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Acciones de formaci n y asesoramiento para asociaciones juveniles, y fomento del voluntariado. ... No espec ficamente juveniles o puedan ser subvencionadas en ... – PowerPoint PPT presentation

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1
FORMACION PARA LA PARTICIPACION JUVENIL.
Plan Integral 2008/ 2009
2
SUBVENCIONES PUBLICAS.
Murcia, Marzo de 2008
Centro Social Universitario
3
Importantes cambios para las asociaciones en los
últimos años...
  • La Ley orgánica 1/ 2002, de 23 de Marzo,
    reguladora del Derecho de Asociación.
  • La Ley 38/ 2003, de 17 de Noviembre, General de
    Subvenciones, y su Reglamento de Aplicación(R.D.
    887/2006, de 21 de Julio).

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Las administraciones han de adaptarse también...
  • El Ayuntamiento de Murcia Ordenanza General
    Reguladora de las Subvenciones para finalidades
    culturales, turísticas, deportivas, docentes,
    juveniles, sanitarias, medio ambiente, de
    cooperación, participación vecinal, consumo,
    servicios sociales y otras.(Publicada en el Borm
    nº 108, de 12 de Mayo de 2004).

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Actividades objeto de subvención (art.7)
  • Cultura
  • Turismo...
  • Festejos
  • Deportes
  • Educación
  • Juventud
  • Salud
  • Medio ambiente...
  • Cooperación
  • Participación vecinal
  • Consumo
  • Servicios Sociales
  • Otras cualquier actividad complementaria acción
    municipal...

6
Las convocatorias de subvenciones...
  • Cada departamento municipal, su propia
    convocatoria de subvenciones.
  • El procedimiento general será el régimen de
    concurrencia competitiva. (Excepcionalmente
    concesión directa - art.17-).
  • El contenido deberá cumplir lo previsto en el
    art. 23 de la ley de subvenciones Créditos
    presupuestarios, objeto, condiciones, finalidad,
    requisitos, órganos de instrucción y
    procedimiento, plazos, etc.., etc...

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Principios generales para otorgar subvenciones
(art.9)
  • Interés general de la actividad y beneficio
    ciudadanos de Murcia.
  • Inexistencia o déficit de actividades análogas.
  • Prioridad para aquellas actividades que sin la
    subvención sería de difícil puesta en
    funcionamiento.

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NORMATIVA SOBRE CONCESION DE SUBVENCIONES PARA EL
FOMENTO DE LA PARTICIPACION JUVENILConcejalía
de Juventud y Empleo
2008
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CONCEPTOS PRELIMINARES
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CONSTITUCION ESPAÑOLA
  • Art. 48
  • Los poderes públicos promoverán las condiciones
    para la participación libre y eficaz de la
    juventud en el desarrollo político, social,
    económico y cultural

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FUNDAMENTACION JURIDICA
  • Ley 38/ 2003, de 17 de Noviembre, General de
    Subvenciones, y su Reglamento de Desarrollo
    (2006).
  • Ley Orgánica 1/ 2002, de 22 de Marzo,Reguladora
    del Derecho de Asociación.
  • Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para
    finalidades culturales, turísticas, juveniles...,
    aprobada por el Ayuntamiento de Murcia el 26 de
    Febrero de 2004.

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CONCEPTO DE SUBVENCIÓN
  • ... Toda disposición dineraria realizada por las
    Administraciones públicas a favor de personas
    públicas o privadas y que cumpla los siguientes
    requisitos

Art. 2.1 de la Ley General de Subvenciones
  • Que la entrega se realice sin contraprestación
    directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un
    determinado objetivo, ejecución de un proyecto,
    realización de una actividad, debiendo el
    beneficiario cumplir las obligaciones previstas.
  • Que el proyecto, acción, conducta o actividad
    financiada tenga por objeto el fomento de una
    actividad de utilidad pública o interés social.

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ANÁLISIS DE LA NORMATIVA
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1ª OBJETO Y FINALIDAD
  • Promover actividades de interés general que
    propicien la participación juvenil.
  • Estimular el funcionamiento de asociaciones y
    colectivos de jóvenes.
  • Apoyar iniciativas culturales, sociales,
    formativas y de tiempo libre.
  • Medidas de fomento previstas en la Ley Orgánica
    Reguladora del Derecho de Asociación.

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2ª BENEFICIARIOS
  • Asociaciones específicamente juveniles (socios
    entre 14 y 29 años. R.D. 397/ 1988, de 22 de
    Abril.
  • Otras asociaciones o fundaciones no
    específicamente juveniles.

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3ª MODALIDADES DE SUBVENCIÓN
  • PROGRAMAS ANUALES DE ACTIVIDADES

Todas las actividades de la asociación para el
año, destinadas a la población entre los 8 y los
35 años.
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4ª ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN
  • Actividades para el fomento de la participación y
    asociación juvenil.
  • Programas de animación socio cultural.
  • Actividades de ocio y tiempo libre. Actividades
    culturales y creatividad juvenil.
  • Acciones de formación y asesoramiento para
    asociaciones juveniles, y fomento del
    voluntariado.
  • Todos los proyectos dentro del ámbito del
    Servicio de Juventud.

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5ª ACTUACIONES NO CONTEMPLADAS
  • Actividades docentes o ampliación de estudios.
  • Actividades propias asociaciones deportivas
    (salvo en Centros de Recursos).
  • Viajes de estudios y recreativos. No
    específicamente juveniles o puedan ser
    subvencionadas en otra normativa.
  • Financiación otros programas municipales, salvo
    compatibilidad expresa.

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6ª SOLICITANTES EXCLUÍDOS
  • Beneficiarios que no hayan justificado una
    subvención anterior. Se considera también
    beneficiario al representante firmante de la
    solicitud de subvención y no justificada.
  • Deudores por cualquier concepto de la Hacienda
    Municipal.

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7ª PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
  • Lugar
  • Registro General del Ayuntamiento de Murcia,
    mediante instancia dirigida al Excmo. Sr. Alcalde
    Presidente.
  • Existen registros descentralizados en numerosas
    pedanías.

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Documentación a presentar por asociaciones y
entidades
  • Fotocopia DNI presidente o representante oficial.
  • Copia del CIF.
  • Copia de Estatutos ( adaptados a la LODA)?
  • Copia de Inscripción el en Registro Municipal.
  • Declaración formal de incurrir en causa de
    prohibición.
  • Relación actual J.Directiva, así como total de
    socios.
  • Certificación bancaria con el CCC.
  • Certificado de no ser deudor a Hacienda ni a la
    S.Social.
  • Declaración de otras subvenciones.

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Proyecto detallado de actividades contenido
mínimo
  • Fundamentación.
  • Fines y objetivos.
  • Ámbito de actuación.
  • Destinatarios.
  • Descripción de las actividades.
  • Metodología y planificación.
  • Recursos.
  • Evaluación.
  • Presupuesto detallado de gastos e ingresos. Del
    presupuesto total se precisará la cantidad de
    subvención que se pide a la Concejalía.

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Si la documentación es incompleta o no reúne
los requisitos...
Se requerirá al interesado dándole un plazo de 10
días para subsanar o completar. Caso contrario,
se tendrá por desistido de la solicitud.
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8ª PLAZOS DE PRESENTACIÓN
  • Programas anuales 30 días a partir de la
    publicación en el BORM ( se publicó el 16 de
    febrero)..

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9ª CRITERIOS DE VALORACIÓN
Aspectos de la entidad solicitante
  • Tipología de la Asociación (Prioridad a las
    asociaciones específicamente Juveniles).
  • Continuidad del proyecto asociativo (en base a
    actividades y trayectoria anterior).

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Valoración del proyecto
  • Fundamentación, finalidad y objetivos
  • Ámbito actuación y destinatarios
  • ActividadesMetodología y planificación
  • Evaluación
  • Recursos

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10ª PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
  • Servicio Municipal de Juventud instruirá el
    procedimiento.
  • Órgano colegiado para la valoración. Jefe de
    Servicio formulará propuesta de resolución
    provisional.
  • Aprobación definitiva Junta de Gobierno del
    Ayuntamiento.
  • Publicación en el BORM y tablones de anuncios
    Juventud e Informajoven.

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11ª OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
  • Cumplir la finalidad de la subvención y asumir
    todas las responsabilidades.
  • No modificar el programa sin conformidad de la
    Concejalía de Juventud.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y
    seguimiento.
  • Que figure en toda difusión la colaboración del
    Ayuntamiento de Murcia. Juventud.
  • Justificar la subvención debidamente.
  • Disponer de los libros contables y demás
    documentos , para garantizar el adecuado
    ejercicio de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos del uso
    de los fondos recibidos.
  • Proceder al reintegro de los fondos públicos en
    los términos lealmente previstos.

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12ª PAGO
  • Procedimiento habitual en las subvenciones será
    el pago posterior a la justificación.
  • Subvenciones de Juventud el pago se realizará con
    carácter anticipado a su justificación.

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13ª CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
  • Determina la partida presupuestaria con cargo a
    la que determinarán las subvenciones en el
    presupuesto anual de 2008. Cantidad prevista,
    130.000 euros.

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15ª MEMORIA Y JUSTIFICACIÓN
  • CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA.
  • Memoria justificativa del proyecto que motivó la
    concesión de la subvención. Certificación de la
    entidad, o del representante del grupo de
    jóvenes, indicando proyecto objeto de la
    subvención y cantidad recibida.
  • Indicación actividades efectivamente realizadas y
    su valoración.
  • Total de participantes.
  • Cumplimiento objetivos y evaluación.
  • Balance económico total del programa.
  • Material de comunicación y publicitario.

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Sobre la justificación económica
  • CERTIFICACION DE TESORERIA. Relación detallada de
    documentos según modelo aplicado en normativa.
  • Documentos consistirán en facturas en original a
    nombre de la entidad y con los requisitos
    legalmente requeridos.
  • Documentos que justifiquen fehacientemente el
    pago de las mismas.

Ejemplo, si se paga con cheque, habrá que
presentar copia del cheque, y extracto bancario
en el que se carga el cheque en la cuenta de la
asociación.
PLAZO 31 de enero de 2009
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15ª REINTEGRO
  • Procederá el reintegro de las cantidades
    recibidas con interés de demora en los casos y
    formas previstas en el art. 37 de la Ley de
    Subvenciones.

Ejemplo Incumplimiento total o parcial del
objetivo, de la actividad o del proyecto que
fundamentan la concesión de la subvención.
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16ª INFRACCIONES Y SANCIONES
  • Los beneficiarios de las subvenciones quedarán
    sometidos a las responsabilidades y régimen
    sancionador del Título IV de la Ley 38 / 2003, de
    Subvenciones.

Ejemplo Infracción muy grave, sería la no
aplicación en todo o en parte, de las cantidades
recibidas a los fines para los que las subvención
fue concedida. Posibles sanciones multa entre 75
y 6000 Euros o hasta el triple de la cantidad
recibida y no justificada.
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FINAL
  • Para cualquier duda o necesidad de información
    Programa Participación Juvenil, Servicio de
    Asistencia Técnica y Asesoramiento Asociaciones,

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Gracias por su atención
  • Francisco Manuel Reverte.
  • Jefe Participacion.
  • Concejalía de Juventud y Empleo.
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