Title: Marco terico
1Marco teórico
- Antecedentes, características y principios del
Derecho Ambiental - Por María Virginia Cajiao
- Asociación MarViva- Costa Rica.
- Tegucigalpa- Honduras
2Antecedentes históricos
- Segunda guerra mundial
- Constitución de la UICN en Francia, 1948
- Reunión de expertos convocada por ONU en 1968
concluye que el tercer mundo se estaba
deteriorando la calidad de vida y la vida misma. - Publicación de Los límites del crecimiento, por
el Club de Roma en 1972.
3Antecedentes históricos
- Conferencia de las Naciones Unidas de ambiente y
desarrollo, Estocolmo 1972. - Se crea el PNUMA
- Se adopta la Declaración de Principios de
Estocolmo - El ser humano tiene el derecho fundamental a la
libertad, la igualdad y el disfrute de
condiciones de vida adecuadas
4Antecedentes históricos
- Informe Bruntland Nuestro Futuro Común 1987
- Con base en lo anterior se convoca a la Cumbre de
la Tierra en Brasil, 1992 - Se reconoce la naturaleza integral e
independiente del planeta. - Se partió del principio de que toda persona tiene
derecho a una vida saludable y productiva en
armonía con la naturaleza. - Se incluyó el derecho de las generaciones
presentes y futuras a que el desarrollo se
realice de modo tal que satisfaga sus necesidades
ambientales y de progreso, - y se mantuvo la potestad soberana de los Estados
de aprovechar sus recursos.
5Cumbre de la Tierra, 1992
- Se emiten dos documentos jurídicamente
vinculantes - La Convención de las Naciones Unidas sobre la
Diversidad Biológica - El Convenio de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático.
6Cumbre de la Tierra, 1992
- Se emiten 3 instrumentos
- La Declaración sin Fuerza Jurídica Vinculante
sobre la Conservación de los Bosques - La Agenda 21, y
- La Declaración de Principios de Río.
7La Declaración de Río sobre el Ambiente y el
Desarrollo
- Aprobada en Brasil en 1992,
- establece que los seres humanos constituyen el
centro de las preocupaciones relacionadas con el
desarrollo sostenible. - Nuevamente, se establecen disposiciones claras en
cuanto a que el ser humano tiene derecho a una
vida saludable y productiva en armonía con la
naturaleza. - Se reafirma que el derecho al desarrollo debe
ejercerse en forma tal que responda
equitativamente a las necesidades de desarrollo y
ambientales de las generaciones presentes y
futuras.
8En Centroamérica se adoptan éstos convenios a
nivel regional promovidos por la CCAD
- Convenio para la conservación de la biodiversidad
y protección de áreas silvestres prioritarias en
América Central. - Convenio regional para el manejo y conservación
de los ecosistemas naturales forestales y el
desarrollo de plantaciones forestales. - Acuerdo regional centroamericano sobre movimiento
transfronterizo de desechos peligrosos. - Convenio Centroamericano regional sobre cambios
climáticos.
9Aprobación de ALIDES, 1994
- Modificar la Constitución Política y establecer
el derecho a un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado como un derecho humano fundamental. - Crear una secretaría o ministerio de ambiente, si
no existiere. - Aprobar una ley marco de ambiente.
- Todo lo anterior da como resultado el nacimiento
de un moderno derecho ambiental.
10Qué es Derecho?
- Conjunto de normas reguladoras de la conducta de
los hombres en sociedad, creada por ellos, de
acatamiento obligatorio y con el propósito de
organizarse para lograr el orden, la seguridad,
la armonía colectiva, la igualdad y la garantía
del bienestar común evitando la anarquía.
11Qué es Derecho Ambiental?
- El conjunto de normas y principios, nacionales y
de Derecho internacional, que regulan y orientan
las relaciones entre el ser humano y su entorno
natural y urbano, con el propósito de alcanzar un
equilibrio que permita la satisfacción de las
necesidades humana a través de los procesos
sociales, productivos y culturales, resguardando
la integridad y conservación de los recursos
naturales.
12Es un Derecho Humano
- Así lo establece la Constitución de la República
de Honduras - Artículo 145 Se reconoce el derecho a la
protección de la Salud. Es deber de todos
participar en la promoción y preservación de la
salud personal y de la comunidad. El estado
conservará el medio ambiente adecuado para
proteger la salud de las personas. Decreto No.
131- 11 de enero de 1982.
13Características del Derecho Ambiental
- Tutela la vida y el ambiente (recursos naturales,
la biodiversidad, la calidad de vida, la vida) - Es un derecho de solidaridad, garantizado en la
tercera generación de Derechos Humanos, como el
derecho a un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado, de responsabilidades compartidas - Va ligado a otros derechos humanos como derecho a
la vida, salud, desarrollo sostenible, seguridad
alimentaria, soberanía de los pueblos.
14Fines del Derecho Ambiental
- Uno de los principales fines del Derecho
Ambiental es lograr un desarrollo sostenible en
armonía con la naturaleza de manera que sea
económicamente rentable, socialmente sostenible y
ambientalmente viable.
15Qué es desarrollo sostenible?
- Definimos desarrollo sostenible como Aquel que
satisface las necesidades de las generaciones
presentes sin comprometer la capacidad de
satisfacer las necesidades de las futuras.
Informe Bruntland, 1987. - Este concepto hace referencia al Crecimiento
económico, bienestar social, diversidad cultural
y protección del patrimonio y capital natural.
16Elementos del Derecho Ambiental
- Carácter preventivo busca condicionar conductas
hacia cambios de actitudes. - Se apoya generalmente en un marco sancionador,
pero teniendo en la mira que la prevención se
convierte en un elemento fundamental. - La tendencia de comando y control, basada en
normativa de prohibición o restricción, se
orienta a ser transformada hacia una normativa
basada en la prevención, el compromiso, la
responsabilidad de los diferentes actores
sociales.
17Elementos del Derecho Ambiental
- Concepto de los intereses difusos o colectivos,
en los que la afectación de un daño ambiental no
tiene que incidir en un sujeto determinado, sino
que afecta intereses de la colectividad. - Tiene carácter multidisciplinario, esto es que se
basa y yuxtapone en otras disciplinas, ejerciendo
una relación transversal que afecta conductas
individuales y colectivas, y las actividades
humanas en general. Privan los intereses
colectivos.
18Elementos del Derecho Ambiental
- Carácter transnacional del tema ambiental los
problemas ambientales trascienden espacios
físicos definidos por cuestiones políticas. - Esto ha llevado a plantear el tema de los bienes
públicos globales, como aquellos bienes que no
tienen posibilidad de ser apropiados y no tienen
limitaciones espaciales, entre estos bienes se
ubica el aire y las aguas marinas, entre otros. - El concepto de bienes públicos globales incorpora
el derecho a un ambiente sano, la preservación de
la paz, la reducción de la pobreza, el
mejoramiento de las condiciones de salud y los
derechos humanos.
19Qué tutela el Derecho Ambiental?
- Podemos indicar que este Derecho viene a tutelar
la vida y el Derecho al Ambiente. El derecho
ambiental tutela un bien jurídico el ambiente,
que incluye los recursos naturales, la
biodiversidad, la calidad de vida, la vida. Esto
nos lleva a plantear que no tiene límite en
cuanto a su dimensión espacial.
20Qué es ambiente?
- ambiente abarca la connotación de medio, pero
también incluye las condiciones circunstanciales
que rodean a individuos o cosas, Estas
circunstancias pueden ser físicas (frío, calor,
humedad, sequedad, iluminación, ruido), o de
orden social y psíquico (alegría, tristeza,
ignorancia, miseria, riqueza) también de orden
biológico o naturales (trópico, montaña,
desierto, tundra) y antropogénicos (urbano,
industrial, rural. - Diccionario Didáctico de Ecología, Alfonso Mata.
21Qué es Ambiente según la Ley General del Ambiente
de Honduras
- A los efectos de esta Ley, se entiende por
ambiente el conjunto formado por los recursos
naturales, culturales y el espacio rural y
urbano, que puede verse alterado por agentes
físicos, químicos o biológicos, o por otros
factores debido a causas naturales o actividades
humanas, todos ellos susceptibles de afectar,
directa e indirectamente las condiciones de vida
del hombre y el desarrollo de la sociedad. Art. 2
22Principios del Derecho Ambiental
- Los principios del Derecho Ambiental los tomamos
derivados de - La doctrina
- El derecho ambiental internacional
- La Ley general del ambiente de Honduras
23Principio de solidaridad(principio de la
doctrina)
- Este principio incorpora varios elementos, la
información, la vecindad, la cooperación
internacional, la igualdad. El mismo aparece
enunciado en el Principio 1 de la Declaración de
la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Humano, que establece que el ser humano
tiene el derecho fundamental a la libertad, la
igualdad y el disfrute de condiciones de vida
adecuadas, en un medio de calidad tal que le
permita llevar una vida digna y gozar de
bienestar y, a la vez, tiene la solemne
obligación de proteger y mejorar el medio para
las presentes y futuras generaciones.
24Principio de regulación jurídica integral
(principio de la doctrina)
- Este principio abarca la prevención, represión,
defensa, conservación, mejoramiento y
restauración. - Lo anterior se ha incorporado en la Declaración
de Río sobre el Ambiente y el Desarrollo, al
establecer, en el Principio 11, que los Estados
deberán promulgar leyes eficaces sobre el
ambiente. Las normas, los objetivos de ordenación
y las prioridades ambientales deberían reflejar
el contexto ambiental y de desarrollo al que se
aplican.
25Principio de transpersonalización de las normas
jurídicas (principio de la doctrina)
- Este principio surge al considerar que en el
momento en que una violación lesiona por sí a la
persona y al ambiente, se abre el espacio para la
consideración del derecho-deber de su reparación.
26Principio de soberanía de los Estados(principio
del derecho internacional)
- Los Estados, de conformidad con la Carta de las
Naciones Unidas y los principios del Derecho
Internacional, tienen el derecho soberano de
explotar sus recursos conforme a sus propias
políticas ambientales y de desarrollo, y la
responsabilidad de velar porque las actividades
que se realicen dentro de su jurisdicción o bajo
su control no causen daño al ambiente de otros
Estados, ni a zonas que estén fuera de los
límites de la jurisdicción nacional.
27Principio de participación ciudadana (principio
del derecho internacional)
- Este principio nos dice que la mejor manera de
tratar las cuestiones ambientales es mediante la
participación de todos los ciudadanos. Aparece
garantizado en el Principio 10 de la Declaración
de Río, al establecer que, en el plano nacional,
toda persona deberá tener acceso adecuado a la
información que dispongan las autoridades
públicas sobre el ambiente, incluida la
información sobre los materiales y actividades
que encierran peligro en sus comunidades, así
como la oportunidad de participar en los procesos
de adopción de decisiones. Los Estados deberán, a
su vez, facilitar y fomentar la sensibilización y
participación de la población al poner la
información a disposición de todos.
28Principio quien contamine debe ser responsable
(principio del derecho internacional)
- Dentro de las medidas preventivas que el Derecho
Ambiental ha promovido se encuentra el principio
del contaminador pagador. Este se basa en el
concepto de que quien contamine el ambiente o le
ocasione daño será responsable de lo que
provoque, conforme lo establezcan las leyes de la
república y los convenios internacionales
vigentes. Ppio. 16
29Principio precautorio (principio del derecho
internacional)
- Este principio aparece consagrado en el Principio
15 de la Declaración de Ambiente y Desarrollo
(Río, 1992), al establecer que para proteger el
ambiente los Estados deberán aplicar el criterio
de precaución conforme a sus capacidades. Cuando
haya peligro de daño grave o irreversible, la
falta de certeza científica absoluta no deberá
utilizarse como razón para postergar la adopción
de medidas eficaces en función de los costos para
impedir la degradación del ambiente. - También conocido como el principio in dubio pro
natura.
30Principio preventivo (principio del derecho
internacional)
- Principio 17 de la Declaración de Río
- Deberá emprenderse una evaluación del impacto
ambiental, en la calidad de instrumento nacional,
respecto de cualquier actividad propuesta que
probablemente, haya de producir un impacto
negativo considerable en el medio ambiente y que
esté sujeta a la decisión una autoridad nacional
competente.
31Principio de interés social(principio en la Ley
General del Ambiente)
- El artículo 1 de la Ley establece que la
protección, conservación, restauración y manejo
sostenible del ambiente y de los recursos
naturales son de utilidad pública y de interés
social.
32Principio de utilización racional (principio en
la Ley General del Ambiente)
- El mismo artículo 1 establece que el Gobierno
Central y las Municipalidades propiciarán la
utilización racional y el manejo sostenible de
esos recursos, a fin de permitir su preservación
y aprovechamiento económico.
33Principio de interés público y bien común
(principio en la Ley General del Ambiente)
- Nuevamente el artículo 1 de la Ley general del
Ambiente establece que el interés público y el
bien común constituyen los fundamentos de toda
acción en defensa del ambiente, por tanto, es
deber del Estado a través de sus instancias
técnico-administrativas y judiciales, cumplir y
hacer cumplir las normas jurídicas relativas al
ambiente.
34Otros principios derivados de los objetivos de la
Ley General del Ambiente (art. 9) (principio en
la Ley General del Ambiente)
- Desarrollo sostenible, producción responsable
- Equilibrio ecológico
- Coordinación para una eficiente gestión ambiental
- Principio preventivo a través de la exigencia del
EIA - Participación ciudadana
- Fomentar la educación ambiental
- Garantizar una calidad de vida.
35Gracias!