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REFORMA TRIBUTARIA PARA EL DESARROLLO

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Concepto: diferencia entre el gasto total y lo que se financia ... 2.220.850 colones ... sin tomar en cuenta ltimas reformas): 4.929.470 colones ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: REFORMA TRIBUTARIA PARA EL DESARROLLO


1
REFORMA TRIBUTARIA PARA EL DESARROLLO
  • Dr. Adrián Torrealba Navas

2
El déficit fiscal
  • Concepto diferencia entre el gasto total y lo
    que se financia con impuestos o rentas
    patrimoniales (financiamiento con deuda o
    inflación)
  • No es necesariamente negativo
  • -Elemento de equidad entre generaciones (gastos
    de inversión)
  • -Elemento de estabilización

3
El déficit fiscal
  • Cuándo es negativo?
  • Cuando se financia gasto corriente con deuda
  • Cuando se genera una desestabilización de la
    economía (más allá del 3 del PIB)
  • Cuando genera un gasto regresivo excesivo pago a
    tenedores de bonos
  • Cuando impide financiar las necesidades públicas
    básicas (casi el 50 financia la deuda)

4
Medidas reducir el gasto?
  • En datos del Libro Blanco de la Contraloría
  • Gasto público como porcentaje del PIB
  • -En 1973 25.8
  • -En 200022.2
  • Hoy volumen de la planilla es menorformación
    de capital fijo es 1/3 de lo que fue en 1980
    compras se mantienen estancadas a niveles de
    1975 inversión pública en 1991 era de un 2.9
    en 1999 era de 2.4. Se ha reducido en vivienda...

5
Medidas reducir el gasto?
  • ...y servicios comunitarios y transporte y
    comunicaciones. En educación el gasto es del
    4.31 del PIB cuando debería ser, por
    Constitución, del 6
  • Con sólo invertir en educación al nivel
    constitucional llevar la inversión pública al
    nivel de 1991 y asumir los intereses
    correspondientes a hacerse cargo de la deuda del
    Banco Central, habría que aumentar 3.2 punto del
    PIB en gasto público. Sin aumento de la carga
    tributaria, se ....

6
Medidas reducir el gasto?
  • llegaría a un déficit del 7.6 del PIB.
  • La media internacional para países con ingreso
    per cápita del nivel de Costa Rica es de 26.5,
    frente al 22.2 actual.

7
Medidas aumentar la carga tributaria?
  • El Informe de la Comisión de Exministros de
    Hacienda partió de que la carga tributaria como
    porcentaje del PIB en Costa Rica (13 aprox.) es
    baja, por lo que proponen medidas para aumentarla
    en aproximadamente el 2.56 del PIB)
  • Comparación internacional confirma lo anterior

8
Medidas aumentar la carga tributaria?
  • Con un per cápita y un índice de desarrollo
    humano considerablemente superior al resto de los
    países centroamericanos, nuestra carga es de
    nivel centroamericano Guatemala 9.8 El
    Salvador10 Honduras10 Panamá 12
    Nicaragua 13.
  • Si nos comparamos con Chile, con un per cápita
    similar 19.2
  • Países con Índice de Desarrollo Humano similar
    16.8

9
Medidasaumentar la carga tributaria?
  • Países con coeficiente Gini de distribución de
    integresos similar 15.2
  • Países de la OCDE (1999), sin seguridad social
    carga tributaria promedio de 29.8 del PIB
  • Irlanda 26.8
  • RESPUESTA SÍ

10
Medidas de contención del gastoson sostenibles
  • En su Informe de 2002, la Comisión de Exministros
    de hacienda previó un escenario pasivo que
    llevaría el déficit a 3.9 del PIB a finales del
    2002, hasta llegar al 11.6 en el 2006
  • En 2002 cerró en 4 (5.1 déficit consolidado)
  • Con medidas de contención del gasto y con
    recursos adicionales de Contingencia Fiscal, se
    ha mantenido en límites manejables 3.1 en 2003,
    2.7 en 2004.

11
Medidas de contención del gasto son sostenibles?
  • Los esfuerzos de contención del PIB se traducen
    en una desaceleración de la tasa de crecimiento
    del PIB 6.5 en 2003, 4,2 en 2004, 3,2 en 2005
    (proyección).
  • En este período crecieron los gastos en
    intereses, pensiones, sueldos y salarios
    decrecieron en formación de capital fijo, gasto
    social (FODESAF)en un 30, gasto en
    infraestructura (CONAVI) en un 14
  • Esto afecta el crecimiento del PIB y la
    estabilidad social

12
Círculo vicioso
  • Decrece gasto en infraestructura y social
    decrece el PIB decrecen los ingresos tasa de
    interés de la deuda crece más que la tasa de
    crecimiento del PIB se requiere más superávit
    primario para financiar la deuda cada vez el
    superávit primario es más difícil de lograr, al
    reducirse el pastel del que salen los ingresos
    aumenta la inflación.

13
Círculo virtuoso
  • Debería orientarse a reducir gastos de intereses
    de la deuda, a través de su sustitución por
    ingresos tributarios frescos
  • Debería liberar recursos para invertir en
    infraestructura y gasto social
  • Se debe racionalizar el régimen de pensiones y
    revisar gradualmente la estructura del sector
    público en cuanto a eficiencia y eficacia del
    gasto.

14
Un sistema tributario deficiente
  • Falta tradicional del diseño de un sistema
    tributario con todos los ingredientes necesarios
    para que funcione adecuadamente, sin figuras
    adecuadamente construidas y coordinadas entre sí.
  • Exceso de impuestos dispersos, muchos de ellos de
    escasa relevancia recaudatoria
  • Abuso de los destinos específicos de los ingresos
    de los impuestos (144 de los ingresos)

15
Deficiencias estructurales
  • Imposición sobre la renta de corte cedular y
    basada en un criterio de territorialidad,
    técnicamente deficiente en su construcción, que
    deja zonas importantes de capacidad económica sin
    gravar por basarse en un concepto de renta
    producto y que impone tratamientos tributarios
    distintos a las rentas de distinta fuente sin
    criterios suficientemente razonables.

16
Deficiencias estructurales
  • Imposición general el consumo basada en un
    impuesto general sobre las ventas que es apenas
    una aproximación al IVA no grava los servicios
    en general, sólo algunos específicos aplica un
    criterio de deducción física, no financiera
    tiene grandes vacíos técnicos
  • Un impuesto selectivo al consumo que ha gravado
    una larga lista de bienes con tipos disímiles
    dentro de una ancha banda de más de 50 puntos
    porcentuales.

17
Deficiencias estructurales
  • Un conjunto histórico de regímenes de incentivo
    tributario al sector industrial, al sector
    exportador no tradicional, al turismo, a la
    reforestación y a la inversión extranjera directa
    (zonas francas) que convirtió a la recaudación
    tributaria en inelástica en relación con el
    crecimiento del PIB.

18
Deficiencias estructurales
  • Una Administración Tributaria con potestades
    jurídicas limitadas, recursos materiales y
    humanos insuficientes.
  • Una regulación absurda de los incentivos
    financieros hacia el cumplimiento voluntario
    exacto de las obligaciones tributarias.
  • Un régimen sancionador deficiente.

19
Evolución del sistema
  • 1992 Derogatoria de Exenciones
  • 1995 Justicia Tributaria
  • 1996 PMAT
  • 1999 Reformas al CNPT
  • 2001 Simplificación y Eficiencia Tributaria

20
Evolución del sistema
  • 2002 Comisión Ex-Ministros de Hacienda
  • 2002 Proyecto de Ley Ordenamiento Fiscal
  • 2002 Comisión Mixta Fiscal
  • 2002 Ley de Contingencia Fiscal
  • 2003 División LOF en varios proyectos
  • 2003 Proyecto de Ley de Pacto Fiscal y Reforma
    Fiscal Estructural

21
El proyecto contiene
  • Ley de Imposición sobre la Renta (IRPF, IS e
    IRNR)
  • Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado
  • Reformas al CNPT
  • Creación DNT

22
Impuesto sobre la Renta
  • Elemento básico de la progresividad del sistema
    tributario

23
Características negativas del sistema actual
  • Grava rentas de igual cuantía en forma distinta
  • Deja sin gravar rentas que evidentemente
    manifiestan capacidad económica
  • Ganancias de capital o patrimoniales no son
    gravables
  • A las personas residentes de mayor capacidad
    económica les basta con colocar sus fuentes de
    renta en el extranjero.

24
Características Negativas del Sistema Actual
  • No grava el conjunto de las rentas de una persona
    residente en Costa Rica.
  • Por lo tanto, no refleja su real capacidad
    económica
  • Una persona es más o menos rica no por tal o cual
    renta, sino por el conjunto de su riqueza

25
Características del Proyecto de Reforma
  • Directriz esencial de Comisión de Ex Ministros de
    Hacienda
  • Darle PROGRESIVIDAD Y EQUIDAD AL SISTEMA
    mediante
  • Tránsito hacia una forma de imposición de
    carácter global
  • Migración hacia una forma de imposición sobre la
    renta total del contribuyente, de territorial a
    mundial.


26
Estructura del impuestoLos tres pilares de renta
  • IRPF
  • Impuesto a las sociedades
  • Impuesto a los no residentes (físico o jurídico)
  • SISTEMA DE INTEGRACION
  • SE BUSCA AVANZAR HACIA LA IMPOSICIÓN SOBRE LAS
    PERSONAS NATURALES COMO CENTRO DEL SISTEMA

27
El centro de la imposición sobre la renta
  • Los países subdesarrollados basan su imposición
    en el impuesto de personas jurídicas lo
    desarrollados en las personas físicas, por ser
    éstas las que en última instancia manifiestan
    capacidad económica
  • La reforma plantea un punto intermedio alinea el
    marginal del IRPF con la tarifa del IS con la
    reducción al 25 se orienta hacia el IRPF como
    centro

28
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
29
La globalidad
  • Modelo según el cual se suman las rentas de
    distinto origen en una sola base imponible y se
    le somete a una escala progresiva única.
  • Ventajas de
  • Equidad horizontal tratamiento igual a todas las
    rentas de igual cuantía, con independencia de su
    origen y naturaleza.
  • Equidad vertical permite gravar en función de la
    riqueza global de los contribuyentes personas
    físicas, según la cuantía de ésta.
  • Aumento recaudatorio y el apoyo en un sistema
    general de retenciones a cuenta

30
La globalidad como condición de la progresividad
  • El sistema actual grava el mismo 1.000.000 de las
    más variadas maneras a veces lo deja sin gravar
    (ganancias de capitalrentas extraterritoriales
  • No grava el conjunto de la riqueza, por lo que la
    progresividad es imposible

31
La globalidad como condición de la progresividad
  • La reforma apunta por incluir al conjunto de las
    rentas en una sola base, deducir un mínimo exento
    individual y familiar, además de gastos médicos,
    de alquiler y pago de intereses de hipoteca para
    vivienda, y luego aplicarles, a nivel de las
    personas físicas, una escala progresiva (5-30).
    Ésta es la forma técnica de alcanzar la
    progresividad.

32
De cedular a global y unitario
  • Modelo cedular Cada renta tiene una tarifa
    distinta 0, 8, 10, 15, 20, 25, 30
  • Modelo unitario y global se suman todas las
    rentas en sin distingo de su origen en una sola
    base imponible única escala progresiva moderada,
  • Un sistema dual de liquidación del impuesto,
    compuesto por una base imponible general y una
    especial (Ganancias patrimoniales)

33
Base general se obtiene sumando
  • Rentas del trabajo
  • Rentas del capital
  • Rentas de actividades económicas
  • Cláusula de cierre presume gravables los
    incrementos injustificados de patrimonio

34
Cuantificación de la renta
  • Cada tipo de renta tiene sus propios gastos
    deducibles
  • Cada tipo de renta es calculado, en forma
    separada, al neto

35
Obtenidos los netos, se suman y luego se les
restan
  • Aportaciones a planes de pensiones
  • Mínimo exento personal 3.934.000
  • 125,000 por cónyuge
  • 75,000 por c/hijo o ascendiente ( 50,000 de
    material escolar o guarda y crianza)
  • 20 gastos médicos y de profesionales con límite
    de 250,000
  • 15 de alquileres con un límite de 1 S.B.

36
Esta base general es sometida a una tarifa
progresiva
  • Por tramos que van del 5 al 30
  • Hasta 2,000.000 5
  • De 2,00,000 a 4.000,000 12
  • De 4,000,000 a 8,000,000 18
  • De 8.000,000 a 15,000,000 22
  • De 15.000.000 a 30,000,000 26
  • Más de 30.000.000
    30

37
A la cuota líquida se le aplican las deducciones
por doble imposición internacional, por doble
imposición interna (sociedades) y las retenciones
o pagos a cuenta realizados, para obtener la
cuota a ingresar con la declaración o a devolver
38
Ejemplo Persona Física con actividades
lucrativas (profesional)
39
Ejemplo Punto de equilibrio
40
Ejemplo Persona Física con actividades
lucrativas (profesional)
41
La globalidad como condición de la progresividad
  • Ejemplo Persona física con
  • 1.000.000 salario mensual
  • 5.000.000 rentas profesionales
  • 25.000.000 de intereses de inversiones en títulos
  • 3.000.000 de dividendos al año
  • Renta de alquiler de 100.000 al mes SIGUE

42
La globalidad como condición de la progresividad
  • 6. Ganancia de capital por venta de terreno por
    10.000.000
  • Cónyuge no trabaja, 2 hijos en edad escolar
  • Tributación actual 2.220.850 colones
  • Tributación propuesta (aproximadamente, sin tomar
    en cuenta últimas reformas) 4.929.470 colones
  • FUENTE Estudio DGT, Min. Hac.

43
Matices a la globalidad
  • Los problemas básicos
  • Tratamiento de las ganancias de capital
  • Tratamiento de las rentas de capital de mercado
    financiero
  • Ganancias de capital
  • Su generación irregular en el tiempo puede
    provocar un salto en la progresividad excesivo en
    el año de la realización. Métodos para tratar
    este problema
  • a) Crear una base imponible especial con tarifa
    única.
  • b) Crear una base especial que tribute con tipo
    promedio de la escala general

44
Matices a la globalidad
  • Ganancias de capital
  • c) Dividir la ganancia entre los años de
    realización y utilizar la fracción anual
    únicamente para el cálculo del tipo promedio en
    la escala progresiva
  • Proy. LIR CR y LIRPF Esp. optan por la base
    especial con tarifa fija (10 y 15
    respectivamente)
  • Las ganancias de capital en venta de acciones
    la excepción en el Proy. LIR CR, van a la base
    general para que haya tratamiento neutral con los
    dividendos

45
Matices a la globalidad
  • Rentas de mercado financiero
  • Se discute si las rentas del capital deben
    recibir un tratamiento diferente, sacándose de la
    base tributaria global y gravándose en base
    especial a tipo fijo, visto la fácil
    deslocalización de este tipo de rendimiento y
    pese al costo de equidad.
  • Imposición dual en Suecia, Dinamarca y Noruega
    (tributan al 30, frente a marginales del 50)

46
Matices a la globalidad
  • Rentas de mercado financiero
  • Alternativas
  • Base especial a tipo fijo único y definitivo
  • Base especial pero ligamen a la base general a
    través de exención con progresividad (Chile)
  • Base especial con exención con progresividad
    limitada a cierta suma (Proy. LIR CR US55.000)

47
Matices a la globalidad
  • Rentas de mercado financiero Ejemplo Proy. LIR
    CR
  • Renta de trabajo 100.000
  • Renta de capital 100.000
  • Renta global 200.000
  • Tipo medio aplicable 25 (no 20)
  • Impuesto a pagar 25.000, más 10.000 de
    retención sobre 100.000 de K

48
Territorialidad por residencia RENTA MUNDIAL
  • Costa Rica cuenta con un sistema de renta
    territorial. Nadie paga por los ingresos
    obtenidos fuera del territorio nacional.

49
Qué significa Renta mundial?
  • Los residentes tributan por la totalidad de sus
    rentas, de cualquier país, descontando lo pagado
    en otros países
  • Se introduce un régimen de transparencia fiscal
    internacional.

50
Porqué es justa la renta mundial?
  • Sin el criterio, el de alta capacidad económica
    que quiera ubicar sus fuentes de riqueza fuera
    del país para no tributar lo puede hacer con
    apoyo de la Ley.
  • Y, quien no pueda ubicar sus fuentes fuera, como
    los trabajadores, serían los que pagan

51
Está lista Costa Rica para ir a renta mundial?
  • SI
  • Corto plazo
  • Consolidación del proceso de modernización de la
    Adm.Trb.
  • Incremento no justificado de patrimonio liga
    signos externos a lo declarado
  • Esquemas simples de evasión con compañías de
    papel encuentran obstáculo fundamental

52
Está lista Costa Rica para ir a renta mundial?
  • SI
  • Mediano plazo
  • Inicio de red de convenios para evitar la doble
    imposición internacional y de intercambio de
    información.

53
Renta mundial ahuyenta la inversión?
  • NO
  • Renta mundial NO afecta inversión extranjera
    directa
  • Criterio de territorialidad desincentiva
    inversión interior
  • Afecta inversión en paper companies (competencia
    fiscal nociva)

54
Matices a la globalidad y al criterio de renta
mundial
  • Dos órdenes de distinciones
  • a-El origen del capital costarricense (se grava
    con el devengo) o extranjero (se grava con el
    ingreso). Se presume de origen costarricense,
    salvo prueba en contrario
  • A las rentas del capital de fuente extranjera se
    les aplica el mismo sistema que a las rentas de
    mercado financiero, si se declaran si no, se les
    aplica el régimen general.

55
La atenuación de la doble imposición del dividendo
  • Hoy día la renta de dividendo tiene una doble
    imposición que asciende al 40.5 30 a nivel de
    la sociedad 15 a nivel del socio persona física
  • Esto genera un problema de equidad horizontal
    frente a otras rentas por ejemplo, los intereses
    pueden estar gravados al 8 o al 15. Las
    ganancias de capital por venta de acciones no
    están gravadas
  • Genera un sesgo hacia el financiamiento vía
    deuda, que no es sano

56
La atenuación de la doble imposición del dividendo
  • La reforma propone que los dividendos entren en
    la renta global de las personas físicas para
    contribuir a fijar el tipo medio aplicable en la
    escala progresiva, y luego se les excluye, visto
    que ya pagaron el 30 a nivel societario. Si
    bajara al 25, lo pagado a nivel de sociedad
    sería crédito en IRPF
  • Las ganancias de capital de acciones tendrían el
    mismo tratamiento

57
Régimen de retenciones a cuenta
  • Autorización legal genérica para que la
    Administración fije supuestos de retención a
    cuenta del impuesto finalmente liquidado, si bien
    dentro de ciertos límites previstos en la propia
    ley

58
Sistema global Cantidad excesiva de
declaraciones y medida para limitarla
  • Se exonera del deber de declarar a los
    contribuyentes que obtengan rentas brutas que no
    superen el mínimo exento individual y las
    ganancias patrimoniales sometidas a retención
    como impuesto único y definitivo.

59
Imposición sobre la renta de sociedades
60
Principio Básico-Aproximación de la utilidad
contable-financiera a la utilidad fiscal (Plan
General Contable)
61
Concepto de renta
  • Se amplía el concepto de renta para que abarque
    el gravamen de las ganancias de capital
    realizadas, si bien con ajustes para diferir el
    gravamen de aquellas ganancias que se reinvierten
    en activos de la empresa
  • No hay base especial para las ganancias de capital

62
Gastos deducibles Nuevas reglas
  • Deudas incobrables
  • Depreciaciones
  • Se incluye una regulación específica para la
    deducción o amortización de intangibles.
  • Se ha reintroducido (del Proyecto original) la
    norma que distingue entre arrendamiento
    financiero y operativo es financiero cuando el
    valor de la opción de venta final es inferior al
    valor depreciado del bien.

63
Precios de transferencia
  • Consideración de que las operaciones entre
    sociedades vinculadas, aunque contablemente
    reflejen precios inferiores o superiores a los
    del mercado, se tienen o pueden tenerse por
    efectuadas a los precios normales de mercado
    entre partes independientes, siempre que la
    tributación total de ambas entidades sea inferior
    a la que resultaría en ausencia de la operación.

64
Precios de transferencia
  • a) Posibilidades de regulación
  • -Por norma antielusiva general (criterio de
    realidad económica) caso actual de CR
  • -Por normativa específica caso LIR Pe caso
    Proy. LIR CR caso LIS Esp.
  • Preferible la segunda opción

65
Precios de transferencia
  • b) Aspectos básicos
  • -Análisis funcional Valoración de si la
    función que cumple una de las sociedades del
    grupo y que se manifiesta en la transacción
    concreta y su precio coresponde a una función
    económica significativa, comparando con las
    funciones y transacciones que se dan entre
    partes independientes

66
Precios de transferencia
  • b) Aspectos básicos
  • -Análisis de comparabilidad
  • Comparación del precio de la transacción con
    el que pactarían partes independientes, a fin de
    valorar su correspondencia, a través de ciertos
    métodos de común aceptación internacional
    (Lineamientos OCDE, 1995)

67
Precios de transferencia
  • b) Aspectos básicos
  • -Definición de los supuestos de vinculación
  • -Perjuicio fiscal como presupuesto del ajuste
  • -Bilateralidad o unilateralidad del ajuste
  • -Reglas de comparabilidad

68
Precios de transferencia
  • b) Aspectos básicos
  • -Métodos a utilizar
  • a) Método del precio comparable o no controlado
    (principal)
  • b) Método del precio de reventa
  • c) Método del costo incrementado
  • d) Método de partición de utilidades
  • e) Método del margen neto transaccional

69
Precio Comparable no Controlado
Controladora
Parte Relacionada
Parte no relacionada
70
Método del Precio de Reventa
71
Método del Costo Incrementado
72
Método de Partición de Utilidades y Método
Residual de Partición de Utilidades
Empresa Controladora
Parte relaciona
Trabajo conjunto
73
Método de Márgenes de Transacciones de Utilidad
de Operación
  • Consiste en determinar en transacciones entre
    partes relacionadas, la utilidad de operación que
    hubieran obtenido empresas comparables o partes
    independientes en operaciones comparables, con
    base en factores de rentabilidad que toman en
    cuenta variables tales como activos, ventas,
    costos, gastos o flujos de efectivo

74
Precios de transferencia
  • c) Acuerdos Anticipados de Precios de
    Transferencia Buscan dar seguridad jurídica
    sobre la forma de determinar el precio de las
    transacciones entre partes vinculadas con
    aceptación previa de la Administración Tributaria

75
Préstamos entre vinculadas Subcapitalización
  • Cuando el endeudamiento neto remunerado, directo
    o indirecto, de una entidad, excluidas las
    entidades financieras, con otra u otras personas
    o entidades no residentes en territorio
    costarricense con las que esté vinculada, exceda
    de tres veces la cifra del capital fiscal, los
    intereses devengados que correspondan al exceso
    tendrán la consideración de dividendos.

76
Servicios entre partes vinculadas
  • Límites a deducciones entre partes vinculadas
  • Condicionamiento a contratos previos en que se
    fijen los métodos de distribución de los gastos,
    según criterios de racionalidad y continuidad
    (especialmente en gastos de servicios de apoyo a
    la gestión y contribuciones a actividades de
    investigación y desarrollo) (Proy. LIR CR LIS
    Esp.)

77
Tributación consolidada
  • Se dispone, por un único artículo, un régimen de
    tributación consolidada para los grupos
    financieros, incluyendo la banca off shore que
    tenga cada grupo.
  • Norma escueta visto la complejidad del fenómeno
  • Supone que la sociedad off shore se considera
    residente en Costa Rica

78
Tributación consolidada
  • Sistema de la sociedad órgano o de tributación
    consolidada, que implica la tributación de los
    beneficios procedentes de la sociedad dominante y
    de las dominadas, después de que se han eliminado
    los beneficios que arrojan los balances de las
    entidades independientes procedentes de contratos
    entre las empresas agrupadas y después de
    compensadas las pérdidas.

79
La tarifa general del impuesto
  • Se mantiene en el 30 pero
  • 1. Si la recaudación crece más que el PIB, se
    puede reducir en 2 puntos porcentuales por año en
    que eso suceda, con el límite de una tarifa del
    25
  • 2. En el 2010 En todo caso baja al 25

80
La potencial rebaja del IS al 25
  • Comparada con la situación actual, esta potencial
    rebaja es mejor que la situación actual, tanto en
    equidad como en efecto recaudatorio
  • Efecto recaudatorio Hoy zonas francas tributan
    0 y las demás 30. Con la reforma, algunas
    empresas de zona franca que se convierten en
    pioneras o empresas en zonas de menor desarrollo
    pagarían 15 otras pagarían 25. Las demás
    pagarían 25. El estudio de FIAS arrojaba que
    recaudatoriamente era similar gravar a todas con
    15 que a las zonas francas con 0 y al resto con
    30. Por lógica,la propuesta aumenta recaudación

81
La potencial rebaja del IS al 25
  • Efecto en equidad El 30 actual se aplica a una
    base imponible reducida de la utilidad
    financiera o contable de una empresa, una parte
    está gravada al 8, y otra al 0 (por exención,
    por ser rentas de fuente extranjera o por
    tratarse ganancias de capital no gravables). Con
    la propuesta, al llegar al 25, éste se aplicaría
    sobre una base amplia y uniforme que incluye las
    hoy excluidas

82
La potencial rebaja del IS al 25
  • Efecto en equidad Ejemplo de los bancos hoy
    registran utilidades financieras altas y
    tributarias bajas, pues parte de sus rentas o
    están gravadas al 8 o están exentas por ser
    extraterritoriales. Con la reforma esto se
    acabaría

83
Reglas para evitar la doble imposición
  • Reglas para evitar la doble imposición interna e
    internacional
  • Doble Imposición Jurídica
  • Doble Imposición Económica

84
Renta mundial matices
  • En el caso de sociedades con subsidiarias que
    desarrollan actividades empresariales en países
    que aplican un impuesto sobre la renta a esas
    sociedades, la doble imposición se evita
    exonerando los dividendos que la sociedad local
    recibe de sus sociedades en el extranjero. Cuando
    los dividendos de la sociedad local a su vez se
    distribuyen a personas físicas residentes en
    Costa Rica, éstas sí deben pagar IRPF. Cuando se
    distribuyen a no residentes, hay exención,
    siempre que no residan en paraísos fiscales.

85
Renta mundial matices
  • Las rentas de capital de fuente extranjera que
    recibe una sociedad, por los primeros US55.000,
    pagarían un 10. Por encima de esa suma, se
    aplica la tarifa general

86
Tratamiento de las rentas de mercado financiero
  • Pagan el 10 por los primeros US55.000 luego
    pagan la tarifa general. Esto no aplica en el
    caso de los bancos.

87
Régimen de atracción de inversiones.
  • a.Empresas en zonas de menor desarrollo relativo
  • Tarifa general del 15
  • Monto mínimo de US500.000
  • 100 empleos mínimo
  • Mínimo de 10 años extendible por 5
  • Valor agregado mínimo 40
  • 10 utilidades a obras de bienestar

88
Régimen de atracción de inversiones
  • b. Sectores pioneros
  • Tarifa general del 15
  • Período máximo de 10 años, prorrogable por 5 más.
  • Aplicación de tecnologías fabriles desconocidas
  • Capacidad de competir mercado mundial
  • Inversión mínima de 2.000.000
  • Valor agregado mínimo del 30 (problema!)
  • Cursos de capacitación
  • Respeto legislación ambiental

89
Microempresas
  • Microempresas y pequeñas empresas son las
    calificadas como tales por el Ministerio de
    Economía Industria y Comercio, de conformidad con
    lo dispuesto en la Ley Nº 8262 de 17 de mayo de
    2002, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y
    Medianas Empresas y las pequeñas y medianas
    empresas agrícolas son calificadas como tales por
    el Ministerio de Agricultura y Ganadería-

90
Régimen de MYPES
  • 10 sobre los primeros 8.000.000 de utilidad neta
  • Tarifa general sobre el exceso

91
Régimen simplificado
  • Introducción de requisitos más objetivos con
    límites cuantitativos de tamaño, número de
    empleados, consumo de energía eléctrica, etc.,
    que no pueden ser trascendidos so pena de no
    calificar para el régimen
  • Tarifa del 12

92
Régimen de las cooperativas
  • Exentas en lo referente a los excedentes
    generados en el cumpliiento del acto cooperativo
  • Supone distinguir entre los resultados
    cooperativos y los extracooperativos (con
    terceros)

93
IMPOSICION DE LOS NO RESIDENTES
94
No Residentes
  • Distinción Básica entre
  • No residentes con establecimiento permanente
  • Gravados en forma similar a los residentes con
    algunas particularidades por la relación con la
    matriz
  • No residentes sin establecimiento permanente.
  • Gravados en general sobre las rentas brutas
    obtenidas y a través del sistema de retención en
    la fuente.

95
Impuesto especial sobre bancos y entidades
offshore
  • Con una moción recientemente incorporada, se
    elimina este impuesto y éstas quedan gravadas en
    el régimen general del impuesto a los no
    residentes.
  • Sin embargo, esto parece contradictorio con la
    otra norma que crea un grupo financiero
    consolidado en el Impuesto sobre Sociedades el
    IS es para residentes estarían sujetos a dos
    impuestos?
  • La consolidación implica eliminar las
    transacciones al interno del grupo, por lo que no
    se generaría el impuesto a los no residentes

96
Proyecto de Ley de Ordenamiento Fiscal
LEY DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR
AGREGADO
P R O Y E C T O
Contenido ? Síntesis ?
Principales características ? Elementos
integrantes (hecho imponible,
exenciones, sujetos pasivos, base,
etc.) ? Regímenes especiales
la norma jurídica sólo dice el Derecho cuando
se pone en contacto con los hechos.
Dr. Gabriel Casado Ollero
97
Cambios centrales
  • Del gravamen excepcional al gravamen general de
    los servicios impuesto general sobre el consumo
    de bienes y servicios (en economía que crece en
    servicios)
  • De la deducción física a la deducción financiera
    para captar el valor agregado
  • Tendencia internacional

98
Impuesto sobre el Valor Agregado Síntesis
SUJETOS PASIVOS
REPERCUTEN DEDUCEN INGRESAN
DIFERENCIA
quienes realizan actividades empresariales o
profesionales
IVA en entrega bienes y prestación de servicios
IVA soportado en sus adquisiciones
IVA repercutido menos IVA soportado
99
Impuesto sobre el valor agregado
Ciclo de producción-consumo de un bien
IVA Repercutido (3)
IVA Soportado (4)
Fase de venta (1)
Precio (2)
Cuota a ingresar (3-4)
Materias primas 20 000
2 600 0 2
600 Producto Terminado
50 000 6 500 2 600
3 900 Mayorista
60 000 7 800
6 500 1 300
Minorista
70 000 9 100 7 800
1 300
Total Valor agregado (70 000) por tipo
(13) 9 100
100
Impuesto sobre el Valor AgregadoPrincipales
características
? Multifásico ? Valor
agregado

? Indirecto ? Grava el
consumo
? Instántaneo ?
Generalidad ? Neutral Interior Frente a
longitud y circunstancias de proceso

tráfico mercantil Exterior Exportaciones
exentas / Importaciones sujetas
Mismo
tipo interno ? Favorece inversión
empresarial Deducción financiera e inmediata
101
Hecho generador
  • Múltiple (diferentes hechos, actos o negocios)
  • Operaciones interiores
  • Importaciones
  • Dos grupos

Operaciones interiores
  • Requisitos
  • - Operación entrega de
    bienes o prestación
  • de servicios
  • - Onerosidad)
  • - Actividad
    empresarial o profesional
  • - Autoconsumo
  • - Territorialidad (3)

102
Hecho generador
Operaciones interiores, definiciones
  • Entrega de bienes (6) Transmisión poder
    disposición
  • sobre bienes tangibles, incluyendo gas,
    calor, frío,
  • electricidad, etc
  • Prestación de servicios (8) Toda operación
    empresarial o
  • profesional que no se considere entrega o
    importación de bienes. Lista abierta, p. ej
    profesiones, oficios, contratos no traslativos
    (arrendamientos, cesiones)
  • Autoconsumo de bienes y servicios (7-9)
    Transmisión
  • poder disposición sobre bienes del
    patrimonio empresarial

103
Hecho generador
Importaciones, definición
  • Entrada al territorio de bienes extranjeros
  • Entrada definitiva de bienes de regímenes
    aduaneros especiales

No sujeciones (11)
  • Bienes inmuebles sujetos a ITBI
  • Establecimientos mercantiles (adquirente único)
  • Muestras, servicios demostración, objetos
    publicitarios
  • Servicios en régimen de dependencia
  • Bienes y servicios de entes públicos, gratuitos
    o
  • con contraprestación tributaria
  • Bienes y servicios gratuitos, obligatorios para
    sujeto pasivo
  • por normas jurídicas o convenios colectivos
  • Dinero a título de contraprestación o pago
  • Combustibles según Ley Simplificación

104
Exenciones
Objetivas, lista cerrada 1. De naturaleza
social a) Canasta básica alimentaria
d) Medicinas g) Electricidad
residencial (250 kw/h mensual) l))
Alquiler vivienda hasta 1SB 2. Promoción
actividades b) Llantas y reencauches
maquinaria agrícola c) Productos veterinarios e
insumos agropecuarios e) Queroseno y diesel
para pesca f) Libros, composiciones musicales
k) transporte internacional viajeros m)
Préstamos n) Intermediación mercado financiero
r) Espectáculos deportivos aficionados
105
Exenciones
3. Servicios públicos h) Servicos postales i)
Bienes y servicios CCSS k) Utilización
autopistas o) Limpieza vías públicas y parques
p) Recolección, transporte, eliminación residuos
control plagas tratamiento aguas residuales q)
Bibllioteca, museos parques zoológicos
4. Otros j) Bienes y servicios para
diplómaticos Exportaciones bienes y
servicios (artículo 13) Bienes
importados si costo montaje supera 15 y dura
más 12 meses (artículo 14) Zonas y depositos
francos (artículo 14)
106
Exenciones
  • A considerar
  • Si se exoneran los insumos agropecuarios, por
    lógica deberían exonerarse los servicios que se
    utilizan en el sector agrícola

107
Devengo en el IVA
  • Entregas de bienes cuando tenga lugar la puesta
    a disposición de los bienes a favor del
    adquirente o cuando se tengan por efectuadas las
    ventas o entregas según la legislación aplicable
  • Prestaciones de servicios cuando se presten,
    ejecuten o efectúen operaciones gravadas

108
Devengo en el IVA la idea del percibido en los
servicios
  • El devengo del IVA cuando se devenga el derecho a
    cobrar por el servicio prestado es la regla
    utilizada en la gran mayoría de países
  • Así funciona en el Impuesto de Ventas actual con
    los servicios gravados
  • Presenta muchos problemas
  • 1. Podrían suscitarse acuerdos para diferir el
    cobro.
  • SIGUE

109
Devengo en el IVA la idea del percibido en los
servicios
  • Presenta muchos problemas
  • 2. El control por facturas se pierde si A emite
    factura, eso no significa que el IVA se haya
    devengado, pues puede suceder que no se le haya
    pagado. B, a quien se le facturó, deduciría el
    gasto en renta, pero habría un desempate con la
    generación del IVA de A se dificultaría en
    extremo el control cruzado, individual y masivo.
  • 3. La complejidad administrativa es alta. Por
    ejemplo....

110
Devengo en el IVA la idea del percibido en los
servicios
  • Presenta muchos problemas
  • 3. para hacer algún control cruzado, los terceros
    ya no sólo deberían reportar el total de las
    transacciones realizadas con un contribuyente
    (como actualmente), sino detallar cada
    transacción individual para señalar el momento de
    pago. El costo de dar la información sería
    tremendo
  • 4. Habría un incentivo a prácticas evasivas A
    obtiene el pago a través del descuento de sus
    facturas (factoring) se disfrazan pagos como
    meros anticipos.
  • 5. El pago podría hacerse sin rastro documental

111
Devengo del IVAla idea del percibido en los
servicios
  • La moción debería garantizar que los créditos
    también se puedan disfrutar con el percibido
    (pago efectivo), pues si no habría un descalabro
    recaudatorio para la Hacienda Pública
  • La introducción de un sistema así en México fue
    acompañado de una vasta regulación para adaptar
    muchas partes de la Ley para que hubiera
    coherencia con el cambio. Una simple moción como
    la existente podría generar un caos en el
    edificio normativo.

112
Base imponible
Operaciones interiores
? Entrega de bienes / Prestación de servicios
Contraprestación (incluye ISC). Si no
dineraria, valor mercado ? Autoconsumo / partes
vinculadas Principio de costo
  • ? Reducción (22) envases, descuentos,
    devoluciones cuotas repercutidas
    incobrables
  • ? Facultad administrativa para cobro aduanas
    /fábricas
  • Importaciones CIF más ISC y demás impuestos y
    cargos en la declaración aduanera

113
Sujetos pasivos
Entrega de bienes o prestación de servicios
  • Personas que tengan condición de empresarios o
    profesionales
  • Empresarios o profesionales destinatarios de
    servicios de no residentes (inversión del sujeto
    pasivo)

Importaciones quienes las realicen
114
Repercusión
  • Obligación del sujeto pasivo de repercutir
  • Obligación de soportar para el cliente
  • Repercusión mediante factura, separado del precio
  • Derecho a repercutir caduca 1 año después del
    devengo
  • Puesta a disposición en entrega de bienes
  • Cuando se efectúen los servicios

115
Tipos
Tipo general

13
116
Tipos
  • Tipos reducidos
  • Servicios salud 6
  • Excedente servicios de arrendamiento 6
  • Excedente servicios de energía eléctrica y
    agua residenciales 6
  • Servicios necesarios para construcción excepto
    profesionales 6

117
El tipo del IVA a nivel comparado
  • La tarifa del 13 es moderada e incluso baja a
    nivel internacional
  • Guatemala, 12 Nicaragua, 15El Salvador, 13
    Chile, 18 Irlanda, 22 España 16, Perú 17
    México 15

118
Regímenes especiales (44 a 57)
Régimen simplificado (44 a 52)

? Objetivo cumplimiento / control /
informalidad ? Reducida dimensión (Ejs capital
140 SB 10 empleados) ? Estimación objetiva /
Declaración trimestral / No deberes formales
  • Bienes usados (53 a 57)
  • Objetivo Minorar IVA en bienes usados
  • Definición Adquiridos no empresarios ni
    revendedores del
  • régimen
  • Base imponible Margen de beneficio
  • No repercusión por separado


119
Deducciones (28-30 a 40)
  • ? Para deducir sujetos pasivos deben ser
    empresarios o profesionales, haber iniciado
    operaciones, haberse registrado
  • Deducción financiera cuotas soportadas sobre
    bienes y servicios utilizados en operaciones
    sujetas y no exentas
  • Exenciones absolutas Exportaciones
  • Requisito indispensable documento justificativo

120
Regímenes especiales (44 a 57)
Régimen simplificado (44 a 52)

? Objetivo cumplimiento / control /
informalidad ? Reducida dimensión (Ejs capital
140 SB 10 empleados) ? Estimación objetiva /
Declaración trimestral / No deberes formales
  • Bienes usados (53 a 57)
  • Objetivo Minorar IVA en bienes usados
  • Definición Adquiridos no empresarios ni
    revendedores del
  • régimen
  • Base imponible Margen de beneficio
  • No repercusión por separado


121
REFORMAS AL CODIGO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
TRIBUTARIOS
122
  • EN TERMINOS GENERALES SE PLANTEA
  • La sustitución integral del título relacionado
    con ilícitos tributarios.
  • Un Título Sétimo al Código mediante el cual se
    traslada el cobro de las deudas en fase ejecutiva
    a la Administración Tributaria sacándose tal
    competencia del ámbito judicial.
  • Se respeta el actual sistema de reducción de
    sanciones, perfeccionándolo para permitir la
    rectificación espontánea como elemento para
    obtener una reducción de la sanción por
    inexactitud.

123
EN TERMINOS GENERALES SE PLANTEA D) Obligar
al contribuyente, de quien se tengan sospechas de
querer mover sus bienes para evitar un embargo, a
garantizar el monto de impuestos en diferencia o
contienda para poder seguir litigando. E) Se
le traslada la legalización de libros legales al
Registro Público.
124
Referencia de reformas 1- Se sustituye
íntegramente el Título III ( Hechos Ilícitos
Tributarios ). Ahí, conviene puntualizar algunas
reformas novedosas a) Se clarifican reglas
sobre tipicidad y sobre autoría y participación,
especialmente respecto de los órganos en personas
morales, dotados de poderes de decisión. b)
Se establece una nueva causal de cierre de
negocios a la tercera reincidencia en no
suministrar información, especialmente de
terceros.
125
Referencia de reformas 2- Se crea un Título
VII y se deja el actual VI, donde se regula lo
concerniente a la oficina de cobros para que ésta
se encargue de todo tipo de cobro administrativo
o judicial de todo tipo de acreencias del Estado.
a) Se establecen medidas cautelares para la
etapa de fiscalización para evitar que el
contribuyente distraiga bienes, y se autoriza a
que los gerentes de las administraciones
tributarias las apliquen ante tributos retenidos
o repercutidos por terceros, que no hayan sido
enterados por el agente retenedor o por el agente
perceptor . Estas medidas tienen apelación ante
una Sala de Garantías del Tribunal Fiscal
Administrativo b) El cobro es administrativo,
competencia exclusiva de la Administración
Tributaria con recursos ante el Poder Judicial.
c) Se habilitan nuevas formas de garantía de la
deuda tributaria, como por ejemplo, el uso de
fideicomisos de garantía.
126
Referencia de reformas 3- Se limita la
dación en pago relegándola solo a la dación de
inmuebles que sean de interés arquitectónico,
histórico o artístico. 4- En materia de
devoluciones, se varía el interés que se le
reconoce al contribuyente cuando ha pagado de
más, manteniendo la tasa activa cuando el pago ha
sido forzado por la propia administración pero
bajándolo a tasa pasiva cuando ha sido error del
mismo contribuyente. 5- Se posibilita la
delegación de firmas de los gerentes en
subgerentes de las administraciones
territoriales, tanto en determinaciones de
tributos como en devoluciones. 6- Se establece
que el no ingreso de pagos parciales, generará
intereses a tasa activa a favor de la Hacienda
Pública.
127
Nuevo Título VII Derechos y Garantías del
Contribuyente
  • No son nuevos ya están en legislación actual
  • Es conveniente su sistematización
  • Se hacen explícitos o se sanciona con nulidad su
    inobservancia en algunos casos
  • No obstante, la nulidad sigue siendo excepcional
  • Cuando cause indefensión
  • Cuando hubiera impedido o cambiado la decisión
    final

128
Fortalecimiento administrativo
  • Creación de la Dirección General de Tributos

129
Problemas esenciales de la Administración
Tributaria
  • Falta de integración Aduanas-Tributación
  • Ausencia de potestades de la Dirección de la
    Administración Tributaria en relación con el
    manejo de recursos humanos, materiales y
    tecnológicos
  • Financiamiento insuficiente, ligado a la voluntad
    política y al síndrome de austeridad del
    Ministro de Hacienda

130
Problemas esenciales de la Administración
Tributaria
  • Personal que no ingresa ni escala en función de
    conocimiento específico de la materia tributaria
  • Personal sin remuneración e incentivos por
    productividad acorde con la complejidad de una
    función que no es menos compleja que la banca
    central, las superintendencias financieras y de
    valores, etc.

131
El aporte de la DNT
  • Integra Aduanas y Tributación bajo una dirección
    técnica
  • Se establece la Carrera Tributaria y Aduanera en
    el Estatuto del Servicio Civil, introduciendo
    ingreso por conocimiento específico, salarios
    competitivos y remuneración por incentivos por
    objetivos

132
Valoración general
  • Un sistema tributario más equitativo y con mayor
    potencia recaudatoria

133
El efecto en las clases medias y bajas
  • Todos los salarios inferiores a 1.000.000 de
    colones al mes PAGARÁN MENOS con la reforma que
    con la legislación actual.
  • La canasta básica en IVA tutela a las clases
    bajas
  • Las clases medias profesionales pagarán menos con
    la reforma al incrementárseles el mínimo exento
    en renta al nivel de los asalariados (a 3.900.000
    colones anuales). Esto compensa el pago adicional
    por los servicios en IVA

134
Las mejoras en la lucha contra la evasión
  • La D.N.T.
  • Aduanas y Tributación integradas bajo una
    Dirección Técnica única.
  • Régimen para dotar a la Administración del
    recurso humano especializado del que en mucho se
    carece hoy día
  • Reformas al Código Tributario
  • El cobro ejecutivo en manos de la Administración
    y medidas cautelares para evitar distracción de
    bienes

135
Las mejoras en la lucha contra la evasión
  • Reformas al Código Tributario
  • -Mejoras en el sistema sancionador
  • Renta mundial y el incremento no justificado de
    patrimonio
  • Renta mundial y la lucha contra las formas
    fáciles de elusión a través de sociedades de
    papel en paraísos fiscales

136
Las mejoras en la lucha contra la evasión
  • El I.V.A y sus mecanismos de control al interno
    de la cadena de contribuyentes
  • El I.V.A. y su aporte al control cruzado en
    Impuesto de Renta
  • La consolidación del Programa de Modernización de
    la Administración Tributaria en Tributación y del
    Programa de Modernización en Aduanas
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