Title: Prensa y legislacin: proyectos y desafos
1Prensa y legislaciónproyectos y desafíos
VIII Jornada de la Prensa En busca de la
excelencia periodística
- Ángela Vivanco Martínez
- Profesora de Derecho Constitucional UC
- Secretaria Ejecutiva Federación de Medios de
Comunicación - Abogado de ANATEL
- Santiago, 25 de Agosto de 2005
2Los escenarios actuales y futuros
3I Ámbito constitucional Las reformas
- Modificaciones en el artículo 19 nº 4
Eliminación de la vida pública como garantía
protegida, término de la figura de la difamación
y de responsabilidad solidaria de los directores,
editores y administradores de MCS en relación con
imputaciones efectuadas por éstos. - Introducción de un nuevo artículo 8º sobre
probidad e información pública Son públicos los
actos y resoluciones de los órganos del Estado,
así como sus fundamentos y los procedimientos que
utilicen (inc. 2º) - En el mismo artículo, limitación al secreto
sólo una ley de quórum calificado podrá
establecer la reserva o secreto cuando la
publicidad afectare el debido cumplimiento de las
funciones de dichos órganos, los derechos de las
personas, la seguridad de la Nación o el interés
nacional.
4Modificación del escenario constitucional
- Se refuerza el concepto de información pública y,
en consecuencia, de interés público. - Se produce una importante limitación a los actos
secretos. - La vida pública, en cuanto tal, es objeto de
escrutinio público. - Permanece la protección de la honra y la
privacidad como derechos relevantes. - Ello incide sustantivamente en las leyes en
trámite.
5II Leyes modificadas (A)
- Eliminación del desacato El 11 de Agosto terminó
su tramitación el proyecto de eliminación del
desacato y ya fue promulgado por el Presidente de
la República. - Con ello se derogan los artículos 263, 265 y 268
del Código Penal que contemplaban especiales
figuras de injuria a las autoridades.
6II Leyes modificadas (B)
- Las modificaciones introducidas al Procedimiento
Penal chileno implican grandes desafíos para la
Prensa - Audiencias públicas versus facultades de prohibir
informaciones. - Interés público versus confidencialidad respecto
de testigos, víctimas y autores. - Facultades ministerio público versus periodismo
investigativo generación de pruebas.
7III Leyes en trámite (A)
- Ley de Protección a la honra y privacidad de las
personas. - Estado Segundo trámite constitucional, Senado de
la República. - Comisión Constitución, Legislación y Justicia
durante todo el presente año 2005. Sin urgencia. - Situación Proyecto emanado de la Cámara con
modificaciones inaceptables.
8El proyecto aprobado por la Cámara
- Presenta importantes divergencias con dicha
indicación sustitutiva en que las matrices (ANP,
ARCHI, ANP participaron). Entre otras - Amplía los bienes jurídicos protegidos en contra
de las reformas constitucionales comentadas. - Da a la privacidad una desmesurada amplitud y la
subjetiviza. - Restringe el consentimiento del titular del
derecho. - Establece acciones virtualmente imprescriptibles.
- Hace desaparecer las explicaciones y criterios
orientadores sobre lo que se entiende por
intromisión ilegítima. - Basta el simple descuido para ejercer la acción
indemnizatoria.
9a) Ampliación de bienes jurídicos protegidos.
- Se incorpora al Art. 1 vida pública,
inviolabilidad del hogar y de las comunicaciones
privadas -
-
- La protección de la vida pública acaba de
eliminarse como garantía del Art 19 N 4 de la
Constitución. En consecuencia, debe ser omitida
esta referencia en forma natural. - Los restantes derechos cuentan con protección
suficiente en otras normas.
10b) Extensión y subjetivización del concepto de
privacidad.
- Art. 3 su nueva redacción indica que la
privacidad depende de lo que cada uno considera
reservado para sí o su familia, según sus propios
actos
Cómo puede un tercero cualquiera o un MCS qué es
lo que cada uno considera privado? existe la
certeza que nuestros propios actos sean siempre
cabalmente conocidos por otros?
11c) Eliminación de la norma general de protección
de la libertad de expresión
- Se elimina el antiguo art. 4 que prohibía
interpretar esta ley de un modo contrario a la
libertad de expresión.
Ello acentúa el riesgo que, en caso de conflicto,
los tribunales tiendan a tratar peyorativamente
la libertad de expresión, como ha sucedido
repetidamente
12d) Imposibilita que el titular preste
consentimiento tácitamente
- El actual artículo 4 sólo permite que el titular
preste consentimiento expreso para conocer actos
comúnmente privados - Por ello, si la persona abre su casa, entrega
datos a un MCS, admite que la fotografíen o la
graben, ello no tiene relevancia jurídica a no
ser que firme una autorización expresa para usar
dicho material, lo cual va en contra de la regla
general del Derecho Chileno.
13e) Ampliación de los actores e imprescriptibilidad
de la acción Art. 5
- En el proyecto original, la titularidad de la
acción la tenía sólo el directamente afectado.
Ahora pueden interponerla las víctimas por
repercusión, lo cual puede ser extenso e
inabarcable.
- La acción civil prescribe en un año desde que se
toma conocimiento del hecho, situación que es
casi imposible de probar, por lo cual la acción
se transforma prácticamente en imprescriptible.
14f) Ausencia de pautas legales sobre
intromisiones ilegítimas
- El Título II altera totalmente el proyecto de
la indicación sustitutiva, ya que - No recoge las explicaciones generales ni los
criterios orientadores para el juez que estaban
en el Art 5, los cuales eran también pauta para
los MCS. - Carece de definición de lo que es intromisión
ilegítima. - Elimina las excusas del inc. final del artículo
5 y las del art. 7 que resguardaban la
actividad de la prensa.
15g) Modificaciones a las conductas de intromisión
ilegítima Art. 6 (A)
- Establece en la letra a) una figura tan amplia
que convierte en ilícitos los sistemas de
seguridad en bancos, hoteles, calles, etc. - Elimina la posibilidad de divulgación de escritos
de interés histórico, científico, político o
cultural relevante, lo cual coarta incluso la
investigación histórica.
16h) Deficiente técnica legislativa en el Art. 7
- Desaparece la regla general de disposición de la
imagen y se dan sólo tres excepciones. - Las personas públicas sólo se pueden captar o
fotografiar en espacios abiertos al público o en
actos públicos, siempre que no afecten su
dignidad (ello haría ilícita la grabación del
desmayo del Presidente Bush en Japón, las
lágrimas de un deportista en una conferencia de
prensa ?)
17i) Otras dificultades
- La regla civil que queda en el artículo 8º no
exige el dolo de la injuria, sino que basta
simple descuido (culpa leve) para ejercer la
acción indemnizatoria. - Se eliminó la referencia a que la indemnización
es reparadora y no punitiva, lo que incentiva la
industria de la litigación.
- En el Art. 9º Un mecanismo previsto para la
estimación del daño moral se aplica ahora todo
tipo de daños. - Regla Mientras mayor es la audiencia, mayor es
el daño. Ello vulnera la igualdad ante la ley, la
certeza y seguridad. - Hace referencias a responsabilidades solidarias
eliminadas de la Constitución.
18III Leyes en trámite (B)
- Otros proyectos de ley en trámite tienen alta
incidencia sobre intervencionismo estatal en los
MCS. - Ejemplos
- Ley sobre campañas públicas en TV Primer trámite
constitucional, Cámara. - Proyecto sobre eliminación de people meter on
line Primer trámite constitucional, Senado.
19En estos proyectos
- Se afecta claramente la posibilidad del público
de elegir, la libertad editorial y la libertad de
realización de una actividad lícita. - Se pretende determinar la calidad desde el
Estado. - Se introducen figuras que pueden ser
expropiatorias. - Se evidencia una visión de los MCS que puede
proyectarse más allá de la televisión.
20CONCLUSIONES
- Escenario constitucional claramente más favorable
a los MCS que debe ser combinado con una
interpretación adecuada de los tribunales. - Modificaciones legales de interés, pero que
presentan desafíos (ej Nuevo proceso penal). - Leyes en trámite con severas objeciones de
oportunidad y de juridicidad.