Title: Define tu situacin militar
1Define tu situación militar
- Si es mayor de 18 años debe tener definida su
situación militar. - Hágalo ya, sin intermediarios
2HORARIOS DE ATENCION DISTRITO MILITAR No. 10
- LUNES A VIERNES 800 AM A 1200 M
- y 2 00 PM A 600 PM
- Atención especial del
- Mayor Juan Guillermo Vargas
- Comando Distrito Militar No. 10
- Calle 79 con carrera 68 - Barrio Paraíso
- Asiste a primera hora
3Quedan exentos del pago de la Cuota de
Compensación Militar
- Quien demuestre certificado o carné expedido por
la autoridad competente pertenecer al nivel 1, 2
y 3 del Sistema de Identificación y Selección de
Beneficiarios (Sisben). - Los limitados físicos, síquicos o
neurosensoriales con afecciones permanentes que
de acuerdo con el concepto de la autoridad médica
de reclutamiento, presenten una condición clínica
lo suficientemente grave e incapacitarte no
susceptible de recuperación por medio alguno. - Los indígenas que residan en su territorio y
conserven su integridad cultural, social y
económica. - El personal de soldados que sea desacuartelado
con fundamento en el tercer examen médico.
4Documentos para establecer identidad y núcleo
familiar
- a) Registro civil de nacimiento del conscripto y
de sus padres (fotocopia serial del libro) - b) Fotocopia de la cédula de ciudadanía del
conscripto y de los padres - c) Sentencia de divorcio
- d) Liquidación sociedad conyugal
- e) Certificado de defunción, en caso de
fallecimiento de uno de los padres. - Cuando no proceda la liquidación con fundamento
en los ingresos y patrimonio del núcleo familiar,
el clasificado deberá presentar los documentos
que efectivamente demuestren su real dependencia
económica.
5Documentos para establecer patrimonio
- a) Declaración de renta en caso de ser sujeto
declarante - b) Certificado de inmuebles expedido por el
Instituto Geográfico Agustín Codazzi, donde
aparezcan registrados todos los inmuebles que se
tienen a nivel nacional - c) Copia del folio de matrícula inmobiliaria
expedido por la respectiva Oficina de Registro de
Instrumentos Públicos.
6Documentos para establecer ingresos
- a) Declaración de renta
- b) Certificado de ingresos y retenciones
- c) Certificación salarial expedida por las
diferentes empresas empleadoras - d) Certificado de ingresos original emitido por
contador público el cual deberá estar acompañado
de la tarjeta profesional y certificado de la
junta central de contadores, con vigencia máxima
de tres meses - e) Hoja de datos.
7- Dependiendo del caso específico los
ciudadanos deberán presentar como mínimo los
siguientes documentos, teniendo en cuenta que los
soportes deben corresponder a la totalidad del
núcleo familiar
8Cuando se es declarante de renta
- a) Registro civil de nacimiento del conscripto
- b) Fotocopia de la cédula de la ciudadanía
- c) Declaración de Renta original o fotocopia
autenticada - d) En caso de se bachiller diploma y acta de
grado.
9Cuando se labora en una empresa
- a) Registro civil de nacimiento del conscripto
- b) Fotocopia de la cédula de ciudadanía
- c) Certificado de ingresos y retenciones si la
empresa se encuentra legalmente constituida, en
los demás casos constancia de ingresos mensuales
solo se aceptará esta última avalada por el
contador o el revisor fiscal según el caso de la
empresa - d) Certificado de inmuebles expedido por el
Agustín Codazzi, en las áreas donde tenga
cubrimiento su base de datos, donde aparezcan
registrados todos los inmuebles que se tienen a
nivel nacional - e) Copia del folio de matrícula inmobiliaria
expedido por la respectiva Oficina de Registro de
Instrumentos Públicos. - f) En caso de ser bachiller fotocopia del diploma
y acta de grado.
10 Cuando se labora como independiente y no
es declarante de renta
- a) Registro civil de nacimiento del conscripto
- b) Fotocopia de la cédula de ciudadanía
- c) Certificado de ingresos original emitido por
contador público el cual deberá estar acompañado
de la tarjeta profesional y certificado de la
junta central de contadores, con vigencia máxima
de tres meses - d) Certificado de inmuebles expedido por el
Agustín Codazzi, en las áreas donde tenga
cubrimiento su base de datos donde aparezcan
registrados todos los inmuebles que se tienen a
nivel nacional - e) Copia del folio de matrícula inmobiliaria
expedido por la respectiva Oficina de Registro de
Instrumentos Públicos - f. En caso de ser bachiller fotocopia del diploma
y acta de grado.
11Cuota de compensación Militar (Valor de su bono)
- 1 del total patrimonio liquido de los padres
(Renglón 34 Formulario DR) - 6 de la renta líquida o el 60 del ingreso
mensual de los padres (Renglón 41 Formulario DR) - Gastos de laminación y expedición de tarjeta
( 75,000) - Otros cargos de sanciones por infracciones
12 PARA TENER EN CUENTA!
- Para efectos de liquidación de la Cuota de
Compensación Militar - Esta se dividirá proporcionalmente por cada hijo
dependiente del núcleo familiar o de quien
dependa económicamente el inscrito clasificado
que no ingrese a filas, sin importar su condición
de hombre o mujer. Esta liquidación se dividirá
entre el número de hijos y hasta un máximo de 3
hijos, incluyendo a quien define su situación
milita y siempre y cuando estos demuestren una de
las siguientes condiciones
13 Condiciones que se deben tener en cuenta para
la liquidación de la CCM
- Ser estudiantes hasta los 25 años
- Ser menores de edad
- Ser discapacitado y que dependa exclusivamente
del núcleo familiar de quien dependa el que no
ingrese a filas y sea clasificado. - En ningún caso podrán tenerse en cuenta para
efectos de liquidación, los hijos casados,
emancipados, que vivan en unión libre,
profesionales o quienes tengan vínculos
laborales.
14- La Cuota Compensación Militar liquidada se
pagará dentro de los 90 días siguientes a la
fecha de ejecutoria del correspondiente recibo de
liquidación.
15Sanciones por infracciones y otros
- El NO pago, la sanción corresponde al 30
adicional del valor inicial liquidado y debe
cancelarse a los 60 días subsiguiente. - Multa por remiso 1.000.000/por año.
- Multa por inscripción de bachilleres 100,000
por año después del grado
16Calcule el valor de la liquidación de su bono
- Defina su caso y analice los recargos por
sanciones