Title: Diapositiva 1
1Entidades Federativas Agravios más Recurrentes
Administración Central de Análisis Técnico
Fiscal Agosto de 2008
2ENTIDADES FEDERATIVAS Agravios más Recurrentes
AGRAVIO La autoridad no invoca la totalidad de
los preceptos que le otorgan competencia por
razón de materia.
1,159 Veces
21.81 Part.
ACCIÓN SUGERIDA El vicio más recurrente en juicio
de nulidad es el referido a la insuficiente o
incompleta fundamentación de la competencia
material. Conforme a la reciente
jurisprudencia de la SCJN, las Salas Fiscales se
encuentran obligadas a examinar de forma oficiosa
la competencia de la autoridad que emitió el
acto, por razón de materia, grado o
territorio. Para evitar que en lo futuro siga
siendo fundado dicho agravio, las entidades
federativas deben actualizar los formatos que
utilizan y cuidar que en todos los actos que
emitan se citen con exactitud y precisión todos
los dispositivos, acuerdos o decretos que les
otorgue legitimación o competencia por materia.
ACATF
FUENTE Administración Central de Operación
Jurídica de la AGJ. Período Enero de 2007 a
junio de 2008.
3ENTIDADES FEDERATIVAS Agravios más Recurrentes
AGRAVIO La autoridad no invoca la totalidad de
los preceptos que le otorgan competencia por
razón de territorio.
827 Veces
15.56 Part.
ACCIÓN SUGERIDA El segundo vicio en el que
incurren las entidades federativas es el referido
a la insuficiente o incompleta fundamentación
de la competencia territorial. Conforme a la
reciente jurisprudencia de la SCJN, las Salas
Fiscales se encuentran obligadas a examinar de
forma oficiosa la competencia de la autoridad que
emitió el acto, por razón de materia, grado o
territorio. Para evitar que en lo futuro siga
siendo fundado dicho agravio, las entidades
federativas deben actualizar los formatos que
utilizan y cuidar que en todos los actos que
emitan se citen con exactitud y precisión todos
los dispositivos, acuerdos o decretos que les
otorgue legitimación o competencia por territorio
y en el caso que la norma que se pretenda invocar
sea compleja y no contemple apartados, fracción o
fracciones, incisos y subincisos, entonces
deberán transcribirse en el acto de autoridad la
parte de los precepto en que se funde debidamente
la competencia.
ACATF
FUENTE Administración Central de Operación
Jurídica de la AGJ. Período Enero de 2007 a
junio de 2008.
4ENTIDADES FEDERATIVAS Agravios más Recurrentes
AGRAVIO La autoridad no invoca los preceptos que
le otorgan competencia por razón de materia.
402 Veces
7.56 Part.
ACCIÓN SUGERIDA El tercer vicio más recurrente
que se configura en juicio de nulidad, es el
referido a la falta o ausencia de la
fundamentación de la competencia
material. Aunque es poco probable que los actos
de autoridad que se impugnan en juicio, adolezcan
de manera total de la fundamentación de la
competencia por razón de la materia, las Salas
Fiscales consideran fundados los agravios y
estiman que existe falta de fundamentación de
la competencia por materia, cuando en los actos o
resoluciones impugnadas se omitió invocar alguna
ley, acuerdo o decreto que otorgue competencia
por razón de la materia. Por lo tanto, las
autoridades deben revisar que en los formatos
utilizados vengan citados todas las leyes,
acuerdos o decretos que les permita ejercer
facultades materiales.
ACATF
FUENTE Administración Central de Operación
Jurídica de la AGJ. Período Enero de 2007 a
junio de 2008.
5ENTIDADES FEDERATIVAS Agravios más Recurrentes
AGRAVIO La resolución carece de la firma
autógrafa del funcionario emisor.
317 Veces
5.96 Part.
ACCIÓN SUGERIDA El cuarto agravio que resulta
fundado en juicio de nulidad es el relativo a la
falta de firma autógrafa del funcionario emisor
que emitió la resolución impugnada. No obstante
que las autoridades fiscales emiten sus actos
conteniendo la firma autógrafa del emisor,
acontece que al momento de notificarse los actos
no se hace constar en el acta de notificación
respectiva que ese acto se entregó conteniendo
firma autógrafa del emisor. En juicio de
nulidad los contribuyentes faltando a la verdad
alegan que el acto que se les notificó no
contiene firme autógrafa y al arrojarse la carga
de la prueba a la autoridad, le corresponderá
demostrar que el acto se notificó con firma
autógrafa, lo que no podrá acreditar si en el
acta de notificación no se asentó expresamente
esa circunstancia. Para evitar que el agravio
sea fundado, las entidades federativas deberán
verificar que en los formatos o actas de
notificación, se precise claramente que el acto
de autoridad se notifica y entrega conteniendo
firma autógrafa.
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Jurídica de la AGJ. Período Enero de 2007 a
junio de 2008.
6ENTIDADES FEDERATIVAS Agravios más Recurrentes
AGRAVIO Ilegal notificación de los actos y
resoluciones.
292 Veces
5.50 Part.
ACCIÓN SUGERIDA Se tiene que el quinto agravio
más recurrente que se actualiza en juicio de
nulidad, es el relativo a la ilegal notificación
de los actos o resoluciones que se impugnan en
juicio. El vicio se configura por situaciones
diversas, que pueden ser a) tratándose de
personas morales no se requirió la presencia del
representante legal b) No se indicó con
precisión la forma y términos en que se requirió
la presencia del representante legal, así como
las eventualidades que se conocieron en la
diligencia y, c) se utilizaron formatos
previamente impresos, en los que ya se incluyen
frases o expresiones que hacen alusión directa a
circunstancias que únicamente pudo detectar el
notificador en el momento de la diligencia. Es
importante que las entidades federativas corrijan
sus formatos e impartan cursos al personal que
realiza las notificaciones para que las
diligencias se efectúen y cumplan con las
formalidades que establecen las disposiciones
fiscales. Como sexto agravio más recurrente se
encuentra el relativo a la conclusión
extemporánea de la revisión (46-A C.F.F.), ya que
se perdieron 148 por ese vicio, pero lo que
generó las declaratorias de nulidad fue la
indebida notificación del oficio de ampliación
del plazo para concluir la revisión.
ACATF
FUENTE Administración Central de Operación
Jurídica de la AGJ. Período Enero de 2007 a
junio de 2008.