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COMPETENCIA:

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... valido para treinta d as a partir de su fecha de emisi n y se encuentra ... diez y media de la ma ana del d a quince del mes de Enero del a o dos mil seis, ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: COMPETENCIA:


1
  • COMPETENCIA
  • ADMINISTRACION Y CONTROL DE LA ACTIVIDAD
  • PECUARIAS

Lic. Lázaro Guerrero M.
2
DERECHO TRIBUTARIO
  • Es la rama del Derecho Financiero que estudia el
    aspecto jurídico de la tributación en sus
    diversas expresiones como actividad de las
    municipalidades en las relaciones de éstas con
    los contribuyentes y las que suscitan entre
    particulares.
  • En el Derecho Tributario la municipalidad asume
    la triple función de
  • Creador de la obligación
  • Acreedor de ella
  • Juez de los conflictos que se presenten.

3
RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIOS
  • Derecho Tributario Sustantivo o Material regula
    todo lo concerniente a la existencia y cuantía de
    la obligación tributaria.
  • Derecho Tributario Formal o Administrativo norma
    la ejecución de la función administrativa
    tributaria, estudia las facultades y deberes de
    la administración, junto a los derechos y
    obligaciones de los sujetos pasivos y terceros.
  • Derecho Tributario Procesal conjunto de normas y
    principios que gobiernan el ámbito contencioso de
    la tributación.
  • Derecho Tributario Penal comprende estudio de
    los delitos e infracciones y sanciones en materia
    impositiva.

4
MARCO JURIDICO SOBRE LA PRESTACION DEL SERVICIO
LEY DE MUNICIPIOS
CONSTITUCION POLITICA
ORDENANZA MUNICIPAL
REGLAMENTO DE LA LEY
MARCO
CODIGO PENAL DE NICARAGUA
PLAN DE ARBITRIOS MUNICIPAL
LEY DE IDENTIFICACION CIUDADANA
LEY DE SOLVENCIA MUNICIPAL
5
CONSTITUCION POLITICA
  • Establece la autonomía municipal en la política,
    financiera y administrativa.
  • La administración municipal tiene la facultad
    para establecer las normas y procedimientos que
    regirán la prestación del servicio.
  • La administración municipal tiene la competencia
    y facultad para administrar y controlar la
    actividad pecuaria.

6
LEY DE MUNICIPIOS
  • Establece en el Arto. 7, inco. 3, que los
    municipios tendrán competencias, entre otras
  • 1- Autorizar y registrar fierros
  • 2- Emitir guías de traslado de ganado
  • 3- Emitir cartas de ventas de ganados.

7
REGLAMENTO LEY DE MUNICIPIO
  • Arto. 10, establece la obligación a los Gobiernos
    Municipales de llevar los libros siguientes
  • 1- Libro de registro de fierros.
  • 2- Libro de registro de cartas de ventas.
  • 3- Libro de registro de guía de traslado.

8
PLAN DE ARBITRIOS MUNICIPAL
  • Arto. 28, establece que toda persona natural o
    jurídica que necesite hacer una marca de herrar
    ganado o madera, deberá solicitar permiso a la
    Alcaldía Municipal informando de sus
    características y le será extendido, en su caso,
    previo el pago de la tasa correspondiente.

9
LEY DE SOLVENCIA MUNICIPAL
  • Arto. 13 y 14, Esta Ley regula la extensión de
    solvencia ante los trámites relacionado con
  • Matrícula de fierros
  • Trámites de guía de traslado de ganado.
  • Trámites de cartas de ventas.

10
PRINCIPIOS EN QUE DESCANZA ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
  • Equidad igualdad de tratamiento en la aplicación
    de las leyes tributarias a todas las personas en
    igualdad de condiciones.
  • Eficiencia implica minimizar los costos de la
    administración y de los contribuyentes para el
    cumplimiento de sus obligaciones.
  • Eficacia implica lograr objetivos propuestos con
    los resultados obtenidos de la aplicación del
    sistema tributario municipal.

11
CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES
1.1- MATRICULA 1.2- IMI 1.3- IBI 1.4- RODA 1.5-
ACTIVIDADES ESPECIALES
INGRESOS TRIBUTARIOS
2.1- TASA POR APROVECHAMIENTOS 2.2- TASA POR
SERVICIOS 2.3- CONTRIBUCIONES ESPECIALES
2. NO TRIBUTARIOS
12
OBLIGACION TRIBUTARIA
  • Es la relación jurídica que emana de la Ley y
    nace al producirse el hecho generador, conforme
    lo establecido en la Legislación Tributaria
    Municipal Vigente, según el cual un sujeto pasivo
    se obliga a la prestación de una obligación
    pecuniaria a favor de las municipalidades, las
    que tienen a su vez la facultad, obligación y
    responsabilidad de exigir su cumplimiento.

13
ORIGEN DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
  • La obligación tributaria nace, se crea, se
    instaura por fuerza de la ley en la ley radican
    todos sus factores germinales.
  • Se establece en una ley.
  • Causa inmediata, generadora de tributo.

14
ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL (FACULTAD)
  • La administración municipal tiene la facultad de
    establecer los requisitos y procedimientos
    administrativos para administrar y controlar la
    actividad pecuaria dentro de la circunscripción
    municipal.
  • Tiene la facultad de establecer las normas y
    procedimientos administrativos por la que se debe
    de regir la prestación del servicio pecuaria en
    la circunscripción municipal.

15
ADMINISTRACION TRIBUTARIA(ESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL)
16
REGISTRO DE FIERRO(FUNCIONES)
  • Promover en la municipalidad la implementación de
    la modernización del sistema de administración de
    la actividad pecuaria auxiliada con la
    herramienta informática SIF.
  • Promover las coordinaciones interinstitucionales
    respectiva que garanticen la implementación del
    sistema de administración de la actividad
    pecuaria.
  • Promover normas y procedimientos por las que debe
    de regirse el personal en la prestación del
    servicio en la actividad pecuaria.
  • Promover la creación de normas de control interno
    para asegurar el control y resguardo seguro de
    los expediente del contribuyente.
  • Promover propuesta de políticas tributarias y
    estrategias de recaudación que garanticen el
    incremento de los ingresos en la prestación del
    servicio.
  • Asegurar la ampliación de la base tributaria de
    los propietarios de fierros con el propósito de
    garantizar la propiedad en los semovientes.

17
SOLICITUD PARA HACER FIERROREQUISITOS-PERSONA
NATURAL
  • a- Solicitar por escrito a Administración
    Tributaria el permiso para hacer un fierro.
  • b- Llenar el formato de solicitud para hacer un
    fierro establecido por la municipalidad.
  • b- Adjuntar fotocopia de cédula de identidad,
    título de escritura de propiedad o contrato de
    arriendo.
  • c- Presentar record de policía.
  • d- Constancia Judicial
  • e- Acompañarse de la figura delineada de la marca
    de herrar.
  • f- Nombre y dirección de la finca.
  • g- Datos generales de la persona fabricante del
    fierro.
  • h- Estar solvente con el tesoro municipal

18
PERSONA JURIDICAREQUISITOS
  • Solicitar por escrito a Administración Tributaria
    el permiso para hacer un fierro.
  • Llenar el formato establecido por la
    municipalidad.
  • Original y fotocopia certificada del acta
    constitutiva y sus estatutos, debidamente
    inscrito en el registro.
  • Adjuntar y presentar fotocopia de No. RUC.
    título de propiedad o contrato de arriendo.
  • Declarar la razón social de la empresa.
  • Nombre y dirección de la finca.
  • Acompañarse de la figura delineada de la marca de
    herrar.
  • Datos generales de la persona fabricante del
    fierro.
  • Estar solvente con el tesoro municipal

19
SOLICITUD PARA HACER UN FIERRO(MODELO)
MODELO SOLICITUD DE PERMISO PARA HECHURA DE
FIERRO ALCALDIA MUNCIPAL DE AQUÍ ME
QUEDO SOLICITUD PERMISO PARA HACER UN
FIERRO Nombres y Apellidos ______________________
___________________________________ Cédula de
Identidad ___________________________ No. RUC
_____________________ Dirección de la Persona
__________________________________________________
_____ Nombres de las Fincas ____________________
____________________________________ Dirección
de la Finca _____________________________________
____________________ Dibujo del Fierro.
Lugar y Fecha de Solicitud ______________________
________________________ Firma del Solicitante
___________________________
20
AUTORIZACION PARA HACER EL FIERROPROCEDIMIENTOS-A
LCALDIA
  • a- El funcionario revisa los requisitos
    establecidos por la municipalidad.
  • b- Coteja en el libro de registro la existencia
    de la marca presentada.
  • c- En caso de no existir la figura, autorizar la
    hechura de fierro.
  • d- Exigir el pago de la tasa correspondiente.
  • e- Extiende constancia de permiso de hechura de
    fiero.
  • f- El permiso tendrá una validez de quince días

21
PERMISO PARA HACER UN FIERROPERSONA NATURAL
(MODELO)
MODELO DE AUTORIZACION PARA HACER UN FIERRO
PERSONA NATURAL El suscrito responsable del
registro de fierro de la Alcaldía Municipal de
AQUÍ ME QUEDO, Departamento de SOÑADORES, vista
la solicitud de permiso para hacer un fierro, la
cual fue presentada por el Sr. (a) Carmelo José
Lumbí Gómez, quién se identifica con cédula de
identidad número 006-151178-0000l mayor de edad,
casado, profesión u oficio Ingeniero Agrónomo y
de este domicilio, la cual fue revisada y
cotejada en el libro de registro de fierro que
lleva esta municipalidad, y no encontrada con
ningún fierro parecido, le concede permiso para
hacer un fierro que podrá utilizarlo en los
semovientes de su propiedad. Dicho fierro
presenta la figura siguiente
Datos Generales del Herrero Nombres y Apellidos
__________________________________________________
______ Dirección ______________________________
___________________________________ A solicitud
de parte interesada y para la los fines legales
de hechura de fierro, se extiende el presente
permiso en el municipio de AQUÍ ME QUEDO,
Departamento de SOÑADORES, a los ocho días del
mes de Enero del año dos mil seis. Este permiso
es valido para treinta días a partir de su fecha
de emisión y se encuentra prohibido su uso para
herrar o vender sus animales, sin haber sido
matriculado en la Alcaldía correspondiente,
comprometiéndose al saneamiento y evicción del
fierro en caso necesario. _____________________ Re
gistro de Fierro
22
PERMISO PARA HACER UN FIERROPERSONA JURIDICA
(MODELO)
MODELO DE AUTORIZACION PARA HACER UN FIERRO
PERSONA JURIDICA El suscrito responsable del
registro de fierro de la Alcaldía Municipal de
AQUÍ ME QUEDO, Departamento de SOÑADORES, vista
la solicitud de permiso para hacer un fierro, la
cual fue presentada por el Sr. (a) Carmelo José
Lumbí Gómez, quién se identifica con cédula de
identidad número 006-151178-0000l mayor de edad,
casado, profesión u oficio Ingeniero Agrónomo y
de este domicilio, actuando en representación de
la empresa AGROPECUARIA GONZALEZ, identificada
con número R.U.C. 150198-1456 , la cual fue
revisada y cotejada en el libro de registro de
fierro que lleva esta municipalidad, y no
encontrada con ningún fierro parecido, le concede
permiso para hacer un fierro que podrá utilizarlo
en los semovientes de su propiedad. Dicho fierro
presenta la figura siguiente
Datos Generales del Herrero Nombres y Apellidos
__________________________________________________
______ Dirección _______________________________
__________________________________ A solicitud de
parte interesada y para la los fines legales de
hechura de fierro, se extiende el presente
permiso en el municipio de AQUÍ ME QUEDO,
Departamento de SOÑADORES, a los ocho días del
mes de Enero del año dos mil seis. Este permiso
es valido para treinta días a partir de su fecha
de emisión y se encuentra prohibido su uso para
herrar o vender sus animales, sin haber sido
matriculado en la Alcaldía correspondiente,
comprometiéndose al saneamiento y evicción del
fierro en caso necesario.
23
INSCRIPCION DE FIERROREQUISITO-PERSONA
  • Presentarse personalmente o por medio de
    apoderado legal, debidamente acreditado por un
    poder notariado.
  • Acompañarse de la marca de herrar.
  • Presentar el permiso de hechura de fierro
    autorizado por la municipalidad.
  • Solicitar el servicio de inscripción del fierro
  • Estar solvente con el tesoro municipal.

24
INSCRIPCION DE FIERROPROCEDIMIENTO-ALCALDIA
  • Revisar los requisitos establecidos por la
    municipalidad.
  • Revisar la autorización del permiso extendido al
    contribuyente.
  • Comprobar el estado de solvencia del
    contribuyente.
  • Requerir el pago de la tasa correspondiente.
  • Inscribirlo en el libro de registro de fierro
  • Extenderle certificación de matrícula.

25
INSCRIPCION DE FIERROPERSONA NATURAL (MODELO)
26
INSCRIPCION DE FIERROPERSONA JURIDICA (MODELO)
27
MATRICULA DE FIERROREQUISITO-PERSONA
  • El acto administrativos de inscribir, matricular
    o refrendar un fierro es la garantía de la
    propiedad sobre el fierro y en el ganado que el
    propietario posee para lo cual debe cumplir los
    requisitos siguientes
  • a- Presentarse personalmente a la Alcaldía o por
    medio de su apoderado legal, debidamente
    acreditado por un poder notariado y solicitar la
    matrícula.
  • b- Acompañarse de su marca de herrar.
  • c- Presentar constancia de matricula del año
    anterior.
  • d- Estar solvente con el tesoro municipal.

28
MATRICULA DE FIERROPROCEDIMIENTO-ALCALDIA
  • Solicitar a la persona cédula de identidad
    personal.
  • Solicitar al propietario la marca de herrar.
  • Verificar y cotejar en el libro de registro la
    existencia de la marca de herrar.
  • Solicitar constancia de matrícula del año
    anterior.
  • Verificar si se encuentra al día con el pago de
    sus obligaciones tributarias.
  • Solicitar el pago de la tasa correspondiente.
  • Registrarlo en el libro de refrenda anual de
    fierro.
  • Extenderle la certificación acreditativa de la
    refrenda anual del fierro.

29
CONSTANCIA DE FIERROREQUISITOS-PERSONA
  • Presentarse personalmente o por medio de su
    apoderado legal, debidamente acreditado por un
    poder notariado.
  • Presentar la matrícula extendida por la
    municipalidad.
  • Solicitar constancia de registro de fierro.
  • Estar solvente con el tesoro municipal.

30
CONSTANCIA DE FIERROPROCEDIMIENTOS-ALCALDIA
  • Solicitar a la persona cédula de identidad
    personal.
  • Verificar en el libro de registro la existencia
    del contribuyente y su marca de herrar.
  • Verificar si se encuentra al día con sus
    obligaciones tributarias.
  • Solicitar el pago de la tasa correspondiente.
  • Extenderle constancia de registro de fierro.

31
TRASLADO DE FIERRO DE UN MUNICIPIO A OTRO
  • El propietario debe presentarse en la Alcaldía
    donde registró su fierro.
  • Presentar cédula de identidad.
  • Presentar constancia de matrícula de fierro en el
    municipio donde está registrado.
  • Solicitar constancia de registro de fierro.
  • Pagar la tasa correspondiente.

32
TRASLADO DE FIERROPROCEDIMIENTOS-ALCALDIA
  • Solicitar cédula de identidad
  • Adjuntar y presentar fotocopias de documentos de
    título de propiedad o contrato de arriendo.
  • Solicitar la marca de herrar que quiere
    matricular.
  • Solicitar el nombre y dirección de la finca donde
    mantendrá a su animales.
  • Solicitar constancia emitida por la municipalidad
    donde tiene registrado su fierro.
  • Verificar en el libro de registro de fierro si la
    marca se encuentra registrada.
  • Solicitar el pago de la tasa correspondiente.
  • Inscribirlo en el libro de registro de fierro.

33
CAMBIO DE DUEÑO DEL FIERRO(POR HERENCIA)
REQUISITO
  • Cuando una persona en su testamento o documento
    legalmente establecido como última voluntad
    expresa que deja el fierro a determinada persona,
    en este caso es necesario
  • 1- Presentar el acta de defunción del propietario
    del fierro.
  • 2- Documento de declaratoria de heredero.
  • 3- Cédula de identificación personal.
  • 4- Fotocopia de título de propiedad o contrato de
    arriendo.
  • 5- Estar solvente con el tesoro municipal

34
CAMBIO DE DUEÑO DEL FIEROPROCEDIMIENTO-ALCALDIA
  • Solicitar cédula de identidad personal al
    interesado.
  • Revisar el acta de defunción presentada por el
    interesado.
  • Revisar el documento de declaratoria de heredero.
  • Revisar título de escritura de propiedad o
    contrato de arriendo.
  • Solicitar solvencia municipal.
  • Solicitar el pago de la tasa correspondiente
  • Proceder a dar de baja en el libro de registro a
    la persona fallecida e inscribe al nuevo
    propietario
  • Extender certificación de registro de fierro.

35
CARTA DE VENTAREQUISITOS - VENDEDOR
  • a- El vendedor de presentarse personalmente a la
    Alcaldía a efectuar el trámite.
  • b- Solicitud de carta de venta a favor del
    comprador.
  • c- Presentar identificación personal tanto
    vendedor como comprador.
  • d- Describir las características de los animales
    que son objeto de enajenación.
  • e- Presentar las cartas de ventas originales para
    su anulación o anotar en ella las reses objeto de
    ventas.
  • f- Especificar el monto total de la enajenación.

36
CARTA DE VENTAPROCEDIMIENTO-ALCALDIA
  • a- Solicitar cédula de identidad personal.
  • b- Revisar en el libro de registro de fierro la
    existencia del fierro del vendedor.
  • c- Solicitarla descripción de los animales objeto
    de venta. (color, sexo y raza).
  • d- Verificar la cantidad de animales para
    comprobar los fierros y características de los
    mismos.
  • e- Solicitar cartas de ventas originales
    anterior, para su anulación o anotar en ellas las
    reses objeto de la venta.
  • f- Elaborar carta de venta a favor del comprador.
  • g- Solicitar firma del vendedor.
  • h- Autenticación del funcionarios público.
  • i- Extender carta de venta.

37
GUIA DE TRASLADO DE GANADO(REQUISITOS-PERSONA)
  • a- Presentarse a la Alcaldía a solicitar el
    servicio de guía de traslado de animales.
  • b- Describir la cantidad de animales y sus
    características.
  • c- En caso de haberlo adquirido deberá de
    presentar carta de venta anterior.
  • d- Especificar el origen del embarque de los
    animales.
  • e- Presentar circulación del vehículo en que se
    trasladan los animales.
  • f- Especificar el destino de los animales.

38
GUIA DE TRASLADOPROCEDIMIENTOS-ALCALDIA
  • a- Solicitar cédula de identidad de la persona
    propietaria de los semovientes.
  • b- Solicitar la cantidad de animales, sus
    características y fierros que llevan.
  • c- Verificar la cantidad y características de los
    animales que se trasladan.
  • d- Verifica cartas de ventas que amparan el
    traslado de semovientes.
  • e- Verificar el vehículo en que se trasladan.
  • f- Solicitar el origen de embarque de los
    animales.
  • g- Solicitar el destino de los animales.
  • f- Solicitar el pago de la tasa correspondiente.
  • g- Extender la guía de traslado.

39
GUIA DE TRASLADOPROCEDIMIENTO-POLICIA
  • Revisa la guía de traslado extendida por la
    municipalidad.
  • Solicitar al conductor circulación, cédula de
    identidad y licencia de conducir.
  • Verifica la cantidad y características de los
    animales.
  • Verifica el tipo y documentación del vehículo en
    que se trasladan los semovientes.
  • Autoriza el traslado de los semovientes.

40
ABIGEATO (ARTO. 271)
  • El abigeato es una especie de robo, pero se
    diferencia de éste en la que la cosa no se coge
    con la mano y se transporta a otro lugar, sino
    que se la desvía y se hace marchar a distinto
    destino, con objeto de aprovecharse de ella.

41
QUIEN COMETE DELITODE ABIGEATO
  • El que sustrajere o se apropiare de ganado mayor
    sin voluntad de su dueño.
  • El que venda o compre ganado mayor sin que el
    legítimo dueño haya otorgado carta de venta.
  • El que venda cuero sin ser destazador público
    autorizado, propietario de hacienda, dueño de
    ganado, etc.
  • El que comprare cuero de res a persona que no es
    destazador público autorizado.
  • El que traslade ganado mayor fuera de la
    circunscripción municipal, sin la guía extendida
    por la Alcaldía correspondiente.

42
COMETE DELITO DE ABIGEATO
  • El que comprare, vendiere o autorizare comprar o
    vender ganado mayor sin cumplir con los
    requisitos siguientes
  • a- Presentar documento en conste la matrícula
    vigente.
  • b- Contra fiero del dueño y carta de venta del
    mismo o su representante.
  • c- Presencia del vendedor o su representante
    mostrando carta de venta anterior.

43
DELITO DE ABIGEATO
  • Los que incurrieren en delitos de abigeato serán
    penados con prisión de dos o siete años y además
    con una multa del cien por ciento del valor de
    cada animal, esta multa será a favor del
    respectivo municipio.
  • Los vehículos, muebles, animales o enseres que se
    hubiesen empleado en la comisión del delito de
    abigeato, serán descomisados y pasarán a ser
    patrimonio de la Alcaldía.

44
ACTIVIDAD PECUARIA(COSTO DEL SERVICIO)
1- Costos Directos del Servicios
COSTO DEL SERVICIO
2- Costos Indirectos del Servicio (10)
45
ACTIVIDAD PECUARIA(COSTO DEL SERVICIO)
1- Gastos de Personal 2- Gastos No
Personales 3- Gastos de Servicios, Materiales y
Suministros. 4- Gastos de Inversión
COSTO DIRECTOS DEL SERVICIO
46
METODOLOGIA PARA EL CALCULO DE LAS TASAS
40 Matrícula de Fierro
DISTRIBUCCION PORCENTAL COSTO TOTAL
30 Carta de Venta
30 Guía de Traslado
47
CALCULO DE LAS TASAS
40 Total Costo
Costo Unitario de Matrícula de Fierro
Total Matrícula
30 Total Costo
Costo Unitario de Carta de Venta
Total Emitida
30 Total Costo
Costo Unitario de Guía de Traslado
Total Emitida
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