha ley, además de reglamentar las condiciones
    de reincorporación de los miembros de GAOML,
    pretende proteger los derechos de las víctimas.

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  • Definición de víctima
  • Persona que individual o colectivamente como
    resultado de actos u omisiones que violan los
    derecho humanos, hayan sufrido daños físicos,
    mentales, emocionales o financieros.
  • Es también víctima la familia directa o las
    personas a cargo de la víctima.

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  • Las víctimas tienen derecho a
  • 1. La verdad Conocer las circunstancias de
    tiempo, modo y lugar de los hechos violatorios
  • 2. La justicia A que se investigue, juzgue y
    sancione a los autores de los delitos de manera
    rápida, minuciosa, independiente e imparcial
  • 3. La reparación integral Resarcimiento de un
    daño material o psíquico a través de distintas
    medidas complementarias (restitución,
    indemnización, rehabilitación, satisfacción y
    garantías de no repetición).

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  • III. La Procuraduría General de la Nación y la
    ley 975 de 2005
  • Como órgano rector del Ministerio Público y por
    mandato constitucional, la PGN tiene las
    siguientes funciones
  • Velar por el cumplimiento de la Constitución,
    las leyes, las decisiones judiciales y los actos
    administrativos
  • Defender y representar los intereses de la
    sociedad
  • Proteger y asegurar la efectividad los derechos
    humanos, especialmente de los sujetos más
    vulnerables.

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  • 2. Como una de las Entidades responsables de la
    implementación de la ley 975 de 2005, la PGN
    tiene las siguientes funciones
  • Intervención judicial y administrativa
  • Participación en la Comisión Nacional de
    Reparación y Reconciliación
  • Adopción de medidas para impedir la sustracción,
    la destrucción o la falsificación de los archivos
    relacionados con los procesos de desmovilización
    y reinserción.
  • Impulso de mecanismos para la participación de
    las organizaciones sociales para la asistencia a
    las víctimas Divulgación de los derechos de las
    víctimas

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  • 3. La PGN adelanta acciones de seguimiento y
    control preventivo
  • Seguimiento y control preventivo a las políticas
    públicas en materia de desmovilización y
    reinserción
  • Primera Fase Estándares internacionales
  • Segunda Fase Beneficios Administrativos y
    Jurídicos.

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Impulso de mecanismos para la participación de
las organizaciones sociales para la asistencia a
las víctimas.- Capacitación de organizaciones
sociales que representan víctimas en el marco de
la ley 975 de 2005- Campaña de divulgación
audiovisual - Fortalecimiento institucional
por medio de la difusión de la cartilla
Conceptos básicos acerca de la ley 975 de 2005 y
los derechos de las víctimas.
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  • Papel de los jueces de paz en los procesos de
    desmovilización y reinserción y derechos de las
    víctimas
  • Fortalecimiento de los jueces de paz en su rol de
    mediadores entre población desmovilizada y su
    reincorporación a la vida civil
  • Publicación de una cartilla de sensibilización en
    materia de justicia transicional, desmovilización
    y reinserción.

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  • Formulación de criterios de reparación integral
    con la participación permanente de las víctimas y
    las organizaciones que las representan
  • Criterios de reparación individual
    Interpretación sistemática de la normativa
    interna e internacional sobre el concepto y
    materialización de reparación
  • Criterios de reparación para colectivos
    Indígenas y afro colombianos, con miras a la
    preservación cultural de las comunidades y el
    derecho a su territorio.

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  • Derecho a la verdad, memoria histórica y
    conservación de archivos
  • Adopción de medidas para impedir la sustracción,
    la destrucción o la falsificación de los archivos
    relacionados con los procesos de desmovilización
    y reinserción
  • Memoria histórica con el fin de evitar la
    repetición de los hechos violentos.

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  • Observatorio de la aplicación de la ley 975 de
    2005
  • Diseño de un instrumento que brinde información
    oportuna y fiable a la sociedad
  • Análisis, seguimiento, monitoreo y evaluación de
    los procesos de implementación de la ley
  • Recomendar soluciones técnicas, políticas o
    estratégicas a los riesgos y las dificultades que
    puedan surgir
  • Alertar sobre los correctivos a adoptar.

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  • Evaluación de las políticas de protección a las
    víctimas por parte del Estado colombiano
  • Análisis de la oferta institucional
  • Hacer observaciones y recomendaciones a la
    política pública de seguridad personal y
    patrimonio
  • Participación constante de las organizaciones
    sociales.

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  • Mesa de tierras
  • Espacio académico y participativo de reflexión
  • Pretende orientar o reorientar la acción
    gubernamental en torno al tema de la protección
    de bienes patrimoniales de la población
    desplazada
  • Participación ciudadana en la construcción de las
    políticas públicas en el tema de reparaciones y
    reforma agraria.
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