Title: ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO
1ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO
- Gisela Alvarez de Porras
- Directora General de Ingresos
- Ministerio de Economía y Finanzas
2PREMISA
- El Estado reconoce que las Asociaciones sin Fines
de - Lucro (ONGS) son importantes para el desarrollo
de - nuestro país por cuanto llenan vacíos y resuelven
- necesidades sociales que por alguna razón u otra
éste - no está en capacidad de atender.
3ANTECEDENTES Hechos
- El MINGO ha aprobado varios miles de ONGS a
través de los años. - Tenemos unas 600 ONGS autorizadas por la DGI para
recibir donaciones deducibles por parte del
donante. - Tenemos ONGS que reciben donaciones locales y
tenemos ONGS que reciben donaciones
internacionales.
4ANTECEDENTES Hechos
- 2005 De las 600 donaciones autorizadas por la
DGI, solamente 135 cumplieron con sus
obligaciones de reportar. - 2004 Las ONGS que reportaron donaciones lo
hicieron por 24 millones, mientras que los
contribuyentes tomaron deducciones por US60
millones. - 1998 2004 Unas 80 ONGS declararon haber
recibido donaciones del extranjero por US330
millones. - Solamente unas 15 ONGS están bajo la supervisión
de la DGI - El resto, nadie las supervisa (no lo exigía la
ley).
5CONSECUENCIAS
- Desbalance en los ingresos del Estado.
- Ley 6 de 2005
- Temas de seguridad nacional
- Lavado de dinero
- Dinero ilegal
- Riesgos en la calificación de Panamá Listas
Negras - GAFI.
- Competencia desleal
- Entre ONGS
- Entre negocios
6CONCLUSION
- Se requiere reglamentar la situación
- Para supervisar
- Para modernizar
- Se requiere hacer docencia entre las ONGS.
- Se requiere cooperación de las ONGS.
- Se requiere que subsistan aquellas ONGS que
realmente están llenando su cometido dentro del
marco regulatorio.
7CUAL ES LA NORMATIVA VIGENTE?
8CODIGO FISCAL Art. 697 Gastos deducibles
- 1. Las donaciones a instituciones educativas o
de - beneficencia del país sin fines lucrativos
- Personas jurídicas Máximo de 1 de su ingreso
gravable. - Personas naturales Máximo de B/.50,000.00.
- Donaciones en especie
- Bien nuevo El costo de adquisición según
factura. - Bien usado El valor según libros, o sea, el
costo menos la depreciación acumulada. - 2. Las cuotas pagadas a entidades, asociaciones
o gremios sin fines lucrativos del país.
9DE 170 DE 1970 Art. 47 Gastos deducibles
- 1. Mantiene el principio general del Código
Fiscal, y aclarando que ciertas deducciones no
suman a los máximos impuestos por la Ley - Donaciones al Estado
- Donaciones a partidos políticos hasta
B/.10,000.00 - Donaciones a Probisida - hasta B/.10,000.00.
- 2. Las donaciones en tiempo o en espacio en los
medios de comunicación social y los servicios
Hasta por el valor en que se hubiesen registrado,
facturado o declarado como ingresos por el
contribuyente.
10Quiénes deben registrarse ante la DGI hasta
ahora?
- Las ONGS que quieran recibir donaciones que
- sean deducibles para sus donantes.
- Por qué la DGI Art. 697 del Código Fiscal
establece que el Órgano Ejecutivo, por conducto
del Ministerio de Economía y Finanzas,
establecerá las normas reglamentarias para la
aplicación de deducciones.
11COMO SE REGISTRA UNA ONG?
- Resolución Nº.201-039 Del 7 de enero de 1997.
- Por la cual se reglamenta el reconocimiento e
inscripción de la Instituciones, Organizaciones o
Asociaciones Sin Fines de Lucro.
12QUE OBLIGACIONES TIENE UNA ONG ANTE LA DGI?
- R.U.C.
- Lista de donantes.
- Formulario 20 o Pagos a Terceros.
13R.U.C.
- Resolución Nº.201-1666 de 2005.
- Por la cual se reglamenta la necesidad de que
toda entidad que tramita documentación ante la
DGI se inscriba y obtenga un número de registro. - (Hay obligación anterior esta es la más
reciente).
14Lista de Donantes Resolución Nº.201-2439 del 14
de diciembre 1994.
- Qué Detalle de todas las donaciones recibidas
en el año inmediatamente anterior - Nombre del donante
- Número de cédula o RUC
- Fecha y monto de la donación
- Indicación si fue en especie o efectivo
- Cuándo 90 primeros días de cada año.
- Cómo
- Preferiblemente mediante medios magnéticos.
- Firmada por el Representante Legal.
- CONSECUENCIA Revocatoria de la deducibilidad de
las - donaciones.
15Pagos a Terceros Resolución Nº.220 Del 25 de
noviembre de 1992.
- Qué Detalle de todos los pagos que se hagan a
terceros, tales como (art. 174 del DE 170 de
1970) - Honorarios profesionales
- Salarios
- Alquileres
- Contratos y sub-contratos de obra
- Dietas y otros pagos abonados a directores o
dignatarios - Comisiones (a excepción de las financieras)
- Corretaje
- Gastos de representación
- Debe incluir Nombre, RUC o cédula, fecha y
monto del pago. - Cuándo 120 primeros días de cada año.
- Cómo
- Preferiblemente mediante medios magnéticos.
- Firmada por el Representante Legal.
- CONSECUENCIA Revocatoria de la deducibilidad de
las donaciones.
16GRANDES ONGS D.E. 267 de 2000
- Quién ONGS que hayan tenido ingresos superiores
a US1 millón y/o patrimonio superior a US3
millones. - Qué Detalle de todos los pagos que se hagan a
terceros y los que constituyan deducciones para
quien paga (donaciones). - Cuándo 15 primeros días de cada mes.
- Cómo
- Mediante medios magnéticos.
- Firmada por el Representante Legal.
- CONSECUENCIA Revocatoria de la deducibilidad de
las donaciones.
17LAS ONGS PAGAN IMPUESTOS?
- Impuesto sobre la renta (art. 708 C.F.) Exentas
cuando la renta se obtengan por razón directa del
culto o beneficencia, la asistencia social, la
educación o el deporte. - Impuesto de inmuebles (art. 796 C.F.) Exonerado
los inmuebles que se destinen a los cultos
permitidos por el Estado, los seminarios
conciliares y casas episcopales, y los destinados
o que se destinen exclusivamente a actos
religiosos-sociales y educativos con fines no
lucrativos y a la beneficencia pública o a la
asistencia social, sin ningún fin de lucro. - Impuesto de timbres (art. 973 C.F.) Están
exentas siempre que sea en su exclusivo
beneficio. - I.T.B.M.S. (par. 26 del art. 1057-v C.F.) No
están exentas. - Tasa Unica (art. 318-A C.F.) No están listadas,
por lo que no pagan.
18Qué implica la Resolución Nº.201-136 Del 3 de
abril de 1991
- Fija criterios en relación con las obligaciones
fiscales de ONGS. - OBLIGA a presentar declaraciones juradas de renta
por razón de aquellos ingresos o rentas que no
provengan de donaciones o legados o que no
obtengan por razón directa del culto o de la
beneficencia.
19QUE ES EL DECRETO EJECUTIVO No. 524 DE 2005?
- Es una forma de ampliar las facultades de
fiscalización de las ONGS sobre todo de
aquellas que reciben donaciones internacionales. - El MINGO sigue siendo el encargado de darles
personería jurídica. - Se aumentan las facultades de fiscalización de la
Contraloría.
20QUE ES LO NUEVO?
- Constitución de domicilio Se exige la tenencia
de un local propio o alquilado. - Fondos obtenidos para realizar proyectos de
interés público - Depósito en instituciones financieras del Estado
- Presentación de informes financieros y técnicos
regulares al organismo patrocinador - Obligación de mantener documentos para inspección
21Qué más?
- Revocatoria de la personería
- Inactividad comprobada
- Actividades ilícitas o contrarias a los objetivos
y fines establecidos en estatutos - Se crea un Registro de ONGS
- Presentación de inscripción en Registro Público
- Término 6 meses
- Incumplimiento Revocatoria
22Cómo es lo de los fondos?
- Los fondos que reciban las ONGS de Gobiernos
Extranjeros, Organismos Nacionales,
Internacionales o de otras fuentes canalizadas a
través de instituciones públicas, serán
considerados de naturaleza pública, por tanto su
manejo, destino y funcionamiento estarán sujetos
a la fiscalización del Ministerio de Gobierno y
Justicia, de la Contraloría (art. 13). - Los fondos que se reciban para realizar proyectos
de interés social tienen que depositarse en
bancos del Estado y estarán fiscalizados por la
Contraloría (art. 14).
23HACIA DONDE VAMOS COMO ESTADO?
24- DGI y la Contraloría Análisis de los hechos y
la legislación vigente. - Habrá una revisión de los requisitos fiscales
(DGI). - Propósito Hacer una propuesta de Reglamentación
al MINGO. - Reglamentación
- Permitirá un fácil manejo del proceso de
mantenimiento de goodstanding ante el MINGO. - Tratará de centralizar la fuente de información
para el MINGO y Contraloría a través de la DGI. - La DGI ha desarrollado una plataforma para uso de
las ONGS (entrará en pruebas próximamente).
25MUCHAS GRACIAS