Title: Ultima generaci
1Ultima generación de acuerdos bilaterales
comerciales el caso del capítulo de PI del CAFTA
Seminario nacional sobre Propiedad
Intelectual Marzo 2004 Universidad de Buenos
Aires, Argentina
- David Vivas-Eugui
- International Centre for Trade and Sustainable
Development
2Estructura de la presentación
- El origen de las negociaciones
- Implementación del ADPIC e integración regional
en materia de propiedad intelectual - Beneficios obtenidos en la negociación
- Comerciales
- Expectativas sobre inversiones
- Relación privilegiada
- Seguridad
- El capítulo de PI
- Obligaciones generales
- Temas cubiertos
- Observancia
- Temas y asuntos no cubiertos
- Otras normas del CAFTA que afectan las
obligaciones en materia de PI - Inversiones
- Solución de diferencias
3El origen de las negociaciones
- Proceso derivado de las dificultades en el
avance del ALCA - Parte del cambio en la estrategia general de la
política multilateral - bilateral iniciada
después de 1999 - Ambiente político favorable derivado de la
declaración de los Estados Unidos de no renovar
las preferencias arancelarias - Negociaciones sometidas a los mismos principios
de la ley de promoción de la autoridad comercial
de los Estados Unidos cuyos objetivos son - Implementación y observancia del ADPIC
- Protección de las nuevas tecnologías
biotecnología, tecnologías de la información,
etc. - Reconocimiento de niveles de protección
similares a los existentes en los Estados Unidos - Respeto de los principios de la Declaración de
Doha, el ADPIC y Salud Pública
4Implementación del ADPIC e integración
regional
- Implementación del ADPIC
- Costos directos desde medio millón hasta dos
millones USD dependiendo del país. - Costos indirectos (mantenimiento) desde medio
millón hasta un millón dependiendo del país - Cambios legislativos
- Leyes nacionales fueron notificadas muy
recientemente a la OMC (entre el 2001 y el 2003). - Mejora paulatina de la observancia
- Integración regional
- SIECA - Convenio Centroamericano para la
Protección de la Propiedad Industrial - Contiene obligaciones sustantivas y
procedimentales en materia de marcas y signos
distintivos. No fue notificado a la OMC como
acuerdo regional.
5El CAFTA pre-evaluación de los beneficios
- Beneficios obtenidos en la negociación
- Comerciales
- Consolidación de las preferencias arancelarias
algunos productos agrícolas y textiles - Mantenimiento de maquilas y zonas francas
- Ligero aumento de la cuota del azúcar
- Expectativas sobre inversiones
- Sector de telecomunicaciones, finanzas y
seguros - Relación privilegiada con el líder
- Seguridad opción de reducir presupuestos de
seguridad?
6El capítulo de PI en el CAFTA una visión
general
- Comentarios generales
- Texto muy parecido al borrador del ALCA con
algunas excepciones y al texto de TLC Chile-US - Obligaciones generales
- Expansión del trato nacional protección y goce
de los derechos contemplados en el acuerdo No
hay cláusula de NMF - Inclusión directa de 6 acuerdos de la OMPI
Nuevos acuerdos Internet de la OMPI 1996, Tratado
de Cooperación de Patentes, Tratado de Budapest,
Convenio de Washington, Tratado de derecho de
Marcas - Mejores esfuerzos para ratificar 4 acuerdos
adicionales bajo la OMPI - Se permite medidas contra prácticas
anticompetitivas - Se establecen mecanismos de cooperación para
mejorar educación sobre el uso de la PI y la
observancia
7Algunas de las nuevas obligaciones ADPIC plus
- En materia de Patentes
- No se menciona la obligación de otorgamiento de
patentes de invención sin discriminación en el
campo de la tecnología - Relajación de los criterios de patentabilidad
- Definición del requisito de aplicación
industrial utilidad específica y substancial - Expansión de la materia patentable
- Plantas Protección a variedades de plantas
UPOV 91 - cláusula de mejores esfuerzos- - Derechos exclusivos sobre información relativa a
la eficacia y seguridad de patentes farmacéuticas
(5 años) y agroquímicos (10 años) - Extensión del período de protección por retrasos
en el otorgamiento de patentes a artir de 5 años
de retraso - Divulgación limitada a información necesaria
para replicar o usar la invención - Revocación y anulación sólo basada en falta de
cumplimiento de criterios sustantivos de
patentabilidad. - Incompatibilidad de la divulgación del origen de
los RG - Solicitud y registro electrónico de patentes
(PCT-PLT)
8Algunas de las nuevas obligaciones ADPIC plus
- Marcas y signos distintivos
- Protección a marcas colectivas, de certificación,
sonoras y olfativas. - Incorporación de normas sobre marcas
notoriamente conocidas de la OMPI - Sistema de registro electrónico
- Sistemas de administración y de SD de nombres de
dominio en internet
- Derechos de autor
- Incorporación de nuevos acuerdos de la OMPI y
del DMCA - Extensión del período de protección la vida del
autor 70 años - Excepciones al derecho de autor se basan en
lista cerrada de DMCA - Incorporación de medidas contra la
circunvalación tecnológica - Protección de las señales de satélites
portadoras de programas
- Observacia
- Interpretaciones legales restrictivas
- La asignación de recursos no es una excusa para
la falta de observancia - Acciones de oficio en frontera
- Acciones contra la circunvalación tecnológica
9Otras normas del CAFTA que afectan las
obligaciones en materia de PI
- En el capítulo de inversión
- Incorporación de los derechos de propiedad
intelectual en la definición de inversiones - Aplicación de expropiación indirecta
- Se excluyen explícitamente acciones regulatorias
no discriminatorias para responder a objetivos de
política social tales como salud y ambiente. - Se incluye solución de diferencias
inversor-estado - En el capítulo de solución de diferencias
- Incorporación de acciones de no violación (por
anulación o menoscabo) - Arbitraje o procedimiento de solución de
diferencias - No hay apelación
10Costos y consecuencias para Centroamérica
- Nuevos costos directos de implementación y
observancia - Nuevas reformas administrativas, judiciales,
aduaneras y policiales - Creación de nuevos procedimientos aplicación y
registro electrónico - Aumento potencial de transferencias por pagos de
derechos de PI - Reducción del dominio público
- Reducción de flexibilidades y espacios para la
implementación de políticas públicas en el área
tecnológica - Necesidad de implementar medidas complementarias
para poder gozar de los beneficios potenciales en
materia de PI - Aumento de riesgos por litigios