Title: TALLER SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL Y LAS PEQUE
1TALLER SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL Y LAS
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
- Montevideo, 26 al 30 de mayo de 2008
2TEMAS A TRATAR 1.- ADQUISICIÓN Y MANTENIMIENTO
DE DERECHOS SOBRE LOS SIGNOS DISTINTIVOS EN
URUGUAY. 2.- LA IMPORTANCIA DE TENER UNA MARCA
REGISTRADA. 3.- EL REGISTRO DE MARCAS EN EL
EXTERIOR. Alberto Gestal .- Mayo 2008
3- Presentación basada en la adaptación para Uruguay
de la publicación de la Organización Mundial de
la Propiedad Intelectual - El Secreto está en la Marca
4SIGNOS DISTINTIVOS
- PERMITEN INDIVUALIZAR LOS PRODUCTOS O LOS
SERVICIOS DE UN TITULAR FRENTE A SU CLIENTELA. - PERMITEN DISTINGUIRSE DE LOS PRODUCTOS O DE LOS
SERVICIOS DE LOS COMPETIDORES
5DEFINICIÓN DE MARCA LEY 17.011
- TODO SIGNO CON APTITUD PARA DISTINGUIR LOS
PRODUCTOS Y LOS SERVICIOS DE UNA PERSONA FISICA O
JURIDICA DE LOS DE OTRA.
6SIGNOS QUE PUEDEN SER REGISTRADOS COMO MARCA
- DENOMINATIVOS UNO O MAS VOCABLOS
- FIGURATIVOS GRAFICOS
- MIXTOS COMBINACION DE
- VOCABLO Y GRAFICO
- TRIDIMENSIONALES EMBALAJES O ENVASES
- FRASES PUBLICITARIAS
- SONOROSSONIDOS
7TITULARIDAD
- SIGNOS PROPIEDAD DE UNA PERSONA (FISICA O
JURIDICA, PUBLICA O PRIVADA) O EN REGIMEN DE
COPROPIEDAD - SIGNOS QUE SIRVEN PARA IDENTIFICAR PRODUCTOS O
SERVICIOS DE UN AGRUPAMIENTO UNIDO POR UN VINCULO
COMUN
8LA LEY 17.011 ADMITE NUEVOS TIPOS DE MARCAS EN
RELACION AL TITULAR
- MARCAS COLECTIVAS
- MARCAS DE CERTIFICACION O DE GARANTIA
9REQUISITOS DE REGISTRABILIDAD
- EL SIGNO DEBE ESTAR DISPONIBLE.
-
- CONFUNDIBILIDAD
- EL SIGNO SOLICITADO DEBE SER CLARAMENTE
DIFERENTE A LOS YA REGISTRADOS O EN TRAMITE DE
REGISTRO A EFECTOS DE EVITAR CONFUSION, RESPECTO
DE LOS MISMOS PRPODUCTOS O SERVICIOS, O RESPECTO
DE PRODUCTOS O SERVICIOS CONCURRENTES.
10SCHNEK vs. SHNEC
11REQUISITOS DE REGISTRABILIDAD (CONT)
- EL SIGNO NO DEBE VULNERAR LAS PROHIBICIONES
LEGALES. - 1. PROHIBICIONES ABSOLUTAS
- DENOMINACIONES QUE SE EMPLEEN PARA EXPRESAR
CUALIDADES O ATRIBUTOS DE LOS BIENES - LAS DENOMINACIONES QUE INDICAN LA NATURALEZA DE
LOS BIENES - LOS NOMBRES GEOGRAFICOS QUE NO SEAN
SUFICIENTEMENTE DISTINTIVOS - LOS EMBLEMAS DEL ESTADO, DE LA CRUZ ROJA, DEL
COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL - LOS SIGNOS CONTRARIOS AL ORDEN PUBLICO, LA MORAL
Y LAS BUENAS COSTUMBRES
12(No Transcript)
13REQUISITOS DE REGISTRABILIDAD (CONT)
- EL SIGNO NO DEBE VULNERAR LAS PROHIBICIONES
LEGALES - 2. PROHIBICIONES RELATIVAS
- LOS DISTINTIVOS QUE IDENTIFIQUEN A LOS ESTADOS
EXTRANJEROS - LAS OBRAS PROTEGIDAS POR DERECHOS DE AUTOR
- LOS SIGNOS ENGAÑOSOS
- LOS NOMBRES O RETRATOS DE TERCERAS PERSONAS SIN
SU CONSENTIMIENTO - LOS SIGNOS QUE REPRODUZCAN O IMITEN A UNA MARCA
NOTORIA - LOS SIGNOS QUE HAGAN PRESUMIR EL PROPOSITO DE
VERIFICAR UNA CONCURRENCIAS DESLEAL, ETC.
14MARIO BENEDETTI
15PROCEDIMIENTO
- 1. BUSQUEDA DE ANTECEDENTES FONETICOS.
- ESTA BUSQUEDA NO ES OBLIGATORIA NI VINCULANTE
PARA LA OFICINA Y, ADEMAS, NO PRESUPONE LA
CONCESION O LA DENEGACION POSTERIOR DEL REGISTRO. - 2. LA SOLICITUD DE REGISTRO SE REALIZA ANTE LA
DIRECCION NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL,
DEBIENDO ADJUNTAR COMPROBANTE DE PAGO DE TASA DE
SOLICITUD Y DE PRECIO DE LA PUBLICACIÓN.
16PROCEDIMIENTO (CONT.)
- 3. PUBLICACION DE UN EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE
LA MARCA EN EL BOLETIN DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL. - 4. DIVISION MARCAS REALIZA UN EXAMEN DE LOS
ASPECTOS FORMALES DE LA SOLICITUD. - 5. LUEGO DE LA PUBLICACION SE ABRE UN PLAZO DE 30
DÍAS PARA RECIBIR OPOSICIONES DE PARTICULARES
17PROCEDIMIENTO (CONT.)
- 6. DIVISION MARCAS REALIZA UN EXAMEN DE FONDO DE
LA SOLICITUD PARA COMPROBAR QUE EL SIGNO NO
VULNERE LO DISPUESTO EN LOS ART. 4, 5 Y 6 DE LA
LEY 17.011. - 7. SI HAY OPOSICIONES DE OFICIO O DE PARTICULARES
SE DA TRASLADO AL INTERESADO PARA QUE ARTICULE
SUS DEFENSAS. - 8. EN CASO DE NO EXISTIR OPOSICIONES O LUEGO DE
HABERSE SUSTANCIADO LAS MISMAS, LA DIRECCION
ADOPTA RESOLUCION SOBRE LA SOLICITUD REGISTRAL.
18RENOVACION DEL REGISTRO
- LAS MARCAS CADUCAN A LOS DIEZ AÑOS.
- PERO PUEDEN SER RENOVADAS INDEFINIDAMENTE
- EL TITULAR DEBE PRESENTAR EL FORMULARIO
RESPECTIVO Y ABONAR LA TASA CORRESPONDIENTE. - AL RENOVAR NO SE PUEDE INCORPORAR NINGUNA
MODIFICACIÓN AL SIGNO MARCARIO. - NO SE PUEDEN AUMENTAR LOS BIENES PROTEGIDOS PERO
SI SE PUEDEN DISMINUIR.
19PARA QUE SIRVE TENER PRODUCTOS O SERVICIOS CON
MARCA?
- GARANTIZA QUE LOS CONSUMIDORES DISTINGAN LOS
PRODUCTOS Y LOS SERVICIOS - PERMITE A LAS EMPRESAS DIFERENCIAR SUS PRODUCTOS
- MEDIANTE LA PUBLICIDAD PERMITE PROYECTAR LA
IMAGEN Y LA REPUTACION DE UNA EMPRESA
20PARA QUE SIRVE TENER MARCA REGISTRADA?
- LA MARCA REGISTRADA OTORGA AL TITULAR UN DERECHO
DE EXCLUSIVIDAD QUE LE PERMITE IMPEDIR QUE
TERCEROS USEN SU MARCA (SIGNO IDENTICO O SIMILAR)
EN EL MERCADO CON RESPECTO A LOS PRODUCTOS O LOS
SERVICIOS PROTEGIDOS (ACCIONES CIVILES Y
PENALES).
21IMPORTANCIA DE TENER MARCA REGISTRADA (CONT.)
- LA EXCLUSIVIDAD PERMITE QUE EL TITULAR DESARROLLE
ACTOS DE COMERCIO. - OTORGA LA POSIBILIDAD DE OPONERSE AL REGISTRO DE
SIGNOS IDENTICOS O SIMILARES QUE PUEDAN CREAR
CONFUSION
22IMPORTANCIA DE TENER MARCA REGISTRADA (CONT.)
- BRINDA AL TITULAR LA POSIBILIDAD DE TRANSFERIR EL
REGISTRO (VENDERLO) - OTORGA AL PROPIETARIO LA POSIBILIDAD DE DAR
LICENCIAS (TOTALES O PARCIALES) - Y FRANQUICIAS
- PERMITE AL TITULAR DAR LA MARCA EN GARANTIA
(PRENDA)
23VALIDEZ INTERNACIONAL DE LA MARCA REGISTRADA
- PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD.
- LOS DERECHOS QUE CONFIERE UNA MARCA REGISTRADA SE
LIMITAN AL TERRITORIO DONDE SE REGISTRO. - PARA EXPORTAR CON MARCA O PARA CONCEDER LICENCIAS
DE USO ES MUY RECOMENDABLE REGISTRAR LA MARCA EN
LOS LUGARES DE DESTINO.
24FORMAS DE REGISTRAR EN EL EXTRANJERO
- CONVENIO DE LA UNION DE PARIS
- DERECHO DE PRIORIDAD DE 6 MESES.
- LAS SOLICITUDES SE PRESENTAN UNA A UNA EN LOS
PAISES DONDE SE DESEA OBTENER PROTECCION
INVOCANDO EL DERECHO DE PRIORIDAD UNIONISTA.
25FORMAS DE REGISTRAR EN EL EXTRANJERO (CONT.)
- OFICINAS REGIONALES DE MARCAS
- 1. OFICINA REGIONAL AFRICANA DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL (ARIPO) - 2. OFICINA DE MARCAS DEL BENELUX (BTO)
- 3.OFICINA AFRICANA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
(OAPI) - 4.OFICINA DE ARMONIZACION DEL MERCADO INTERIOR
DE LA UE (OAMI)
26FORMAS DE REGISTRAR EN EL EXTRANJERO (CONT.)
- OFICINA INTERNACIONAL (OMPI).
- EL SISTEMA DE MADRID PERMITE AL TITULAR DE UNA
MARCA OBTENER PROTECCION EN VARIOS PAISES
(MIEMBROS DE LA UNION DE MADRID) MEDIANTE LA
PRESENTACION DE UNA UNICA SOLICITUD EN SU OFICINA
NACIONAL. - A LA FECHA URUGUAY NO ES MIEMBRO DEL SISTEMA DE
MADRID.
27MUCHAS GRACIAS.-
- agestal_at_dnpi.miem.gub.uy
28(No Transcript)