Title: Diapositiva 1
1IMDEL COORDINACIÓN GENERAL DEL PROGRAMA DE
PROMOCIÓN PARA INDUSTRIA, SERVICIOS, EMPLEO Y
CAPACITACIÓN LABORAL Módulo 7 RÉGIMEN DE
PROMOCIÓN INDUSTRIAL 27 de marzo de 2009
2NORMATIVA Ord. Nº 2804/91 Ley Nº 13.656 Dec.
Regl. Nº 523/08 (Pcial) Ley de Parques
Industriales Nº 13.744 (Pcial) Dec. Regl. Nº
747/94
3- QUIENES PUEDEN ACCEDER AL BENEFICIO?
- Industrias que se localicen en zonas de uso apto
para la actividad que pretendan desarrollar. - Es previsto para aquéllas que se instalen en el
Distrito o amplíen sus instalaciones. - REQUISITOS
- Solicitud de acogimiento Nota dirigida al señor
Intendente municipal - Formulario 22 (F-22) Proyecto de solicitud de
Beneficios de Promoción - c) Estatuto de la sociedad
- d) Escritura del predio, o en su defecto boleto
de compra-venta o contrato de locación
4e) Planos de obra y de electromecánica si
existiese. f) Planos de obra y de electromecánica
si existiese g) Documentación probatoria de
inversiones h) Comprobante de pago de Tasas
Municipales Libre Deuda de Tasas por Servicios
Generales i) Certificado de Categorización j)
Certificado de Uso DESDE LOS PUNTOS A hasta G)
SE PRESENTAN EN LA OFICINA DE PROMOCIÓN
INDUSTRIAL DEL IMDEL
5Ley 13.656 FINALIDAD a) Favorecer el desarrollo
integral y armónico de la economía provincial b)
Promover 1-Desarrollo
industrial de la Pcia a fin de consolidar su
progreso económico con el objetivo de alcanzar el
pleno empleo 2-Radicación
industrial priorizando la descentralización
económica con miras a afianzar núcleos de
población y lograr un desarrollo geográfico
equilibrado 3-Localización de
industrias en los agrupamientos industriales
aprobados por el Poder Ejecutivo provincial
6 4- La radicación de empresas que
brinden servicios a la industria y resulten de
importancia relevante para su desarrollo. c)
Estimular 1- La formación de
sistemas productivos regionales, constituidos por
agrupaciones de empresas altamente
especializadas, que tengan proximidad
geográfica, problemáticas productivas similares o
complementarias y que se asocien para lograr
ventajas competitivas. 2- El
mejoramiento de la capacitación de la mano de
obra con el objetivo de elevar la competitividad
de la industria provincial. 3-
La vinculación de la industria con el sistema
provincial de innovación tecnológica.
7d) Ayudar a la preservación del medio ambiente y
al uso racional de los recursos naturales. e)
Apoyar el desarrollo e incorporación de
tecnología en la industria con el objetivo de
modernizar y tomar altamente competitivo el
sistema productivo provincial. f) Proponer
1- Al desarrollo del tejido
productivo provincial mediante el incentivo a las
pequeñas y medianas industrias a través de la
facilitación del acceso a los beneficios de la
presente ley con requerimientos procesales
adecuados a las condiciones de las mismas.
2- Al desarrollo de la industria
provincial en consonancia con el interés general
de la Nación. g) Mejorara la competitividad de la
industria provincial mediante la incorporación de
tecnología y la adopción de modernos métodos de
gestión.
8 CREACIÓN DE PARQUES INDUSTRIALES 30 de
Marzo de 2009
9NORMATIVA Ley Pcial 13.744 Decreto
Reglamentario 3487/91
10Parque Industrial es una porción delimitada de
la zona industrial, diseñada y subdividida para
la radicación de establecimientos manufactureros
y de servicios, dotada de la infraestructura,
equipamiento y servicios, en las condiciones de
funcionamiento que establezca el Poder Ejecutivo
provincial
11Sector Industrial Planificado es una porción
delimitada de la zona industrial, diseñada y
subdividida para la radicación de
establecimientos manufactureros y de servicios
dotada de las condiciones de infraestructura que
determine el Poder Ejecutivo provincial. Área de
Servicios Industriales y Logística son los
agrupamientos de servicios complementarios para
las industrias, que cuenten con las condiciones
de equipamiento, infraestructura y servicios que
determine el Poder Ejecutivo provincial. Incubado
ras de Empresas es aquel espacio físico diseñado
para el asentamiento transitorio de microempresas
o pequeñas empresas manufactureras o de
servicios, que cuenten con las condiciones de
equipamientos, infraestructura y servicios que
determine el Poder Ejecutivo provincial, pudiendo
localizarse en forma independiente o dentro de
otro agrupamiento industrial, incluyendo aquellas
microempresas o pequeñas relacionadas con la
incubadora de empresa, en tanto se haya excedido
el espacio físico destinado a su funcionamiento.
12 Unidades Modulares Productivas serán espacios
para instalaciones vinculadas a procesos
tecnificados, que podrán ubicarse en áreas
rurales y/o complementarias (zonas industriales
y/o mixtas), siempre vinculadas a caminos de
acceso o rutas. Parques o Zonas Industriales no
exclusivas serán aquellas preexistentes a la
fecha de sanción de la presente ley que no se
ajustan a las definiciones de los incisos
anteriores.
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