Title: Reforma de la Salud
1Reforma de la Salud Autoridad Sanitaria y Gestión
2Ministerio de Salud
Superintendencia Isapres
SubsecretarÃa de Salud (Departamentos y Unidades)
Otras Instituciones (FF.AA., U. Chile, Emp.
Públicas)
ISAPRES
SEREMIS
S.N.S.S
Fonasa
Servicios de Salud
Instituto de Salud Pública
CENABAST
Organización en base a Niveles de Complejidad
Hospitales Institutos
C.D.T.
C.R.S.
At. Primaria municipalizados
At. Primaria No municipalizados
Sist. De Salud Chileno, Giaconi G. Juan y Cols.,
1994.
3Ministerio de Salud
Superintendencia de Salud
SubsecretarÃa de Redes Asistenciales
SubsecretarÃa de Salud Pública
I.S.P.
SEREMIS (Oficinas Provinciales)
Isapres
Servicios de Salud
CENABAST
COMPIN
Fonasa
Prestadores de Salud
Hospitales
Red de Alta Especialidad
C.D.T.
C.R.S.
Autogestionados
Establecimientos de Atención Primaria
4MINSAL Funciones
- Se redefinen las funciones del Ministerio de
Salud - RectorÃa del sector salud (formulación, control y
evaluación de polÃticas, planes y programas
generales en materia de salud) - Formular, evaluar y actualizar los lineamientos
estratégicos del sector salud o Plan Nacional de
Salud - Dictar normas generales sobre materias de su
competencia - Fiscalizar el cumplimiento de las normas a través
de la Seremi
5MINSAL Estructura y Organización Interna
-
- Ministro
- SubsecretarÃa de Redes Asistenciales
- SubsecretarÃa de Salud Pública
- SecretarÃas Regionales Ministeriales
- Divisiones, Departamentos, Secciones y Oficinas,
considerando la importancia relativa y el volumen
de trabajo que signifique la función especÃfica.
6MINSAL Estructura y Organización Interna
- El Subsecretario de Redes Asistenciales tendrá a
su cargo las materias relativas a la articulación
y desarrollo de la Red Asistencial del Sistema y
la regulación de la prestación de servicios de
salud, tales como las normas destinadas a definir
los niveles de complejidad asistencial necesarios
para la atención integral de la salud de las
personas y los estándares de calidad que le serán
exigibles. En relación estas materias, proponer
al Ministro polÃticas, normas, planes y
programas, vela por su cumplimiento y coordinar
su ejecución. -
7MINSAL Autoridad Sanitaria Regional Seremis de
Salud
-
- El Secretario Regional Ministerial será nombrado
conforme la LOC de Gobierno Regional y deberá ser
un profesional universitario con competencia,
experiencia, conocimientos y habilidades
certificadas en el ámbito de la salud pública. - Â
- En general, serán de la competencia de la Seremi
todas aquellas materias que corresponden
actualmente a los Servicios de Salud y que no
digan relación con la ejecución de acciones de
curación o rehabilitación de la salud.
8- SUPERINTENDENCIA DE SALUD
- Fiscalización del Fonasa y las Isapres en el
cumplimiento del RGS (Intendencia de Seguros
Previsionales de Salud) - Fiscalización de Isapres en todos los ámbitos y
de la MLE en Fonasa. - Administración Sistema Acreditación y lleva
Registro de Prestadores Individuales de Salud
(Intendencia de Prestadores)
9SERVICIOS DE SALUD
-
- Se redefine el rol de los Servicios (Dirección)
la articulación, gestión y desarrollo de la red
asistencial correspondiente, para la ejecución de
las acciones integradas de fomento, protección y
recuperación de la salud y rehabilitación de las
personas enfermas. - Â
- La Red Asistencial de cada Servicio de Salud
estará constituida por el conjunto de
establecimientos asistenciales públicos que
forman parte del Servicio, los establecimientos
municipales de atención primaria de salud de su
territorio y los demás establecimientos públicos
o privados que suscriban convenio con el Servicio
de Salud respectivo.
10SERVICIO DE SALUD Atención Primaria de Salud,
Inscripción beneficiarios y obligaciones
-  Los beneficiarios deberán inscribirse en un
establecimiento de atención primaria, que forme
parte de la Red Asistencial del Servicio de Salud
en que se encuentre ubicado su domicilio o lugar
de trabajo. - Dicho establecimiento será el que le prestará
las acciones de salud que correspondan en dicho
nivel y será responsable de su seguimiento de
salud. - El beneficiario no podrá cambiar su inscripción
en dicho establecimiento antes de transcurrido un
año de la misma, salvo que acredite un domicilio
o lugar de trabajo distinto. -
11Establecimientos del Servicio de Salud
- Complejidad técnica
- Desarrollo de especialidades
- Organización administrativa
- Número de prestaciones
MAYOR COMPLEJIDAD (autogestión en red) MENOR
COMPLEJIDAD (atribuciones propias y delegadas)
12ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTION EN RED
- Objetivo
- Mejorar eficiencia mediante el otorgamiento de
atribuciones y responsabilidades en cuanto a la
gestión de los recursos del establecimiento y al
manejo de transacciones con terceros, manteniendo
la naturaleza jurÃdica y el régimen de personal.
Asimismo, generar obligaciones e incentivos para
los establecimientos, de forma de asegurar una
adecuada articulación con la Red Asistencial
- Naturaleza JurÃdica
- organismos dependientes de los Servicios de
Salud, la ley los desconcentra funcionalmente,
mediante la radicación de determinadas
atribuciones en los establecimientos asistenciales
13ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTION EN RED
- Obligaciones en Red
- desarrolla el tipo de actividades asistenciales,
grado de complejidad y especialidades que le
señale el Servicio de Salud, conforme
requerimientos sanitarios de la red y el marco
general determinado por el Subsec. Redes - Atiende a los beneficarios referidos por la Red,
de acuerdo a las normas del Servicio y Subsec.
Redes - Mantiene sistemas de información compatibles con
la Red - Proporciona la información que le requiera la Red
14ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTION EN RED
- Dirección y atribuciones
- Director correspondiente al segundo nivel
jerárquico de la Alta Dirección Pública. - La remoción procede previa consulta al Ministro
de Salud - Le corresponde la dirección, organización y
administración del establecimiento. Director de
Servicio no interfiere en su administarción -
15ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTION EN RED
- Atribuciones
- Dirige la ejecución de las acciones de salud,
organiza el establecimiento, asigna las tareas,
elabora los planes de desarrollo institucional y
el presupuesto. - Ejerce funciones de administración del personal
destinado al establecimiento - Celebra toda clase de actos y contratos, sobre
muebles e inmuebles y compra de servicios - Celebra convenios con el Servicio u otros
establecimientos en los que puede aportar bienes
y personal - Celebra convenios con todo tipo de personas para
venta de prestaciones de salud, sin menoscabo de
los beneficarios legales - Celebra convenios con Fonasa, Servicio de Salud y
Seremi de Salud
16ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTION EN RED
- Presupuesto y Recursos
- El presupuesto se presenta al Subsecretario de
Redes con informe del Director de Servicio - De acuerdo al marco presupuestario aprobado por
la ley, el Subsecretario de Redes aprueba los
presupuestos en diciembre - Flexibilidad presupuestaria
- Los recursos del establecimiento provienen
fundamentalmente de pagos efectuados por Fonasa,
Servicios, Seremi y demás convenios.
17ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTION EN RED
- Implementación
- Mediante reglamento se determinarán los
requisitos que deberán cumplir los
establecimientos para ser calificados en
autogestión, referidos a gestión financiera,
personal e indicadores de desempeño fijados en
convenios. - Resolución Minsal-Hacienda se reconoce el
cumplimiento - Los actuales establecimientos 1 y 2 (56) pasarán
a ser autogestionados el 1 de enero de 2009, si
no cumplen antes los requisitos.
18ESTABLECIMIENTOS DE MENOR COMPLEJIDAD
- Objetivo
- Mejorar eficiencia mediante el otorgamiento de
atribuciones y responsabilidades en cuanto a la
organización del establecimiento y la gestión de
su personal.
- Naturaleza JurÃdica
- organismos dependientes de los Servicios de
Salud, la ley les otorga determinadas
atribuciones, sin perjuicio de las que le sean
delegadas o establecidas mediante reglamento
19Articulación De La Red Asistencial Del Servicio
Director de Servicio
- Acciones de Salud
- Organización
- Planificación
- Coordinación
- Control
- Per Cápita
- Convenios Especiales
- Metas Sanitarias
- Supervisión y Evaluación Técnica
- Aprueba Programa de Salud Municial
Tuición
Convenios e Instrucciones
Normas de Referencia de Pacientes
Hospital Autogestionado
Hospital Menor Complejidad
Est. DFL 36
Consultorio
20Superintendencia de Salud
Tribunales
Seremi
Intendencia de Seguros Previsionales
Intendencia de Prestadores de Salud
Supervigilancia, Control, Fiscalización
y Solución de Controversias
Sist. de Acreditación y Certificación
Registro Regional y Nacional
Sist. de Mediación
Régimen de GarantÃas
Entidades Acreditadoras
Fonasa
Isapres
Prestadores Públicos
Prestadores Privados
Afiliados y beneficiarios sólo podrán deducir
reclamos ante la Intendencia respectiva, una vez
que dichos reclamos hayan sido conocidos y
resueltos fundadamente y por escrito por la
entidad que corresponda.