Title: Sin ttulo de diapositiva
1ASAMBLEAS Y JUNTAS DE SOCIOS EXITOSAS
2008
2REUNIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
- Ordinarias son aquellas que deben efectuarse por
lo menos una vez al año, en las fechas señaladas
en los estatutos y, en silencio de estos dentro
de los tres meses siguientes al vencimiento de
cada ejercicio. - Extraordinarias son aquellas que se requieren
para asuntos imprevistos y/o urgentes de la
compañía.
3CONVOCATORIA
- Es la citación a los asociados para que se reúnan
en una fecha, hora y lugar determinados para
integrar la asamblea o junta de socios. - Quién puede convocar?
- Por qué medios se puede realizar?
- Con qué antelación debe efectuarse?
- Qué debe contener la convocatoria?
4DERECHO DE INSPECCIÓN
- Puede ejercerse en cualquier momento en las
sociedades limitadas, y en las anónimas dentro de
los quince días hábiles previos a la reunión del
máximo órgano social en que se examinan los
balances de fin de ejercicio.
5PODERES
- REPRESENTACIÓN DE LOS SOCIOS
- ART. 184 Modificado. L 222/95 art. 18 Todo
socio podrá hacerse representar en las reuniones
de la junta de socios o asambleas mediante poder
otorgado por escrito, en el que se indique el
nombre del apoderado, la persona en quien éste
puede sustituirlo, si es el caso, la fecha o
época de la reunión o reuniones para las que se
confiere y los demás requisitos que se señalen en
los estatutos. - Los poderes otorgados en el exterior, sólo
requerirán las formalidades aquí previstas.
6PODERES
- Resulta apropiado consagrar en los estatutos
que la radicación de poderes en las oficinas de
la administración de la compañía para asistir a
reuniones del máximo órgano social, debe
realizarse con una anticipación de determinadas
horas o de días anteriores a la celebración de la
respectiva sesión ?
7PODERES
-
- El ordenamiento mercantil no fija un término para
que los asociados presenten los poderes. -
- Organización Interna.
-
8PODERES
-
- Es viable establecer estatutariamente la entrega
de poderes con anticipación a la celebración de
la respectiva sesión del máximo órgano social.
9PODERES
-
- Es válido establecer en los estatutos sociales,
que a la reunión del máximo órgano social no
pueden asistir al mismo tiempo el poderdante y el
apoderado?
10PODERES
- La asistencia del accionista supone la
revocatoria del poder otorgado.
11PODERES
-
- No deben asistir en forma concurrente el
poderdante y el apoderado a las reuniones del
máximo órgano social.
12PODERES
- INCOMPATIBILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES Y
EMPLEADOS. - ART. 185. Salvo los casos de representación
legal, los administradores y empleados de la
sociedad no podrán representar en las reuniones
de la asamblea o junta de socios acciones
distintas de las propias, mientras estén en
ejercicio de sus cargos, ni sustituir poderes que
se les confieran. - Tampoco podrán votar los balances y cuentas de
fin de ejercicio ni las de la liquidación.
13CÓMO VERIFICAR LA CALIDAD DE SOCIO?
- Si se trata de una sociedad por acciones se debe
acudir al libro de registro de accionistas para
constatar que se encuentre inscrito. En las
sociedades por cuotas la calidad consta en el
respectivo certificado de existencia y
representación legal.
14EMBARGO DE ACCIONESDERECHOS POLÍTICOS
- Si un accionista tiene sus acciones embargadas,
puede participar y votar en las deliberaciones
del máximo órgano social?
15 EMBARGO DE ACCIONES Las acciones pueden ser
objeto de embargo (art. 142 y 414 del C. de Co.).
16- EMBARGO DE ACCIONES
- Efectos del embargo de acciones
- Coloca las acciones fuera del comercio.
- Busca la venta o la adjudicación de las acciones.
- Comprende el dividendo correspondiente.
17EMBARGO DE ACCIONES El embargo de las acciones
nominativas se consumará por inscripción en el
libro de registro de acciones, mediante orden
escrita del funcionario competente. (art. 415 C.
de Co.).
18EMBARGO DE ACCIONES El accionista que tiene sus
acciones embargadas, conserva la plenitud de los
derechos que la Ley le reconoce, excepción hecha
de los dividendos que le pueden corresponder
durante el tiempo a que estén gravados los
títulos, y el derecho a enajenarlas.
19QUÉ DOCUMENTOS DEBEN SOMETERSE A CONSIDERACIÓN DE
LOS ASOCIADOS DURANTE LA REUNIÓN ORDINARIA?
- Un informe de gestión
- Los estados financieros de propósito general
- Un proyecto de distribución de utilidades
20LIMITADA CONFORMADA POR DOS SOCIOS
-
- En una sociedad limitada conformada por dos
socios, puede uno de ellos contando con el 99 de
los aportes, tomar decisiones?
21LIMITADA CONFORMADA POR DOS SOCIOS
-
- Artículo 359 Código de Comercio ...Las
decisiones de la junta de socios se tomarán por
un número plural de socios que represente la
mayoría absoluta de las cuotas en que se halle
dividido el capital de la compañía....
22LIMITADA CONFORMADA POR DOS SOCIOS Conclusión
Las decisiones de la junta de socios se deben
tomar por un número plural de asociados que
represente la mayoría absoluta.
23QUÓRUM Y MAYORÍAS S.A.
- ART. 68- La asamblea deliberará con un número
plural de socios que represente, por lo menos, la
mitad más una de las acciones suscritas, salvo
que en los estatutos se pacte un quórum inferior. - Con excepción de las mayorías decisorias
señaladas en los artículos 155, 420 numeral 5o. y
455 del Código de Comercio, las decisiones se
tomarán por mayoría de los votos presentes. En
los estatutos de las sociedades que no negocien
sus acciones en el mercado público de valores,
podrá pactarse un quórum diferente o mayorías
superiores a las indicadas.
24MAYORÍAS ESPECIALES
- Deben respetarse las mayorías especiales
establecidas en la ley para determinadas
decisiones - Distribución de utilidades
- Colocación de acciones sin sujeción al derecho de
preferencia - Pago de dividendo en acciones
25ELECCIÓN JUNTA DIRECTIVA
- La elección de los miembros de la junta
directiva corresponde privativamente al MOS con
aplicación del sistema del cociente electoral,
que tiene como finalidad asegurar la
representación proporcional de los diversos
grupos que suelen formarse en el seno de la
compañía.
26 PROCEDIMIENTO PARA APLICAR EL CUOCIENTE
ELECTORAL 1.- Sumamos el número total de votos
válidos emitidos, incluyendo los votos en blanco.
2.- Esta cifra la dividimos por el número de
personas que hayan de elegirse, y nos da como
resultado el cuociente. 3.- El número de votos a
favor de cada lista lo dividimos por el
cuociente, y así obtenemos el número de puestos
que obtuvo cada lista por cuociente, y el
residuo. 4.- El escrutinio empieza por la lista
que obtenga mayor número de votos, y así en orden
descendente. 5.- Primero se escogen los cargos
por cuociente, y si quedaren puestos por proveer
se acudirá a los residuos, también empezando por
el más alto y así en orden descendente hasta
agotar el número de puestos por proveer. 6.- En
caso de empate de los residuos decidirá la suerte.
27- Ejemplo
- Escenario
- Junta directiva compuesta por 5 miembros
principales y 5 suplentes - Capital suscrito 1.000 acciones suscritas (todas
representadas en la reunión)
28Se presentan 5 listas así
29Cada lista obtuvo los siguientes votos Lista
1 402 Lista 2 278 Lista 3
156 Lista 4 164 Lista 5
0 Total votos 1.000
303.- Dividimos el número de votos recaudados por
cada lista entre el cuociente Lista 1 402/200
2 (cuociente) y 2 (residuo) Lista 2
278/200 1 (cuociente) y 78 (residuo) Lista
3 156/200 0 (cuociente) y 156
(residuo) Lista 4 164/200 0 (cuociente) y
164 (residuo) Lista 5 0/200 0
(cuociente) y 0 (residuo)
31Principales Suplentes Pedro José F
rank Jazmín Oscar David Inés Alex María
Jesús
32(No Transcript)
33 Principales Suplentes Pedro
José Frank Jazmín Oscar David José Alex
María Jesús
34Principales Suplentes Pedro
Jazmín Frank
Rosa Oscar David José
Alex María Jesús
35SUPLENTES PERSONALES Y NUMÉRICOS PRINCIPALES
SUPLENTES Pedro Jazmín Fran
k Rosa Oscar
David José
Alex María Jesús
36REUNIÓN POR DERECHO PROPIO
- Es una citación contemplada en la ley, para
garantizar que los asociados puedan reunirse,
como mínimo una vez al año - Es una medida correctiva a fin de subsanar la
omisión en que incurre el administrador al no
convocar a la reunión ordinaria
37REUNIONES DE SEGUNDA CONVOCATORIA
- Si se convoca a la asamblea y esta no se lleva a
cabo por falta de quórum, se citará a una nueva
reunión que sesionará y decidirá válidamente con
un número plural de socios cualquiera sea la
cantidad de acciones que esté representada. La
nueva reunión deberá efectuarse no antes de los
diez días ni después de los treinta, contados
desde la fecha fijada para la primera reunión.
38INDIVISIBILIDAD DEL VOTO
- Puede un accionista votar en diferentes sentidos
una misma proposición ?
39EXCEPCIONES A LA UNIDAD DEL VOTO
- La prenda, usufructo y
anticresis. - Contrato de fiducia mercantil.
40EFECTOS
- Un accionista no puede otorgar poder sobre parte
de sus acciones reservándose las otras para sí. - Varios accionistas pueden otorgarle poder a un
solo apoderado.
41DESCONVOCATORIA DE LAS REUNIONES DEL MAXIMO
ÓRGANO SOCIAL.
- Se puede desconvocar una reunión del máximo
órgano social?
42SUSPENSIÓN DE LAS DELIBERACIONES
- Las deliberaciones del MOS podrán suspenderse
para reanudarse luego, cuantas veces lo decida
cualquier número plural de asistentes que
represente el 51, por lo menos, de las cuotas o
acciones representadas en la reunión. Pero las
deliberaciones no podrán prolongarse por más de 3
días, si no está representada la totalidad de las
acciones suscritas.
43ACTAS
- Las decisiones de la junta de socios o de la
asamblea se harán constar en actas aprobadas por
la misma, o por las personas que se designen para
tal efecto, y firmadas por el presidente y
secretario de la reunión.