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T E M A R I O

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Y no podr llevarse en lugar distinto ni cumpliendo requisitos del RCFF. ... Plazo para contestar de 2 meses entre ltima acta parcial y la final. En ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: T E M A R I O


1
T E M A R I O
  • CONTABILIDAD Y COMPROBANTES
  • DICTAMEN FISCAL
  • FEA en resoluciones administrativas y
    NOTIFICACIÓN por medios electrónicos.
  • DEVOLUCIONES
  • PAGO EN PARCIALIDADES Y DIFERIDO
  • PROMOCIONES, CONSULTAS, CONTRIBUYENTES CUMPLIDOS
  • FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LAS AUTORIDADES
    FISCALES
  • MULTAS
  • DELITOS

  • Lic. Augusto Fernández
    Sagardi

2
CONTAB ILIDAD Y COMPROBANTES(Art. 28-III)
  • Deberán llevarla en su domicilio fiscal. Antes
    solo en el domicilio.
  • Y no podrá llevarse en lugar distinto ni
    cumpliendo requisitos del RCFF.
  • Pueden procesar con medios electrónicos fuera de
    su domicilio fiscal.
  • Lic. Augusto Fernández
    Sagardi

3
COMPROBANTES(Art. 29, fracc.1)
  • Quienes expidan los comprobantes ya no se
    deberán cerciorar de los
  • datos de su cliente.
  • Comprobantes desglosados por tasas de impuesto,
    tanto en los que
  • amparen una sola operación como en parcialidades.
  • Facturas digitales (por medios propios o a través
    de proveedores de
  • servicios).

  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

4
COMPROBANTES(Art. 29-A fracc. VI)
  • Validez dos años prorrogables con requisitos del
    SAT.
  • Después queda sin efectos para deducción o
    acreditamiento.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

5
COMPROBANTES(Art. 29-C)
  • Estado de cuenta como comprobante, también cuando
    el pago se
  • realice con tarjeta de crédito, débito o monedero
    electrónico. Antes
  • solo con cheque o traspasos de cuentas.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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DICTAMEN FISCAL(Arts. 32-A, 52)
  • Se amplía la fecha de presentación del 31 de mayo
    al 30 de junio.
  • El auditor deberá contar con certificación
    emitida por certificadores con
  • reconocimiento de idoneidad otorgado por la SEP.
  • Baja a quienes no dictaminen en 5 años.
  • Información obligada de aplicación de criterios
    lesivos.
  • Cancelación de registro del C.P. por falta de
    independencia.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

7
DICTAMEN FISCAL(Art. 52-A)
  • No requiere copia al contribuyente del
    requerimiento al C.P.
  • La revisión no durará más de 12 meses.
  • Caso en el que no se podrá volver a revisar el
    dictamen.
  • Fiscalización simultánea.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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DICTAMEN FISCAL(Art. 52-A último párrafo)
  • Casos de excepción a la revisión secuencial
  • a) Abstención de opinión.
  • b) Opinión negativa.
  • c) Salvedades con implicaciones fiscales.
  • d) Diferencias de impuestos no cubiertos.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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FIRMA ELECTRONICA AVANZADA (FEA)EN RESOLUCIONES
Y ACTOS ADMINISTRATIVOS(Art. 38)
  • Los funcionarios fiscales podrán emitir
    documentos (resoluciones) con
  • su FEA.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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NOTIFICACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS(Art. 134)
  • Acuse de recibo al abrir el documento digital que
    se le hubiera enviado.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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DEVOLUCIONES(Art. 22, 22-A, 22-B, 22-C)
  • Errores en la solicitud. 10 días.
  • Si la devolución procede por errores aritméticos,
    no se presentará
  • complementaria. 40 días para devolver la
    actualización.
  • Prescripción de la devolución del saldo a favor.
  • Devolución con certificados especiales a quienes
    dictaminen o estén
  • obligados a dictaminar.
  • Devoluciones en monto superior a 25,000 debe ser
    solicitada en
  • formato electrónico.
  • Compensación de oficio VS pagos en
    parcialidades.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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ESTIMULOS Y SUBSIDIOS IMPROCEDENTES(Art. 25-A)
  • Reintegro con actualización y recargos.
  • Acreditamiento indebido contra impuestos
    federales.
  • No devolución por saldos a favor derivados de
    subsidios o estímulos.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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PAGOS EN PARCIALIDADES Y DIFERIDO(Art. 66, 66-A)
  • 12 meses para pago diferido.
  • 36 meses para pagos en parcialidades.
  • Requisitos
  • 20 deberá pagarse al momento de la solicitud.
  • Se sumarán las contribuciones, con las multas
    y con los accesorios.
  • Garantía del interés fiscal.
  • Revocación de la autorización.
  • Casos en que no procede.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

14
PROMOCIONES (Art. 18-A, 19)
  • Indicación de si se ha planteado ante la misma
    autoridad, si han sido
  • materia de medios de defensa y si se encuentran
    dentro del plazo de
  • emisión de la liquidación. Y si no, decirlo.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

15
CONSULTAS(Art. 34)
  • Se pueden formular siempre que no sean materia de
    defensa.
  • Caso de consultas realizadas durante facultad de
    comprobación.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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DECLARATORIA DE CONTRIBUYENTESCUMPLIDOS PARA
CONTRATAR CON GOBIERNO
  • No contratarán con particulares que
  • 1) Tengan créditos fiscales firmes.
  • 2) Que no se encuentren garantizados.
  • 3) Que no estén inscritos en el RFC.
  • 4) Que no hayan presentado alguna declaración.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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FACULTADES DE COMPROBACIÓN DELAS AUTORIDADES
FISCALES(Arts. 41-B, 42, 43)
  • Visitas para constatar datos del R.F.C.
  • Impugnación del no ejercicio de la acción penal.
  • Ordenes de verificación en materia de comercio
    exterior.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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REGLAS PARA VISITAS DOMICILIARIAS(Arts. 46, 46-A)
  • Plazo para contestar de 2 meses entre última acta
    parcial y la final. En
  • auditorias para precios de transferencia.
    Opción de un mes más.
  • Plazo para concluir la visita 12 meses sin
    prórroga.
  • Antes 6 meses con prórroga de otros 6.
  • Se suspende el plazo hasta 6 meses si el
    contribuyente no atiende el
  • requerimiento de datos, informes o documentos.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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MULTAS(Art. 76)
  • Si la infracción es descubierta por las
    autoridades fiscales, se
  • impondrá multa por
  • a) 20 si se pagan las contribuciones antes del
    acta final u oficio de observaciones. (Era 40).
  • b) 30 si se pagan después del acta final o del
    oficio de observaciones pero antes de la
    liquidación. (Era 40)
  • c) Del 75 al 100 con la liquidación. (Era del
    50 al 100)
  • d) En caso de disminución de pérdidas fiscales
    improcedentes del 30 al 40 de la pérdida
    declarada y además la multa que corresponda a la
    omisión en el pago de contribuciones.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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OTRAS MULTAS(Arts. 81 y 82)
  • No informar de personas a las que
  • hubiere entregado en efectivo credito
  • al salario.. De 7,406 a 14,811
  • No proporcionar información mensual de
  • IVA sobre retención, traslado, acreditamiento
  • con proveedores De 7,406 a 14,811
  • No comunicar al empleador que tiene
  • otro trabajo. De 450 a 680
  • Prestadores de servicios telefónicos,
  • de energía eléctrica, casas de bolsa
  • que no proporcionen informes de sus
  • usuarios relacionados con el R.F.C.. De
    30,000 a 150,000
  • De 60,000 a 300,000
    en caso de reincidencia
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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OTRAS MULTAS(Arts. 81 y 82)
  • No proporcionar o hacerlo extempo-
  • ráneamente documentación compro-
  • batoria sobre acciones en caso de
  • reestructuración de sociedades
  • (poséidas por residentes en el ex
  • tranjero). De 98,157 a 139,754
  • No proporcionar información sobre
  • préstamos del extranjero retenciones
  • de ISR operaciones de más de
  • 100,000 en efectivo.. De 98,157 a
    139,754
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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MULTAS A CONTADORES, ABOGADOS Y OTROS
ASESORES(Arts. 91-C y 91-D)
  • De 20,000 a 30,000 si no advierten a los
    destinatarios de la opinión
  • que otorguen por escrito, si el criterio es
    diverso a la interpretación del
  • SAT respecto de los criterios no vinculativos
    publicados.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

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DELITOS(Art. 108)
  • Se considera defraudación fiscal
  • a) Manifestar datos falsos para realizar la
    compensación de contribuciones que no le
    correspondan.
  • b) Utilizar datos falsos para acreditar o
    disminuir contribuciones.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi

24
DELITOS(Art. 109-I)
  • Discrepancia fiscal como delito para todos.
    Antes solo perceptores de
  • dividendos, honorarios o empresarios.
  • Lic. Augusto Fernández Sagardi
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