Title: Diapositiva 1
1LA LEY DE AUTONOMÍA PERSONAL Y PREVENCIÓN DE LA
DEPENDENCIA María Ramos
Barcelona, 29 de septiembre de 2007
2- QUÉ SIGNIFICA LA LEY DE DEPENDENCIA?
- Nuevo sistema de atención a las personas con
dependencia. - Funcionamiento paralelo de dos sistemas
- Sistema de servicios sociales autonómico
- Sistema de atención a la dependencia estatal,(
cofinanciado)
3APUNTES A TENER PRESENTE para entender esta
ley Sistema de derecho subjetivo, es decir,
podemos exigir su cumplimiento, En Catalunya,
se podrá acudir a los tribunales a través del
Juzgado de lo Social
4Pretende ser un sistema universal, Dependerá del
nivel de ingresos y patrimonio de la persona
beneficiaria, no sé tendrán en cuenta los
ingresos del núcleo familiar. está por
determinar el tema del patrimonio. Al ser un
sistema nuevo, aún existen aspectos que no están
claros como se regularan finalmente.
5se establecen unos baremos de co-pago
6CÓMO SE ACCEDE A ESTA LEY?
1. SOLICITUD DE VALORACIÓN
7(No Transcript)
8(No Transcript)
9- Documentación que se debe adjuntar a la
solicitud - Certificado Médico
- Certificado de convivencia
- Grado de discapacidad y/o de Invalidez
permanente.
Esta solicitud se tramita a través de la
Trabajadora Social del municipio, en las Oficinas
de Bienestar Social y por supuesto desde Asem
Catalunya os acompañaremos en todos los trámites
necesarios.
102. VALORACIÓN
- A partir de los 3 meses del registro de la
solicitud, recibiremos una visita al domicilio
de un/a valorador/a - Cuestionario
- Observación directa.
- Se tendrán en cuenta los informes de salud y el
entorno ( ayudas técnicas, barreras
arquitectónicas, ayudas de terceras personas) - Estos aspectos no se valoraran como cubiertos en
el caso que lo estén sino como necesidades.
importante retener este dato para el momento del
PIA! - La valoración es competencia de la Comunidad
Autónoma correspondiente a la residencia del
solicitante.
11- LOS EQUIPOS DE VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA
SEVAD - Están formados por
- Valoradores entrenados hacen la visita a
domicilio y la encuesta - Equipo consultor (medico, psicóloga, y T.S).
- COMISION DE VALORACION determinan el grado y
nivel y la forman - SEVAD (valoradores, equipo consultor -médico,
psicóloga, trabajadora social-) - PRODEP (Programa de atención a la dependencia).
Trabajadora Social, referente en el territorio.
12- GRADOS DE DEPENDENCIA
- Grado I Dependencia Moderada. Necesidad de ayuda
alguna vez al día. Valoración final del BVD de 25
a 49 puntos. - Grado II Dependencia severa. Necesidad de ayuda
en varias actividades de la vida diaria.
Valoración final de BVD de 50 a 74 puntos. - Grado III Gran dependencia. Necesidad de ayuda
para realizar las actividades de la vida diaria.
Necesidad de apoyo generalizado. Valoración final
del BVD de 75 a 100 puntos. - Para los menores de 3 años hay un instrumento de
valoración especifico (se revisa cada 6 meses) - BVD, Baremo de Valoración de Dependencia
133. RESOLUCIÓN
Aproximadamente 3 meses después de la valoración,
se notificará a la trabajadora social (de
atención primaria) y al propio interesado el
grado y nivel de dependencia. En entrevista con
la trabajadora social, se concreta el Plan de
Atención Individual, donde acordaremos el tipo de
recurso al que tendremos acceso. Esta previsto
un cierto margen de negociación, familia y
trabajador social
144. PLAN DE INTERVENCIÓN INDIVIDUAL (PIA)
Los Servicios Sociales de Atención Primaria, a
partir de la resolución de grado, aplicando los
criterios que marca la ley , la disponibilidad
de recursos y en negociación con la
persona-familia decidirán cuales son las
actuaciones más adecuadas para atender la
situación de dependencia. PLAN INDIVIDUAL DE
ATENCIÓN. El diagnostico social (valoración
técnica del T.S.)constituye un elemento esencial
e imprescindible para la determinación del
programa individual de atención (PIA). En
principio, existe la voluntad por parte del
ProdeP, respetar la propuesta de la Trabajadora
Social.
15(No Transcript)
16Cuáles son los recursos existentes?
17- CARTERA DE SERVICIOS
- Servicios de prevención de las situaciones de
dependencia y de promoción de la autonomía
personal. (asesoramiento, orientación,
asistencia, formación en tecnologías de apoyo,
adaptaciones, terapia ocupacional) - Servicios de Teleasistencia y Ayuda a Domicilio.
- Servicios de Centro de Día y de Atención
Residencial. - La intensidad de los mismos se reflejara en el
PIA -
18Intensidad del servicio de ayuda a domicilio,
según grado y nivel de dependencia . Grado III
. Gran Dependencia. Horas
mensuales de atención Nivel 2.
Entre
70 y 90 Nivel 1.
Entre 55 y 70
19- PRESTACIONES ECONOMICAS
- De carácter excepcional
- Para pagar a cuidadores no profesionales
- Para pagar a un asistente personal
- Para pagar a un profesional.
20- Prestación económica para cuidados en el entorno
familiar y apoyo a cuidadores no profesionales
(artículo 18). - Una vez, en el PIA, se establece la idoneidad de
esta medida. La persona que realice la función
cuidadora deberá firmar un convenio de régimen
especial con la seguridad social.
Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que
se regula la Seguridad Social de los cuidadores
de las personas en situación de dependencia
21- Prestación económica de asistencia personal
(artículo 19). - El PIA, establece como recurso el Asistente
Personal. - La persona beneficiaria para recibir esta ayuda,
habrá de contratar un Asistente personal, es
decir operar como contratador, y se aplica el
convenio regulador del servicio doméstico.
Real decreto 615/2007 , de 11 de mayo, por el que
se regula la Seguridad Social de los cuidadores
de las personas en situación de dependencia
22- Cuidados profesionales (articulo 17)
- a) Servicios públicos.
- b) Servicios privados.
- en el caso de que desde los recursos
públicos existentes no puedan prestarnos este
servicio. Está prevista la compensación
económica correspondiente para cubrir la
necesidad diagnosticada y aquí, podremos - - Contratar directamente al profesional
(actuando como contratador) y aplicando el
convenio colectivo del sector - - Contratar los servicios a una empresa
(actuando como cliente) - se habrá de justificar fehacientemente,
- - En el primer supuesto contrato de trabajo TCs
y nóminas - - en el segundo caso con facturas
23Cuantías máximas de la prestaciones económicas
por grado y nivel para el año 2007. Grado III
Nivel 2 Por cuidados familiares (hasta)
487euros/mes Por asistente personal (hasta) 780
euros/mes Por cuidados profesionales (hasta) 780
euros/mes
24Cuantías máximas de la prestaciones económicas
por grado y nivel para el año 2007. Grado II
Nivel 1 Por cuidados familiares (hasta)
390euros/mes Por asistente personal (hasta) 585
euros/mes Por cuidados profesionales (hasta) 585
euros/mes
25OTRAS CONSIDERACIONES Está por decidir el nivel
de complementariedad de recursos, ejemplo
centro de día , y ayuda a domicilio En el
futuro, las ayudas a la dependencia que existen
hoy, se irán asimilando por los derechos que se
establecen en esta ley.La cartera de servicios
disponibles, vendrán determinados por la Llei de
serveis socials. Se esta valorando la
posibilidad de que desde Asem Catalunya, podamos
cursar la solicitud. Esta previsto, que desde la
atención primaria se comuniquen con Asem
Catalunya, para colaborar en la elaboración del
PIA .
26Recordaros que Asem Catalunya, tiene un equipo
técnico a vuestra disposición Elisabet Alfaro.
Periodista del LLIGAM. Carme Mas.
Administrativa. Anna Ferrer. Trabajadora
Social. María Ramos. Gerente
Nuestra misión es garantizar a todos los
asociados una atención personalizada Nuestro
objetivo, es conseguir la excelencia en esta
atención Nuestra voluntad es de estar a vuestro
servicio
27Estamos a vuestro servicio en
ASEM CATALUNYA C/ Montsec 20 bajos. 08030
Barcelona Telf. 93 274 49 83 / 93 346 90
59 asemcatalunya_at_telefonica.net www.asemcatalunya.
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