CAJA DE SEGURO SOCIAL PANAM - PowerPoint PPT Presentation

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CAJA DE SEGURO SOCIAL PANAM

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A sus representantes y dem s sujetos obligados que, mediante declaraciones ... Lograr la automatizaci n de uno de los procesos cr ticos de la Caja de Seguro ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: CAJA DE SEGURO SOCIAL PANAM


1
CAJA DE SEGURO SOCIALPANAMÁ
  • Ascanio Alberola F.

2
Introducción
Aspectos Legales
Sistemas de recaudación
3
Situación hasta el año 2005
  • Condición Financiera y Actuarial
  • Evasión de los empleadores
  • Pago de cuotas sobre salario.
  • Conflicto de aplicación del concepto salario y
    trabajador, entre el Código de Trabajo y la Ley
    Orgánica de la CSS.

4
Trabajador.
  • Toda persona natural, nacional o extranjera, que
    presta servicios remunerados en dinero o en
    especie, dentro de la República de Panamá,
    incluyendo sin limitación a los empleados, los
    independientes contribuyentes y no contribuyentes
    o informales.

5
Trabajadores
Trabajador por cuenta AJENA
Trabajador por cuenta PROPIA
Independiente Contribuyente
Independiente No Contribuyente
Trabajador asalariado
  • Ingreso de B/.9,600 anuales o más, cotizarán
  • A partir del 01/01/07
  • Los de 35 años o menos
  • Por el 52 de sus ingresos.

Ingreso de menos B/.9,600. Sólo se afiliaran
cuando se reglamente su oficio.
6
Concepto de Salario
  • Se entenderá como salario o sueldo toda
    remuneración sin excepción, en dinero o especie,
    que reciban los empleados de sus empleadores como
    retribución de sus servicios o con ocasión de
    estos.

7
  • Desde el 1-07-2006 el 25.
  • Desde el 1-07-2008 el 55.
  • Desde el 1-07-2010 el 100

Reglamentado en Gaceta Oficial No. 25,493 Del
24 de febrero de 2006
Siempre que sean recurrentes y excedan el 25 de
un mes de salario.
Siempre que excedan el 50 de un mes de salario.
8
  • Décimo tercer mes
  • El preaviso
  • Indemnización (por terminación de la relación
    laboral)
  • Participación en beneficios o utilidades
  • Dividendos
  • Gratificaciones o aguinaldos
  • Prima de antigüedad
  • Los viáticos
  • Las primas de producción

Excepción de Salario
9
Año Porcentajes de Cuotas de Seguro Social Porcentajes de Cuotas de Seguro Social Porcentajes de Cuotas de Seguro Social Porcentajes de Cuotas de Seguro Social Porcentajes de Cuotas de Seguro Social Porcentajes de Cuotas de Seguro Social
Año Empleador Empleador Empleador Empleado Totales
Año Art.101 Art.223 Total Art. 101 Totales
2,006 10.75 0.25 11 7.25 18.25
2,007 10.75 0.50 11.25 7.25 18.50
2,008 11.50 0.75 12.25 8.00 20.25
2,009 11.50 0.50 12.00 8.00 20.00
2,010 11.50 0.25 11.75 8.00 19.75
2,011 12.00   12.00 9.00 21.00
2,012 12.00   12.00 9.00 21.00
2,013 12.25   12.25   9.75 22.00
10
Introducción
Aspectos Legales
Sistemas de recaudación
11
Denuncia Penal-Civil
  • QUIENES SON SUJETO DE DENUNCIA?
  • Todo empleador que en el término de tres meses,
    luego de que surja la obligación de pagar,
    retenga y no remita las cuotas
    empleado-empleador a la Caja de Seguro Social o
    quien haya sido requerido por esta entidad e
    incumpla los convenios o acuerdos de pago
    suscritos con aquella, incurrirá en el delito de
    retención de cuotas empleado-empleador, y será
    sancionado con pena de prisión de 2 a 4 años.
  • A sus representantes y demás sujetos obligados
    que, mediante declaraciones engañosas,
    ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o
    engaño, evadan o de cualquier forma impidan la
    afiliación al Seguro Social de las personas
    obligadas a afiliarse.
  • La sanción se aumentará de una sexta a una
    tercera parte al empleador, al representante
    legal o a quien, en una u otra forma, ordene al
    gerente, administrador o contador retener la
    entrega de cuotas.
  • Lo dispuesto en este artículo, solo se aplicará
    cuando la suma evadida o
  • retenida indebidamente supere los mil balboas
    (B/.1,000.00).

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JURISDICCIÓN COACTIVA
  • Procesos por cobro coactivo. La Caja de Seguro
    Social tiene jurisdicción coactiva para el cobro
    de todas las sumas que deben ingresarle por
    cualquier concepto, incluidos las multas, los
    recargos e intereses hasta su fecha efectiva de
    cancelación.
  • La jurisdicción coactiva corresponde al Director
    General, quien podrá delegarla en funcionarios de
    la Caja de Seguro Social con idoneidad para
    ejercer la abogacía.
  • Es obligación del Director General iniciar los
    procesos por jurisdicción coactiva, cuando la
    mora en el pago de cuotas y de cualquiera otra
    obligación para con la Institución, sea de tres
    meses o más.

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SANCIONES
  • De B/. 100.00 a B/. 5,000.00
  • Falta de inscripción y notificación
  • No se inscriba a sí mismo como empleador o no
    afilie a sus empleados.
  • No notifique el cese temporal o definitivo de
    operaciones.
  • No notifique la sustitución del empleador.
  • De B/. 300.00 a B/. 5,000.00
  • Declaraciones falsas y subdeclaración.
  • Los empleadores que efectúen declaraciones falsas
    en l
  • Los empleadores que hagan subdeclaraciones
  • Los independientes contribuyentes que realicen
    declaraciones falsas en su declaración de renta
    en concepto de honorarios
  • De B/. 100.00 a B/. 25,000.00
  • Negativa a suministrar información
  • De B/. 1,000.00 a B/. 25,000.00
  • Simulación de actos jurídicos

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Criterios para la Imposición de Sanciones(multas
de B/. 100.00 hasta B/. 25,000.00)
  • Los efectos económicos de la falta,
  • El monto de las sumas evadidas o dejadas de
    pagar,
  • El número de empleados afectados, en proporción
    al número total de trabajadores al servicio del
    empleador.
  • La gravedad de la falta, y
  • La reincidencia

Nota Las sanciones son desde B/. 100.00 hasta
B/. 25,000.00
15
La mora en el pago de las cuotas mensuales
  • Recargos
  • 2 durante los 10 primeros días de atraso
  • 5 durante los siguientes 10 días
  • 10 durante los siguientes 10 días
  • 15 después de 30 días de atraso
  • Intereses
  • 1 por mes o fracción de mes para el sector
    privado (para el sector estatal se computan a
    partir de los treinta días posteriores al
    vencimiento de pago)

16
LA MORA EN EL CUMPLIMIENTO DEL PAGO DE CUOTAS Y
OTROS CONCEPTOS
  • Artículo 15 (Ley 51) Obligación de publicar la
    lista de morosos.
  • La Caja de Seguro Social publicará, al menos
    cada seis meses, a través de medios de difusión
    nacional, la lista actualizada de los empleadores
    morosos con la Institución. En caso de error
    advertido por el presunto afectado, la Caja de
    Seguro Social deberá rectificar por los mismos
    medios, en caso de no hacerlo, responderá por la
    veracidad de los datos publicados

Publicaciones Junio y diciembre
17
Introducción
Aspectos Legales
Sistemas de Recaudación
18
Uso de tecnología (ley 51)
  • Artículo 17. Implementación de nuevos sistemas
    tecnológicos. La Dirección General de la Caja de
    Seguro Social deberá implementar los medios
    tecnológicos que respondan a sus intereses, con
    el fin de automatizar y hacer más eficiente su
    gestión, mediante el establecimiento de sistemas
    de declaración, de pago, de costos de consultas
    de cuentas individuales, control y registro de
    pensionados, jubilados, empleadores y
    trabajadores de archivo, control y registro de
    dependientes de expedientes clínicos de control
    y registro médico de compras y adquisiciones de
    bienes y servicios, entre otros así como la
    capacitación de su recurso humano en la
    utilización de dichos medios. Para estos efectos,
    reglamentará los mecanismos de implementación de
    estos sistemas.

19
Modalidades de Pago
Puntos de pago externos (supermercados y otros
lugares autorizados)
Pagos con bienes y especies
BANCO
Via Internet (Banca en Línea)
Transferencias Bancarias
C.S.S.
20
Servicio ACH Directo
21
Sistema de Ingresos y Prestaciones Económicas
(SIPE)
22
CICLO DE INGRESOS
REGISTRO - CONTABILIDAD
INGRESOS
23
VISIÓN
  • Lograr la automatización de uno de los procesos
    críticos de la Caja de Seguro Social, como lo es
    el manejo de los ingresos, recaudación y
    administración de las prestaciones económicas que
    brinda la Institución para dar respuesta a los
    compromisos adquiridos mediante la ley 51 de 27
    de diciembre de 2005.

24
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
  • Implementar una reingeniería de procesos en las
    unidades de Ingresos, Recaudación y Prestaciones
    Económicas, con el propósito de garantizar una
    solución basada en framework que incluya un
    rediseño óptimo.
  • Integrar los procesos específicos cubiertos por
    la solución, sobre un conjunto de componentes
    informáticos o Framework especializado en
    Seguridad Social, que permita su rápida
    adecuación, para cumplir con las funcionalidades
    y procesos requeridos por el actual sistema
    panameño, como lo son
  • Afiliación de empresas
  • Afiliación de asegurados
  • Declaración de cotizantes y facturación de cuotas
  • Recaudación
  • Control y gestión de Morosos

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  • Tramitación de Prestaciones económicas a corto
    plazo
  • Tramitación de Prestaciones económicas a largo
    plazo
  • Seguridad Ocupacional
  • Pago de prestaciones
  • Atención Central y en agencias
  • Fiscalización e interoperabilidad con el Sistema
    Contable residente en el Mainframe.
  • Automatizar los flujos de trabajo de los procesos
    relativos a los trámites de los módulos
    solicitados en el alcance de la contratación,
    basados en la capacidad del framework
    especializado de seguridad social, que permita
    ilustrar el estado del trámite y en qué etapa del
    proceso se encuentra.
  • Mejorar la calidad de las operaciones que se
    someten mediante la incorporación de controles en
    el punto de entrada de cada uno.
  • Minimizar el movimiento de documentos físicos a
    través de las distintas estaciones por donde
    fluye el proceso.

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METAS
  • A favor de los asegurados
  • Reducir el tiempo de trámite de las prestaciones
    de corto plazo (incapacidad, maternidad) a 24
    horas y las de largo plazo (Invalidez, vejez y
    muerte) a 30 días.
  • A favor de los empleadores
  • Brindarles las facilidades que les permita, desde
    la comodidad de sus oficinas, realizar las
    gestiones que sean pertinentes relacionadas con
    los procesos, entre otros, de declaración y pago
    de las cuotas mensuales.

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Otros Servicios y Sistemas
  • En Ejecución
  • Paz y Salvo Electrónico (marzo de 2007)
  • Proyectos
  • Carnetización (2009)

28
Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte
  • 35 años o menos que opten por este.
  • Independiente Contribuyentes de 35 años o menos
    al 1/1/07 (Sólo al componente de ahorro)
  • Empleados Arriba de B/500.00
  • Menos aporte solidario.
  • Independiente Total de la base de cotización
    Menos aporte solidario.

Salario hasta B/.500.00
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PRINCIPIO DE AUTOMATICIDAD DE LAS PRESTACIONES EN
SALUD
  • Artículo 127 (Ley 51) Principio de
    automaticidad de las prestaciones en salud.
  • No podrán negarse a los asegurados cotizantes,
    las prestaciones de salud a que tuvieren derecho
    cuando el empleador se encuentre moroso en el
    pago de sus cuotas. En caso de mora, por más de
    un mes, la Caja de Seguro Social tendrá derecho a
    cobrar al empleador el valor íntegro de las
    prestaciones otorgadas hasta el momento en que la
    mora cese

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GRACIAS
Complejo Hospitalario Metropolitano Caja de
Seguro Social
Ascanio Alberola F. E-mail aalberola_at_css.org.pa
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