Title: Presentaci
1TRABAJO FINAL PRESENTACION CASO I REVISION
TARIFARIA ELECTRICA - PROVINCIA DE SAN JUAN
GRUPO N 1 Dr. FIGUEROA JEREZ Gustavo. Dra.
GUZMAN CARDY Laura Rocío. Ing. PEREZ Fernando
Atilio. Cr. SCHLICHTER Horacio Jorge. Ing. BIBÉ
Diego. Tutor ARCILLA Federico
2CONTENIDOS
- MARCO JURIDICO
- PROCESO - AUDIENCIAS PUBLICAS
- VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
RESULTADOS DEL CASO SAN JUAN - CONCLUSION DE LA METODOLOGIA ANALIZADA Y
PROPUESTA DE MEJORA - RESUMEN METODOLOGIA REP. DOMINICANA
3I) MARCO JURIDICO
Art.42 C.N. Leyes Nacionales 15336 y 24065
Marco Regulatorio Nacional Ley Electricidad San
Juan 6668 Art. 1º Dist. Transp. Y Generación
sujeta a jurisdicción provincial en tanto no
estén alcanzado por la nacional Art. 2º
Objetivos para la política provincial Específicame
nte la tarifa se trata en el Cáp. VII (Art. 39 al
50) Art. 42º Define que los servicios serán
ofrecidos a tarifas justas y razonables,
permitiendo cubrir los costos operativos
razonables Las tarifas de las dist. Incluirá
un termino representativo de los costos de
adquisición de electricidad
4I) MARCO JURIDICO
- Específicamente la tarifa se trata en el Cáp. VII
(Art. 39 al 50) - Art.. 43 tendrá en cuenta el costo de
distribución para cada nivel de tensión y esta
constituida por - costo de las redes puesta a dispos. Del usuario
- costo de OM
- c) costo comercialización y administración
- Art. 44º Los contratos de concesión prevén un
cuadro tarifario inicial valido por años. - Además especifica que en ningún caso los costos
atribuibles al servicio prestado a un usuario o
categoría de usuario podrán ser recuperados
mediante tarifas cobradas a otros usuarios - Art.45º Finalizado el periodo inicial el EPRE
fijara las tarifas max para el periodo siguiente
5I) MARCO JURIDICO
Capitulo VII (Art. 39 al 50) Art.. 47 Los
distribuidores dentro del ultimo año deberán
solicitar al EPRE la aprobación de los cuadros
tarifarios que se propongan aplicar Art.48º Los
Transp. Y dist. aplicaran como max las tarifas
aprobadas por el EPRE Art.50º El Poder Ejecutivo
provincial podrá subsidiar tarifas
Capitulo VIII (Art. 51 al 67) Art.. 53. inc d)
Establecer las bases y procedimientos para el
calculo de las tarifas, controlando que las
mismas sean aplicadas de conformidad con el marco
regulatorio. inc.i) Organizar y aplicar el
régimen de Audiencias Publicas inc.m) Requerir
de los actores del mercado las informaciones
necesarias
6II) PROCESO - AUDIENCIAS PUBLICAS
AUDIENCIAS
PARTICIPANTES
Centro de Ingenieros, Foro de Abogados , Consejo
Profesional ser Ciencias Económicas, Consejo
Empresario, Federación Económica y Asociación de
Empresarios para la Construcción, Juntas de
Riego, Cámara Vitivinícola, Federación de
Viñateros, Asociación de Viñateros y
Frutihorticultores, Cámara de Comercio
Exterior-Centro de Ingenieros Agrónomos e INTA,
Confederación General del Trabajo, Escuela
Industrial Domingo Faustino Sarmiento, Escuela
Industrial Domingo F. Sarmiento, Usuario
Federación Sanjuanina de Uniones Vecinales,
Fundación Universitaria para Empresas,
Representante Cámara de Diputados Provincial,
Defensor del Usuario., Defensoría del Pueblo,
Representante de Consejo de Acompañamiento.
7II) PROCESO - AUDIENCIAS PUBLICAS
AUDIENCIAS
PRIMERA
Evaluación de la proyección del mercado y
demanda de electricidad (2001-2006) Costos de
estructuras constructivas típicas, expansión y
reemplazo
SEGUNDA
La estructura del cuadro tarifario categorias
tarifarias
TERCERA
Costos de estructuras típicas, obras de
expansión, y reemplazo de instalaciones
obsoletas Costos eficientes de operación,
mantenimiento y gestión comercial y administrativa
CUARTA
Régimen de suministros
QUINTA
Definición del cuadro tarifario
8III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
Remuneración Pot. Y Energía
Costos de OM Pérdidas
- Demanda
- Evaluación Base Capital
- Tasa de rentabilidad
- Costos de OM
- Costos Com. y Adm.
- Inversiones
- Pérdidas
- Índices de Calidad
- Valorización de la ENS
- Aspectos ambientales y de seguridad
Nota Los índices de calidad y la ENS no fueron
analizados en la revisión tarifaria de San Juan.
9T x Qi Costi Depreci r x BCRi-1
10III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
ESTUDIO DE LA DEMANDA
11III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
Proyección Analítica de la demanda
12III) VARIABLES ANALIZADAS EN EL CASO SAN JUAN
Resultados de la proyección Analítica de la
demanda
13III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
DISTRIBUCIÓN DE CARGAS
Métodos
14III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
COSTO DE EXPLOTACION
Son los costos para operar, mantener,
comercializar y administrar personal,
materiales, alquileres, servicios, pérdidas,
impuestos, etc.)
Adaptación a la red existente
Diseño de la empresa modelo
Metodología
Análisis de eficiencia - Comparación Benchmarking
Grupo1 ADEERA J. Riego - CGT Def Pueblo
Def Usuario y otras entidades sociales
EPRE estableció 2 grupos
Grupo 2 SIGLA - ESJ - CISJ - CPCE - ASEMCO -
Dip. Chica
15III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
COSTO DE EXPLOTACION
16III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
Resultados de los costos de explotación
Comparación Costos Comer. propuestos MM/AÑO
Comparación Costos Adm. Propuestos MM/AÑO
Comparación Costos Totales propuestos y aprobados
Res 289/00MM/AÑO
Comparación Costos OM propuestos MM/AÑO
17III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
INVERSIONES
18III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
19III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
VALUACION DE LA BASE DE CAPITAL
20II) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
COSTO CAPITAL - RENTABILIDAD
La tasa de retorno es definida como el retorno
mínimo esperado que debería alcanzar una empresa
dentro de un sector económico dado el riesgo del
negocio
Se deberá tener en cuenta el capital propio y el
del endeudamiento
Por lo tanto, la tasa de retribución que
contempla estos dos conceptos es el WACC
(Ponderación Promedio del Costo de Capital)
Para determinar el Costo de Capital propio el
módelo más usado es el CAPM (Cost Asset Pricing
Model)
21II) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
COSTO CAPITAL - NOMENCLATURA
Tasa de impuesto a las ganancias.
Tasa marginal del endeudamiento de la Empresa.
Capital y Deuda respectivamente.
Tasa libre de riesgo. Es el precio (en términos
de tasa) necesario para inducir a un agente
económico a postergar su consumo y ahorrar, a fin
de consumir más en períodos posteriores
(teóricamente, esta tasa es la tasa de
crecimiento de la economía más la inflación
esperada).
Esperanza matemática del premio requerido por el
riesgo del negocio. Es el precio que los agentes
económicos, con comportamientos racionales,
requerirán para invertir en activos con riesgo.
Está compuesto de dos ítems prima de mercado
(diferencial de rendimiento del mercado y la tasa
libre de riesgo) y ß (beta) medida relativa del
riesgo del activo individual con relación al
portafolio de mercado.
Riesgo país, es el diferencial de la tasa del
rendimiento de un bono del Tesoro del Gobierno de
los EEUU y la ofrecida por los bonos soberanos de
un tercer país. El parámetro de medición del
mismo más aceptado es el informado a través del
índice EMBI preparado por J. P. Morgan.
22III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
CASH FLOW
BC dinámica
23III) VARIABLES QUE INTERVIENEN EN LA TARIFA
CASH FLOW
24RESULTADO FINAL DE LA REVISION TARIFARIA CONT.
CONCESION y RES. EPRE 289/00
25RESULTADO FINAL DE LA REVISION TARIFARIA CONT.
CONCESION y RES. EPRE 289/00
26IV) CONCLUSIONES Y PROPUESTAS
Se considera como positivo la
- Transparencia del proceso en cada una de las 5
audiencias publicas
- Profundidad y el análisis detallados de los temas
abordados
- Participación de todos los sectores involucrados
En la próxima revisión tarifaria se debería
incluir los siguientes temas
- Verificación y control de las proyecciones
estimadas para el quinquenio 2001 2006
(Inversiones-Demanda y Costos)
- Verificar la incidencias de los costos
actividad no regulada en la tarifa
- Revisión de los aspectos ambientales y de
seguridad
27ORGANIGRAMA DEL SECTOR ELÉCTRICO EN LA REPUBLICA
DOMINICANA
V) RESUMEN METODOLOGIA REP. DOMINICANA
28REVISIÓN TARIFARIA EN LA REPUBLICA DOMINICANA
V) RESUMEN METODOLOGIA REP. DOMINICANA
- La revisión tarifaria será realizada por la
SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD. - LA SUPERINTENDENCIA es el órgano estatal
encargado de regular la actividad energética en
la RD. No mantiene un carácter objetivo ya que
depende exclusivamente del Estado, por lo que no
es autárquico como lo es el ENRE. - Dicha revisión será realizada a solicitud de las
distribuidoras de electricidad (EDENORTE, EDESUR
y AES) y se podrá reajustar los precios en base a
un análisis de costos de acuerdo a fórmulas
establecidas por la SUPERINTENDENCIA DE
ELECTRICIDAD.
29REVISIÓN TARIFARIA EN LA REPUBLICA DOMINICANA
V) RESUMEN METODOLOGIA REP. DOMINICANA
- La fórmula se expresará en función de precios o
índices publicados por el BANCO CENTRAL de la
República Dominicana. - El precio de la energía eléctrica en el mismo
nivel de tensión debe ser igual para todos los
usuarios ya que los recursos asignados son los
mismos. - La ley de Electricidad establece que las tarifas
no pueden discriminar a ningún usuario, lo cual
ocurre para los clientes residenciales (BTSI) y
comerciales (BTS2)
30REVISIÓN TARIFARIA EN LA REPUBLICA DOMINICANA
V) RESUMEN METODOLOGIA REP. DOMINICANA
- El VAD será determinado por la Superintendencia
cada 4 años. - La revisión tarifaria podrá realizarse en
cualquier momento a pedido de las distribuidoras
o de cualquier ente interesado o de la misma
Superintendencia en si. - Las revisiones son realizadas mayormente por las
alzas en el precio del combustible. - Las tarifas energéticas se basan en un alto
porcentaje en un elemento social.
31FIN DE LA PRESENTACION