Title: First Steering Committee Meeting
1 DISCAPACIDAD Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL (LA
FUNCIÓN DE LAS ONGS DE DISCAPACIDAD EN LA
PROMOCIÓN DE LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL. EL CASO
DEL CERMI)
Luis Cayo Pérez Bueno Presidente del CERMI
Estatal Octubre 2009
2CONSIDERACIONES DE PARTIDA
- La accesibilidad universal entendida en su
sentido más amplio y comprensivo es la gran
cuestión, el gran tema de presente en el proceso
de normalización y plena ciudadanÃa de las
personas con discapacidad. - Más que el empleo, la educación, los servicios
sociales, los temas que tradicionalmente se
asociaban con la discapacidad, la accesibilidad
deberÃa ser hoy el eje de las polÃticas públicas
de discapacidad de toda acción e intervención,
pública y privada, en esta materia. -
- Y esto es asà porque la accesibilidad universal
forma parte, a modo de condición necesaria o
presupuesto ineludible, del ejercicio normalizado
de los derechos humanos fundamentales - Libertad de circulación,
- libertad de comunicación,
- libertad de expresión,
- etc.
- .
3- La accesibilidad es una cuestión de derechos
civiles, por lo que la ausencia de accesibilidad
ha de considerarse como una violación de estos
derechos, un acto antijurÃdico, un trato desigual
discriminatorio prohibido por la Ley y
perseguible. - Junto a esta consideración inicial, de concepción
de la accesibilidad, hay que hacer una
comprobación de hecho la ACCESIBILIDAD ha sido,
en España, el GRAN FRACASO de las polÃticas
públicas de discapacidad de estos últimos 25
años. - En estos decenios de acción pública en materia de
discapacidad, la accesibilidad ha sido el
pariente pobre, la marÃa de las polÃticas de
discapacidad el balance es realmente mÃsero, por
lo que la población con discapaidad experimenta
este ámbito en términos de déficit, de carencia. - La ausencia de accesibilidad es hoy la violación
más insidiosa, pero no por ello menos efectiva,
de la igualdad de oportunidades de las personas
con discapacidad.
4EL PAPEL DE LAS ONGS
- Ante esta situación, el papel de las ONGS de
discapacidad viene siendo el siguiente - Incidencia en la producción normativa,
- Consejo, prescripción y validación,
- Seguimiento y control y denuncia.
51º INCIDENCIA NORMATIVA
- Esta función se concreta en
- Promover mediante la acción de presión polÃticas
la adopción de normas jurÃdicas y técnicas, que
nos doten de un marco garantista en cuanto a
accesibilidad. - Revisar crÃticamente y actualizar el vademécum
legislativo en la materia pasar del paradigma de
la supresión de barreras y la adaptación, del que
partÃamos, al de la accesibilidad universal y el
diseño para todas las personas. - Aquà es de destacar el punto de inflexión que ha
supuesto la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de
igualdad de oportunidades, no discriminación y
accesibilidad universal (LIONDAU) y su desarrollo
reglamentario.
62º CONSEJO, PRESCRIPCIÓN Y VALIDACIÓN.
- La relación dialéctica de las personas con
discapacidad con el entorno por la ausencia
estructural de condiciones de accesibilidad y por
tanto de igualdad de oportunidades, nos ha hecho,
por vivirlo en carne propia, individuos
expertos en accesibilidad. Maestros a palos,
cambiando el tÃtulo de Moliére. Este factor de
conocimiento lo hemos puesto en valor
desarrollando funciones de - Consejo, formación y asesoramiento en cuanto a
la accesibilidad de proyectos (infraestructuras,
prestación de servicios, provisión de productos,
etc.). Hasta el punto de que del tejido social de
la discapacidad han surgido empresas de economÃa
social especializadas en accesibilidad (Fundosa
Accesibilidad, Signalia, MQD, etc.) , que operan
en mercado aún emergente, y que marcarán
tendencia para la industria privada. - Prescripción. Recomendando a otros
(Administraciones, operadores privados, etc.),
dando pautas de cómo deben actuar en cuestiones
de accesibilidad, que generalmente ignoran o no
dominan. - Ejemplo Telefónica Accesible.
7- Validación. Dando por bueno, proporcionando
nuestro marchamo de calidad y satisfacción (o no)
a lo realizado en materia de accesibilidad. Como
destinatarios finales, nos erigimos en jueces de
lo satisfactorio o no de lo llevado a cabo.
83º SEGUIMIENTO, CONTROL Y DENUNCIA.
La naturaleza reivindicativa y de activismo
propia de las ONGs de discapacidad, al meno en su
origen, lleva aparejada esta función crÃtica, de
control y denuncia. Las ONGs de discapacidad
han de asumir con mayor vigor la denuncia por
todos los medios a su alcance opinión pública,
jurÃdicos, etc- de las violaciones de los
derechos derivadas de ausencia de
accesibilidad. Esta función no ha venido
acompañada hasta ahora por mecanismo jurÃdicos
eficaces y prontos, ni tampoco por una labor
especialmente alerta de las ONGS, pero el hecho
de que en breve tiempo dispongamos de nuevas
leyes en la materia (ley de infraccione y
sanciones) y de que se extienda la cultura de los
derechos civiles, del activismo en derechos
humanos para abordar la discapacidad y por ende
la accesibilidad, reforzará esta dimensión no
demasiado explotada.
9COLOFÓN
La plena ciudadanÃa de las personas con
discapacidad y la calidad de sus derechos pasa,
como nunca hasta ahora, por lo que hagamos en
materia de accesibilidad. EN BUENA PARTE,
ENCAUZAR, ACELERAR Y GARANTIZAR LA BUENA
DIRECCIÓN DE ESE PROCESO LARGO, COMPLEJO,
INGRATO- DEPENDE DE LAS PROPIAS PERSONAS CON
DISCPACIDAD Y DE LAS ENTIDADES EN LAS QUE SE
INTEGRAN, DE SU ACCIÓN INDIVIDUAL Y DE SU ACCIÓN
COLECTIVA. NO RENUNCIEMOS A ESE FUTURO, QUE
COMIENZA A PERTENECERNOS.