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Sin ttulo de diapositiva

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Tampoco podr n votar los balances y cuentas de fin de ejercicio ni las de la liquidaci n. ... conformada por dos socios, puede uno de ellos contando con el 99 ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Sin ttulo de diapositiva


1
ASAMBLEAS Y JUNTAS DE SOCIOS EXITOSAS
2008
2
REUNIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
  • Ordinarias son aquellas que deben efectuarse por
    lo menos una vez al año, en las fechas señaladas
    en los estatutos y, en silencio de estos dentro
    de los tres meses siguientes al vencimiento de
    cada ejercicio.
  • Extraordinarias son aquellas que se requieren
    para asuntos imprevistos y/o urgentes de la
    compañía.

3
CONVOCATORIA
  • Es la citación a los asociados para que se reúnan
    en una fecha, hora y lugar determinados para
    integrar la asamblea o junta de socios.
  • Quién puede convocar?
  • Por qué medios se puede realizar?
  • Con qué antelación debe efectuarse?
  • Qué debe contener la convocatoria?

4
DERECHO DE INSPECCIÓN
  • Puede ejercerse en cualquier momento en las
    sociedades limitadas, y en las anónimas dentro de
    los quince días hábiles previos a la reunión del
    máximo órgano social en que se examinan los
    balances de fin de ejercicio.

5
PODERES
  • REPRESENTACIÓN DE LOS SOCIOS
  • ART. 184 Modificado. L 222/95 art. 18 Todo
    socio podrá hacerse representar en las reuniones
    de la junta de socios o asambleas mediante poder
    otorgado por escrito, en el que se indique el
    nombre del apoderado, la persona en quien éste
    puede sustituirlo, si es el caso, la fecha o
    época de la reunión o reuniones para las que se
    confiere y los demás requisitos que se señalen en
    los estatutos.
  • Los poderes otorgados en el exterior, sólo
    requerirán las formalidades aquí previstas.

6
PODERES
  • Resulta apropiado consagrar en los estatutos
    que la radicación de poderes en las oficinas de
    la administración de la compañía para asistir a
    reuniones del máximo órgano social, debe
    realizarse con una anticipación de determinadas
    horas o de días anteriores a la celebración de la
    respectiva sesión ?

7
PODERES
  • El ordenamiento mercantil no fija un término para
    que los asociados presenten los poderes.
  • Organización Interna.

8
PODERES
  • Es viable establecer estatutariamente la entrega
    de poderes con anticipación a la celebración de
    la respectiva sesión del máximo órgano social.

9
PODERES
  • Es válido establecer en los estatutos sociales,
    que a la reunión del máximo órgano social no
    pueden asistir al mismo tiempo el poderdante y el
    apoderado?

10
PODERES
  • La asistencia del accionista supone la
    revocatoria del poder otorgado.

11
PODERES
  • No deben asistir en forma concurrente el
    poderdante y el apoderado a las reuniones del
    máximo órgano social.

12
PODERES
  • INCOMPATIBILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES Y
    EMPLEADOS.
  • ART. 185. Salvo los casos de representación
    legal, los administradores y empleados de la
    sociedad no podrán representar en las reuniones
    de la asamblea o junta de socios acciones
    distintas de las propias, mientras estén en
    ejercicio de sus cargos, ni sustituir poderes que
    se les confieran.
  • Tampoco podrán votar los balances y cuentas de
    fin de ejercicio ni las de la liquidación.

13
CÓMO VERIFICAR LA CALIDAD DE SOCIO?
  • Si se trata de una sociedad por acciones se debe
    acudir al libro de registro de accionistas para
    constatar que se encuentre inscrito. En las
    sociedades por cuotas la calidad consta en el
    respectivo certificado de existencia y
    representación legal.

14
EMBARGO DE ACCIONESDERECHOS POLÍTICOS
  • Si un accionista tiene sus acciones embargadas,
    puede participar y votar en las deliberaciones
    del máximo órgano social?

15
EMBARGO DE ACCIONES Las acciones pueden ser
objeto de embargo (art. 142 y 414 del C. de Co.).
16
  • EMBARGO DE ACCIONES
  • Efectos del embargo de acciones
  • Coloca las acciones fuera del comercio.
  • Busca la venta o la adjudicación de las acciones.
  • Comprende el dividendo correspondiente.

17
EMBARGO DE ACCIONES El embargo de las acciones
nominativas se consumará por inscripción en el
libro de registro de acciones, mediante orden
escrita del funcionario competente. (art. 415 C.
de Co.).
18
EMBARGO DE ACCIONES El accionista que tiene sus
acciones embargadas, conserva la plenitud de los
derechos que la Ley le reconoce, excepción hecha
de los dividendos que le pueden corresponder
durante el tiempo a que estén gravados los
títulos, y el derecho a enajenarlas.
19
QUÉ DOCUMENTOS DEBEN SOMETERSE A CONSIDERACIÓN DE
LOS ASOCIADOS DURANTE LA REUNIÓN ORDINARIA?
  • Un informe de gestión
  • Los estados financieros de propósito general
  • Un proyecto de distribución de utilidades

20
LIMITADA CONFORMADA POR DOS SOCIOS
  • En una sociedad limitada conformada por dos
    socios, puede uno de ellos contando con el 99 de
    los aportes, tomar decisiones?

21
LIMITADA CONFORMADA POR DOS SOCIOS
  • Artículo 359 Código de Comercio ...Las
    decisiones de la junta de socios se tomarán por
    un número plural de socios que represente la
    mayoría absoluta de las cuotas en que se halle
    dividido el capital de la compañía....

22
LIMITADA CONFORMADA POR DOS SOCIOS Conclusión
Las decisiones de la junta de socios se deben
tomar por un número plural de asociados que
represente la mayoría absoluta.
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QUÓRUM Y MAYORÍAS S.A.
  • ART. 68- La asamblea deliberará con un número
    plural de socios que represente, por lo menos, la
    mitad más una de las acciones suscritas, salvo
    que en los estatutos se pacte un quórum inferior.
  • Con excepción de las mayorías decisorias
    señaladas en los artículos 155, 420 numeral 5o. y
    455 del Código de Comercio, las decisiones se
    tomarán por mayoría de los votos presentes. En
    los estatutos de las sociedades que no negocien
    sus acciones en el mercado público de valores,
    podrá pactarse un quórum diferente o mayorías
    superiores a las indicadas.

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MAYORÍAS ESPECIALES
  • Deben respetarse las mayorías especiales
    establecidas en la ley para determinadas
    decisiones
  • Distribución de utilidades
  • Colocación de acciones sin sujeción al derecho de
    preferencia
  • Pago de dividendo en acciones

25
ELECCIÓN JUNTA DIRECTIVA
  • La elección de los miembros de la junta
    directiva corresponde privativamente al MOS con
    aplicación del sistema del cociente electoral,
    que tiene como finalidad asegurar la
    representación proporcional de los diversos
    grupos que suelen formarse en el seno de la
    compañía.

26
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR EL CUOCIENTE
ELECTORAL 1.- Sumamos el número total de votos
válidos emitidos, incluyendo los votos en blanco.
2.- Esta cifra la dividimos por el número de
personas que hayan de elegirse, y nos da como
resultado el cuociente. 3.- El número de votos a
favor de cada lista lo dividimos por el
cuociente, y así obtenemos el número de puestos
que obtuvo cada lista por cuociente, y el
residuo. 4.- El escrutinio empieza por la lista
que obtenga mayor número de votos, y así en orden
descendente. 5.- Primero se escogen los cargos
por cuociente, y si quedaren puestos por proveer
se acudirá a los residuos, también empezando por
el más alto y así en orden descendente hasta
agotar el número de puestos por proveer. 6.- En
caso de empate de los residuos decidirá la suerte.
27
  • Ejemplo
  • Escenario
  • Junta directiva compuesta por 5 miembros
    principales y 5 suplentes
  • Capital suscrito 1.000 acciones suscritas (todas
    representadas en la reunión)

28
Se presentan 5 listas así
29
Cada lista obtuvo los siguientes votos Lista
1         402 Lista 2         278 Lista 3
        156 Lista 4         164 Lista 5
        0 Total  votos    1.000
30
3.- Dividimos el número de votos recaudados por
cada lista entre el cuociente Lista 1 402/200
      2 (cuociente) y 2 (residuo) Lista 2
278/200       1 (cuociente) y 78 (residuo) Lista
3 156/200       0 (cuociente) y 156
(residuo) Lista 4 164/200       0 (cuociente) y
164 (residuo) Lista 5 0/200 0
(cuociente) y 0 (residuo)
31
Principales             Suplentes Pedro José F
rank Jazmín Oscar David Inés Alex María
Jesús
32
(No Transcript)
33
Principales Suplentes Pedro
José Frank Jazmín Oscar David José Alex
María Jesús
34
Principales             Suplentes Pedro          
        Jazmín Frank                  
Rosa Oscar                   David José   
                Alex María                   Jesús
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SUPLENTES PERSONALES Y NUMÉRICOS PRINCIPALES     
                 SUPLENTES Pedro Jazmín Fran
k Rosa Oscar                              
David José                                
Alex María                              Jesús
36
REUNIÓN POR DERECHO PROPIO
  • Es una citación contemplada en la ley, para
    garantizar que los asociados puedan reunirse,
    como mínimo una vez al año
  • Es una medida correctiva a fin de subsanar la
    omisión en que incurre el administrador al no
    convocar a la reunión ordinaria

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REUNIONES DE SEGUNDA CONVOCATORIA
  • Si se convoca a la asamblea y esta no se lleva a
    cabo por falta de quórum, se citará a una nueva
    reunión que sesionará y decidirá válidamente con
    un número plural de socios cualquiera sea la
    cantidad de acciones que esté representada. La
    nueva reunión deberá efectuarse no antes de los
    diez días ni después de los treinta, contados
    desde la fecha fijada para la primera reunión.

38
INDIVISIBILIDAD DEL VOTO
  • Puede un accionista votar en diferentes sentidos
    una misma proposición ?

39
EXCEPCIONES A LA UNIDAD DEL VOTO
  • La prenda, usufructo y
    anticresis.
  • Contrato de fiducia mercantil.

40
EFECTOS
  • Un accionista no puede otorgar poder sobre parte
    de sus acciones reservándose las otras para sí.
  • Varios accionistas pueden otorgarle poder a un
    solo apoderado.

41
DESCONVOCATORIA DE LAS REUNIONES DEL MAXIMO
ÓRGANO SOCIAL.
  • Se puede desconvocar una reunión del máximo
    órgano social?

42
SUSPENSIÓN DE LAS DELIBERACIONES
  • Las deliberaciones del MOS podrán suspenderse
    para reanudarse luego, cuantas veces lo decida
    cualquier número plural de asistentes que
    represente el 51, por lo menos, de las cuotas o
    acciones representadas en la reunión. Pero las
    deliberaciones no podrán prolongarse por más de 3
    días, si no está representada la totalidad de las
    acciones suscritas.

43
ACTAS
  • Las decisiones de la junta de socios o de la
    asamblea se harán constar en actas aprobadas por
    la misma, o por las personas que se designen para
    tal efecto, y firmadas por el presidente y
    secretario de la reunión.
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