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Habilitacion

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Title: Habilitacion


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Habilitacion
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SISTEMA UNICO DE HABILITACIÓN
  • Es el conjunto de normas, requisitos y
    procedimientos, mediante los cuales se establece,
    registra, verifica y controla el cumplimiento de
    las condiciones básicas de capacidad tecnológica
    y científica, de suficiencia patrimonial y
    financiera y de capacidad técnico-administrativa
    indispensables para la entrada y permanencia en
    el sistema, los cuales buscan dar seguridad a los
    usuarios frente a los potenciales riesgos
    asociados a la prestación de servicios y son
    obligatorios...

SALUD CON CALIDAD
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NO aplica el Decreto 1011 de 2006 a
  • Instituciones pertenecientes a las Fuerzas
    Militares y a la Policía Nacional
  • Bancos de Sangre
  • Grupos de practica profesional sin
    infraestructura
  • Laboratorios de genética forense
  • Bancos de Semen y de Componentes Anatómicos
  • Entidades que producen insumos de salud y
    productos
  • biológicos

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Dirigidos a la minimización de riesgos
  • Mortalidad hospitalaria, incluyendo mortalidad
    obstétrica, quirúrgica, perinatal y de urgencias
  • Infecciones intrahospitalarias incluyendo,
    infecciones quirúrgicas
  • Complicaciones quirúrgicas inmediatas
  • Complicaciones anestésicas
  • Complicaciones terapéuticas, especialmente
    medicamentosas y transfusionales.

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CONDICIONES DE CAPACIDAD TECNOLOGICA Y CIENTIFICA
SISTEMA UNICO DE HABILITACION
CONDICIONES DE CAPACIDAD TECNICO ADMINISTRATIVA
CONDICIONES DE SUFICIENCIA PATRIMONIAL Y
FINANCIERA
5
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CONDICIONES DE SUFICIENCIA PATRIMONIAL Y
FINANCIERA
  • Cumplimiento de las condiciones que posibilitan
    la estabilidad financiera de las IPSS en el
    mediano plazo, su competitividad dentro del área
    de influencia, liquidez y cumplimiento de sus
    obligaciones en el corto plazo

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SUFICIENCIA PATRIMONIAL Y FINANCIERA
  • .Patrimonio neto por encima del cincuenta por
    ciento (50) del capital social, capital fiscal o
    aportes sociales
  • Obligaciones laborales de más de 360 días, no
  • supere el 50 del pasivo corriente
  • Obligaciones mercantiles de más de 360
  • días, no supere el 50 del pasivo corriente

Requisitos básicos del patrimonio y el pasivo,
aplicable solamente a las instituciones
prestadoras de servicios de salud (IPS)
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CONDICIONES TECNICO ADMINISTRATIVA
  • 1- El cumplimiento de los requisitos legales
    exigidos respecto a la existencia y
    representación legal, de acuerdo a la naturaleza
    jurídica.
  • 2- El cumplimiento de los requisitos
    administrativos y financieros que le permita
    demostrar que la IPS, cuenta con un sistema
    contable para generar estados financieros
    según las normas contables vigentes

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CONDICIONES DE CAPACIDAD TECNOLÓGICA Y CIENTÍFICA
  • Son los requisitos básicos de estructura y
    procesos que deben cumplir los prestadores de
    servicios de salud por cada uno de los servicios
    que prestan y que se consideran suficientes y
    necesarios para reducir los principales riesgos
    que amenazan la vida o la salud de los usuarios
    en el marco de la prestación del servicio de
    salud

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PRINCIPIOS DE LOS ESTANDARES
Sencillez
ESENCIALIDAD
Fiabilidad
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QUE DEBO TENER EN CUENTA?
DEFINICION DE ESTANDARD
LOS ESTÁNDARES, SON CONDICIONES MÍNIMAS
INDISPENSABLES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE
SALUD, APLICABLES A CUALQUIER ORGANIZACIÓN DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD,
INDEPENDIENTEMENTE DEL TIPO DE SERVICIOS
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ESTANDARES DE VERIFICACIÓN Resolución 1043 de 2006
1. RECURSO HUMANO
2. INSTALACIONES FÍSICAS
4. MEDICAMEN, Y DISPOSITIVOS MÉDICOS GESTIÓN
MEDICA. Y DISPOSIT.
3. DOTACIÓN - MANTENIMIENTO
5. PROCESOS PRIORITARIOS ASISTENCIALES
6. HISTORIA CLÍNICA Y REGISTROS ASISTENCIALES
7. INTERDEPENDENCIA DE SERVICIOS
8. REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA DE PACIENTES
9. SEGUIMIENTO A RIESGOS EN LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
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INSCRIPCIÓN
  • Los Prestadores de Servicios de Salud
  • presentarán el formulario de inscripción en el
    Registro Especial de Prestadores de Servicios de
    Salud ante las Entidades Departamentales y
    Distritales de Salud correspondientes

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REPORTE DE NOVEDADES
  • a. Apertura de servicios,
  • b. Apertura de nueva sede,
  • c. Cambio de domicilio,
  • d. Cambio de representante legal,
  • e. Cambio de Director o Gerente
  • f. Cambio de nomenclatura
  • g. Cierre de prestador
  • h. Cierre de servicio temporal o definitivo,
  • i. Cierre de una sede,
  • j. Cierre o apertura de camas,

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REPORTE DE NOVEDADES
  • k. Cierre o apertura de salas,
  • l. Disolución o liquidación de la entidad o
    estar adelantando alguno de estos procesos.
  • m. Cambio de nombre de una de las sedes, que no
    implique cambio de razón social.
  • n. Transformación de la institución que no
    implique cambio de NIt, o creación de una
    nueva.
  • o. Cambio de horario de atención.
  • p. Cierre o apertura de una modalidad de
    atención.
  • q. Cambio de sede principal.
  • r. Cambio de complejidad del servicio
  • s. Cierre o apertura de ambulancias

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A QUIÉN FACULTA LA LEY PARA TOMAR LAS
DECISIONES EN HABILITACIÓN?
  • A las Direcciones Departamentales o Distritales
    de Salud (Art. 23, 24, 49 Dto. 1011 de 2006,
    Numeral 1.4 anexo técnico Nº 2 de la resolución
    1043 de 2006).
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