Title: Alternativas Fiscales de los Agricultores
1AlternativasFiscalesde los Agricultores
2AGRICULTOR
- Persona que se dedica al cultivo y mejor
aprovechamiento de la tierra y las plantas
3Empresa Ejidal Tequilera de Amatitán SPR de RL
de CV
Sociedad de Producción Rural
Sociedad de Producción Rural
4ALTERNATIVAS PARA TRIBUTAR COMO PERSONA FISICA
5Persona Física
Pequeños
Régimen Simplificado De Ley
Facilidades Administrativas
6Persona Moral
Régimen Simplificado De Ley
Facilidades Administrativas
Régimen General de Ley
7FIGURAS JURÍDICAS
8FIGURAS JURÍDICAS
- EJIDO
- UNIONES DE EJIDOS
- SOCIEDADES DE
- PRODUCCIÓN RURAL
9FIGURAS JURÍDICAS
- ASOCIACIONES RURALES DE INTERES
- COLECTIVO
- EMPRESA SOCIAL
- UNIDAD AGRICOLA INDUSTRIAL DE
- LA MUJER CAMPESINA
- COLONIAS AGRÍCOLAS
- SOCIEDAD ANONIMA
10FIGURAS JURÍDICAS
- SOCIEDAD INTEGRADORA
- SOCIEDAD COOPERATIVA DE
- PRODUCCIÓN
- SOCIEDAD CIVIL
11EJIDO
12EJIDO
-
- Campo que está a las afueras de una población.
- Tierras próximas al casco urbano o caserío.
13EJIDO
- Comienza por la interposición de una solicitud de
dotación de tierras, bosques y aguas de parte de
un núcleo de población.
14Para constituirlo
- v Que un grupo de veinte o más individuos
participen en su constitución. -
- v Que cada individuo aporte una superficie de
tierra. -
-
15Para constituirlo
-
- Que el núcleo cuente con un proyecto de
reglamento interno que se ajuste a los dispuesto
en esta Ley. -
-
16Para constituirlo
- Que tanto la aportación como el Reglamento
Interno consten en escritura pública y se
solicite su inscripción en el Registro Agrario
Nacional.
17Los ejidatarios podran formar
- ü Uniones de ejidos
- ü Asociaciones Rurales de Interés
Colectivo - ü Cualquier Tipo de Sociedades Mercantiles
- ü Sociedades Civiles
- ü De cualquier otra naturaleza que no estén
prohibidas por la Ley. -
18- Siempre y cuando se formen para el mejor
aprovechamiento de las tierras ejidales. -
- La comercialización y transformación De
productos. -
- La prestación de servicios
-
- Cualesquiera otros objetos que permitan a los
ejidatarios el mejor desarrollo de sus
actividades.
19EJIDO
Ejidatarios
Ejidatarios
Ejidatarios
20UNIONES DE EJIDOS
Ejido
Ejido
21ASOCIACION RURAL DE INTERES COLECTIVO
Ejido
Ejido
22ASOCIACION RURAL DE INTERES COLECTIVO
Uniones de Ejidos
Uniones de Ejidos
23UNIONES DE EJIDOS
24Los ejidos podrán constituir uniones, cuyo objeto
comprenderá
-
- La coordinación de actividades productivas.
-
- Asistencia mutua.
-
- Comercialización u otras no prohibidas por la
Ley.
25- Para constituir una unión de ejidos se requerirá
-
- La resolución de la asamblea de cada uno de los
núcleos participantes. -
26- La elección de sus delegados y la
determinación de las facultades de éstos. -
- El acta constitutiva que contenga los
estatutos de la unión, deberá otorgarse ante
fedatario público e inscribirse en el Registro
Agrario Nacional, a partir de lo cual la unión
tendrá personalidad jurídica.
27UNIONES DE EJIDOS
Ejido
Ejido
28PRODUCTORES RURALES
29-
- Los productores rurales
-
-
- Podrán
-
- Constituir Sociedades de Producción Rural
-
30REQUISITOS
- 2 socios como mínimo.
- Tendrán personalidad
- jurídica propia.
- A la razón social se le agregará las
palabras Sociedad de Producción Rural O
SPR. -
31SOC. DE PROD. RURAL
Prod. Rural
Prod. Rural
Prod. Rural
32El Régimen de Responsabilidad podrá ser
- A) Ilimitada
- B) Limitada
- C) Suplementada.
33Ilimitada
- Es aquella en que cada uno de los socios
responden por sí, de todas las obligaciones
sociales de manera solidaria.
34Limitada
- Es aquella en que los socios responden de las
obligaciones hasta por el monto de sus
aportaciones al capital social.
35Suplementada
- Es aquella en las que sus socios, además del
pago de su aportación al capital social,
responden de todas las obligaciones sociales
subsidiariamente, hasta por una cantidad
determinada en el pacto social y que será su
suplemento el cual en ningún caso será menor de
dos tantos de su aportación.
36- ü El Acta Constitutiva se inscribirá en el
Registro Público del Crédito rural o en el
Registro Público de Comercio.
37 38- q Ilimitada
-
- En estas Sociedades no se requiere de aportación
inicial. -
- q
39- q q Limitada
-
- Un capital de aportación inicial de 700 veces el
salario mínimo diario vigente en el D.F. -
- q Suplementada
-
- Un capital de aportación inicial de 350 veces el
salario mínimo diario vigente en el D.F. -
40ASOCIACION RURAL DE INTERES COLECTIVO
41Las Asociaciones Rurales de Interés Colectivo
podrán constituirse por dos o más de las
siguientes personas
- Ejidos
- Comunidades
- Uniones de ejidos
- Sociedades de Producción Rural
- Uniones de Sociedades de Producción
Rural.
42Asociación Rural De Interés Colectivo
EJIDO
EJIDO
Ejidatarios
Ejidatarios
43ASOCIACION RURAL DE INT. COLECTIVO
UNION DE EJIDOS
UNION DE EJIDOS
EJIDOS
EJIDOS
EJIDOS
EJIDOS
Ejidatarios
Ejidatarios
Ejidatarios
Ejidatarios
Ejidatarios
Ejidatarios
Ejidatarios
Ejidatarios
44Asociación Rural De Interés Colectivo
SOCIEDADES DE PRODUCCION RURAL
SOCIEDADES DE PRODUCCION RURAL
Productores Rurales
Productores Rurales
Productores Rurales
Productores Rurales
45ASOCIACION RURAL DE INT. COLECTIVO
UNION DE SOC. DE PROD. RURAL
UNION DE SOC. DE PROD. RURAL
S.P.R.
S.P.R.
S.P.R.
S.P.R.
Productores Rurales
Productores Rurales
Productores Rurales
Productores Rurales
Productores Rurales
Productores Rurales
Productores Rurales
Productores Rurales
46Su objeto será
-
- La integración de los recursos humanos
- Naturales
- Técnicos
- Financieros para el establecimiento de
industrias, aprovechamientos, sistemas de
comercialización y cualesquiera otras
actividades económicas.
47- Tendrán personalidad jurídica propia a partir de
su inscripción en el Registro Agrario Nacional, y
cuando se integren con Sociedades de Producción
Rural o con uniones de éstas, se inscribirán
además en los Registros Públicos de Crédito Rural
o de Comercio.
48- No pagarán el impuesto sobre la Renta por los
ingresos que obtengan por el -
- Beneficio
- Conservación
- Comercialización
- Almacenamiento
- Industrialización de sus productos