Title: INTENDENCIA DE VERIFICACION ESPECIAL, LAVADO DE ACTIVOS
1INTENDENCIA DE VERIFICACION ESPECIAL, LAVADO DE
ACTIVOS
2Introducción
- Al hablar de lavado de activos se nos vienen
varias interrogantes a la cabeza, Siendo lo mas
común Que abarca el lavado de activos? Que es el
lavado de activos? Se nos dificulta responderlo
ya que adopta múltiples combinaciones para lograr
su objeto. En general, cuando se trata de
formular una definición siempre se opta por
definir el objetivo final que consiste en la
simulación de licitud de activos originados en
un ilícito bajo cualquier tipo de modalidad o
actividad. - A nivel internacional se conoce como El
blanqueo de capitales es decir el proceso en
virtud del cual los bienes de origen delictivo se
integran al sistema económico legal con
apariencia de haber sido obtenidos de forma
lícita - Este fenómeno que ha afectado al mundo entero,
afecta por ende nuestro país , es por ello que
se crea la ley contra el lavado de dinero u otros
activos decreto numero 67-2001, ley que tipifica
el delito mencionado anteriormente y que crea al
ente encargado de velar porque ese delito no se
cumpla, ente que se encuentra dentro de la
superintendencia de bancos el cual tiene como
función principal velar por el cumplimiento de
la ley de lavado de dinero u otros activos.
3Objeto de la creación de la ley contra el lavado
de dinero u otros activos
- El estado se vio obligado a regular dicho delito
ya que es obligación del Estado proteger la
formación de capital, ahorro e inversión,
creando las condiciones adecuadas para promover
la inversión en el país de capitales nacionales y
extranjeros, para lo cual se hace necesario
dictar las disposiciones legales para prevenir la
utilización del sistema financiero para la
realización de negocios ilegales. - Objeto de la ley. prevenir, controlar, vigilar y
sancionar el lavado de dinero u otros activos
procedentes de la comisión de cualquier delito, y
establece las normas que para este efecto deberán
observar las personas obligadas y las
autoridades competentes.
4 Comete el delito de lavado de dinero u otros
activos quien
- a) Invierta, convierta, transfiera o realice
cualquier transacción financiera con bienes o
dinero, sabiendo, o que por razón de su cargo,
empleo, oficio o profesión esté obligado a saber,
que los mismos son producto, proceden o se
originan de la comisión de un delito -
- b) Adquiera, posea, administre, tenga o utilice
bienes o dinero sabiendo,que los mismos son
producto, proceden o se originan de la comisión
de un delito -
- c) Oculte o impida la determinación de la
verdadera naturaleza, el origen, la ubicación, el
destino, el movimiento o la propiedad de bienes o
dinero o de derechos relativos a tales bienes o
dinero, sabiendo, o que por razón de su cargo,
empleo, oficio o profesión este obligado a saber,
que los mismos son producto de la comisión de un
delito.
5Que es el lavado de activos?
- Es el mecanismo a través del cual se oculta el
verdadero origen de dineros provenientes de
actividades ilegales, tanto en moneda nacional
como extranjera y cuyo fin, es vincularlos como
legítimos dentro del sistema económico de un
país. - Nos podemos referir a dineros provenientes de
actividades ilegales como el tráfico de drogas,
el secuestro, la extorsión, el boleteo, la
evasión fiscal o de recursos provenientes de
funcionarios corruptos tanto del sector privado
como del sector real etc., los cuales pueden ser
depositados o pasados por las diferentes
entidades para el respectivo lavado.
6Antecedentes
- Un caso reciente es el fraude corporativo
ocurrido en la corporación Enron, en donde se
crearon compañías en paraísos fiscales off shore
y se transfirieron electrónicamente dinero que
resultaron siendo valores correspondientes a
fraudes contables generados por el gobierno
corporativo de la institución, hoy este delito se
encausa como lavado de dinero y activos y se
juzgan varios directivos bajo este cargo
criminal. - El Lavado de Activos considerado en muchos países
como conducta criminal sancionada por la Ley,
tiene el mérito de ser, quizá, la actividad
criminal más compleja, especializada, de difícil
detección y comprobación, así como una de las que
mayor rentabilidad general para las
organizaciones criminales. - Sin embargo y a pesar de que en el mundo se ha
lavado dinero durante mucho tiempo, es sólo a
partir de la década de 1920 que el problema viene
siendo atendido por parte de algunas autoridades
inicialmente con timidez.
7- En el campo económico, resulta claro que la
necesidad de liquidez para la inversión o la
producción ha llevado a algunos sectores
industriales a obtener recursos sin reparar en el
origen de los mismos, lo que indirectamente ha
facilitado el ingreso de las organizaciones
criminales en los distintos sectores económicos
facilitando el proceso de penetración de
economías ilícitas en mercados y economías
lícitas. - Esto se refiere, por ejemplo a algunos
intermediarios financieros que con la finalidad
de atender metas comerciales, incrementar sus
ingresos y comisiones y las utilidades de sus
accionistas, acceden a una mayor intermediación,
ofreciendo ventajas tales como las que
caracterizan los sistemas off-shore, la banca
electrónica y la ciberbanca, y los paraísos
financieros, en donde tradicionalmente los
controles flexibles y la ausencia de prudencia
financiera facilitan la utilización de sus
operaciones para el lavado de activos y la
evasión fiscal.
8Etapas del lavado de dinero y activos
- - Obtención de dinero en efectivo o medios de
pago, en desarrollo y consecuencia de actividades
ilícitas (venta de productos o prestación de
servicios ilícitos) - -Colocación incorporar el producto ilícito en el
torrente financiero o no financiero de la
economía local o internacional. - - Estratificación, diversificación o
transformación es cuando el dinero o los bienes
introducidos en una entidad financiera o no
financiera, se estructuran en sucesivas
operaciones, para ocultar, invertir, transformar,
asegurar o dar en custodia bienes provenientes
del delito o mezclar con dineros de origen legal,
con el propósito de disimular su origen ilícito y
alejarlos de su verdadera fuente. - - Integración, inversión o goce de los capitales
ilícitos el dinero ilícito regresa al sistema
financiero o no financiero, disfrazado como
dinero legítimo.
9Características del lavado de dinero y activos
- - un delito económico y financiero, perpetrado
generalmente por delincuentes de cuello blanco. - - Integra un conjunto de operaciones complejas,
con características, frecuencias o volúmenes que
se salen de los parámetros habituales o se
realizan sin un sentido económico. - - Trasciende a dimensiones internacionales, ya
que cuenta con un avanzado desarrollo tecnológico
de canales financieros a nivel mundial.
10Objetivos del lavado de dinero o activos
- Preservar y dar seguridad a su fortuna
- Efectuar grandes transferencias
- Estricta confidencialidad
- Legitimar su dinero
- confundir el origen de los recursos.
11Que es la intendencia de verificacion especial?
- Es la encargada de velar por el objeto y
cumplimiento de la ley de lavado de dinero u
otros activos y su reglamento, forma parte de la
estructura orgánica de la Superintendencia de
Bancos. El Superintendente de Bancos es la
autoridad superior de su estructura jerárquica y
el Intendente de Verificación Especial es quien
estará a cargo de la Intendencia.
12Funciones
- a) Requerir y/o recibir de las personas
obligadas toda la información relacionada con las
transacciones financieras, comerciales o de
negocios que puedan tener vinculación con el
delito de lavado de dinero u otros activos. - b) Analizar la información obtenida a fin de
confirmar la existencia de transacciones
sospechosas. - c) Elaborar y mantener los registros y
estadísticas necesarias para el desarrollo de sus
funciones. -
- d) Intercambiar con entidades homólogas de otros
países información para el análisis de casos
relacionados previa suscripción con dichas
entidades de acuerdos de cooperación.
13Funciones
- e) En caso de indicio de la comisión de un delito
presentar la denuncia correspondiente ante las
autoridades competentes, señalar y aportar los
medios probatorios. - f) Proveer al Ministerio Público cualquier
asistencia requerida en el análisis de
información que posea la misma, y coadyuvar con
la investigación. - g) Imponer a las personas obligadas las multas
administrativas en dinero que corresponda por las
omisiones en el cumplimiento de las obligaciones. - h) Otras que se deriven de la presente ley o de
otras disposiciones legales y convenios
internacionales aprobados por el Estado de
Guatemala.
14El intendente de verificación especial
- La Intendencia de Verificación Especial -IVE-
estará a cargo de un intendente hoy en dia es el
Lic. Ramón Benjamín Tobar Morales. El Intendente
de Verificación Especial será nombrado por la
Junta Monetaria, a propuesta del Superintendente
de Bancos. - El Intendente de Verificación Especial deberá
reunir las calidades siguientes -
- a)Ser guatemalteco de los comprendidos en el
artículo 144 de la Constitución Política de la
República. - b) Ser mayor de treinta años.
- c) Ser de reconocida honorabilidad y capacidad
profesional. - d) Encontrarse en el goce de sus derechos
civiles. - e) Ser profesional acreditado con grado
académico, con preferencia en el Área económica,
financiera o jurídica. - f) Haber ejercido su profesión por lo menos
durante cinco años.
15Impedimentos.
- No pueden ser nombrados para el cargo de
Intendente de Verificación Especial - a) Los dirigentes de organizaciones de carácter
político, gremial, empresarial o sindical. - b) Los ministros de cualquier culto o religión.
- c) Los parientes dentro del cuarto grado de
consaguinidad o segundo de afinidad del
Presidente o Vicepresidente de la República de
los Presidentes de los Organismos del Estado de
los ministros o viceministros de Estado o de los
miembros de la Junta Monetaria, y de los socios
de las personas obligadas a que se refiere esta
ley cuya participación sea igual o mayor al cinco
por ciento (5) del capital pagado, así como de
los directores o administradores de éstas.
16Personas obligadas.
- Grupo A. Este grupo incluye
- a) Banco de Guatemala
- b) Bancos del sistema
- c) Sociedades financieras
- d) Casas de cambio
- e) Personas individuales o jurídicas que se
dediquen al corretaje o a la intermediación en la
negociación de valores - f) Emisores y operadores de tarjetas de
crédito y, - g) Entidades fuera de plaza (off-shore).
-
- Grupo B. Este grupo incluye
- a) Empresas que se dedican a las
transferencias sistemáticas o sustanciales de
fondos y/o movilización de capitales - b) Compañías de seguros y fianzas
- c) Empresas que se dedican a realizar
operaciones sistemáticas o sustanciales de canje
de cheques - d) Instituto de Fomento de Hipotecas
Aseguradas - e) Entidades que se dedican a factoraje
- f) Entidades que se dedican al
arrendamiento financiero - g) Almacenes generales de depósito y,
- h) Otras que la legislación someta
específicamente a la vigilancia e inspección de
la Superintendencia de Bancos. - i) Las Cooperativas que realicen
operaciones de ahorro y crédito,
independientemente de su denominación.
17Obligación de Comunicación
- Las personas obligadas deberán comunicar a la
Superintendencia de Bancos, a través de la
Intendencia, las transacciones que detecten como
sospechosas, aplicando el procedimiento que se
describe a continuación -
- a) Los funcionarios o empleados que detecten
una transacción inusual deberán hacerla del
conocimiento del oficial de cumplimiento, -
- b) El oficial de cumplimiento será el
encargado de determinar si la transacción inusual
tiene el carácter de sospechosa, extremo que
deberá realizar en un plazo no mayor de quince
(15) días, contado a partir de que tenga
conocimiento de dicha transacción -
- c) Una vez transcurrido el plazo indicado el
oficial de cumplimiento, anotará en el expediente
respectivo, de manera resumida, sus observaciones
y las del funcionario o empleado que detectó la
operación -
- d) El oficial de cumplimiento, dentro de los
diez (10) días siguientes a la anotación
relacionada en el numeral anterior, notificará
la operación sospechosa a la Superintendencia de
Bancos, a través de la Intendencia, en los
formularios que para el efecto ésta establezca,
acompañando la documentación que en los mismos se
indica. -
- e) Agregar al expediente respectivo, copia
del formulario de notificación.
18Oficiales de cumplimiento.
- Las personas obligadas deberán designar
funcionarios gerenciales encargados de - Detección, prevención e informe de las
actividades sospechosas - Informe y mantenimiento de registros de las
transacciones que excedan determinado monto. - Identificación de las actividades de alto riesgo
- Cobertura de todas las unidades de negocios de la
institución. - A estos se les llamara oficiales de
cumplimiento.
19Atribuciones del oficial de cumplimiento
- a) Proponer a la persona obligada los
programas, normas, procedimientos y controles
internos que se deberán adoptar, desarrollar y
ejecutar - b) Hacer del conocimiento del personal de la
persona obligada todas las disposiciones legales
y reglamentarias, en materia de prevención y
detección de lavado de dinero u otros activos - c) Preparar y documentar la información que
deba remitirse a la Superintendencia de Bancos, a
través de la Intendencia, particularmente los
reportes de las transacciones sospechosas que se
detecten en la entidad -
- d) Mantener una constante actualización
técnica y legal sobre el tema de prevención y
detección de lavado de dinero u otros activos,
así como establecer canales de comunicación y
cooperación. - e) Organizar la capacitación del personal
en los aspectos relacionados con la prevención y
detección del lavado de dinero u otros activos,
debiendo remitir a la Superintendencia de Bancos,
reporte semestral de dicha capacitación -
- f) Documentar los esfuerzos realizados por
la institución, en materia de prevención de
lavado de dinero u otros activos -
- g) Presentar informes trimestrales al órgano de
administración de la persona obligada
20DE LOS RESPONSABLES Y DE LAS PENAS
- El responsable del delito de lavado de dinero u
otros activos será sancionado con prisión
inconmutable de seis a veinte años, más una multa
igual al valor de los bienes, instrumentos o
productos objeto del delito el comiso, pérdida o
destrucción de los objetos provenientes de la
comisión del delito o de los instrumentos
utilizados para su comisión el pago de costas y
gastos procesales y la publicación de la
sentencia en, por lo menos, dos de los medios de
comunicación social escritos de mayor circulación
en el país. -
- Si el delito fuere cometido por persona
extranjera se le impondrá, además de las penas a
que se hubiere hecho acreedora, la pena de
expulsión del territorio nacional. -
- Serán imputables a las personas jurídicas además
de las sanciones aplicables a los responsables,
se impondrá a la persona jurídica una multa de
diez mil dólares (EUA10,000.00) a seiscientos
veinticinco mil dólares (EUA625,000.00) de los
Estados Unidos de América o su equivalente en
moneda nacional, atendiendo a la gravedad y se le
apercibirá que en caso de reincidencia se
ordenará la cancelación de su personalidad
jurídica en forma definitiva. - Si el delito de lavado de dinero u otros activos
fuere cometido por quienes desempeñen un cargo de
elección popular, un funcionario o empleado
público, o un funcionario o empleado de la
Intendencia de Verificación Especial, con ocasión
del ejercicio de su cargo, se le sancionará con
la pena correspondiente aumentada en una tercera
parte, y demás penas accesorias. Además, se le
impondrá la pena accesoria de inhabilitación
especial para el ejercicio de cargo o empleo
público por el doble del tiempo de la pena
privativa de libertad.
21Cómo es el proceso?
- El proceso de lavado de dinero puede darse por
dos canales a través del sistema bancario o el
no bancario, e implica la transformación de
fondos que se generaron mediante un negocio
ilícito en dinero "limpio". - Una vez el dinero ingresa al sistema bancario o
se "instala" en el sector no financiero, el
segundo paso es ocultar el origen de esos fondos.
Este supone la reubicación del dinero, es decir,
volver a depositarlo en otras cuentas (en el país
o en el exterior) o invertirlo en otros negocios.
De esa forma, el dinero que antes era ilícito,
ahora aparece como generado a través de negocios
"claros y transparentes", y es integrado a la
economía sin que queden huellas que puedan
ligarlo a actividades criminales. - En escala de 0 a 10 (0 extremadamente raro y 10
mayor persistencia de lavado de dinero),
América Latina obtiene un puntaje de 5,64 para
lavado a través del sistema bancario y 6,57 para
medios no bancarios.
22Latinoamérica a la cabeza
- Lo más alarmante es que entre los 10 países más
populares del mundo para el lavado de dinero a
través del sistema bancario, seis pertenecen a
América Latina. - Argentina aparece liderando la lista de los
latinoamericanos con 6,68 puntos, seguido por
Colombia (6.57), Haití (6,43), Paraguay (6.43),
Nicaragua (6.29) y Bolivia (6.0). Ecuador,
Guatemala y Honduras, son los otros tres países
de la región que aparecen en la lista de los más
populares a la hora de lavar dinero. - Chile, Uruguay y El Salvador, son los países de
la región donde es menos popular lavar dinero. - Cuando de lavar dinero a través de canales no
bancarios se trata, siete países latinoamericanos
están entre los 10 más populares. La lista la
lidera Colombia con 8 puntos, seguido por Haití
(7,86), Argentina (7,29), Paraguay (7,29),
Nicaragua (7,14), Guatemala (7,14) y Bolivia
(7.0).
23Cómo afecta el lavado?
- Es muy simple, los que lavan dinero tratan de
invertirlo para ocultar el origen ilícito, sin
importarles si lo hacen en actividades
productivas o no productivas. - Por ejemplo, no les interesa si están vendiendo
un producto por debajo del precio de costo o
"matando" a la competencia con sus precios de
"ganga" y con ello provocando la quiebra de
empresarios que sí tienen negocios legales. - También pueden generar crisis financieras y
bancarias, ya sea al ingresar grandes cantidades
de dinero al sistema bancario (lo que distorsiona
el precio de la moneda nacional, entre otras
cosas) o al salir muy rápido (de un día para el
otro). - A esto se le suma que los esfuerzos que haga su
gobierno para combatir el lavado de dinero,
saldrá de su bolsillo. Y que este tipo de
actividades ilícitas propician la corrupción y
los actos criminales.
24EFECTOS ECONOMICOS DEL LAVADO DE DINERO
- MICROECONOMICOS
- Uno de los efectos micro económicos más graves
del lavado de dinero se hace sentir en el sector
privado. A menudo, quienes lo practican emplean
compañías de fachada que mezclan las ganancias de
actividades ilícitas con fondos legítimos, para
ocultar ingresos mal habidos. - Estas compañías de fachada tienen acceso a fondos
ilícitos considerables, lo que les permite
subvencionar sus artículos y servicios a niveles
por debajo de los precios del mercado. En algunos
casos las compañías de fachada pueden ofrecer
productos a precios por debajo del costo de
fabricación. - MACROECONÓMICOS
- Debilitamiento de la integridad de los mercados
financieros grandes sumas de dinero lavado
pueden llegar a una institución financiera y
luego desaparecer repentinamente, sin aviso. Ello
puede presentar problemas de liquidez y pánico
bancario. - Pérdida del control de la política económica En
algunos países de mercados en desarrollo es
posible que estas ganancias ilícitas
empequeñezcan los presupuestos gubernamentales,
con el resultado de que los gobiernos pierden el
control de la política económica.
25Conclusiones
- La institucionalidad de los países, el sector
privado legalmente constituido y la sociedad en
general, podrían resultar severamente afectados
al distorsionar los procesos normales de
producción de bienes y servicios, cuando se
introducen al sistema económico y financiero
enormes volúmenes de dinero provenientes de
actividades ilícitas, sin que esto tenga ningún
impacto positivo en los ingresos fiscales de un
estado. - El lavado de dinero es el mecanismo a través del
cual se oculta el verdadero origen de dineros
provenientes de actividades ilegales, tanto en
moneda nacional como extranjera y cuyo fin, es
vincularlos como legítimos dentro del sistema
económico de un país. - La Intendencia de Verificación Especial, será la
encargada de velar por el objeto y cumplimiento
de la ley de lavado de dinero u otros activos y
su reglamento. - La Intendencia de Verificación Especial forma
parte de la estructura orgánica de la
Superintendencia de Bancos. El Superintendente
de Bancos es la autoridad superior. - El estado se vio obligado a regular dicho delito
ya que es obligación del Estado proteger la
formación de capital, ahorro e inversión, y
creando las condiciones adecuadas para promover
la inversión en el país de capitales nacionales y
extranjeros,
26FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO
27Concepto
- Actividad encaminada a recolectar o proveer
bienes o dinero sabiendo que serán utilizados por
una asociación ilícita terrorista.
28Fuentes Ilegítimas del Financiamiento del
Terrorismo
- Las actividades ilegales que más financian el
terrorismo son el tráfico de drogas, los
secuestros, el tráfico de personas, la
falsificación de productos y la extorsión.
29Fuentes Lícitas del Financiamiento del Terrorismo
- Estas fuentes legítimas van desde emprendimientos
comerciales a obras de caridad, y han
proporcionado una fuente significativa de
ingresos para estas organizaciones. - Campañas de caridad islámicas o de grupos
sociales que apoyan a determinados grupos
terroristas. - Desvío de fondos a través de instituciones
benéficas. - industrias comerciales cuyas ganancias se
utilizaron para costear sus actividades
terroristas.
30Movimientos de los Fondos
- movimientos de efectivo mediante empresas
legítimas. Se pueden abrir cuentas bancarias a
través de transferencias y así acceder por medio
de tarjetas de débito. - Medios tecnológicos como Internet también se
utilizan para hacer transferencias de dinero. - transferencias financieras hechas a través de
bancos offshore pueden también mover fondos del
terrorismo.
31Controles del Financiamiento Terrorista
- Controles fronterizos y aduaneros
- Mecanismos de Cooperación
- Medidas para controles financieros
- Cooperación nacional e internacional
32Esfuerzos Efectivos
- La presión internacional ejercida por la Fuerza
de Acción Financiera (FATF) para promulgar leyes
contra el lavado de dinero y para establecer
unidades de inteligencia financiera demostró ser
útil en cuanto a la promoción del marco legal
necesario. - La lista negra de paraísos fiscales y la
negativa a las relaciones bancarias
correspondientes ha contribuido bastante a la
restricción de movimientos de dinero a través de
estas sucursales casi no reguladas que casi nunca
cooperan con las investigaciones internacionales.
A pesar de que estos paraísos offshore aun
reciben enormes cantidades de dinero, dinero este
se que procesa a través del sistema se ha
reducido en algunas áreas en un 25 desde que se
inicio la ofensiva contra estos paraísos fiscales
33Leyes Nacionales
- Ley para prevenir y reprimir el financiamiento
del terrorismo. Dto. 58-2005 - Reglamento de la Ley para prevenir y reprimir el
financiamiento del terrorismo.