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3. Pero unos temas ameritan mayor discusi n ... nuevas operaciones: pagos, recaudos, giros y transferencias en moneda nacional, ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
PROYECTO DE LEY DE REFORMA FINANCIERA Algunas
Consideraciones Foro Universidad del
Rosario María Mercedes CuéllarBogotá, julio
de 2008
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Agenda
  • Estructura del sector.
  • Protección al consumidor.
  • Otros aspectos a destacar.

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Estructura del sector
  • Estructura del sector.
  • Protección al consumidor.
  • Otros aspectos a destacar.

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Estructura del sector
  • La Reforma autoriza a los bancos a prestar dos
    nuevos servicios
  • Leasing
  • Otorgamiento de crédito para adquisición de
    empresas.

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Estructura del sector
  • 3. Pero unos temas ameritan mayor discusión
  • Se autoriza a las casas de cambio a desarrollar
    nuevas operaciones pagos, recaudos, giros y
    transferencias en moneda nacional, y a ser
    Corresponsales No Bancarios, pero no se conocen
    documentos que sustenten el razonamiento y
    conveniencia de esa propuesta.
  • Se autoriza a las cooperativas de ahorro y
    crédito a prestar servicios a personas jurídicas
    que no son cooperativas, pero tampoco hay un
    estudio que sustente los beneficios y efectos de
    esta norma.
  • Por los riesgos adicionales que hay en las nuevas
    operaciones ello requeriría un capital superior
    al que actualmente se les exige.

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Estructura del sector
  • 3. Pero unos temas ameritan mayor discusión
  • Preocupa este tipo de autorizaciones, porque
  • Es un relajamiento de las normas actuales dado
    que se permite que agentes que tienen exigencias
    patrimoniales muy inferiores a los de los bancos,
    realicen similares operaciones.
  • Los bancos actualmente son los únicos autorizados
    a obrar como agentes de transferencia, es decir
    que pueden recibir y entregar dinero. No es clara
    la cobertura de riesgo que tendrían los usuarios.

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Protección al consumidor financiero
  • Estructura del sector.
  • Protección al consumidor.
  • Otros aspectos a destacar.

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Los pilares de la atención al consumidor
  • La protección al consumidor financiero descansa
    básicamente sobre tres elementos
  • Brindar una mejor atención a los consumidores
  • Resolver las quejas presentadas
  • Solucionar los conflictos que se presentan entre
    el consumidor y la entidad financiera en forma
    ágil y con un costo bajo.

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Qué ha hecho la banca?
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Los servicios que prestan los bancos se han
expandido enormemente
  • Actualmente la banca presta servicios masivos a
    más de 15 millones de clientes, el 55 de la
    población adulta.
  • Pero prácticamente todos los colombianos somos
    usuarios de servicios que presta la banca.
  • Además de los tradicionales productos de
    depósitos y crédito, la lista de servicios que
    presta la banca ha venido creciendo con el paso
    del tiempo
  • Recaudo de impuestos nacionales, municipales,
    departamentales (algunos en forma electrónica).
  • Recaudo de servicios públicos (Agua, energía,
    teléfono, gas, aseo, celular, etc.)

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Los servicios que prestan los bancos se han
expandido enormemente
  • Miles de convenios de recaudo con diferentes
    entidades (p.e. televisión por suscripción,
    periódicos, colegios, universidades, compañías de
    seguros, medicina prepagada, tiquetes aéreos,
    etc.)
  • Compras de bienes y servicios vía internet.
  • Envío y recepción de remesas.
  • Compra y venta de divisas.
  • PILA (Planilla Integrada para la liquidación de
    aportes a la seguridad social).

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En 2007 el 95 de las quejas fueron resueltas
directamente en el banco
Fuente Superfinanciera
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A marzo de 2008 esta situación es similar ..
Fuente Superfinanciera
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Las quejas en número absoluto vienen cayendo
Fuente Cálculos Asobancaria
15
Hoy en día hay 3 quejas por cada 10.000
transacciones
Mientras las transacciones crecen el número de
quejas cae
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La solución de la queja es usualmente a favor del
cliente (datos 2007)
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Esto mismo ocurre en 2008 ( primer trimestre)
18
Los bancos aceptan el 63 de los pronunciamientos
del Defensor.
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Qué propuso el Gobierno sobre la figura del
Defensor?
  • El proyecto de ley presentado por el Gobierno
    buscaba que el Defensor del Consumidor Financiero
    tuviese unas funciones para solucionar conflictos
    y una mayor independencia con base en el
    siguiente esquema
  • Incorpora una función de conciliación para zanjar
    las diferencias entre consumidores y entidades
    vigiladas, para lo cual los Defensores actuarían
    bajo las condiciones señaladas en la ley 640 de
    2001.
  • Su designación corresponde a la Superintendencia
    Financiera de Colombia , con base en los
    procedimientos que defina el Gobierno Nacional.
  • Establece requisitos especiales para los
    Defensores abogados de profesión, no tener
    relación de accionista, director, funcionario,
    apoderado o agente de la entidad vigilada, ni de
    la matriz, filial o subsidiaria durante los dos
    años previos.

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Qué se aprobó en Comisiones ?
  • Las Comisiones Terceras conjuntas aprobaron el
    siguiente esquema
  • El Defensor es conciliador, y a la vez es un
    particular investido de funciones administrativas
    que resuelve las quejas formuladas por los
    consumidores.
  • Se le otorga el ejercicio de una función
    pública para la verificación del cumplimiento de
    las normas del sector financiero y la garantía de
    los derechos fundamentales, económicos, sociales
    y culturales de los consumidores financieros.
  • Las decisiones del Defensor se adoptan en Actos
    Administrativos sometidos a control
    jurisdiccional.
  • La Superintendencia Financiera (Dirección de
    Protección al Consumidor) conocerá en segunda
    instancia las decisiones del Defensor.
  • La designación del Defensor recae en la
    Superintendencia y será por períodos de 4 años.
  • El Defensor sólo puede desempeñar su función en
    una entidad vigilada.

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Qué se aprobó en Comisiones ?
  • La Constitución Nacional y la ley Estatutaria de
    Justicia aprobada por el Congreso señalan que
    solo excepcionalmente se pueden atribuir
    funciones jurisdiccionales a las autoridades
    administrativas. La ley debe señalar las
    competencias, las garantías al debido proceso y
    las condiciones para proteger en forma apropiada
    los derechos de las partes.
  • Además, ante las decisiones definitivas de las
    autoridades administrativas siempre proceden
    recursos ante los órganos de la Rama
    Jurisdiccional.
  • Eso supone que un mecanismo de un Defensor con
    funciones Jurisdiccionales no sería un mecanismo
    ágil y expedito de solución de controversias.

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La posición de Asobancaria
  • Consideramos conveniente introducir algunas
    modificaciones al texto aprobado, con el fin de
    hacer que el mecanismo sea más expedito en la
    solución de los conflictos
  • Compartimos la propuesta que hizo el Senador
    Germán Villegas
  • Las decisiones que adopte el Defensor del
    Consumidor Financiero serán obligatorias cuando
    los consumidores y las entidades vigiladas así lo
    acuerden de manera expresa. Igualmente serán
    obligatorias para las entidades vigiladas las
    decisiones del Defensor favorables al consumidor,
    cuando estas entidades hayan previsto acoger
    dichos pronunciamientos. La función de la
    Defensoría del Consumidor Financiero no tiene el
    carácter de función pública.

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La posición de Asobancaria
  • Consideramos útil que la propuesta final
    incorpore los siguientes aspectos
  • El procedimiento para que las quejas sean
    atendidas en el orden entidades, Defensores, y
    Superintendencia. Eso simplifica y
    descongestiona.
  • Debería permitirse que un Defensor actúe en más
    de una entidad. Esto permitiría contar con una
    estructura más sólida que pueda encargarse de
    entidades en las cuales hay muy pocas quejas.
  • Hemos sugerido que la Superintendencia designe al
    Defensor, de ternas presentadas por las
    entidades.

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Otros aspectos a destacar
  • Estructura del sector.
  • Protección al consumidor.
  • Otros aspectos a destacar.

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Educación financiera
  • El tema de educación financiera aparece en varios
    artículos del proyecto, lo cual resalta la
    importancia que se está dando a ese tema.
  • Conviene evaluar detenidamente cuál es la mejor
    forma de mejorar la educación de clientes y
    funcionarios de las entidades.

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PROYECTO DE LEY DE REFORMA FINANCIERA Algunas
Consideraciones Foro Universidad del
Rosario María Mercedes CuéllarBogotá, julio
de 2008
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