Title: ESTRUCTURACIN DE LA NEGOCIACIN COLECTIVA EN EL TERCER SECTOR
1ESTRUCTURACIÓN DE LANEGOCIACIÓN COLECTIVAEN EL
TERCER SECTOR
Barcelona, 10 de Diciembre de 2008 Fernando
Casas Asociado del Departamento Laboral de
GARRIGUES
2INDICE DE CONTENIDOS
- NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA - PROBLEMAS ESTRUCTURALES DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA - SITUACIÓN ACTUAL EN EL TERCER SECTOR
- NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL TERCER SECTOR
3NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Fundamento constitucional
- Art. 7 Sindicatos y patronales contribuyen a la
defensa y promoción de los intereses económicos y
sociales que les son propios. - Art. 28 Derecho a la libertad sindical.
- Art. 37 La Ley garantizará el derecho a la
negociación colectiva laboral entre los
representantes de los trabajadores y empresarios,
así como la fuerza vinculante de los convenios. - El modelo actual es heredero de la Ley de
Convenios Colectivos Sindicales de 1958. - En la actualidad conviven figuras convencionales
de naturaleza jurídica diferente y por tanto de
efectos diversos.
4NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Tipos de acuerdos fruto de la negociación
colectiva - Convenios Colectivos estatutarios
- Regulado en el Título III del ET
- Establece las relaciones laborales del 90 de
los trabajadores - Se caracteriza por tener
- Carácter normativo Sujeto a la jerarquía
normativa, al principio de sucesión normativa (de
modernidad), principio de publicidad y a la
presunción de legalidad. - Eficacia general erga omnes Aplicable a todas
las relaciones laborales que se encuentren dentro
de su ámbito de aplicación, estén las partes
afectadas afiliadas o no a las organizaciones
sindicales o patronales firmantes. - En relación con la Europa Comunitaria, este
convenio es una excepción. - Convenios colectivos extraestatutarios.
- Son aquellos que no cumplen con las
características previstas en el Título III del ET
para ser considerado un Convenio Colectivo - Se caracteriza por ser de
- Naturaleza obligacional, aplicándosele
consecuentemente los principios civilistas de la
contratación. - Eficacia limitada, que sólo alcanza a las partes
firmantes y a sus afiliados.
5NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Acuerdos marco
- Regulados en el artículo 83.2 ET.
- Acuerdos entre organizaciones sindicales y
asociaciones patronales más representativas, de
carácter estatal o de Comunidad Autónoma. - Contenido
- Establecer la estructura de la negociación
colectiva. - Fijar las reglas para resolver los conflictos de
concurrencia de convenios de diferentes ámbitos. - Fijar los principios de complementariedad,
fijando las materias que no podrán ser objeto de
negociación en ámbitos inferiores. - Acuerdos sobre materias concretas
- Regulados en el artículo 83.3 ET.
- Acuerdos entre organizaciones sindicales y
asociaciones patronales más representativas, de
carácter estatal o de Comunidad Autónoma. - Acuerdos interconfederales que regulan materias
concretas en todo el sector.
6NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Acuerdos de Empresa de diversa naturaleza
- Especialmente después de la reforma estatutaria
de 1994, no se sujetan a las normas establecidas
en el Título III del ET y sin embargo, no dejan
de ser estatutarios desde el momento en que su
negociación y celebración están previstos en el
ET - Ejemplos
- Pactos de empresa en caso de ausencia de
Convenio. - Acuerdos que ponen fin a un conflicto colectivo o
huelga (artículo 91.3º ET y 8.2º RDL 17/1977). - Pactos de empresa de modificación de condiciones
establecidas en Convenio Colectivos Estatutarios
(artículo 41.2º ET). - Acuerdos de descuelgue salarial (artículo 82.3º
ET). - Pactos de reestructuración productiva
(modificaciones, suspensiones, etc.). - Pactos derivados de sucesión de empresa (artículo
44 ET).
7NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Legitimación para negociar
- Convenios de empresa o ámbito inferior.
- Comité de empresa o delegados de personal (en su
caso). - Representaciones sindicales (si las hubiere) y
ostentasen la mayoría en el comité de empresa,
cuando el convenio afecte a la totalidad de los
trabajadores de la empresa. En los demás
convenios será necesario que los trabajadores
incluidos en su ámbito hubiesen adoptado un
acuerdo expreso de designación, a efectos de
negociación, de las representaciones sindicales
con implantación en tal ámbito. - Empresario o representantes legales.
- Convenios colectivos sectoriales
- Sindicatos más representativos de nivel estatal o
de Comunidad Autónoma. - Sindicatos con un mínimo del 10 por 100 de los
miembros de los comités de empresa o delegados de
personal, en el ámbito geográfico o funcional del
convenio. - Asociaciones empresariales, que cuenten con el 10
por 100 de los empresarios incluidos en el ámbito
del convenio y que además ocupen, al menos, el 10
por 100 de los trabajadores de dicho ámbito. - En todos los casos será necesario que ambas
partes se reconozcan como interlocutores.
8NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Constitución de Comisión negociadora
- En los convenios de ámbito empresarial, o
inferior - La comisión negociadora se constituirá por el
empresario o sus representantes, de un lado, y de
otro, por los representantes de los trabajadores. - En los de ámbito superior a la empresa
- La comisión negociadora quedará válidamente
constituida, cuando los sindicatos, federaciones
o confederaciones y las asociaciones
empresariales representen como mínimo,
respectivamente, a la mayoría absoluta de los
miembros de los comités de empresa y delegados de
personal, en su caso, y a empresarios que ocupen
a la mayoría de los trabajadores afectados por el
convenio. - No obstante, todos los sujetos legitimados a
participar en ella tienen derecho a participar en
proporción a su representatividad,
9NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Contenido de los convenios colectivos
- Podrán regular materias de índole económica,
laboral, sindical y, en general, cuantas otras
afecten a las condiciones de empleo y al ámbito
de relaciones de los trabajadores y sus
organizaciones representativas con el empresario
y las asociaciones empresariales. - Contenido mínimo
- Determinación de las partes que lo conciertan.
- Ámbito personal, funcional, territorial y
temporal. - Condiciones y procedimientos de descuelgue
salarial. - Forma y condiciones de denuncia del convenio.
- Comisión paritaria.
10NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Principio de no concurrencia de convenios
colectivos - Regulado en el artículo 84 ET Un convenio
colectivo, durante su vigencia, no podrá ser
afectado por lo dispuesto en convenios de ámbito
distinto () conforme a lo dispuesto en el
apartado 2 del artículo 83 - Excepciones
- Pacto en contrario
- Artículo 84.2º los sindicatos y las
asociaciones empresariales que reúnan los
requisitos de legitimación de los artículo 87 y
88 de esta Ley podrán, en un ámbito determinado
que sea superior al de empresa, negociar acuerdos
o convenios que afecten a lo dispuesto en los de
ámbito superior siempre que dicha decisión
obtenga el respaldo de las mayorías exigida para
constituir la comisión negociadora en la
correspondiente unidad de negociación. Materias
exceptuadas - Periodo de prueba Modalidades de contratación
- Grupos profesionales Régimen disciplinario
- Normas mínimas PRL Movilidad geográfica
11NOTAS DEFINITORIAS DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Vigencia de los convenios colectivos
- Según determinen las partes.
- Salvo pacto expreso se prorrogarán de año en año.
- Ultractividad denunciado un convenio y hasta
tanto no se logre un acuerdo expreso, perderán
vigencia sus cláusulas obligacionales,
manteniéndose en vigor el contenido normativo. - Principio normativo Convenio posterior deroga
el anterior
12PROBLEMAS ESTRUCTURALES DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Complejidad del régimen jurídico aplicable a los
diferentes tipos de convenios colectivos ?
Inseguridad jurídica. - Ámbito funcional del Convenio Colectivo ? Qué
es?. - Legitimación para negociar determinados convenios
colectivos estatutarios, por ejemplo los
supraempresariales ? control de la
representatividad?. - Doctrina del Tribunal Supremo se presumen que
los Convenios colectivos publicados son válidos y
se encuentran válidamente concertados y quien
impugna es quien tiene la carga de demostrar la
ausencia de representatividad. - Ultraactividad ? hasta cuándo?.
- Contenido del Convenio Colectivo ? Problemas a la
hora de saber si un precepto del convenio es
imperativo o dispositivo.
13PROBLEMAS ESTRUCTURALES DEL ACTUAL SISTEMA DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Regla de la concurrencia de convenios no es clara
? Inseguridad jurídica - Qué significa afectado?
- Dónde tiene que estar regulada la excepción
pacto en contrario? - Cuando se habla de ámbito inferior territorial o
funcional? hay escalas funcionales? - Qué significan las 6 materias? es una
prohibición de concurrencia absoluta o depende de
quién sea el primero en el tiempo? es
disponible? - El convenio marco puede ser retroactivo al
establecer la negociación en el sector? - Si el convenio marco se excede de las 6 materias,
es nulo o inaplicable? - Relaciones de complementariedad entre el Convenio
Colectivo y el Estatuto de los Trabajadores ? En
caso de remisión al CC, si no se regula existe
el derecho? - Ejemplo derecho a fijar el horario por cuidado
de hijo/a posibilidad de acumulación de la
lactancia, etc.
14SITUACIÓN ACTUAL EN EL TERCER SECTOR
- De ámbito Estatal
- X Convenio Colectivo de ámbito estatal de centros
de asistencia y educación infantil 2006-2009 (BOE
7-6-07) - VI Convenio colectivo de enseñanza y formación no
reglada 2006-2009 (BOE 30-6-07) - I Convenio colectivo Marco Estatal de acción e
intervención social 2007-2008 (BOE 19-6-07) - IV Convenio marco estatal de servicios de
atención a las personas dependientes y desarrollo
de la promoción de la autonomía personal
2008-2011 (BOE 1-4-08)
15SITUACIÓN ACTUAL EN EL TERCER SECTOR
- De ámbito autonómico
- Convenio Colectivo del sector de intervención
social de la Comunidad de Madrid 2007-2008 (BOCM
14-9-07) - Convenio colectivo de empresas especializadas en
el ámbito de la familia, infancia y juventud en
la Comunidad Valenciana 2004-2007 (DOGV 17-8-04) - Adhesión del mismo sector de Castilla y León
(BOCL 1-10-04) - Convenio colectivo de entidades de carácter
social en la Comunidad Valenciana 2007-2008 (DOGV
7-6-07) - Convenio Colectivo de las empresas que prestan
servicios educativos, extraescolares y
socioculturales en Castilla y León 2006-2009
(BOCL 5-10-06) - Convenio colectivo del sector del tiempo libre
educativo y socio cultural de Cataluña 2005-2007
(DOGC 1-6-05) - Convenio Colectivo de Ludotecas y centros de
tiempo libre, de gestión privada y titularidad
pública de Aragón 2002-2005 (BOA 21-8-02) - Convenio de centros de actividades en medio
rural, granjas escuela del País Vasco 2005-2007
(BOPV 16-5-07) - Convenio colectivo de trabajo de Cataluña de
acción social con niños, jóvenes, familias y
otros en situación de riesgo para los años
2008-2009 (DOGC 19-5-08)
16SITUACIÓN ACTUAL EN EL TERCER SECTOR
- De ámbito provincial
- Convenio Colectivo de Intervención social en el
ámbito de Bizkaia 2005-2007 (BOB 24-3-06) - Convenio Colectivo de Álava de servicios sociales
de intervención y asistencia en infancia,
juventud y familia 2007 (BOA 30-7-07) - Convenio colectivo de intervención sociocultural
de carácter extraescolar concertada con la
Administración de Zaragoza 2005-2008 (BOP de
Zaragoza 19-7-05) - Convenio colectivo de casas de juventud de
Zaragoza 2006-2007 (BOP de Zaragoza 23-6-06)
17SITUACIÓN ACTUAL EN EL TERCER SECTOR
- Convenio marco estatal de intervención social
- Firmado por la Asociación de empresas de
Servicios de Atención a la Persona (AESAP) y por
UGT y CCOO. - Impugnado ante la AN por la Asociación Española
de Empresas de Iniciativa Social y Servicios
Sociales (AEEISSS). - Posible nulidad del I Convenio Marco Estatal de
intervención social por - Vulneración de las reglas de legitimación
- Vulneración del principio de negociación de buena
fe - Por que excede el concepto de Acuerdo Marco
- Posible eficacia limitada del Convenio
18SITUACIÓN ACTUAL EN EL TERCER SECTOR
- Los problemas de la negociación colectiva en el
Tercer Sector no son más que los problemas de
la negociación colectiva - Ámbito funcional Qué es el Tercer Sector? La
intervención social agota el Tercer Sector? Cuál
es el contorno de la intervención social? - Problema de legitimación Cómo ha demostrado
AESAP que cuenta con la mayoría de los
trabajadores del sector? - Concurrencia de convenios Qué sucederá ahora
con el Convenio de Bizkaia y de Zaragoza,
anteriores al Convenio marco? Qué sucede con el
Convenio Colectivo de Alava?
19NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL TERCER SECTOR
- Las relaciones laborales no son algo ajeno a este
sector. - A pesar de las imperfecciones y problemas de su
regulación, la negociación colectiva es el
principal instrumento de regulación de las
condiciones laborales.
Es necesaria una especial dedicación y atención a
la negociación colectiva
- Por la parte social
- Mayor especialización
- Conocimiento de las especialidades del sector
- Por la parte empresarial
- Desarrollar una política de RRHH responsable
- Mayor cohesión y organización