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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS

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Para determinar si las esencias florales son o no medicamentos, y para sustentar, ... 97 C digo Sanitario: 'Se entender por producto farmac utico cualquiera ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS


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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Carlos M. Neira F.
  • Jesús Vicent V.

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Para determinar si las esencias florales son o no
    medicamentos, y para sustentar, en definitiva, el
    título de esta exposición, debe establecerse
    previamente qué es un medicamento y qué implica
    que una cosa sea un medicamento.
  • Art. 97 Código Sanitario Se entenderá por
    producto farmacéutico cualquiera substancia,
    natural o sintética, o mezcla de ellas, que se
    destine a la administración al hombre o a los
    animales con fines de curación, atenuación,
    tratamiento, prevención o diagnóstico de las
    enfermedades o de sus síntomas.
  • Art. 4 Decreto Supremo 1876, de 1995, de Salud
    Para los efectos del presente reglamento se
    entenderá por a) Producto farmacéutico o
    medicamento Toda sustancia, natural o sintética
    o mezcla de ellas, que se destine a la
    administración al hombre o a los animales, con
    fines de curación, atenuación, tratamiento,
    prevención y diagnóstico de las enfermedades o de
    sus síntomas.

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • En consecuencia, como primera aproximación
  • Medicamento
  • - Substancia, natural o sintética, o mezcla de
    ellas
  • - Que se destine a la administración al hombre o
    a los animales
  • - Para fines de curación, atenuación,
    tratamiento, prevención o diagnóstico de las
    enfermedades o de sus síntomas

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Todo medicamento, para ser comercializado y
    distribuido, debe ser previamente registrado en
    el Instituto de Salud Pública.
  • Art. 102 Código Sanitario Ningún producto
    farmacéutico podrá ser comercializado ni
    distribuido en el país sin que se proceda a su
    registro previo en el Instituto de Salud
    Pública.
  • Art. 4 Decreto Supremo 1876, de 1995, de Salud
    Para los efectos del presente reglamento se
    entenderá por a) Registro Es la inscripción en
    un rol especial, con numeración correlativa que
    mantiene el Instituto, de un producto
    farmacéutico () una vez que ha sido sometido a
    un proceso de evaluación por la autoridad
    sanitaria, previo a su distribución y
    comercialización en el país.

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • A la solicitud de registro de un medicamento
    deben acompañarse una serie de antecedentes, que
    ilustran acerca de qué requisitos entiende la
    autoridad que deben cumplirse para que una cosa
    sea considerada como tal y pueda ser, en esas
    condiciones, comercializada y distribuida.
  • Art. 39 Decreto Supremo 1876, de 1995, de Salud
    Los formularios señalados en el artículo
    anterior, deberán ser acompañados de los
    antecedentes que siguen
  • a) Fórmula completa (), suscrita por profesional
    responsable. Para estos efectos, deberá
    considerarse que
  • - todos los ingredientes que constituyen la forma
    farmacéutica se expresen por sus nombres
    genéricos o químicos ()
  • - si en la composición del producto hubiese
    colorantes, deben especificarse con sus nombres
    genéricos ()

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • (continuación)
  • b) Proposición del período de eficacia ()
  • c) Monografía clínica y farmacológica ()
  • d) Proyecto de etiqueta o rótulo ()
  • e) Folleto para información al profesional ()
  • f) Folleto de información al paciente ()
  • g) Muestras suficientes del producto ()
  • h) Muestras de los estándares del o de los
    principios activos y de cepas en casos
    específicos, declarando su origen a través del
    protocolo analítico correspondiente.
  • i) Especificación de calidad y pureza de las
    materias primas a utilizar.
  • j) Metodología analítica ()
  • k) Información científica que debe referirse a

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • (continuación)
  • - manufactura y control de calidad
  • - estudios farmacológicos selectivos en animales
  • - estudios toxicológicos en animales
  • - datos físico-químicos
  • - estudios farmacocinéticos ()
  • - estudios para demostrar equivalencia
    terapéutica ()
  • - ensayos de disolución ()
  • - estudios clínicos que avalen su eficacia y
    seguridad
  • l) Documentos legales constituidos ()
  • m) Cualquier otro antecedente que el Instituto,
    en forma fundamentada, considere conveniente, y
  • n) Comprobante del pago del derecho arancelario
    correspondiente a lo que se solicite.

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Asociando lo recién visto a lo dispuesto en el
    artículo 13 del Decreto Supremo 1876, de 1995, de
    Salud, que trata acerca de los casos en que
    procede que se cancele un registro sanitario ya
    otorgado, y como segunda aproximación, un
    medicamento para ser considerado tal debe tener o
    mostrar
  • - Indicación terapéutica determinada, justificada
    con información científica disponible
  • - Composición determinada
  • - Formas de dosificación, aplicación y
    condiciones determinadas
  • - Fórmula eficaz en cuanto a su concentración y
    asociación de principios activos (lo que supone
    que contiene principios activos)
  • - Folletos de información al profesional y al
    paciente (en sus envases)

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • En otras palabras, en términos sencillos, un
    medicamento resulta quedar definido como tal,
    entre otras cosas, por contar con principios
    activos, con efecto farmacológico, y por estar
    destinado a perseguir la curación, la atenuación,
    el tratamiento, la prevención o el diagnóstico de
    enfermedades o de sus síntomas, con indicación
    terapéutica determinada empleo que ha de estar
    científicamente justificado.
  • Art. 4 Decreto Supremo 1876, de 1995, de Salud
    Para los efectos del presente reglamento se
    entenderá por x1) Principio activo Sustancia o
    mezcla de sustancias dotadas de efecto
    farmacológico específico, o bien, que sin poseer
    actividad farmacológica, al ser administrada al
    organismo la adquieren.
  • Y si una cosa no cumple tales condiciones, no es
    medicamento.

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Por otra parte, al hablar de esencias florales
    nos estamos refiriendo al uso de flores como
    elementos sanatorios.
  • Existen antecedentes y registros acerca del
    empleo de flores con ese propósito provenientes
    de tiempos muy remotos. Así, su uso abarca, en
    Occidente, desde Hipócrates, pasando por
    Paracelso, Samuel Hahnemann, Rudolf Steiner hasta
    Edward Bach, quien reactualizó este método de
    sanación.
  • Y al día de hoy, el uso de flores como elementos
    sanatorios se ha presentado ante las personas
    precisamente como una alternativa frente a la
    posibilidad de acceder a los medicamentos ahora
    llamados tradicionales (que son aquellos que de
    ordinario se encuentran en farmacias y que son
    -indudablemente- ejemplo del desarrollo
    tecnológico alcanzado en un momento determinado).

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Como sabemos, Edward Bach (1886-1936), médico
    inglés, revolucionó en su tiempo la terapia
    floral al crear la primera preparación organizada
    de un sistema curativo, al seleccionar 38
    esencias florales y un combinado para situaciones
    de emergencia denominado Rescue Remedy el que
    constituye hoy un modelo permanente, sobre el que
    se asientan las bases de otros sistemas florales.
  • Pues bien, para comprender cómo podrían las
    esencias florales tener efectos sanatorios,
    resulta conveniente saber cómo respondió Edward
    Bach a la pregunta acerca de por qué nos
    enfermamos.
  • Él entendía la enfermedad como el conflicto entre
    el alma y la personalidad un alejamiento entre
    el propósito del alma y la necesidad de la
    personalidad.

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Además, revalorizó la experiencia de la
    enfermedad, colocándola como parte de un proceso
    y un proyecto. Es decir, no considerándola como
    algo pernicioso per se.
  • Teniendo esas concepciones como premisas, Bach
    diseñó una teoría de las patologías fundada en
    los siguientes postulados
  • - La enfermedad no es un mal a suprimir, sino un
    beneficio a comprender
  • - La enfermedad es una oportunidad de la vida
  • - El enfermar podría concebirse como parte de la
    estructura ontológica del hombre
  • - La enfermedad es producto de la acción de
    factores personales y transpersonales
  • - La enfermedad no es material en su origen

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Luego, a su juicio, lo que hacen las esencias
    florales es tratar a una persona no en relación
    con una enfermedad o con una patología en
    particular, sino en relación con su estado de
    ánimo, carácter e idiosincrasia. Manifestó que
    Lo importante no es la enfermedad, sino el
    paciente, la forma en que ésta le afecta éste es
    nuestro auténtico camino hacia la curación.
  • De hecho -y esto lo comentamos anecdóticamente-,
    incluso ideó dos procedimientos para obtener las
    conocidas tinturas originales o tinturas
    madres florales, que son la materia prima de
    base con la que se preparan cada una de las
    esencias florales
  • - El método solar (o de maceración al sol de las
    flores seleccionadas)
  • - El método de cocción (o de ebullición o de
    hervido de las flores)

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • Si uno opone o contrapone, pues, las esencias
    florales y, en particular, la filosofía que hay
    detrás de su uso o empleo, con lo que hemos visto
    en nuestras aproximaciones acerca de qué es un
    medicamento, puede notar muchas diferencias.
  • En especial
  • - Que las esencias florales no cuentan con
    principios activos con efectos farmacológicos.
  • Ello, en atención a que con el uso de esencias
    florales se apunta al conflicto emocional
    irresuelto que genera una descarga en lo físico,
    que es lo que constituiría una enfermedad. No se
    persigue un efecto propia o directamente
    orgánico.

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • - Que las esencias florales no están destinadas a
    fines de curación, tratamiento, prevención o
    diagnóstico de las enfermedades o de sus
    síntomas.
  • Ello, en atención a que con el uso de esencias
    florales se apunta a la persona, no a una
    enfermedad en sí.
  • - Que las esencias florales no tienen una
    indicación terapéutica determinada, justificada
    con información científica disponible.
  • Ello, en atención a que su uso se basa en una
    consideración que es de suyo subjetiva La
    persona -que es una y única- que las emplea.

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • No existe un acción farmacológica asociada al
    empleo de flores como elementos sanatorios.
  • De hecho, los seguidores de las terapias florales
    reconocen que el uso de esencias no debe
    constituir un sustituto del tratamiento médico
    habitual recomendando consultar al médico antes
    de comenzar a usarlas (HARWOOD, Jeremy Los
    Secretos de las Flores de Bach, Taschen, China,
    p. 9).
  • Sintetizando con mucho el asunto, y para fines
    meramente pedagógicos, podemos decir que los
    productos farmacéuticos persiguen atacar la
    enfermedad padecida por una persona, en tanto que
    el uso de esencias florales persigue equilibrar a
    una persona que padece una enfermedad (o, más
    bien, un conflicto emocional irresuelto que
    genera una descarga en lo físico).

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LAS ESENCIAS FLORALES NO SON MEDICAMENTOS
  • En consecuencia, y volvemos al comienzo, resulta
    patente que las esencias florales no son
    medicamentos, no son productos farmacéuticos. Y,
    por lo mismo, ellas no quedan sujetas al
    procedimiento de registro a que hace alusión el
    art. 102 del Código Sanitario y que se encuentra
    establecido en el Decreto Supremo 1876, de 1995,
    de Salud y, por ende, el Instituto de Salud
    Pública carece de competencia para pronunciarse
    acerca de su comercialización y distribución.
  • Qué mecanismo de registro o de control debe
    aplicarse a su respecto resulta ser otra
    cuestión, distinta a la que hoy nos reúne. Sin
    embargo, cabe consignar que a nuestro juicio, a
    nadie podría restringírsele su libertad para, por
    ejemplo, empleando el método solar, obtener
    tintura original de Cerato (Ceratostigma
    willmottiana), luego preparar la esencia y luego
    consumirla, y tratar de combatir con ello la
    falta de fe en las propias opiniones a la hora de
    tomar decisiones.

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  • Carlos M. Neira F.
  • Jesús Vicent V.
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