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Cuándo y Cómo pagar Impuestos según el SAT

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El Servicio de Administración Tributaria de México (SAT), organización adscrita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha establecido reglas claras sobre cuándo y cómo se deben pagar los impuestos, comenzando porque el único documento fiscal permitido es el Comprobante Fiscal Digital. – PowerPoint PPT presentation

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Title: Cuándo y Cómo pagar Impuestos según el SAT


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Cuándo y Cómo pagar Impuestos según el SAT
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  • El Servicio de Administración Tributaria de
    México (SAT), organización adscrita a la
    Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha
    establecido reglas claras sobre cuándo y cómo se
    deben pagar los impuestos, comenzando porque el
    único documento fiscal permitido es el
    Comprobante Fiscal Digital.
  • Para conocer mayor información al respecto,
    Continúa leyendo!

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Cuándo es obligatorio pagar impuestos
  • Si usted reside en México, o reside en el
    extranjero y posee una dirección permanente en
    México y realiza pagos a residentes en el
    extranjero, está obligado a retener impuestos. No
    obstante, las personas que ganan ingresos y estos
    no son retenidos, deben cancelar sus impuestos
    directamente al Servicio de Administración
    Tributaria (SAT).
  • Lo común es que, si es extranjero, debe cumplir
    con los impuestos cuando los encargados de
    realizar los pagos retienen impuestos, e informan
    al SAT. Para tener la documentación en orden,
    debe facturar con el Comprobante Fiscal Digital
    (CFDI), el documento fiscal obligatorio de México.

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Fechas oficiales
  • Si como Contribuyente le corresponde realizar el
    pago, debe hacerlo en las oficinas oficiales del
    SAT, cuya dirección se encuentra en la página web
    oficial del Servicio de Administración Tributaria
    de México, en los primeros 15 días posteriores
    tras haber recibido sus ingresos.
  • Si sus ingresos provienen de actividades
    artísticas, culturales o deportivas, o de la
    presentación de espectáculos públicos, debe
    organizar sus CFDI, calcular sus impuestos y
    averiguar, a través de una declaración jurada en
    las oficinas oficiales cuándo le corresponde
    cancelar impuestos. Ojo al dato Debe presentar
    su declaración en la oficina que corresponda al
    lugar donde realizó el evento público.

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Consideraciones importantes
  • Si usted es extranjero y reside y obtiene
    ingresos en México, mas no posee permanente en el
    país, debe tener en cuenta las siguientes
    consideraciones
  • Sobre cancelar el impuesto sobre la renta de sus
    ingresos ganados, para cumplir con dicha
    obligación, debe hacerlo a través de la persona
    que retiene los impuestos, y que notifica sobre
    ello al SAT, o cuando el Contribuyente que genera
    los ingresos calcula el impuesto y el monto total
    a pagar de forma personal.

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Consideraciones importantes
  • Si usted recibe ingresos a cambio de prestar
    servicios profesionales de manera independiente
    para pagos personales, arrendamiento de bienes
    raíces, o para conceder un permiso temporal sobre
    dichos bienes, debe emitir, obligatoriamente, un
    Comprobante Fiscal Digital (CFDI). De lo
    contrario, no podrá proceder.
  • Sea el impuesto que se cancela a través de
    retenciones, o directamente por el Contribuyente,
    será considerado como pago final del impuesto.
    Por tanto, no tendrá que presentar una
    Declaración Jurada Anual.

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  • El equipo de DFiscal.mx puede brindarle toda la
    asesoría necesaria sobre los impuestos en México,
    y los mecanismos necesarios para cumplir con las
    regulaciones de las facturas digitales. Somos un
    equipo con muchos años de experiencia, que ha
    tenido el privilegio de colaborar con negocios de
    alrededor del mundo.
  • Queremos poner nuestra experiencia a sus
    servicios. Le invitamos a hacer una cita a través
    de nuestra página web, Dfiscal.mx. En pocos
    minutos estaremos respondiendo su solicitado, y
    ayudándole a cumplir con la normativa fiscal del
    estado mexicano sin contratiempos.

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Contáctenos
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