PUBLICIDAD REGISTRAL Derecho mercantil I - PowerPoint PPT Presentation

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PUBLICIDAD REGISTRAL Derecho mercantil I

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Situaci n objetiva de apariencia: Situaci n apta para ser tenida por real. ... alemanes entienden que excpecionalmente la culpa grave no destruye apariencia) ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: PUBLICIDAD REGISTRAL Derecho mercantil I


1
PUBLICIDAD REGISTRALDerecho mercantil I
  • Nuria Bermejo Gutiérrez

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Publicidad registralNuria Bermejo Gutiérrez
  • PUBLICIDAD REGISTRAL
  • Publicidad formal
  • Publicidad material

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Publicidad registralNuria Bermejo Gutiérrez
  • EFICACIA DEL REGISTRO
  • Publicidad El registro mercantil es público
    (art. 23 C de C)
  • formal
  • Puede ser consultado por cualquiera.
  • Acceso a los asientos del registro
    -Certificaciones (fehacientes)
  • -Notas simples (informativas)

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Publicidad registralNuria Bermejo Gutiérrez
  • EFICACIA DEL REGISTRO
  • A partir de 15 días de su publicación en el
    BORME (art. 21.1 y 2 C de C).
  • Oponibilidad (eficacia destructiva)
  • Realidad y registro coinciden
  • Excepción prueba del conocimiento dentro
    de los 15 días (art. 21. 2 a contrario C de
    C)
  • El contenido del registro
  • afecta a los terceros
  • Publicidad
  • Material Los terceros pueden confiar
  • en el contenido del
    registro. Pub. Reg.
    exacto y válido (art. 20 C de C)
  • (Invocabilidad) Lo
    inscrito es invocable por 3º BF.

  • Excepción

  • 3º que
    confió en lo publicado (art. 21.3 C de
    C)
  • Fe pública
  • (eficacia constructiva)
  • Realidad y registro no coinciden.
  • El Registro crea apariencia.

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Publicidad registralNuria Bermejo Gutiérrez
  • Buena fe
  • Ignorancia de la realidad, cuando
    el acto no está inscrito.
  • (art. 21.4 C de C)
  • Ignorancia de la inscripción cuando no está
    publicado.
  • Ignorancia de la discordancia
    inscripción/publicación, cuando está publicado.

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Publicidad registralNuria Bermejo Gutiérrez
  • Elementos integradores de la apariencia1
  • (qué hace falta para que nazca la apariencia?)
  • Situación de terceros Ajenidad respecto de las
    vicisitudes de la relación inter partes
  • Los terceros sólo surgen a resultas de negocios
    onerosos sólo esos procesos de adquisición son
    dignos de tutela (v. p.ej., art. 34 LH).
  • Situación objetiva de apariencia Situación apta
    para ser tenida por real.
  • En el ámbito registral, la SOA es la
    inscripción en el registro
  • Nexo de imputación Que la creación de la
    apariencia sea imputable a alguien ejemplo
    cónyuge que inscribe la revocación del
    consentimiento para afectar gananciales.
  • Buena fe Ignorancia de los hechos reales en el
    ámbito registral esa ignorancia consiste en lo
    dispuesto en el art. 21.4 C de C.
  • Para apreciar buena fe es preciso que no haya
    negligencia grave en quien pudo conocer la
    discordancia entre realidad y apariencia. (ojito,
    en registro los alemanes entienden que
    excpecionalmente la culpa grave no destruye
    apariencia)
  • 1 Sobre este particular, v. C. PAZ-ARES, "Las
    excepciones cambiarias", en A. MENÉNDEZ (dir.),
    Derecho cambiario. Estudios sobre la ley
    cambiaria y del cheque, Madrid, 1986, pp. 285-286
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