Title: Diapositiva 1
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2REFORMA AL SISTEMA PREVISIONAL Y SUS IMPACTOS EN
LA EMPRESA Y TRABAJADORES.
3Sistema Previsional ChilenoSistema antiguo
Sistema solidario de repartos
Activos financian a los pasivos
Cajas de Previsión Social (39)
- Empart 28,84
- Canaempu 30,04
- Servicio Seguro Social 25,84
- Defensa nacional
INP
4Sistema Previsional Chileno Sistema antiguo
- al fondo de pensión solidario
- al sistema de salud
- comisión por administración
- desahucio
- En base a los años trabajados
- - Bonificaciones mujer (hijos) hombres
(servicio militar) - - Promedio últimas rentas
5Sistema Previsional Chileno D.L. 3.500. 1981
- Sistema de capitalización individual.
- Pensión de vejez (anticipada, legal)
- Pensión de Invalidez (total o parcial)
- Pensión de Sobrevivencia
- Cuota Mortuoria (UF15)
- Asignación familiar
- Subsidio de cesantía
- Prestaciones de salud
- Protección riesgos del trabajo, enfermedades o
accidentes - profesionales (Ley 16.744)
- Cuenta de ahorro voluntario
- Cuenta de ahorro de indemnización
- Depósitos convenidos y cotizaciones voluntarias
- Excedente libre disposición
- Herencia
6Sistema Previsional ChilenoLey 19.768. 2001
- Beneficios Previsionales
- Se agrega un seguro de cesantía, cotizando un 3
sobre la renta máxima de UF90. - Empleado 0,6 , cuenta de ahorro
- Empleador 0,8, fondo solidario
- 1,6, cuenta ahorro y/o indemnización
- El saldo de la cuenta, cumple misma condición que
cuenta 2 de AFP.
- Institucionalidad
- Se abren las cotizaciones voluntarias al mercado
financiero en general (menos restricción). - Se crean los Multifondos (restricciones etareas)
en las AFP.
7 Sistema Previsional ChilenoLey 19.768. 2001
- Cotizaciones Voluntarias en APV
- Se aumentan desde app UF48 a UF50 mensuales.
- Se pueden reliquidar directamente por el afiliado
con un máximo de inversión de UF600/año. - Se permiten a cotizantes del antiguo sistema
(INP) e independientes. - Se pueden hacer retiros parciales o totales, con
retención de un 15 en calidad de ppm y un
impuesto adicional único entre un 3,3 y 7.
- Cotizaciones Voluntarias en APV
- Exención de impuesto a la renta al pensionarse y
retirarlas como E.L.D., en 2 mecanismos
distintos - 800 UTM de una vez
- 200 UTM anuales en un máximo de 6 años.
Se requiere antigüedad de 48 meses sólo para el
APV, no para cotizaciones voluntarias.
8 Sistema Previsional ChilenoLey 19.768. 2001
- Depósitos Convenidos
- Son constitutivos de excedentes de libre
disposición, pero siempre afectos a impuestos. - Se pueden administrar financieramente en más de
una institución. - Modalidades de Pensión
- Flexibilización Retiros Programados.
- Flexibilización Renta Vitalicia.
9 REFORMA PREVISIONALLey 20.255. 2008
- Objetivos.
- Aumentar las pensiones y la seguridad de las
personas en la vejez. - Brindar protección social efectiva a toda la
población en la etapa pasiva. - Reforzar el carácter solidario del sistema.
- Superar las discriminaciones de género.
- Lograr mayor información, difusión y
participación en el sistema previsional.
10Tópicos de la Reforma.
- Creación del Sistema de Pensiones Solidarias
(SPS) - Medidas para lograr una mayor equidad de género
- Bonificación para las mujeres por hijo nacido
vivo. - A contar del 1 de julio de 2009.
- Rentabilidad Fondo C, hasta 65 años.
- Es independiente a la Remuneración
- Equivalente al 10 de 18 Ingresos
Mínimos(286.200) - Pensión de Sobrevivencia para el Cónyuge
- Indemnización Compensatoria a la mujer por
Divorcio(cci)
113. Medidas para aumentar la cobertura de los
trabajadores
- Afiliación gradual de independientes.
- Subsidio a la contratación y cotización de
jóvenes de menor ingreso. - Condicionados
- Aumento de la remuneración máxima imponible.
- Licitación de la administración de cuentas para
nuevos afiliados. - Licitación pública del seguro de invalidez y
sobrevivencia(2,3),nuevo costo del Empleador. - Eliminación de las comisiones fijas autorizadas a
las AFP. - Creación de la figura de los asesores
previsionales.
12III. Subsidio a la contratación de trabajadores
jóvenes.
- Beneficiará a aquellos trabajadores con contrato
entre 18 y 35 años que reciban ingresos iguales o
inferiores a 1,5 veces el ingreso mínimo
mensual(238.500). - Este subsidio se entregará sólo durante las
primeras 24 cotizaciones que realice cada joven.
No es necesario que sean cotizaciones continuas,
ya que el beneficio se entrega hasta completar
las primeras 24 aunque exista una laguna de
tiempo entre cada una de ellas. - El monto del subsidio será equivalente a un 50
de la cotización previsional calculada sobre el
ingreso mínimo(15.300). - Este subsidio entrará en vigencia el 1 de octubre
de 2008.
134. Modificaciones al Ahorro Previsional
Voluntario Individual
- Opción de tratamiento tributario de los aportes.
- Bonificación fiscal.
- Realización de APV con sueldo empresarial.
- Eliminación del límite de APV que depende de
cotizaciones obligatorias para los independientes.
14Opciones tratamiento tributario de los aportes de
APV.
- Reforma abrió una opción adicional para el
tratamiento tributario de los aportes a los
planes APV. - Para efectos del tratamiento tributario del APVC
y del APV individual, los trabajadores podrán
optar para que el ahorro - No sea descontado de la remuneración o renta
tributable, y que los retiros de aportes no sean
gravados con impuesto. - Que el ahorro sea descontado de la remuneración o
renta tributable, y que los retiros paguen un
impuesto único con recargo (condiciones APV hasta
la fecha). - Si el trabajador se acoge a la opción a, la
rentabilidad de los aportes retirados(1) queda
sujeta al régimen que se aplica a la Cuenta de
Ahorro Voluntario de las AFP, es decir libre de
impuestos 18 UTM(590.000) por año. - En la opción a, habría pensiones diferenciadas
afectas y libres de Impuestos.
(1) No destinados al financiamiento de las
pensiones.
15Bonificación fiscal APV.
- Tienen derecho a ella, los trabajadores
dependientes e independientes por aportes APV que
no sean descontados de la renta tributable (
opción a) y cuyo saldo sea destinado a
adelantar o aumentar la pensión. - Bonificación fiscal se recibe al momento de la
pensión, y es igual al 15 del monto ahorrado que
se destine a adelantar o incrementar dicha
pensión. - En cada año calendario la bonificación no podrá
ser superior a 6 UTM (213.888). - La bonificación se depositará cada año en una
cuenta especial y exclusiva en la administradora
y tendrá las mismas condiciones de rentabilidad y
comisión que los aportes que la originaron.
16Características más relevantes del APVC
- Contratos voluntarios y suscritos y negociados
por el empleador. - Aportes a los planes trabajador y matching
empleador. - Aportes del empleador pasan a ser propiedad del
trabajador cuando - Se cumplen las condiciones definidas en los
contratos (ej. Período mínimo de permanencia en
la empresa). - Término de contrato por necesidades de la
empresa. - Planes deben tener amplia cobertura y no
discriminar arbitrariamente (ej. Porcentaje de
matching debe ser igual para todos los
trabajadores).
17Características más relevantes del APVC
- Destino que se podrá dar a los recursos del APVC
- a) Traspaso obligatorio a otro plan de APV
colectivo o individual. - b) Traspaso voluntario a CCI de la AFP y a otros
planes APV. - c) Retiros por parte del trabajador
- Aportes trabajador trato tributario depende de
la opción escogida por trabajador (descuento o no
de la remuneración o renta tributable). - Retiro tiene castigo en las dos modalidades
tributarias. - Aportes empleador trato tributario es igual a
las normas del actual APV (impuesto con recargo). - d) Retiros por parte del empleador, cuando el
trabajador no adquiera la propiedad deben ser
considerados como ingresos para efectos del
impuesto a la renta.
18Desvinculación laboral de los cargos
OPTIMIZACIÓN DEL APVC
Visión ergonométrica de los mismos- Hombre /
Máquina / Entorno
Costo empresa
Productividad
Deseconomía
25
65
Edad
19(No Transcript)
20Cuál es la realidad común del empresario y el
ejecutivo superior?
P
F
E
P
Persona
Empresa
Familia
Patrimonio
21Sistema de resguardo y seguridad patrimonial
F
E
P
P
22Cuáles son los VECTORES?
Trabajo
Familia
Ingresos
Inversiones
AFP
Impuestos
Propiedad
Salud
Retiro
Seguros
Educación
Herencia