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SISTEMA DE EDUCACION SUPERIOR COLOMBIANO

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La regulaci n, desarrollo y control de la Universidad Colombiana no ha sido el ... Se generan debates p blicos amplios y democr ticos. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: SISTEMA DE EDUCACION SUPERIOR COLOMBIANO


1
SISTEMA DE EDUCACION SUPERIOR COLOMBIANO
  • LEY 30 DE 1992

2
ANTECEDENTES
  • La regulación, desarrollo y control de la
    Universidad Colombiana no ha sido el resultado de
    una política estatal, sino objeto de los
    intereses gubernamentales. La Universidad ha sido
    pensada desde y para satisfacer las conveniencias
    de sectores ajenos a ella y a la colectividad.

3
ANTECEDENTES
  • Constitución de 1991. Vincula de manera decisiva
    con el Estado Social de Derecho. Consagra la
    Autonomía Universitaria. Participan todos los
    sectores sociales para el desarrollo de su propio
    quehacer y el trazo de su propio rumbo. La ley 30
    de 1992 es producto de este ejercicio.

4
ANTECEDENTES
  • Agotamiento del Decreto 080 de 1980
  • La promulgación de la Constitución
  • Los cambios epistemológicos en las ciencias
  • El divorcio entre la universidad y el desarrollo
    social y regional
  • El proceso Legislativo

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AGOTAMIENTO DEL DECRETO 080 DE 1980
  • La noción de profesión mantenía un concepto
    positivista de ciencia en un mundo de nuevos
    paradigmas. La definición del profesional
    universitario restringe la multidimensionalidad
    del ser humano, ignorando su responsabilidad en
    la formación espiritual, afectiva y ética.
    Entrega a la sociedad un profesional no creativo,
    pasivo, irreflexivo, intolerante, operativo e
    incapaz de responder a los nuevos retos del
    mercado complejo, competitivo y cambiante.

6
AGOTAMIENTO DEL DECRETO 080 DE 1980
  • La educación no estaba descentralizada, estaba
    subordinada al poder estatal sin responder a los
    intereses de la colectividad sino partidistas.
  • La universidad debe ser la cuna del pensamiento
    que genera espacios de reflexión crítica que
    dinamicen el proyecto de nación en la autonomía
    personal y en el crecimiento intelectual de las
    personas

7
CONSTITUCION DE 1991
  • La ley 30 es un desarrollo de los postulados
    políticos y filosóficos contenidos en la
    Constitución.
  • El Estado Moderno o Estado de Derecho es un
    concepto de organización social garante de los
    derechos y libertades de las personas
  • La educación es consagrada por primera vez como
    un derecho fundamental, asociado conceptual y
    funcionalmente al sentido de democracia.

8
CONSTITUCION DE 1991
  • En el artículo 69 se consagra el principio de
    autonomía universitaria, que en las sociedades
    modernas y posmodernas se considera como uno de
    los pilares del Estado democrático, pues solo a
    través de ella las universidades pueden cumplir
    la misión y objetivos que le son propios y
    contribuir al avance y apropiación del
    conocimiento

9
CONSTITUCION DE 1991
  • La educación es un derecho de la persona y un
    servicio público que tiene una función social
    (artículo 67)
  • L educación formará al colombiano en el respeto a
    los derechos humanos, a la paz y a la democracia
    y en la práctica del trabajo y la recreación,
    para el mejoramiento cultural, científico,
    tecnológico y para la protección del ambiente.

10
CONSTITUCION DE 1991
  • Se garantiza la autonomía universitaria. Las
    universidades podrán darse sus directivas y
    regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con
    la ley

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CAMBIOS EPISTEMOLOGICOS EN LAS CIENCIAS
  • El concepto de ciencia y racionalidad cambia
    imponiéndose las propuestas pluralistas. Los
    modelos pedagógicos cambian, la investigación ya
    no se rige desde el pensamiento positivista.
  • Se generan debates públicos amplios y
    democráticos. Las IES se ven forzadas a repensar
    y redefinir la misión en la sociedad.
  • Marco positivista se rompe. Se cambia lo
    repetitivo por la innovación, el autoritarismo
    por la democracia, el sectarismo por la
    tolerancia y el individualismo por la convivencia

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DIVORCIO ENTRE UNIVERSIDAD Y DESARROLLO SOCIAL
  • Paradigma positivista da poder a la razón
    olvidándose de lo social
  • La universidad desconocía la realidad social, las
    exigencias del mercado ocupacional
  • No atendía los problemas del entorno
  • En las regiones la crisis se agudiza, pues la
    universidad debería ser la esperanza de
    desarrollo
  • Nuevos retos globalización, internacionalización,
    apertura. La Universidad debe recuperar
    protagonismo

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EL PROCESO LEGISLATIVO
  • Dan origen a la propuesta legislativa
  • El reconocimiento de la autonomía universitaria
  • El concepto de la educación superior como
    servicio público
  • El régimen especial de las universidades
    estatales en coherencia con la autonomía

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EL PROCESO LEGISLATIVO
  • Diferentes grupos y posiciones
  • Grupo del padre Alfonso Borrero (ASCUN)
  • El ICFES con la Comisión para la reestructuración
    de la E.S. (Luis E. Orozco)
  • Universidades del Estado (Carlos Holmes Trujillo)

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EL PROCESO LEGISLATIVO
  • Se centraron en las propuestas de Orozco y
    Borrero.
  • La primera realista, reglamentaria, menos
    control del Estado pero manteniendo la Inspección
    y Vigilancia
  • La segunda genérica, sustancial e ideal.
    Proponía la autorregulación propia de la vida
    universitaria.

16
PROCESO LEGISLATIVO
  • El MEN recoge la opinión mayoritaria de los
    rectores, apoya la propuesta y la lleva al
    Congreso.
  • El proceso sufrió dos grandes presiones las
    Instituciones Técnicas que veían en peligro su
    supervivencia como Universidades y la de César
    Pérez García quien reclamaba privilegios para las
    Instituciones de economía solidaria. Los dos
    grupos ganaron.

17
PROCESO LEGISLATIVO
  • La ley 30 finalmente es producto de cuatro
    grandes intereses
  • Los de la universidad que expresó su pensamiento
    al comienzo del proceso
  • Los del profesorado agremiado que aspiraba al
    funcionamiento del SUE
  • El de las Instituciones Técnicas
  • Los de las Universidades de Economía Solidaria

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CAPITULO I PRINCIPIOS
  • Desarrollo integral de la persona (1)
  • Es un servicio público (2)
  • El Estado garantiza la autonomía universitaria y
    vela por la calidad del servicio por medio de la
    Inspección y Vigilancia (3)
  • Espíritu reflexivo, autonomía personal, libertad
    de pensamiento, pluralismo, universalidad de
    saberes, libertad de enseñanza, aprendizaje,
    investigación y cátedra. (4)
  • Accesibilidad cumplan con capacidades y
    condiciones (5)

19
CAPITULO II OBJETIVOS
  • Formación Integral
  • Diferentes formas del conocimiento
  • Factor de desarrollo científico, cultural,
    económico, político y ético
  • Actuar armónicamente
  • Contribuir al desarrollo educativo que le
    preceden
  • Promover la unidad nacional, descentralización,
    integración regional, cooperación
    interinstitucional para atender las necesidades

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CAPITULO II OBJETIVOS
  • Formación de comunidades académicas y
    articulación con homólogas a nivel internacional
  • Preservación de un medio ambiente sano, educación
    y cultura ecológica.
  • Conservar y fomentar el patrimonio cultural del
    país.

21
CAP III CAMPOS DE ACCION Y PROGRAMAS ACADEMICOS
  • Campos de acción técnica, ciencia, tecnología,
    humanidades, arte y filosofía. (7)
  • Programas pregrado y postgrado (8)
  • Pregrado preparan para el desempeño de
    ocupaciones, ejercicio de profesión o
    disciplina.. Tecnológica, científica, área de
    humanidades, artes o filosofía.
    Multidisciplinaria, artes liberales, ciencias..
    (9)

22
CAP III CAMPOS DE ACCION Y PROGRAMAS ACADEMICOS
  • Postgrados especializaciones, maestrías,
    doctorados y postdoctorados.(10)
  • Especializaciones perfeccionamiento en la misma
    ocupación, profesión, disciplina o áreas afines o
    complementarias (11)
  • Maestría, Doctorados y Postdoctorados
    investigación como fundamento (12)
  • Doctorados formación de investigadores a nivel
    avanzado (13)

23
CAP III CAMPOS DE ACCION Y PROGRAMAS ACADEMICOS
  • Requisitos de ingreso
  • Pregrado bachiller, ICFES
  • Especialización pregrado (14)
  • Programas de Educación abierta y a distancia (15)

24
CAP IV DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR
  • Instituciones Técnicas Profesionales
  • Instituciones Universitarias o Escuelas
    Tecnológicas
  • Universidades (16)
  • Ley 115 Instituciones Tecnológicas

25
CAP IV DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR
  • Instituciones Técnicas Profesionales formación
    en ocupaciones de carácter operativo e
    instrumental y de especialización (17)
  • Instituciones Universitarias o Escuelas
    Tecnológicas programas en ocupaciones,
    profesiones o disciplinas y Especializaciones.
    (18)

26
CAP IV DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR
  • Universidades programas de formación en
    ocupaciones, profesiones o disciplinas,
    especializaciones, maestrías, doctorados y
    postdoctorados (19)
  • Reconocimiento como Universidades a las
    Instituciones Universitarias o Escuelas
    Tecnológicas investigación (20)

27
CAP IV DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR
  • El MEN autoriza los programas de Maestría,
    Doctorado y Postdoctorado (21)
  • El MEN autoriza la creación de nuevas IES (22)
  • Las IES pueden ser Estatales u oficiales,
    Privadas y de Economía Solidaria.(23)

28
CAP V TITULOS Y EXAMENES DE ESTADO
  • Lo otorga la Institución de Educación Superior
    (24)
  • Lo otorgan de acuerdo con su campo de acción,
    duración, niveles y el carácter de la Institución
    (25 y 26) Técnico Profesional, Tecnólogo,
    Profesional, Licenciado, Maestro, Especialista,
    Magíster, Doctor, PhD.

29
CAP VI AUTONOMIA DE LAS IES
  • Darse y modificar sus estatutos
  • Designar sus autoridades académicas y
    administrativas
  • Crear, organizar y desarrollar sus programas
    académicos
  • Definir y organizar sus labores formativas,
    académicas, docentes, científicas y culturales
  • Otorgar los títulos correspondientes.
  • Seleccionar a sus profesores, admitir a sus
    alumnos y adoptar sus regímenes
  • Establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para
    el cumplimiento de su misión y su función
    institucional (28,29)

30
CAP VI AUTONOMIA DE LAS IES
  • Es propio de las Instituciones de Educación
    Superior la búsqueda de la verdad, el ejecicio
    libre y responsble de la crítica, de la cátedra y
    del aprendizaje de acuerdo con la ley (30)

31
CAP VII INSPECCION Y VIGILANCIA
  • Corresponde al presidente de la República (31)
  • Proceso de evaluación que apoye, fomente y
    dignifique la E.S. Para velar por calidad,
    cumplimiento de los fines, formación moral,
    intelectual y física de los alumnos, en privadas
    conservar y cuidar las rentas, en las oficiales
    se cumpla con el servicio público y la función
    social (32)
  • El presidente delega en el MEN todas las
    funciones de Inspección y Vigilancia.

32
DECRETOS REGLAMENTARIOS
  • Decreto 1212 /1993
  • Decreto 1403/1993
  • Decreto 836/1994
  • Decreto 837/1994
  • Decreto 1478/1994
  • Decreto 2790/1994
  • Decreto 1225/1996

33
DECRETOS REGLAMENTARIOS
  • Decreto 272/1998
  • Decreto 532/ 2001
  • Decreto 792/2001
  • Decreto 936 -940/2002
  • Decreto 808/2002
  • Ley 115/ 1994
  • Ley 749/2002

34
DEL CESU
  • El CESU es de carácter permanente como organismo
    vinculado al MEN con funciones de coordinación,
    planificación, recomendación y asesoría (34)
  • El CESU está integrado por MEN, DNP,Rector
    Nacional, Director Colciencias, Rector
    Universidad Estatal, Dos rectores Univ privadas,
    Rector representante en c/u de los demás niveles,
    dos representantes del sector productivo, un
    representante de la comunidad académica, un
    profesor, un estudiante, el Director del ICFES.
    (35)

35
DEL CESU
  • Son funciones proponer al Gobierno
  • Políticas y planes para la E.S.
  • Reglamentación para acreditación, SNIES,
    exámenes de estado, títulos, creación de IES,
    creación de programas, suspensión de personerías
    jurídicas, evaluación de IES. (36)
  • Decreto 1176/99 transformó funciones del CESU
    (exclusivas de coordinación, planificación,
    recomendación y asesoría. No conceptos previos)
    Se crea la Comisión Consultiva para concepto
    previos (36)

36
DEL SNA Y DEL SNIES
  • Crear el SNA para las IES cuyo objetivo
    fundamental es garantizar la calidad de las IES.
    La acreditación es voluntaria y temporal (53)
  • Se crea el CNA integrado por representantes de
    las comunidades académicas. (54)
  • La autoevaluación institucional es una tarea
    permamente y es parte del proceso de acreditación
    (55)
  • Crear el SNIES cuyo objetivo es divulgar
    información para orientar a la comunidad sobre la
    calidad, cantidad y características de las IES y
    de los programas (56)

37
IES PRIVADAS
  • Las personas naturales y jurídicas de derecho
    privado pueden crear IES (96)
  • Los particulares deben acreditar idoneidad ética,
    académica, científica y pedagógica. (97)
  • Las IES privadas deben ser personas jurídicas de
    utilidad común, sin ánimo de lucro, como
    corporaciones, fundaciones o instituciones de
    economía solidaria (98)
  • El reconocimiento y cancelación de personería
    jurídica de las IES es competencia del MEN previo
    concepto de la C.C. (99)

38
IES PRIVADAS
  • Solicitud de reconocimiento de personería
    jurídica (100)
  • Acta de constitución
  • Estatutos
  • Estudio de factibilidad socioeconómica
  • Aportes de los fundadores
  • Régimen docente
  • Régimen de participación democrática
  • Reglamento estudiantil
  • El MEN determinará el monto mínimo de capital
    (101)
  • Recursos diferentes a los de matriculas (102)

39
IES PRIVADAS
  • Las reformas estatutarias deben ser ratificadas
    por el MEN (103)
  • Se disolverán cuando no inicien actividades
    después de dos años de creada, se cancele su
    personería, lo determinen los estatutos, no se
    tenga posibilidad de cumplir con el objeto de
    creación (104)
  • Las IES creadas por la iglesia católica se
    regirán por los términos del concordato y las
    demás normas de la ley (105)
  • Docentes medio tiempo y hora cátedra mediante
    contrato laboral. Honorarios. (106)

40
DE LOS ESTUDIANTES
  • Persona que posee matricula vigente en un
    programa académico. (107)
  • Obligación de proporcionar servicios adecuados y
    actualizados de bibliotecas (108)
  • Reglamento Estudiantil requisitos de
    inscripción, admisión y matrícula, derechos y
    deberes, distinciones e incentivos, régimen
    disciplinario y demás aspectos académicos.(109)
  • Líneas de crédito para estudiantes (110)
  • La Nación, las entidades territoriales y las
    propias instituciones establecerán política
    general de becas, ayudas y créditos para
    estudiantes de estratos bajos.

41
DEL BIENESTAR
  • Programas de Bienestar actividades de desarrollo
    físico, psicoafectivo, espiritual y social de los
    estudiantes, docentes y administrativos. (117)
  • Cada institución debe destinar por lo menos el 2
    de su presupuesto para atender el Bienestar.
    (118)
  • Las IES garantizarán campos y escenarios
    deportivos, con el propósito de facilitar el
    desarrollo de estas actividades en forma
    permanente. (119)

42
DISPOSICIONES GENERALES
  • La extensión educación permanente, cursos,
    seminarios, programas de difusión de
    conocimientos, intercambio de experiencias,
    actividades de servicio. (120)
  • Para establecer seccionales, debe estar en
    estatutos y ser autorizados por el MEN. (121)
  • Los derechos pecuniarios inscripción, matricula,
    exámenes de habilitación, supletorios y
    preparatorios, cursos especiales y de educación
    permanente, derechos de grado, expedición de
    certificados y constancias, servicio médico
    asistencial. Oficiales derechos complementarios,
    sin exceder el 20 de la matricula (122)

43
DISPOSICIONES GENERALES
  • Régimen docente requisitos de vinculación,
    evaluación y capacitación, categorías, derechos y
    deberes, distinciones e incentivos y régimen
    disciplinario. (123)
  • El gobierno destinará recursos presupuestales
    para la promoción de la investigación científica
    y tecnológica de las IES. Serán asignados con
    criterios de prioridad social y excelencia
    académica. (126)
  • En todas la IES serán obligatorios el estudio de
    la Constitución Política y la instrucción cívica.
    Así mismo se promoverán prácticas democráticas
    para el aprendizaje de los principios y valores
    de participación ciudadana. (128)

44
DISPOSICIONES GENERALES
  • La formación ética profesional debe ser elemento
    fundamental obligatorio de todos los programas de
    formación en las IES (129)
  • Findeter establecerá líneas de crédito para las
    IES con destino a programas de construcción de
    planta física, instalaciones deportivas y
    dotación (130)
  • Por lo menos la mitad de los recursos previstos
    para educación en el artículo 54 de la ley 79,
    deben ser invertidos en programas académicos de
    educación superior ofrecidos por IES de economía
    solidaria. (132 derogado en la ley 72 de agosto
    de 1993)

45
DISPOSICIONES GENERALES
  • Creación de los CRES (Comités Regionales de
    Educación Superior) como organismos asesores del
    ICFES (133)
  • Los CRES estarán conformados por los Rectores o
    sus delegados de la IES. Cada comité se dará su
    propio reglamento y forma de funcionamiento.(134)
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