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DERECHOS FUNDAMENTALES

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Art culo 23 de la Constituci n Pol tica. 2. HABEAS CORPUS ... ante su oficina el presente derecho de petici n, dados los siguientes hechos: ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: DERECHOS FUNDAMENTALES


1
DERECHOS FUNDAMENTALES
2
DOS DERECHOS PRIORITARIOS
  • 2. HABEAS CORPUS
  • Artículo 30 de la constitución Política
  • 1. DERECHO DE PETICIÓN
  • Artículo 23 de la Constitución Política

3
  • 1. EL DERECHO DE PETICIÓN

4
MARCO NORMATIVO
  • CONSTITUCIÓN POLÍTICA. ARTS.74 y
  • 23 C.P Toda persona tiene derecho a presentar
    peticiones respetuosas a las autoridades por
    motivos de interés general o particular y a
    obtener pronta resolución.

5
  • Código Contencioso administrativo
  • Art. 5 Derecho de petición en interés General.
    Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas
    a las autoridades, verbalmente o por escrito, a
    través de cualquier medio.
  • Art. 9 Peticiones en interés particular. Toda
    persona podrá formular peticiones en interés
    particular .

6
QUÉ ES EL DERECHO DE PETICIÓN?
  • Es un derecho que hace parte de los derechos de
    la persona humana.
  • Su protección judicial inmediata puede lograrse
    mediante el ejercicio de tutela.

7
CÓMO DEBE FORMULARSE?
  • Esta solicitud puede presentarse directamente o
    a través de un apoderado, verbalmente o por
    escrito.

8
SUJETO ACTIVO
  • Cualquier persona que tenga un interés de
    carácter general o particular.
  • Usted es sujeto activo si tiene dicho
    interés.

9
FINALIDAD
  • Pedir por motivos de interés general o
    particular, que se inicie por las autoridades una
    actuación administrativa.
  • Pedir por motivos de interés general o
    particular, que las autoridades permitan el
    acceso a la información sobre las acciones por
    ellas desarrolladas.

10
  • Pedir por motivos de interés general o
    particular, que se permita conocer documentos no
    reservados u obtener copias de los mismos.
  • Pedir por motivos de interés general o
    particular, que se den por las autoridades
    dictámenes o conceptos sobre asuntos de su
    competencia.

11
MODALIDADES
  • Quejas Mediante las cuales se ponen en
    conocimiento a las autoridades para ser
    investigadas, las conductas irregulares de
    particulares, o funcionarios públicos o privados
    a quienes se les ha adjudicado la prestación de
    un servicio público.

12
  • Reclamos A través de los cuales se notifica a
    las autoridades de la suspensión injustificada o
    de la prestación insuficiente de un servicio
    público

13
  • Manifestaciones Que sirven para hacer llegar a
    las autoridades la opinión del peticionario sobre
    una materia de actuación administrativa
  • Peticiones de información Mediante las cuales se
    les solicita a las autoridades que den a conocer
    cómo han actuado en diversos casos, que permitan
    examinar documentos que se encuentran en una
    oficina pública, y/o que expidan copia de éstos.

14
QUÉ DEBE CONTENER SI SE PRESENTA POR ESCRITO?
  • Ciudad, fecha
  • La entidad o persona (s) a quien se dirige
  • Mención del asunto a tratar en la petición
  • De recurrirse a un apoderado, el poder
  • Documentos anexos que sean necesarios
  • Nombre completo, firma documento de identidad y
    dirección del peticionario.

15
CUÁLES SON LOS TÉRMINOS PARA RESPONDER?
  • Las peticiones deben ser resueltas en el orden en
    que se reciban.

16
  • TÉRMINOS
  • Quince (15) días para contestar quejas, reclamos
    y manifestaciones.
  • Diez (10) días para contestar peticiones de
    información.
  • Treinta (30) días para contestar consultas.
  • Los anteriores plazos son los máximos, pues todo
    servidor público tiene el deber de actuar frente
    a las peticiones con celeridad y eficiencia.

17
CONSECUENCIAS DEL RETARDO INJUSTIFICADO
  • Sanción disciplinaria
  • La persona afectada puede ejercer la acción de
    tutela para reclamar ante los jueces la
    protección inmediata de su derecho

18
SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVOSi la
administración no responde en el término de 3
meses, se entenderá que la respuesta es
negativa.Ante la omisión en la respuesta podrá
el interesado interponer la tutela para que se
responda o, interponer las acciones
administrativas pertinentes.(Consejo de Estado,
Sentencia del 17 de 2004, Magistrado Ponente
Juan Ángel Palacio Hincapié. Exp.13272).
19
CÓMO DEBE SER LA RESPUESTA?
  • OPORTUNA.
  • OFRECER UNA SOLUCIÓN DE FONDO AL PETICIONARIO.
  • La Corte Constitucional en innumerables
    sentencias ha protegido el derecho de petición,
    algunas de estas son C-621-97, T-403-96,
    T-498-97, T-165-97, T-206-97,T- 181-93.

20
MODELO DE SOLICITUD
  • Ciudad, fecha. (Ciudad donde reside el
    peticionario )
  • Doctor (Señor (a), Señores)
  • Nombre del peticionado (Si no fuere posible
    identificar al funcionario competente, dirigirlo
    a nombre de la entidad).
  • Cargo que desempeña
  • Ciudad (Donde se encuentren las instalaciones
    del peticionado)
  • ------------------------------------- (Nombre
    completo de quien pide) identificado con cédula
    de ciudadanía número ----------- expedida en
    -----------, en ejercicio de la potestad que me
    otorga el artículo 23 de la constitución
    Política, concordante con el ---- (citar la norma
    correspondiente según se trate de un derecho en
    interés general o particular respetuosamente
    elevo ante su oficina el presente derecho de
    petición, dados los siguientes hechos

21
  • A. HECHOS (Incluir detalladamente los hechos
    que motivan el derecho de petición)
  • B. PRETENCIONES ( Señalar con claridad qué se
    pretende con el derecho, porqué se requiere a la
    entidad o al funcionario).
  • Atentamente,
  • --------------------------------
  • (Nombre y cédula del peticionario)
  • (Dirección completa y número telefónico)
  • Anexos (Hacer un listado de los documentos,
    registros gráficos, o cualquier tipo de prueba
    que se aporte).

22
2. EL HÁBEAS CORPUS
  • UN DERECHO
  • DE LIBERTAD

23
QUÉ ES EL HÁBEAS CORPUS?
  • Es una acción constitucional que protege la
    libertad personal cuando alguien es capturado con
    violación de las garantías constitucionales o
    legales, o cuando esta se prolongue ilegalmente.

24
MARCO NORMATIVO
  • CONSTITUCIÓN NACIONAL
  • Artículo 30. Quien estuviere privado de su
    libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene
    derecho a invocar ante cualquier autoridad
    judicial, en todo tiempo, por si o por
    interpuesta persona, el Hábeas Corpus.

25
  • LEY 1095 DE 2006 Por la cual se reglamenta el
    artículo 30 de la Constitución Política.
  • Esta Ley define la acción y la reglamenta
    -entre otros-, en cuanto a la competencia,
    trámite, contenido de la petición, impugnación de
    la providencia que niegue la acción.

26
  • Este derecho constitucional ha sido objeto de
    copiosa jurisprudencia.
  • Entre ellas podemos citar las siguientes
    sentencias de la Corte Constitucional
  • C-024-94, C-1024-02, C-730-05, C-1001-05,
    C-187-06, C-190-06.

27
QUIÉN PUEDE INTERPONERLO?
  • El capturado, su abogado o cualquier otra
    persona.

28
QUÉ DEBE CONTENER?
  • Fecha
  • Funcionario judicial al que se dirige.
  • Nombre completo de la persona privada de la
    libertad.
  • Motivos por los que se considera la privación de
    la libertad como violatoria de la Constitución o
    la ley.

29
  • Fecha de reclusión y lugar donde se encuentra
    capturado.
  • Si es posible la identificación del funcionario
    que ordeno la captura y cargo que desempeña.

30
  • Además bajo la gravedad del juramento que se
    considera prestado por la presentación de la
    petición deberá afirmarse que ningún otro juez ha
    asumido el conocimiento de la solicitud de habeas
    corpus o decidido sobre la misma.

31
CÓMO ES LA DECISIÓN DEL HABEAS CORPUS?
  • Demostrada la violación de las garantías
    constitucionales o legales, el juez
    inmediatamente ordenará la libertad de la persona
    capturada, por auto contra el cual no procede
    recurso alguno. Si se niega la decisión podrá ser
    impugnada.

32
ANTE QUIÉN SE INTERPONE?
  • Ante jueces o tribunales de la Rama Judicial del
    Poder Público.

33
  • DERECHOS DE LA PERSONA CAPTURADA
  • Ser informada de las razones de su detención.
  • Ser puesta a disposición del fiscal competente.

34
  • Hablar con un abogado.
  • Comunicar a sus familiares o amigos acerca de su
    situación.
  • Interponer la acción de hábeas corpus ante
    cualquier autoridad competente.

35
  • Que la acción sea resuelta en 36 horas.
  • No ser incomunicado.

36
  • Que la acción pueda ser invocada por terceros en
    su nombre, sin necesidad de mandato alguno.
  • Que la acción pueda ser invocada en cualquier
    tiempo, mientras que la violación persista, aun
    en estado de excepción.

37
  • Que la actuación no se suspenda o aplace por la
    interposición de días festivos o de vacancia
    judicial.
  • Que la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría
    General de la Nación invoquen el Hábeas Corpus en
    su nombre.

38
MODELO DE HABEAS CORPUS O EXHIBICION PERSONAL.
  • Ciudad y fecha
  • Señor JUEZ...................................
  • Ciudad
  • ........................, identificado como
    aparece al pie de mi firma, formulo ante Usted
    recurso de HABEAS CORPUS en favor
    de................., identificado
    con.................., quien fue retenido
    el................ (día, mes, año), a las
    ......... (hora), siendo trasladado a
    ........................ (indique el lugar dónde
    se encuentra retenida la persona)

39
  • El (la) Señor (a) .............., fue capturado
    (a) violando las garantías constitucionales y
    legales porque (Señale claramente cómo fue la
    captura y porqué se considera que la misma fue
    ilegal)
  • El funcionario que ordeno la captura fue ( si se
    conoce el nombre completo de quien efectuó la
    captura manifestarlo, si no fuere posible la
    identificación, expresar que organismo lo
    detuvo).
  • Afirmo bajo la gravedad de juramento que hasta
    el momento ningún otro Juez ha asumido el
    conocimiento de solicitud en igual sentido.

40
  • Con base en el artículo 30 de la Constitución
    Política, la ley 1095 del 2006 y el Código de
    Procedimiento Penal vigente, solicito a Usted
    iniciar las investigaciones respectivas y ordenar
    la libertad inmediata del detenido.
  • Notificaciones (Indicar dirección y teléfono
    donde podrá ser informado de lo acontecido o de
    lo resuelto).
  • Atentamente,
  • ____________________
  • Nombre completo e identificación de quien
    solicita

41
DE LOS MECANÍSMOS DE PROTECCIÓN Y APLICACIÓN
DE LOS DERECHOS Capítulo 4 del Título 2 de la
Constitución Política.
42
ACCIÓN DE TUTELA
43
Marco Normativo.
  • La acción de tutela fue desarrollada por el
    Decreto Extraordinario 2591 de 1991, el cual a su
    vez fue reglamentado por el Decreto 306 de 1992.

44
  • Art. 86 C.P. "Toda persona
  • tendrá acción de tutela para reclamar ante los
    jueces, en todo momento y lugar, mediante un
    procedimiento preferente y sumario, por sí misma
    o por quien actúe en su nombre, la protección
    inmediata de sus derechos constitucionales
    fundamentales, cuando quiera que estos resulten
    vulnerados o amenazados por la acción o la
    omisión de cualquier autoridad pública.

45
  • El Decreto 1382 de 2000 pretendió fijar
    competencias para el conocimiento de acciones de
    tutela en diferentes jueces, pero en realidad lo
    que determinó fueron normas de reparto, que
    buscan integrar las competencias territoriales
    con la jurisdicción de los jueces.

46
CUÁL ES LA FINALIDAD DE LA ACCIÓN DE TUTELA?
  • La tutela está instituida para garantizar la
    protección inmediata de los derechos
    fundamentales.

47
QUÉ CONDICIONES DEBE REUNIR EL DERECHO PARA SER
TUTELABLE?
  • Que se trate de la violación de un derecho
    fundamental.

48
  • Y qué es un derecho fundamental?
  • Aquellos que garantizan el ámbito mínimo de
    libertades y prerrogativas de los administrados
  • Y, que conforme al artículo 94 de la Carta
    Política,

49
  • son aquellos inherentes a la persona humana que
    pueden estar reconocidos en la misma Constitución
    o en tratados y convenios internacionales, sin
    perjuicio de que puedan extenderse a otros que no
    estén incluidos en ellos.

50
  • 2. Que se trate de una violación no consumada
    definitivamente o de una amenaza de violación.

51
QUIÉN TIENE LA TITULARIDAD DE LA
ACCIÓN?
  • La acción puede ser ejercida directamente por
    cualquier persona (natural o jurídica) afectada
    en sus derechos fundamentales.

52
  • o a través de
  • Agencia oficiosa Cuando la persona no está en
    condiciones de promover su propia defensa.
  • Apoderado Otorgando poder.
  • Las personerías Pueden interponer acciones de
    tutela cuando lo hagan a nombre de una persona
    que así lo solicite, o cuando la persona esté en
    condición de amparo o indefensión (T-420/97)

53
CONTRA QUIÉN SE PUEDE EJERCITAR LA ACCIÓN DE
TUTELA?
  • La acción de tutela puede ejercitarse contra las
    autoridades públicas cuando con una acción u
    omisión violan un derecho fundamental.

54
  • O contra particulares, si dicha persona
    particular presta servicios públicos o afecta el
    interés colectivo,
  • o si hay subordinación o indefensión con
    respecto a él.


55
CUÁNDO NO PROCEDE LA ACCIÓN DE TUTELA?
  • Cuando existan otros recursos o medios de defensa
    judiciales.
  • Cuando se pueda proteger el derecho invocando el
    Habeas Corpus.

56
  • Cuando la violación del derecho originó un daño
    consumado e irreversible, salvo que esté
    continúe, en tal caso, se interpone para que la
    violación cese.
  • Cuando se interpone contra actos de carácter
    general, impersonal y abstracto.

57
  • Cuando se busca proteger un derecho colectivo.
  • Cuando se interpone contra providencias
    judiciales no procede por regla general, pero sí
    excepcionalmente, cuando estas constituyan una
    vía de hecho.

58
PUEDE UTILIZARSE LA ACCIÓN DE TUTELA A
PESAR DE QUE EXISTAN OTROS MECANISMOS PARA
PROTEGER EL DERECHO FUNDAMENTAL VIOLADO?
59
  • La tutela es un mecanismo de
    protección subsidiario, ello significa
    que procede cuando no se disponga de otros
    medios de defensa.
  • Pero se puede utilizar la tutela aunque haya
    otro mecanismo cuando

60
  • El otro medio existe, pero se acude a la tutela
    para evitar un perjuicio irremediable (el fallo
    es transitorio).
  • El medio existe, pero no goza de eficacia similar
    a la tutela.

61
LA TUTELA NO DESPLAZA OTROS MEDIOS DE
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA TALES COMO
  • Las acciones contencioso administrativas (T -
    346/96)

62
  • Las acciones populares (T 354/96).
  • No es procedente para proteger los derechos en
    situaciones de maltrato familiar en tanto la Ley
    establece medios de defensa judicial expresos y
    ágiles. (T-420/96).

63
  • No reemplaza la acción constitucional del hábeas
    corpus.
  • No sustituye la conciliación.

64
CUÁNDO PROCEDE DE FORMA TRANSITORIA LA TUTELA?
  • Cuando existe otro mecanismo para la protección
    del derecho, pero la violación de este reviste
    tal gravedad que es necesario acudir al uso de la
    tutela por ser un instrumento de protección más
    ágil para poder evitar un perjuicio irremediable.

65
  • El perjuicio es irremediable cuando el daño no
    puede ser reparado retrotrayendo los hechos al
    estado anterior de la perturbación, por ejemplo
    cuando con la violación del derecho se pierde la
    vida o cuando ya se difundió la información
    íntima de la persona.
  • Por esto, con la tutela se evita que el
    perjuicio se vuelva irremediable, cuando

66
  • a. El peligro sea inminente, o sea que esté por
    suceder prontamente.
  • b. Las medidas que se requieren para conjurarlo
    son de carácter urgente, dada la prontitud o
    inminencia del suceso que está por
    realizarse.c. Que sea grave, esto es, que el
    daño sea de una gran intensidad o menoscabo
    material o moral en detrimento del afectado.

67
ANTE QUIÉN SE PUEDE INSTAURAR UNA ACCIÓN DE
TUTELA?
  • En primera instancia ante cualquier juez de la
    República con jurisdicción en el lugar de los
    hechos.
  • Existe una excepción artículo 37 del Decreto
    2591 de 1991 - Las tutelas contra los medios de
    comunicación deben ser presentadas ante los
    jueces de circuito.

68
QUÉ CONTENIDO DEBE TENER LA SOLICITUD DE
TUTELA?
  • La acción u omisión que la motivan, es decir,
    enunciar qué acción u omisión viola el derecho
    fundamental.
  • Derecho que se considera violado o amenazado.

69
  • Nombre de la autoridad pública si fuese posible.
  • Nombre y lugar de la residencia del solicitante.
  • No es necesario citar la norma constitucional.
  • Puede presentarse sin formalidades.

70
  • No se requiere actuar a través de abogado
  • Puede presentarse verbalmente.
  • Como puede apreciarse, se trata de una solicitud
    informal.

71
  • Si no pudiere determinarse el hecho o la razón
    que motiva la solicitud de tutela se prevendrá al
    solicitante para que la corrija en el término de
    tres días, los cuales deberán señalarse
    concretamente en la correspondiente providencia.
    Si no los corrigiere, la solicitud podrá ser
    rechazada de plano.

72
QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE EL PROCEDIMIENTO POR
EL CUAL SE TRAMITA LA ACCIÓN DE TUTELA?
  • Es un procedimiento rápido, preferente, esto es,
    el juez debe darle prevalencia por encima de los
    demás asuntos que tenga a su cargo.

73
  • Tal prelación sólo se ve desplazada por la
    acción constitucional denominada habeas corpus.
  • El trámite de la tutela también se caracteriza
    por su sumariedad, lo cual significa que es corto
    y ágil.

74
  • Además es un procedimiento que se rige por los
    siguientes principios
  • -Publicidad
  • -Prevalencia del derecho sustancial
  • -Economía
  • -Celeridad
  • -Eficacia
  • -Interpretación de acuerdo con tratados
    internacionales.

75
CUÁNDO SE PUEDE INTERPONER UNA ACCIÓN DE
TUTELA?
  • Cualquier día a cualquier hora, aun cuando está
    operando un estado de excepción.

76
QUÉ DEBE DISPONER EL JUEZ EN EL FALLO DE
TUTELA?
  • El juez de tutela tiene las siguientes
    posibilidades.
  • Ordenar el restablecimiento del derecho volviendo
    al estado anterior a la violación, si ello fuere
    posible.

77
MODELO DE TUTELA
  • Ciudad, fecha. (Ciudad donde reside el
    accionante, o sea la persona que solicita la
    tutela o del apoderado o agente oficioso).
  • Señores
  • JUZGADO ----------------- (Reparto)
  • Ciudad
  • REFERENCIA ACCIÓN DE TUTELA
  • ACCIONANTE (Nombre completo de la persona que
    ejercita el mecanismo)
  • ACCIONADO (Nombre de la entidad contra quien
    se ejercita la tutela)

78
  • -------------------------- ( nombre del
    accionante, apoderado o agente oficioso),
    identificado con cédula de ciudadanía
    número-------- expedida en ------, domiciliado en
    la ciudad de----------, por medio de este
    escrito, le manifiesto que interpongo ACCIÓN DE
    TUTELA de conformidad con el artículo 86 de la
    Constitución Política de 1991 y sus
    reglamentarios, para la protección de mis
    derechos constitucionales fundamentales (o los
    del representado si se actúa por poder, o
    mediante agente oficioso), acto que perfecciono
    de la forma siguiente
  • PARTES EN LA TUTELA.
  • ACCIONANTE (Indique los nombres completos,
    identificación y dirección de la persona que
    ejercita la tutela)
  • ACCIONADO (En caso de ser una entidad u
    organismo del Estado, indique de ser posible el
    nombre del representante legal y el nombre
    completo de la entidad si se trata de
    particulares el nombre del mismo, y, en ambos
    casos la dirección y teléfonos de estos)

79
  • HECHOS (Indique detalladamente los hechos
    materia del proceso, las acciones u omisiones de
    las autoridades o particulares que provocaron la
    vulneración o amenaza del (s) derecho (s) ),
    exponga cualquier situación que usted considere
    necesaria para que el juez tenga un panorama
    completo de la situación).
  • DERECHOS VULNERADOS O AMENAZADOS (Señale
    cuáles derechos fundamentales han sido vulnerados
    o amenazados.)
  • PRETENSIONES Con fundamento en lo expuesto,
    solicito respetuosamente al despacho se sirva
    tutelar en mi favor ( o a favor de mi poderdante,
    según el caso) los derechos fundamentales
    constitucionales invocados ORDENÁNDOLE a
    (autoridad o particular accionado) (señale
    claramente la pretensión o el sentido de la orden
    que debe emitir el juez para la protección del
    derecho).
  • PRUEBAS (Enumere los documentos o pruebas que
    pretenda hacer valer en su favor o el de su
    representado)

80
  • JURAMENTO Manifiesto bajo la gravedad del
    juramento que no he presentado otra acción de
    tutela por los mismos hechos y contra la misma
    entidad.
  • NOTIFICACIONES Y DIRECCIONES
  • DEL ACCIONADO (Dirección completa, números
    telefónicos)
  • Yo, las recibiré en la Secretaría del Despacho o
    en la dirección dada en la introducción de la
    presente).
  • Atentamente,
  • _________________________________
  • Nombre y c.c. del accionante ( apoderado, o de
    quien actúe como agente oficioso).

81
ACCIONES POPULARES Y DE GRUPO.
82
1. ACCIONES POPULARES
83
Marco Normativo.
  • La Ley 472 de 1998 desarrolló el artículo 88 de
    la Constitución Política de 1991, artículo que
    textualmente reza
  • La ley regulará las acciones populares para la
    protección de los derechos e intereses
    colectivos, relacionados con el patrimonio, el
    espacio, la seguridad y la salubridad públicos,
    la moral administrativa, el ambiente, la libre
    competencia económica y otros de similar
    naturaleza que se definen en ella."...
  • ()
  • "Así mismo, definirá los casos de
    responsabilidad civil objetiva por el daño
    inferido a los derechos e intereses colectivos".

84
QUÉ SON LAS ACCIONES POPULARES?
  • Las acciones populares son el mecanismo de
    protección de los derechos e intereses colectivos
    relacionados con
  • Espacio público,
  • Patrimonio cultural,
  • Servicios públicos,
  • Libre competencia económica, etc.

85
  • Seguridad y salubridad públicas,
  • Moralidad administrativa,
  • Consumidores y usuarios,
  • Ambiente sano.

86
FINALIDAD DE LAS ACCIONES POPULARES
  • Conforme al artículo segundo de la ley
    reglamentaria, las acciones populares pretenden
    prevenir y restaurar la violación de los derechos
    e intereses colectivos
  • Art. 2 Las acciones populares se ejercen para
    evitar el daño contingente, hacer cesar el
    peligro, la amenaza, la vulneración o agravio
    sobre los derechos e intereses colectivos, o
    restituir las cosas a su estado anteriores cuando
    fuere posible.

87
QUIÉN PUEDE INTERPONER LA ACCIÓN?
  • Por ser una acción pública, la puede interponer
    cualquier persona. La Ley 472 en su artículo 12
    establece que están legitimados para usarla
  • 1. Toda persona natural o jurídica.

88
  • 2. Las organizaciones no gubernamentales, las
    organizaciones populares, cívicas o similares.
  • 3. Las entidades públicas que cumplan funciones
    de control, intervención o vigilancia.
  • 4. El Procurador General de la Nación, el
    Defensor del Pueblo y los personeros distritales
    y municipales en lo relacionado con su
    competencia.

89
  • 5. Los alcaldes y los servidores públicos que
    deban promover la protección y defensa de los
    derechos e interés colectivos.

90
  • Para ejercitar una acción popular no se requiere
    actuar
  • a través de abogado
  • (artículo 13) y en este caso
  • la Defensoría del Pueblo
  • podrá intervenir en el
  • respectivo proceso.

91
CONTRA QUIÉN SE PUEDE EJERCITAR LA ACCIÓN?
  • Las acciones populares pueden ejercitarse contra
    quien viole o amenace los derechos o intereses
    colectivos, sea entidad pública o un particular.

92
  • Pueden existir casos en los cuales no estén
    determinados los responsables de la violación, en
    tales situaciones, la ley previo en su artículo
    14 que si se desconocen los responsables,
    corresponderá al juez determinarlos.

93
ANTE QUIÉN SE INSTAURA LA ACCIÓN POPULAR?
  • 1. Si se adelanta contra entidades públicas o
    personas privadas que cumplen funciones públicas
    Conoce la Jurisdicción Contencioso
    Administrativa en primera instancia los Jueces
    Administrativos y en segunda el Tribunal
    Administrativo del respectivo Departamento.

94
  • 2. Si se adelanta contra particulares Conoce la
    jurisdicción ordinaria, específicamente los
    jueces civiles del circuito.
  • Excepcionalmente puede presentarse ante
    el Juez Civil Municipal o Promiscuo
    Municipal, quien lo remitirá
    inmediatamente al Juez Civil de Circuito
    competente.

95
QUÉ DEBE CONTENER LA DEMANDA DE ACCIÓN?
  • 1. La indicación del derecho o interés colectivo
    amenazado o vulnerado.2. La indicación de los
    hechos, actos, acciones u omisiones del
    particular o de la autoridad pública con la cual
    se viola el derecho colectivo.
  • 3. La enunciación de las pretensiones.

96
  • 4. Si se conoce, señalar a la persona natural o
    jurídica, o la autoridad pública responsable de
    la amenaza.
  • 5. Las pruebas que se tengan.
  • 6. Las direcciones para las notificaciones.
  • 7. Nombre e identificación de quien ejerce la
    acción.

97
QUÉ PUEDE FALLAR EL JUEZ EN SU
SENTENCIA?
  • En caso de condena podrá
  • Emitir una orden contra el violador del derecho
    Orden que pretende resarcir el daño o restablecer
    el derecho vulnerado tal orden puede ser de
    hacer o no hacer.

98
  • 2. Condenar por perjuicios A favor de la entidad
    pública que cuida del bien protegido para que se
    realicen las conductas necesarias para el
    restablecimiento.
  • 3. Establecer incentivos para el actor Los
    cuales van desde 10 a 150 Salarios mínimos
    legales mensuales vigentes.

99
  • Y, si se protege la moralidad administrativa
    el incentivo será del 15 de lo recuperado.

100
CUÁL ES EL TÉRMINO PARA
INTERPONER UNA ACCIÓN POPULAR?
  • La acción popular no tiene término de caducidad,
    puede emplearse en cualquier tiempo, mientras no
    haya sido restablecido el derecho.

101
MODELO DE ACCIÓN POPULAR
  • Ciudad, fecha. (Ciudad donde reside el
    accionante, o los accionantes que ejercen la
    acción).
  • Señor
  • JUEZ DEL CIRCUÍTO (Si se trata de una acción
    contra particulares)
  • O, JUEZ ADMINISTRATIVO (En caso de una acción
    contra el Estado o particulares que ejercen
    funciones públicas).
  • Ciudad
  • ASUNTO ACCIÓN POPULAR

102
  • -------------------------- ( nombre del
    accionante o accionantes), identificado con
    cédula de ciudadanía número-------- expedida en
    ------, domiciliado en la ciudad de----------,
    en ejercicio de la ACCIÓN POPULAR de conformidad
    con el artículo 88 de la Constitución Política de
    1991 y la Ley 472 de 1998, promuevo la presente
    para que se brinde protección judicial a mi
    derecho (indique el derecho colectivo vulnerado),
    por la acción u omisión (según el caso), que
    viene perpetrando (nombre de la entidad o persona
    que vulnera el derecho), acción que perfecciono
    de la forma siguiente
  • HECHOS (Indique detalladamente los hechos, las
    acciones u omisiones de las autoridades o
    particulares que provocaron la vulneración o
    amenaza del (s) derecho (s) ) colectivos,
    exponga cualquier situación que usted considere
    necesaria para que el juez tenga un panorama
    completo de la situación).

103
  • DERECHOS COLECTIVOS VULNERADOS O AMENAZADOS
    (Señale cuáles derechos colectivos han sido
    vulnerados o amenazados.)
  • PRETENSIONES Con fundamento en lo expuesto,
    solicito respetuosamente al despacho se sirva
    proteger los derechos colectivos invocados
    ORDENÁNDOLE a (autoridad o particular accionado)
    (señale claramente la pretensión o el sentido de
    la orden que debe emitir el juez para la
    protección del derecho hacer o dejar de hacer,
    suspender, ejecutar, reformar, cerrar,
    trasladar).
  • PRUEBAS (Enumere los documentos o pruebas que
    pretenda hacer valer en su favor)

104
  • NOTIFICACIONES Y DIRECCIONES
  • DEL ACCIONADO (Dirección completa, números
    telefónicos)
  • Yo, las recibiré en la Secretaría del Despacho o
    en la dirección presente dirección
    ----------------------------, teléfono
    ------------------.
  • Atentamente,
  • ____________________________________
  • Nombre y c.c. de (los) accionante (s).

105
2. LAS ACCIONES DE CLASE O DE GRUPO.
106
MARCO NORMATIVO.
  • El inciso segundo del artículo 88 de la
    Constitución Política se refiere al mecanismo
    denominado acciones de grupo o de clase, dicho
    artículo señala que La ley regulará las
    acciones originadas en los daños ocasionados a un
    número plural de personas, sin perjuicio de las
    correspondientes acciones particulares.

107
  • La Ley 472 de 1998 reglamentó en su integridad
    el artículo 88 de la Constitución Política, tanto
    en lo relativo a las acciones populares, ya
    vistas, como a las acciones de grupo o de clase.

108
QUÉ FINALIDAD TIENEN LAS ACCIONES DE GRUPO?
  • Proteger Mínimo a un grupo de 20 personas que
    hayan sido afectadas por una misma causa. La
    identidad del grupo la determina el daño.
  • Reparar e indemnizar Con ellas se puede
    conseguir el pago de una suma de dinero para
    reparar los daños ocasionados.

109
  • 3. Economía procesal A través de ella se evita
    la duplicidad de procesos sobre un mismo asunto.
  • 4.Mecanismo de protección de los derechos
    fundamentales Garantizando con ello la
    efectividad practica de los mismos.

110
QUIÉN TIENE LA TITULARIDAD PARA INSTAURAR LA
ACCIÓN DE GRUPO?
  • Cualquier persona perteneciente al grupo
    afectado puede instaurarla pero a través de
    abogado.

111
A QUIÉN SE DEMANDA?
  • Dependiendo de quien sea el responsable del daño
    al número plural de personas, se podrá demandar
  • Al Estado.
  • A los particulares que ejercen una función
    pública.
  • A los particulares que tienen una actividad
    privada.

112
ANTE QUIÉN SE DEMANDA?
  • Si se adelanta la acción contra el Estado o un
    particular que ejerce función pública El juez
    competente es el administrativo.
  • Si se adelanta la acción contra un particular
    El competente es el Juez Civil del Circuito.

113
QUÉ DEBE CONTENER LA ACCIÓN?
  • 1. La indicación del derecho o interés del grupo
    amenazado o vulnerado.2. La indicación de los
    hechos, actos, acciones u omisiones del
    particular o de la autoridad pública con la cual
    se viola el derecho del grupo.

114
  • 3. La enunciación de las pretensiones.
  • 4. Si se conoce, señalar a la persona natural o
    jurídica, o la autoridad pública responsable de
    la amenaza.
  • 5. Las pruebas que se tengan.
  • 6. Las direcciones para las notificaciones.

115
QUÉ DISPONE EL JUEZ EN LA SENTENCIA?
  • Si se condena al demandado el juez ordenará el
    pago de una indemnización a favor del grupo
    afectado y señalará los requisitos que deben
    cumplir los beneficiarios para reclamar la
    indemnización correspondiente.

116
CUÁL ES EL TÉRMINO PARA DEMANDAR?
  • Los perjudicados tienen dos años para demandar,
    contados a partir de la fecha en que se causó el
    daño o terminó la acción vulnerante causante del
    mismo.

117
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
118
MARCO JURÍDICO
  • Constitución Política de 1991 artículo 87
  • Toda persona podrá acudir ante la autoridad
    judicial para hacer efectivo el cumplimiento de
    una ley o un acto administrativo. En caso de
    prosperar la acción, la sentencia ordenará a la
    autoridad renuente el cumplimiento del deber
    omitido".

119
LEY 393 DE 1997.
  • Esta ley reglamenta el artículo 87 de la
    Constitución Política, pero para una mejor
    comprensión de la misma, siempre estaremos
    obligados a la lectura de la jurisprudencia
    emitida por la Corte Constitucional y el Consejo
    de Estado.

120
CUÁL ES LA FINALIDAD DE LA ACCIÓN DE
CUMPLIMIENTO?
  • Es un mecanismo de protección del principio de
    legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico.
  • En un estado de derecho una ley es por
    definición una norma jurídica de obligatorio
    cumplimiento

121
  • Por lo tanto a través de este mecanismo se puede
    ejercer una vigilancia efectiva para que tanto
    las leyes como los actos administrativos sean
    cumplidos con rigurosidad.

122
NORMAS QUE SE PUEDEN HACER CUMPLIR A TRAVÉS DE
ESTA ACCIÓN.
  • Según el artículo 1 de la Ley 393/97, la acción
    es efectiva para hacer cumplir las normas con
    fuerza material de ley y los actos
    administrativos.

123
QUÉ SON NORMAS CON FUERZA MATERIAL DE LEY?
  • Son leyes o normas dictadas en ejercicio de la
    función legislativa. De carácter general,
    abstracto e impersonal, no vinculan a nadie ni
    definen situaciones particulares.

124
QUÉ SON ACTOS ADMINISTRATIVOS?
  • Son declaraciones de voluntad que se dictan en
    ejercicio de la función administrativa, estos
    pueden ser
  • De carácter general y abstracto Va dirigido a
    una generalidad de personas.
  • De contenido particular y concreto Decide algo
    en relación con una persona o grupo de personas
    en concreto.

125
QUÉ NORMAS NO SON APLICABLES POR ESTA ACCIÓN?
  • Las normas constitucionales (Corte Constitucional
    Sentencia C-157 de abril 29 de 1998).
  • Y, según el artículo 9 ley 393/97, tampoco
    procedería la acción cuando

126
  • Cuando la norma establezca gastos. Lo anterior ha
    sido muy cuestionado pues deja casi sin eficacia
    alguna al instrumento legal, no obstante, esto
    fue ratificado por la Corte constitucional en la
    sentencia C-157/98.

127
  • Los derechos puedan ser garantizados mediante la
    acción de tutela.
  • Haya otro instrumento judicial para lograr el
    efectivo cumplimiento del acto administrativo
    salvo que pueda producirse un perjuicio grave e
    inminente para el accionante.

128
 QUIÉN PUEDE EJERCITAR LA ACCIÓN?
  • Si el incumplimiento afecta el interés público o
    colectivo Cualquier persona puede ejercitar la
    acción.

129
  • Si afecta a una o unas personas en particular Es
    decir que afecta derechos que dichas personas
    poseen en forma individual, sólo esta o éstas
    podrán utilizarla.

130
  • Los servidores públicos En especial
  • - El procurador General de la Nación.
  • - Los Procuradores Delegados Regionales y
    Provinciales.
  • - El Defensor del Pueblo y sus delegados.
  • - Los Personeros Municipales.
  • - El Contralor General de la República, los
    Contralores Departamentales, Distritales y
    Municipales.

131
  • Las organizaciones Sociales.
  • Las Organizaciones No Gubernamentales.

132
 CONTRA QUIÉN SE PUEDE INTERPONER UNA ACCIÓN DE
CUMPLIMIENTO?
  • Contra el Estado Cualquier autoridad que
    incumpla la ley o un acto administrativo, sin que
    importe la rama del poder público a la cual
    pertenezca.( Corte constitucional
  • C-157-98).

133
  • 2. Contra particulares Cuando ejercen
    funciones públicas.

134
ANTE QUIÉN SE DEBE INTERPONER LA ACCIÓN?
  • Según la ley 393/98 artículo 3, la competencia
    la tiene
  • En primera instancia Los Jueces Administrativos
    con competencia en el domicilio del demandante.
  • En segunda instancia Los Tribunales
    Administrativos

135
  • En asuntos urbanísticos reglados por la Ley 388
    de 1997 Conocen los jueces civiles del circuito.

136
REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD.
  • Según el artículo 8 de la ley 393/97, antes de
    interponer la acción de cumplimiento, es
    necesario requerir a la autoridad o al particular
    que incumplió la norma o el acto administrativo,
    y, que estos, se hayan ratificado en su
    incumplimiento o no contesten dentro de los 10
    días siguientes a la presentación de la solicitud.

137
QUÉ DEBE CONTENER LA SOLICITUD DE
CUMPLIMIENTO?
  • El nombre, identificación y lugar de residencia
    de la persona que instaura la acción.
  • La determinación de la norma con fuerza de ley o
    acto administrativo incumplido.

138
  • 3. La narración de los hechos constitutivos de
    incumplimiento.
  • 4. La determinación de la autoridad o particular
    incumplido.
  • 5. Prueba de la renuencia.

139
  • 6. Solicitud de prueba y enunciación de las que
    se pretendan hacer valer.
  • 7. La manifestación de no haber presentado otra
    solicitud respecto de los mismos hechos o
    derechos ante ninguna otra autoridad.

140
PRINCIPIOS QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO POR MEDIO
DEL CUAL SE TRAMITA LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
141
  • Artículo 2º de la Ley 393 de 1997.
  • Gratuidad.
  • Prevalencia del derecho sustancial.
  • Economía.
  • Publicidad.
  • Celeridad.
  • Eficacia.

142
  • El proceso además se caracteriza porque el juez
    debe impulsar el mismo.
  • Los términos del procedimiento son perentorios e
    improrrogables.
  • La acción tendrá prelación sobre cualquier asunto
    de naturaleza diferente, salvo la acción de
    tutela.

143
CONTENIDO DE LA ACCIÓN
  • El fallo deberá contener (artículo 21 Ley 393 de
    1997)
  • Si el juez falla a favor
  • 1. La identificación del solicitante.2. La
    determinación de la obligación incumplida.

144
  • 3. La identificación de la autoridad de quien
    provenga el incumplimiento.
  • 4. La orden a la autoridad renuente de cumplir
    el deber omitido.

145
  • 5. Un plazo perentorio para el cumplimiento de
    lo resuelto, el cual no podrá ser mayor de diez
    días hábiles.
  • 6. Orden a las autoridades de control
    correspondientes para que se determine la
    responsabilidad penal o disciplinaria en la que
    se haya incurrido con el incumplimiento.
  • 7. Si hubiese lugar la condena en costas.

146
  • Si el juez niega la acción
  • Deberá advertir que no podrá instaurarse nueva
    acción con la misma finalidad.

147
IMPUGNACIÓN DEL FALLO
  • Artículo 26 Dentro de los 3 días siguientes a
    la notificación del fallo, la sentencia podrá
    impugnarse por
  • El solicitante.
  • La autoridad renuente (o sea el demandado) por el
    representante de la entidad a la que esté
    pertenezca y,
  • Por el defensor del pueblo.

148
QUÉ PASA SI EL FALLO NO SE CUMPLE?
  • La autoridad o el particular que desatienda el
    fallo incurrirá en desacato y el Juez impondrá la
    sanción de conformidad con las normas vigentes.

149
  • Además, de este desacato podrán derivarse otras
    sanciones de carácter disciplinario y penal.

150
TÉRMINO PARA INTERPONER LA ACCIÓN DE
CUMPLIMIENTO.
  • Artículo 7 La acción de cumplimiento por regla
    general podrá interponerse en cualquier tiempo.
  • Pero no procederá, cuando los mismos hechos ya
    hayan sido juzgados y decididos.

151
MODELOACCION DE CUMPLIMIENTO.
  • Ciudad y fecha. (Indicar la ciudad donde reside
    el accionante)
  • SeñorJuez Administrativo
  • Ciudad.
  • Ref Acción de cumplimiento

152
  • Señor Juez
  • ___________________, mayor de edad y domiciliado
    (a) en esta ciudad, con c.c. ________________ de
    _______________, invocando el articulo 87 de la
    Constitución Política, acudo ante ustedes para
    interponer ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO contra (indique
    la autoridad o persona que ejerce funciones
    públicas contra la cual dirige la acción), con el
    objeto de que se le dé plena efectividad a las
    normas que enseguida indico, las cuales han sido
    incumplidas por las autoridades encargadas de su
    ejecución.
  • NORMAS INCUMPLIDAS (Determinación y trascripción
    de las normas o actos administrativos que se
    demandan como incumplidos).

153
  • HECHOS (Indicar claramente las consideraciones
    relativas a los hechos que configuran el
    incumplimiento de las normas, señalando con
    claridad qué normas o actos administrativos han
    dejado de cumplirse).
  • AUTORIDAD QUE INCUMPLE (Identificación de la(s)
    autoridad(es), o particulares que ejercen función
    pública a quien(es) corresponde el cumplimiento y
    ejecución de las normas o actos administrativos
    acusados como incumplidos).
  • PRUEBAS (Anexar aparte las pruebas que se quieran
    presentar, la que constituye la renuencia de la
    autoridad para cumplir. O, si es del caso,
    indicar y explicar el perjuicio irremediable que
    se quiere evitar).
  • PRETENSIÓN (Cumplimiento de lo establecido en la
    norma o acto administrativo).

154
  • JURAMENTO
  • Bajo la gravedad de juramento, manifiesto que no
    he instaurado otra acción de cumplimiento con
    fundamento en los mismos hechos y normas y contra
    la misma autoridad a que se contrae la presente,
    ante ningún tribunal administrativo.
  • NOTIFICACIONES
  • DEL ACCIONADO (Dirección completa, números
    telefónicos)
  • Yo, las recibiré en la Secretaría del Despacho o
    en la dirección dada en la introducción de la
    presente).
  • ANEXOS
  • (Copia de la demanda y enumerar los documentos
    que se anexan como pruebas).            
                    
  • Atentamente,
  •                   ___________________________    
         Nombres y apellidos del accionante

155
(No Transcript)
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